El Supremo vaticano manda repetir el juicio de los «monaguillos del Papa» a petición de la acusación

La Casación anula la condena por corrupción de menores contra el sacerdote Gabriele Martinelli; la acusación y la parte civil quieren que los hechos se juzguen como violencia sexual

El Supremo vaticano manda repetir el juicio de los «monaguillos del Papa» a petición de la acusación
Vaticano

La Corte de Casación del Estado de la Ciudad del Vaticano ha anulado parcialmente la sentencia que condenó en 2024 al sacerdote Gabriele Martinelli a dos años y seis meses de prisión por corrupción de menores en el Preseminario San Pío X, conocido por acoger a los llamados «monaguillos del Papa». El máximo tribunal vaticano ha ordenado que el caso sea examinado nuevamente por una Corte de Apelación integrada por otros jueces.

Según ha informado el diario italiano Il Messaggero, en una información recogida este miércoles 21 de octubre por Vida Nueva, la anulación afecta exclusivamente al delito de corrupción de menores. La Casación ha estimado el recurso presentado por la acusación, que cuestionaba la calificación penal de los hechos denunciados, y ha rechazado el recurso interpuesto por Martinelli.

La resolución está firmada por los cardenales Kevin Farrell, Augusto Paolo Lojudice y Ángel Fernández Artime, junto con las juezas Patrizia Piccialli y Chiara Minelli. El recurso había sido presentado por el promotor de justicia vaticano y por Laura Sgrò, abogada de la parte civil, quienes sostenían que las conductas atribuidas al sacerdote debían examinarse como un delito de violencia sexual y no únicamente como corrupción de menores.

El nuevo tribunal deberá pronunciarse sobre los aspectos afectados por la anulación. La resolución íntegra de la Casación no ha sido difundida públicamente, por lo que se desconocen los fundamentos jurídicos concretos que han motivado la decisión.

Una condena de dos años y medio anulada parcialmente

El caso se remonta a los presuntos abusos cometidos en el Preseminario San Pío X, una institución que durante años funcionó dentro del Vaticano y acogía a jóvenes que prestaban servicio como monaguillos en las celebraciones litúrgicas de la basílica de San Pedro.

Martinelli, actualmente sacerdote de la diócesis italiana de Como, había sido alumno de ese centro. La denuncia se refería a hechos presuntamente cometidos contra otro estudiante, identificado por las iniciales L. G., que era aproximadamente siete meses menor que él.

El 6 de octubre de 2021, el Tribunal del Estado de la Ciudad del Vaticano absolvió a Martinelli de las acusaciones de violencia carnal y actos libidinosos por insuficiencia de pruebas. También declaró extinguida por prescripción la acción penal correspondiente al delito de corrupción de menores durante el período comprendido entre agosto de 2008 y marzo de 2009.

En aquel proceso también fue juzgado el sacerdote Enrico Radice, antiguo rector del preseminario, por presunto favorecimiento. Los jueces declararon prescritos algunos de los hechos que se le atribuían y lo absolvieron o declararon no punible respecto de las restantes acusaciones.

La sentencia de primera instancia fue recurrida por la acusación pública y la parte civil.

El 23 de enero de 2024, la Corte de Apelación vaticana, presidida por el obispo español Alejandro Arellano Cedillo, modificó parcialmente el fallo y declaró a Martinelli culpable de corrupción de menores por hechos ocurridos entre el 9 de agosto de 2008 y el 19 de marzo de 2009.

La condena fue de dos años y seis meses de prisión y una multa de mil euros. Se trató de la primera condena dictada por un tribunal vaticano por abusos cometidos dentro del territorio del Estado.

Sin embargo, la Corte de Apelación mantuvo la absolución por insuficiencia de pruebas respecto de las acusaciones de violencia carnal y actos libidinosos. También declaró inadmisible la solicitud de indemnización presentada por la parte civil.

La acusación cuestionó la calificación de los hechos

La discrepancia sobre la calificación penal de las conductas denunciadas ha sido uno de los puntos centrales de los recursos presentados ante la Casación.

La acusación pública y la representación de la parte civil consideraban que los hechos no debían quedar encuadrados únicamente en el delito de corrupción de menores, sino que correspondía examinarlos bajo la acusación de violencia sexual.

Con la nueva resolución, la condena por corrupción de menores queda anulada y deberá intervenir otra sala de apelación. La decisión no constituye una condena por violencia sexual, sino que devuelve al tribunal competente el examen de los aspectos alcanzados por el fallo de Casación.

Un caso denunciado en 2018

Las primeras acusaciones sobre lo ocurrido en el Preseminario San Pío X adquirieron notoriedad pública en 2017, cuando Kamil Jarzembowski, antiguo alumno polaco de la institución, denunció presuntos abusos que habrían tenido lugar en el centro.

Su testimonio fue difundido por el programa de televisión italiano Le Iene y recogido posteriormente en el libro Peccato originale, del periodista Gianluigi Nuzzi.

En abril de 2018, el antiguo estudiante identificado como L. G. presentó una denuncia ante la justicia vaticana, que dio lugar al procedimiento penal contra Martinelli y Radice.

El preseminario estaba gestionado por la Obra Don Folci, vinculada a la diócesis de Como. En 2021, durante el desarrollo del proceso judicial, el papa Francisco dispuso el traslado de la institución fuera del territorio vaticano.

Tras la condena de 2024, la diócesis de Como confirmó que seguían vigentes determinadas medidas cautelares canónicas respecto de Martinelli y Radice, entre ellas limitaciones al ejercicio del ministerio sacerdotal y la prohibición de desarrollar actividades pastorales con menores y adultos vulnerables.

La decisión de la Corte de Casación abre ahora una nueva etapa judicial en un proceso que comenzó hace más de ocho años y cuya resolución sobre el delito de corrupción de menores queda nuevamente pendiente de una sentencia de apelación.

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