Un juez ampara el ‘derecho’ de Azcona a robar hostias consagradas para profanarlas

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El juez, para quien resulta acreditado que el investigado aplicó a las formas un uso profano, no aprecia la existencia de delito y razona que aunque no cumplió con las normas canónicas de la comunión, «puesto que, en vez de comerse las hostias que recibía de manos del sacerdote en cada una de las misas a las que acudió, se las guardó para sí», lo «hizo de forma discreta, sin que su conducta pueda calificarse como irrespetuosa, ofensiva o irreverente».

El titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Pamplona, Fermín Otamendi Zozaya, ha archivado la causa abierta contra Abel Azcona, responsable de una exposición titulada «Desenterrados», en la que se profanaron hostias consagradas para formar la palabra «pederastia».

En el auto, que puede ser recurrido, el magistrado descarta la existencia de delitos contra los sentimientos religiosos y de odio, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) en un comunicado.

Tras conocer la resolución judicial, la Asociación Española de Abogados Cristianos (AEAC) ha anunciado que presentará un recurso de reforma subsidiario de apelación, llegando «hasta las instancias que haya que llegar, ante lo que viene a ser una campaña de graves ofensas contra la fe cristiana y la libertad religiosa».

En un comunicado, la Asociación se ha mostrado sorprendida por esta resolución y afirma que «los hechos son lo suficientemente graves como para que al menos se abra juicio oral».

La presidenta de la Asociación, Polonia Castellanos, ha mostrado su indignación por el hecho de que el juez califique las formas consagradas como «objetos blancos y redondos de pequeñas proporciones» y dice que de esta forma quiere «excluir el dolo».

En la sentencia se llega a afirmar que se expusieron cuatro fotografías en las que se veía a Azcona conformando en el suelo la palabra «pederastia» con unos objetos «blancos y redondos de pequeñas dimensiones». Sin embargo, el propio Azcona afirmó en las redes sociales que se trataba de formas consagradas.

Para el juez, resulta acreditado que el investigado aplicó a dichas formas un uso profano, pero considera que no es suficiente para apreciar la existencia de delito, al no haber realizado su acción en un lugar destinado al culto, como un templo o iglesia, ni en una ceremonia religiosa.

Respecto al delito que castiga las ofensas contra los sentimientos religiosos, según el juez, no puede afirmarse que el querellado, cuando se apoderó de las formas consagradas, «lo hiciera sin el debido respeto».

Según el razonamiento del magistrado, aunque Azcona no cumplió con las normas canónicas de la comunión, «puesto que, en vez de comerse las hostias que recibía de manos del sacerdote en cada una de las misas a las que acudió, se las guardó para sí, pero ello lo hizo de forma discreta, sin que su conducta pueda calificarse como irrespetuosa, ofensiva o irreverente».

Sin embargo, desde Abogados Cristianos han recordado que más de 110.000 personas firmaron una queja que se entregó en el ayuntamiento de Navarra, que hubo manifestaciones públicas y una misa de reparación oficiada por el arzobispo de Pamplona.

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Comentarios
19 comentarios en “Un juez ampara el ‘derecho’ de Azcona a robar hostias consagradas para profanarlas
  1. Habrá que esperar el recurso. Es indignante. El juez sabe y el sacrílego también, que al estar consagradas las formas contienen el cuerpo de Jesús Cristo para los católicos. Es evidente que su intención era humillar y producir dolor contra los sentimientos religiosos católicos.

  2. Pues a mí no me extraña lo más mínimo. Si el propio Bergoglio se cree con derecho a dar la comunión sacrílega a los divorciados resposados o a luteranos que no creen en la presencia real de Jesucristo en la eucaristía, no me extraña que los profanos no le den mayor importancia cuando los mismos católicos, encabezados por una cabeza secularizadora, estamos devaluando la eucaristía a mera confraternización. Ya no se quiere hablar de transubstanciación. Bergoglio nunca ha citado esta palabra. Por algo será.

  3. O sea que si insultas o calumnias (por no decir otro delito) con la debida compostura… no molestas a nadie.
    !Maravilloso juez….!
    Ya hizo el ridículo con la instrucción del ex-diputado Santiago Cervera, al que la Audiencia absolvió….
    !Vaya carrerón…!
    Una cosa es aprobar unas oposiciones de juez (recitar de memoria unos temas) y otra muy distinta administrar justicia.

  4. Si el robar no es delito, al margen de los sentimientos religiosos, a partir de mañana que no me detenga la justicia. A robar se ha dicho, señores. Indignado estoy de las braguetadas que la «justicia» a veces sentencia.

  5. Y le importa eso algo a la iglesia, ah se me olvidaba, que la gran tragedia para la iglesia es que ha ganado Trump, no que el Rey de Reyes sea profanado, pisoteado, humillado y mofado.

  6. Sr. Ariza. Efectivamente, no era cardenal, «sólo» era arzobispo. Tiene usted razón. ¿Y? Cambie usted donde pone cardenal y ponga arzobispo. ¿Acaso ha perdido algo de fuerza el argumento? ¿Acaso se cree usted que con ese simple matiz pasa usted a tener razón? Daría igual que fuera un sacerdote de a pie, o un «simple» catequista. La Iglesia Católica, a la vista de los hechos comprobados y confesados por el pedófilo, lo que debe hacer es ponerlo de patitas en la calle, y en vez de eso hizo justo lo contrario, premiarlo con un retiro dorado en el Vaticano. ¿No está de acuerdo? A mí me gustaría saber si usted habría hecho lo mismo, o no. Si le da nauseas, asco, ese caso como a mí, o no.

  7. Aquí empezamos admitiendo cambios más que bruscos, en nombre de la «obediencia» a quien no se le debía tal cosa. Una vez traspasados todos los límites internos ¿A qué escandalizarnos cuando la transgresión es externa?

  8. Y ese @^!!#Ç>&&%&* de juez, ¿ampara también el derecho de los católicos a linchar a ese hideperro sacrílego, tan pronto como se intente acercar a un comulgatorio?

  9. Art. 525 del vigente Código Penal español: «Incurrirán en la pena de multa(….) los que para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican»

    Sra Jueza: ¿Profanar lo más sagrado para un católico, es decir, el cuerpo de Cristo, no lo considera Ud. «hacer escarnio» de los dogmas y creencias católicas, como exige el Código Penal? ¿Cree que el acto hecho por este individuo no conlleva implícitamente «querer ofender los sentimientos religiosos» de los católicos? ¿No lo ha hecho públicamente y lo ha grabado mediante vídeo y fotografías? (que se incluyen dentro del concepto de «documento» del que habla este artículo del Código Penal)

    Creo que todo esto explica sobradamente lo que pienso sobre esta resolución judicial.

  10. TH, ¿Por qué motivo hace usted esa pregunta? Todos sabemos lo que pasaría si hiciera algo parecido con el Corán. Algunos lo han hecho, como Salman Rushdie, con un coste tremendo para él. O como Charlie Ebdo. Cada vez que algún católico hace esa pregunta parece que estaría deseando hacer, o que alguien hiciera, algo parecido. Por favor, deje usted de hacer esa pregunta.

  11. No tengo palabras para condenar al «juez» y al delincuente. Por qué, no atacan al islám?. El de dar la comunión en la mano es una moda de los curas rojos. Yo me he negado a recibir la comunión en la mano como quería el cura y me la tuvo que dar directamente en la boca.

  12. Máximo: Este hombre también comulgaba en la boca, y después de comulgar la sacaba y se la metía en el bolsillo. De verdad que tienen ustedes muy muy poquita imaginación.

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