El aborto volverá a ser un delito despenalizado

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El gobierno de España ha presentado hoy, cuando atraviesa el ecuador de su legislatura, su anteproyecto de ley del aborto. Cierto que todavía tiene que pasar todo el desarrollo parlamentario, pero el partido que gobierna tiene mayoría absoluta en las dos cámaras, por lo que no deberían esperarse grandes modificaciones durante la tramitación.

Si la anterior ley se llamaba “Ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo”, la anunciada hoy se llamará “Ley de Protección de la vida del concebido y de derechos de la embarazada.”

El aborto volverá con esta ley a ser un delito tipificado, para el que se establecen supuestos de despenalización, aunque la mujer deja de recibir reproche penal. Hay que recordar que la llamada Ley Aído reconocía un supuesto “derecho al aborto”.

Por tanto volveríamos a una ley de supuestos como la de 1985. Con algunas diferencias:

Si la ley del 85 reconocía tres supuestos de despenalización, a saber, malformaciones en el feto (el aborto eugenésico), embarazo por violación, y grave riesgo para la salud física o psíquica de la madre (el coladero por donde entraban la gran mayoría de los abortos), ésta ley elimina el supuesto eugenésico e incorpora novedades en el supuesto del grave riesgo para la salud física o psíquica de la madre: deberá ser confirmado por dos médicos especialistas y no vinculados a la clínica donde se realice el aborto.

El proceso será así: la mujer que se acoja al supuesto de «grave peligro para su vida o su salud psíquica» deberá reunir dos informes médicos que acrediten el daño que supondría seguir con la gestación; después recibirá una información verbal sobre las consecuencias médicas de la intervención (el médico tiene que certificar con su firma que ha proporcionado estos datos). A continuación, la mujer será informada por los servicios sociales sobre las ayudas a la maternidad. Cuando haya pasado por todas estas fases, se iniciará un periodo mínimo de siete días antes de proceder al aborto.

La ley presentada hoy desarrolla el derecho a la objeción de conciencia para todo el personal sanitario y prohíbe todo tipo de propaganda abortista.

Se trata de una ley que no protege eficazmente al no nacido, de la manera que tiene que hacerlo un estado de derecho, pero es que además esta ley mantendrá el coladero del 85.

Se habla de que los médicos que firmen los informes sobre el riesgo para la salud de la madre deberán ser independientes de la clínica, pero no se impide el interesamiento a estos médicos, con lo que el coladero permanece. En realidad lo único que podría evitar este coladero sería que los médicos que elaboran el informe preceptivo fueran de la Seguridad Social y asignados por reparto que, por tanto, no recibirían compensación alguna por elaborar un informe en uno u otro sentido.

Sigue siendo necesario, y ahora más que nunca, un clamor social que logre que los legisladores protejan eficazmente el derecho a la vida desde su concepción hasta su término natural y España vuelva a ser un país en el que el lugar más seguro para un ser humano sea el vientre de su madre.

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