El Tribunal de Distrito de Tarnów, en Polonia, ha condenado este jueves 29 de octubre al obispo Andrzej Jeż por no comunicar a tiempo a las autoridades civiles los abusos sexuales contra menores atribuidos a dos sacerdotes de su diócesis. La sentencia, que todavía no es firme, impone al prelado dos años de restricción de libertad y la entrega mensual del 25 % de su salario a una fundación de protección de menores. La diócesis ha rechazado el fallo y anunciado que presentará un recurso.
Se trata de una resolución judicial sin precedentes en Polonia, donde hasta ahora ningún obispo católico en activo había sido condenado penalmente por incumplir la obligación de denunciar delitos sexuales contra menores cometidos por sacerdotes bajo su autoridad.
El fallo llega después de un proceso iniciado el pasado 18 de febrero, cuando Jeż compareció ante el tribunal acusado de haber retrasado la comunicación a la Fiscalía de los delitos atribuidos a dos antiguos sacerdotes de la diócesis de Tarnów.
Dos años de restricción de libertad y una sanción económica
El tribunal ha declarado culpable al obispo de los dos cargos formulados por la Fiscalía y le ha impuesto una pena de dos años de restricción de libertad. Durante ese periodo, el 25 % de su remuneración mensual deberá destinarse a la Fundación Dajemy Dzieciom Siłę, una organización polaca dedicada a la protección de los menores frente a la violencia y los abusos.
La sentencia también contempla una aportación económica de 20.000 eslotis al fondo estatal de asistencia a las víctimas de delitos.
La Fiscalía había solicitado una condena de diez meses de prisión, suspendida durante tres años, mientras que los abogados del obispo reclamaban su absolución.
La cuestión central del procedimiento no era si los abusos habían sido denunciados finalmente, sino si el obispo había cumplido la obligación legal de informar inmediatamente a las autoridades civiles una vez conocida la existencia de indicios creíbles.
Las denuncias contra dos sacerdotes de Tarnów
El proceso se refiere a los casos de Stanisław P. y Tomasz K., dos antiguos sacerdotes vinculados a la diócesis de Tarnów que fueron investigados por delitos sexuales contra menores.
En el caso de Stanisław P., las investigaciones de la Fiscalía identificaron al menos 95 menores perjudicados por actuaciones cometidas durante varias décadas. Las autoridades eclesiásticas ya habían investigado las acusaciones y el sacerdote fue expulsado del estado clerical en 2013.
Sin embargo, la comunicación formal de los hechos a la Fiscalía se produjo en agosto de 2020. En el caso de Tomasz K., la denuncia fue presentada en diciembre de 2021.
La legislación polaca establece desde julio de 2017 la obligación de comunicar sin demora a las autoridades determinados delitos sexuales contra menores de 15 años, siempre que se disponga de información verosímil sobre su comisión.
El tribunal consideró que el obispo había tenido conocimiento de circunstancias suficientes para efectuar las denuncias antes de las fechas en que finalmente fueron presentadas.
Algunos de los procedimientos relacionados con los abusos atribuidos a Stanisław P. no pudieron continuar debido a la prescripción de los delitos.
La defensa del obispo anuncia que recurrirá la sentencia
Andrzej Jeż ha rechazado durante el proceso haber incumplido deliberadamente sus obligaciones legales. Su defensa argumentó que las comunicaciones se realizaron cuando se dispuso de información suficiente para determinar que los hechos denunciados podían constituir delitos sujetos a la obligación de notificación.
Los abogados también señalaron que las autoridades eclesiásticas habían desarrollado investigaciones propias y que los casos terminaron siendo trasladados a los organismos civiles competentes.
El tribunal no aceptó estos argumentos y sostuvo que correspondía a las autoridades policiales y judiciales determinar si las informaciones recibidas justificaban una investigación penal.
Tras conocerse la sentencia, las representantes legales del obispo, Paulina Majtkowska y Monika Brzozowska-Pasieka, anunciaron que solicitarán la fundamentación escrita del fallo antes de presentar la apelación.
La defensa mantiene que el obispo debería haber sido absuelto.
La diócesis rechaza el fallo y recuerda que ambos casos fueron denunciados
En un comunicado oficial publicado el 29 de octubre, la Curia Diocesana de Tarnów ha manifestado su desacuerdo con la resolución judicial y ha recordado que la condena todavía no es firme.
La diócesis sostiene que en ambos casos se realizaron denuncias formales ante las autoridades competentes y subraya que otras personas e instituciones estatales también tenían conocimiento de los hechos.
Asimismo, ha anunciado que los abogados solicitarán la justificación escrita de la sentencia y presentarán el correspondiente recurso después de analizarla.
El comunicado, firmado por el portavoz diocesano, el sacerdote Ryszard St. Nowak, expresa también el profundo pesar de la Curia por los daños y sufrimientos padecidos por las víctimas de delitos sexuales, a quienes manifiesta su respeto y compasión.
Un proceso judicial sin precedentes en la Iglesia polaca
El caso había adquirido especial relevancia desde el comienzo del juicio, al tratarse del primer procedimiento penal de estas características contra un obispo católico en Polonia.
Como se informó el pasado mes de febrero, el prelado se enfrentaba a una posible pena de hasta tres años de prisión por el presunto incumplimiento del artículo 240 del Código Penal polaco.
La reforma legislativa de 2017 convirtió en una obligación penalmente exigible la comunicación de determinados delitos graves contra menores, incluidos los abusos sexuales. Hasta entonces, la denuncia constituía principalmente un deber social cuya omisión no llevaba aparejada la misma responsabilidad penal.
La sentencia dictada este jueves establece por primera vez la responsabilidad penal de un obispo polaco por la demora en comunicar delitos sexuales atribuidos a sacerdotes de su diócesis.
No obstante, el procedimiento continuará en segunda instancia una vez que la defensa presente el recurso anunciado, por lo que la condena todavía no tiene carácter definitivo.