Mientras el Cardenal Ángel Fernández Artime recorre hoy los pasillos vaticanos revestido de la autoridad de Pro-Prefecto del Dicasterio para la Vida Consagrada y flamante juez de la Corte de Casación, Pedro Mario Ayala —víctima sobreviviente de los abusos sexuales cometidos por un sacerdote contra él cuando era menor de edad al interior de los salesianos— sufre las secuelas de un trauma que lo ha llevado a la hospitalización psiquiátrica. Un reciente artículo de investigación de InfoVaticana ha revelado los detalles alrededor de este lamentable caso.
Lo doloroso de esta historia es que Artime —siendo el superior de los salesianos— terminó protegiendo y blindando con un manto de impunidad burocrática al victimario, mientras abandonaba a su suerte a la víctima, produciendo una terrible paradoja: el actual encargado de vigilar, acompañar y supervisar toda la vida religiosa católica en el mundo —no olvidemos que, a pesar de estar sujeto a Sor Simona Brambilla como pro-prefecto, su papel es teológica y canónicamente indispensable en aquellas cuestiones relativas al sacramento del orden— es el mismo responsable por la gestión en un caso de abuso sexual marcada por la opacidad, el reduccionismo jurídico y la más absoluta negligencia.
La gestión progresivamente desastrosa de un abuso
En 2015, Artime aseguró a la víctima Ayala: «No puedo ser cómplice de esto». Sin embargo, los hechos señalan que su connivencia se escondió detrás de una flagrante negligencia burocrática. Para el Cardenal Artime, la violación de un menor de edad en los salesianos fue una simple «falta al sexto mandamiento».
Hoy, gracias a las revelaciones documentadas, sabemos que todo el andamiaje de defensa construido para defender al victimario no es solo éticamente insostenible, sino jurídicamente inválido. Artime se escudó en que Ayala tenía más de 16 años para la época de los abusos, supuestamente entre 1994 y 1996. Sin embargo, la víctima ha denunciado públicamente que los abusos sistemáticos y tocamientos comenzaron realmente en el ciclo 1993-1994, cuando acababa de cumplir apenas 15 años.
Bajo la propia legislación de los noventa, que el Cardenal invoca como fundamento de su inacción, el abuso a un menor de 16 años sí constituía un delito reservado y obligaba a la intervención directa de Roma. Al ignorar deliberadamente el inicio de la agresión para retener el caso en sede provincial, los Salesianos violaron abiertamente la Carta Circular de la Congregación para la Doctrina de la Fe de 2011, que les ordenaba remitir al Vaticano todo expediente verosímil de abusos contra menores de 18 años, reservando únicamente a la Santa Sede la facultad de juzgar la prescripción.
Para colmo, la sombra de la mentira institucional sobrevuela el proceso: mientras Artime declara hoy por escrito que el expediente jamás se envió a Doctrina de la Fe porque «no era de su competencia», a la víctima sus superiores le mintieron verbalmente asegurándole que el expediente sí había sido enviado a Roma pero supuestamente había sido devuelto. Alguien en la cadena de mando falseó la verdad para sepultar la justicia.
Pero el escándalo mayor se evidencia en la imposición de una supuesta sanción aplicada solo en el papel para nunca ser cumplida, y que en la práctica terminó permitiendo la total impunidad del agresor. Lejos de ser apartado de las funciones ministeriales, tras admitir formalmente su culpabilidad en el decreto de 2019, el agresor confeso —Jaime Reyes— fue nombrado, apenas seis meses después, como director de un centro juvenil en Tijuana.
Y cuando la presión de la prensa obligó a su remoción, la congregación simplemente lo reubicó como subdirector de otro centro juvenil. Con estas decisiones, las directrices de la Santa Sede que exigen de forma taxativa «excluir la readmisión de un clérigo si supone peligro para menores» fueron pisoteadas con total impunidad.
Por su parte, el provincial que condujo tan lamentable investigación, que firmó el decreto de 2019 y bajo cuyo mandato inmediato se nombró al agresor como director en Tijuana, fue Hugo Orozco. En un sistema judicial medianamente sano, Orozco habría sido al menos investigado y eventualmente sancionado bajo los rigurosos estándares de Vos estis lux mundi por poner en riesgo a decenas de niños.
En el reino salesiano de Artime, sin embargo, Orozco fue premiado: en 2020, el propio Rector Mayor lo promovió incorporándolo a su Consejo General en Roma, el órgano de gobierno mundial de la congregación. Y mientras al lobo confeso se le entregaba un nuevo rebaño y el cómplice ascendía, el Cardenal Artime se lava las manos ante las preguntas de InfoVaticana, alegando que le era imposible supervisar la inmensidad de una congregación de 16.000 miembros.
Las graves irregularidades procesales y éticas que manchan la gestión en este caso permitieron que la congregación salesiana actuara como juez y parte en un proceso que desde su origen no tuvo como prioridad a la justicia o a la víctima, sino ocultar, tapar y minimizar los hechos.
De hecho, mientras el victimario era rehabilitado y premiado institucionalmente, la víctima ha sido castigada con la denegación sistemática del acceso a su expediente, escudada en una supuesta «confidencialidad» que la excluye de su propia tragedia legal. Esta opacidad no solo contraviene los estándares modernos de justicia, sino que constituye una revictimización cruel que trata a Ayala como un extraño frente a la verdad que él mismo tuvo la valentía de denunciar.
Justos cuestionamientos al Pro-Prefecto de Religiosos
Resulta imposible ignorar la inmensa contradicción que estos hechos representan en una Iglesia que pretende hablar de forma creíble de «tolerancia cero» frente al abuso sexual. ¿Cómo pretende Artime ejercer la autoridad disciplinaria sobre otras entidades religiosas cuando su propio historial en el «Caso Ayala» es una antología de cómo no se debe gestionar un abuso sexual clerical?
Aún más delicado: ¿existen en la hoja de servicios del cardenal en cuestión, dentro de los salesianos, otros «casos Ayala»? Los hechos indican que así podría ser. La condena emanada en julio de este año del Séptimo Juzgado Civil de Santiago de Chile contra los Salesianos de ese país, caracterizando «un patrón sistemático e institucional» de encubrimiento de abusos sexuales, se refiere a un periodo anterior a su rectorado.
Sin embargo, ¿qué medidas concretas, exigibles y transparentes tomó el entonces Rector Mayor Ángel Fernández Artime para combatir y acabar con esas situaciones? ¿Cuál ha sido su resultado real? En definitiva, la década de gobierno del Padre Ángel Fernández Artime en los Salesianos de Don Bosco clama por una profunda investigación seria, objetiva e independiente.
Aún más, el hoy purpurado ejerce funciones de vigilancia y disciplina sobre instituciones religiosas que pudieran cargar con cuestionamientos comparables a los que suscita su propia actuación, lo que genera un interrogante: ¿con qué autoridad pretende el Vaticano corregir a otros por la mano de quien, teniendo conocimiento de un caso de esta gravedad —y con facultades absolutas para intervenir—, no consiguió garantizar siquiera el cumplimiento efectivo de las levísimas medidas adoptadas en su propia casa contra un abusador?
Y la pregunta para el Dicasterio de la Vida Consagrada es: si esa situación se hubiera presentado en el seno de una de las entidades que tienen el deber de vigilar actualmente, ¿qué calificación le daría al procedimiento de su propio pro-prefecto? Mientras esas preguntas no tengan una respuesta satisfactoria, su autoridad moral para juzgar y disciplinar a otros permanecerá inevitablemente comprometida.
Para las víctimas que aún esperan verdad, justicia y reparación, esta realidad transmite un mensaje profundamente desalentador e incoherente: que dentro de la actual estructura vaticana se privilegia la protección de los intereses institucionales y de los propios colegas —incluso cuando han cometido delitos— por encima de la transparencia y la justicia.
Así, crece el temor de que las tan proclamadas políticas contra los abusos no sean más que un ejercicio cosmético de cara a la opinión pública, mientras la ley se aplica con rigor únicamente a quienes no pertenecen al propio círculo de poder.
Un juez debe ser un baluarte de la justicia, y quien ejerce autoridad disciplinaria solo puede exigir a otros aquello que estuvo dispuesto a exigirse a sí mismo. Cuando sus decisiones sirven para minimizar la gravedad de los hechos, diluir responsabilidades o convertir una sanción en una mera formalidad sin consecuencias reales, el derecho deja de cumplir su función protectora y se degrada en un instrumento de arbitrariedad.