Un tribunal federal ha prohibido al estado de Illinois aplicar su ley de suicidio asistido contra la Archidiócesis de Chicago, las Hermanas Carmelitas para los Ancianos y Enfermos y las Hermanitas de los Pobres mientras se resuelve el litigio abierto a comienzos de septiembre. La orden, dictada el 11 de septiembre por el juez Franklin Valderrama, del Tribunal de Distrito de Estados Unidos para el Distrito Norte de Illinois, llegó un día antes de la entrada en vigor de la norma y apenas una semana después de la presentación de la demanda.
La medida cautelar protege a las instituciones católicas frente a las disposiciones que impugnan mientras continúa el procedimiento, según informó Becket, la organización jurídica que representa a los demandantes. Estos sostienen que la norma vulnera su libertad religiosa al obligar a los objetores a informar sobre el suicidio asistido, facilitar determinados pasos del procedimiento y derivar a los pacientes hacia quienes sí participan en él.
El cardenal Blase Cupich, arzobispo de Chicago, ha señalado que la protección debe convertirse en permanente y no quedarse en una medida cautelar ligada al calendario del pleito.
Illinois no se ha opuesto a esta protección temporal. El estado ya había aceptado anteriormente que la ley no se aplicara contra otros demandantes católicos en un procedimiento distinto mientras ese litigio sigue su curso. Esa aquiescencia previa debilita la posición procesal del estado y explica en parte la rapidez con que se ha dictado la nueva orden. No equivale, sin embargo, a una renuncia a defender la constitucionalidad de la norma en el fondo del asunto.
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El caso reproduce un esquema que ya se ha visto en Nueva York, donde la ley de suicidio asistido entró en vigor el pasado 5 de agosto con las instituciones católicas impugnantes protegidas por una medida cautelar concedida días antes por otro tribunal federal, según informó entonces InfoVaticana.
En ambos estados la estrategia es semejante: no dirigir el litigio contra la legalización en abstracto, sino contra las obligaciones concretas que la norma impone a quien se niega a participar. El terreno es el de la objeción institucional, no el del derecho del paciente.
Ese desplazamiento tiene consecuencias. Al pleitear sobre el alcance de las obligaciones y no sobre la legalización misma, las instituciones católicas obtienen protecciones rápidas y razonablemente sólidas, pero dejan fuera de estos litigios la discusión de fondo sobre el suicidio asistido.
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Las Hermanitas de los Pobres, que gestionan residencias de ancianos, conocen bien ese camino. Llevan quince años litigando en Estados Unidos para no financiar anticonceptivos en los seguros médicos de sus empleados, una batalla judicial que continúa ante el Tribunal de Apelaciones del Tercer Circuito.
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Illinois legalizó el suicidio asistido a finales de 2025, cuando el gobernador JB Pritzker firmó la norma el 12 de diciembre pese a la oposición pública de los obispos del estado, que advirtieron de los riesgos para los pacientes más vulnerables. La aplicación de esa ley a las instituciones sanitarias confesionales es precisamente lo que los demandantes están combatiendo ahora ante los tribunales.
La orden del juez Valderrama no resuelve el litigio: congela la aplicación de las disposiciones impugnadas contra los demandantes mientras el procedimiento continúa. El tribunal deberá pronunciarse más adelante sobre si esa protección se convierte en permanente, como reclama Cupich, o si decae una vez examinado el fondo del asunto. Hasta entonces, la Archidiócesis de Chicago y las instituciones de las dos congregaciones religiosas amparadas por la orden quedan protegidas frente a las obligaciones de la ley que son incompatibles con su fe.