Episcopado Mexicano alerta sobre riesgos de sobrerregulación en derechos de las audiencias

Episcopado Mexicano alerta sobre riesgos de sobrerregulación en derechos de las audiencias

 

La Conferencia del Episcopado Mexicano emitió el 13 de agosto de 2026 un mensaje solemne titulado «Conocerán la verdad y la verdad los hará libres», citando el versículo de Juan 8,32, en el que se pronuncia sobre la consulta pública de los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias abierta por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones. Firmado por el obispo de Cuernavaca y presidente del Episcopado, Ramón Castro Castro, junto con el obispo auxiliar de México y secretario general, Héctor M. Pérez Villarreal, el texto llega en un momento de intensa discusión pública. La consulta, que corre del 27 de julio al 21 de agosto de 2026, se abrió después de que el gobierno de Claudia Sheinbaum presentara el proyecto en las conferencias matutinas a través de la consejera jurídica Luisa María Alcalde. Desde entonces, la presidenta ha insistido de manera reiterada en que no existe censura ni intención de sancionar contenidos periodísticos, sino de garantizar derechos constitucionales de las audiencias mediante códigos de ética, defensores del público y mecanismos claros de queja.

El proyecto de lineamientos establece obligaciones para las concesionarias de radio y televisión abierta, de paga y para las programadoras, tanto comerciales como públicas y sociales. Entre ellas figuran la obligación de publicar un código de ética, designar al menos una persona defensora de las audiencias que actúe con imparcialidad e independencia, distinguir de manera explícita mediante cortinillas, plecas o menciones la información noticiosa de la opinión y de la publicidad, garantizar el derecho de réplica y abstenerse de difundir información falsa, descontextualizada o hechos históricos presentados como actuales.

Las sanciones, que pueden alcanzar hasta el uno por ciento de los ingresos anuales del concesionario, se contemplan como último recurso cuando no se atienden las recomendaciones de la defensoría o no se cumplen las obligaciones formales. El gobierno ha subrayado que el artículo correspondiente prohíbe expresamente cualquier forma de censura previa y que la intervención de la autoridad se limita a cuestiones procedimentales. Sheinbaum ha reiterado que el objetivo es la autorregulación y que el derecho de las audiencias a recibir información plural y oportuna es un principio constitucional ya reconocido desde hace años.

La Conferencia del Episcopado Mexicano reconoce con sinceridad el propósito que inspira el proyecto y valora elementos concretos como la prohibición de la censura previa, la no discriminación por motivos religiosos, el derecho a contenidos que reflejen el pluralismo de la Nación y la protección especial a grupos vulnerables frente a la manipulación o a contenidos que degradan la dignidad de la persona. Sin embargo, los obispos advierten que precisamente porque el bien buscado es real, importa cómo se alcanza. El principio que debe salvaguardarse con especial énfasis, afirman, es que la libertad de expresión es pilar fundamental del orden democrático. Ninguna autoridad administrativa puede erigirse en calificadora de la verdad, particularmente tratándose de ideas, opiniones, convicciones o creencias, sean o no religiosas. La veracidad que legítimamente se exige a la información periodística es un deber de diligencia: contrastar fuentes, verificar datos, distinguir el hecho de la opinión y rectificar el error cuando sea necesario. Esa exigencia es cosa distinta de la verdad de las convicciones, que no admite verificación administrativa ni sanción, y cuya calificación por el Estado sería en sí misma incompatible con la libertad de conciencia y la libertad de expresión. La verdad no se decreta, sino que se busca y se reconoce en el debate libre y plural.

El mensaje eclesial señala que la calificación administrativa de información como “falsa” o “descontextualizada”, sin tipificar con claridad los límites de dichos conceptos, y aparejada de eventuales sanciones, tiene como riesgo condicionar la libertad de expresión a criterios oficiales de veracidad. Tal mecanismo resulta incompatible con el sistema democrático tutelado por los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, con diversos precedentes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y con el marco jurídico interamericano sobre el derecho a la libertad de expresión. En un contexto en el que las asociaciones religiosas no pueden poseer ni administrar concesiones de radio y televisión, el pluralismo que los lineamientos invocan debe incluir también el de las convicciones y creencias religiosas. La salvaguarda de ese pluralismo debe enunciarse como principio general en beneficio de todas las confesiones y de quienes no profesan ninguna, de modo que no queden sujetos a juicios administrativos de veracidad ni a etiquetas obligatorias.

Otro componente que merece atención especial, según el episcopado, es la protección de la independencia editorial. El proyecto faculta a la autoridad para revisar y validar los códigos de ética de los medios, documentos que expresan su identidad, misión y valores, y para revisar en última instancia las decisiones de los defensores de audiencia, pudiendo incluso ordenar rectificar o modificar contenidos. La autorregulación ética es un bien que florece en libertad; sujeta de modo permanente a la validación oficial, deja de ser autorregulación. Esta observación toca el corazón de la controversia: el riesgo de que un mecanismo concebido para proteger a las audiencias se transforme, en la práctica, en un instrumento de supervisión permanente sobre las decisiones editoriales de los medios.

Más allá del pronunciamiento de los obispos, el debate ha reunido voces académicas, jurídicas y de la industria que coinciden en señalar riesgos de sobrerregulación. El periodista y académico Raúl Trejo Delarbre ha sostenido que los lineamientos no implican censura previa, pero sí se extralimitan al incorporar conceptos como información falsa o descontextualizada que la ley no contempla de esa forma y al conferir a la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones atribuciones de revisión que la norma no le otorga de manera expresa. La ley habla de información profesional veraz, pero no autoriza a una autoridad administrativa a erigirse en juez de la falsedad o verosimilitud de las noticias. Especialistas como Irene Levy han advertido que el proyecto crea atribuciones, procedimientos y consecuencias sancionatorias que exceden lo previsto en la legislación vigente, particularmente al permitir que la CRT revise, confirme, modifique o revoque las determinaciones de las defensorías de las audiencias. Organizaciones dedicadas a la libertad de expresión han alertado sobre el posible efecto inhibidor: los medios podrían comenzar a autocensurarse para evitar procedimientos administrativos o sanciones, especialmente cuando la autoridad reguladora depende del Poder Ejecutivo.

La Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CRT) expresó en un primer momento objeciones por ambigüedad, discrecionalidad y posible subordinación de las defensorías. Tras diálogos con la CRT, moderó sus preocupaciones y reconoció avances: la intervención del regulador se limitaría a cuestiones procedimentales a solicitud de quien presente una queja previa ante el medio, sin entrar en el contenido editorial. La presidenta Sheinbaum celebró ese acercamiento como un avance democrático. En sentido contrario, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos respaldó el proyecto, rechazó las acusaciones de censura y recordó que la libertad de expresión no equivale al derecho a difundir mentiras o tergiversaciones presentadas como verdades absolutas. Análisis tempranos de los comentarios recibidos en la consulta mostraron una mayoría crítica, aunque la autoridad ha reportado miles de participaciones y ha insistido en que el proceso es abierto y transparente.

El mensaje del episcopado no se limita a la advertencia. Exhorta de manera enfática a los fieles laicos, a los comunicadores católicos, a las universidades e instituciones educativas, a los colegios de profesionistas, a las organizaciones de la sociedad civil y a toda la ciudadanía a participar en la consulta antes del 21 de agosto de 2026. La participación ciudadana no es un trámite del proceso regulatorio, sino un ejercicio de corresponsabilidad con el bien común. Una democracia se fortalece cuando los ciudadanos participan, no cuando callan. A los comunicadores de México les recuerda que su oficio es más que un trabajo: quien informa con honradez sostiene la vida común de un país; quien lo hace con miedo o al servicio de intereses ajenos a la verdad la debilita. El Papa León XIV ha expresado la solidaridad de la Iglesia con los periodistas encarcelados por intentar contar la verdad y ha pedido custodiar el bien precioso de la libertad de expresión y de prensa, porque sólo los pueblos informados pueden decidir en libertad. A las autoridades y a los concesionarios, la Conferencia del Episcopado Mexicano expresa su disposición al diálogo franco y constructivo y pone a disposición su red educativa y pastoral para colaborar en programas de educación y alfabetización mediática, en la formación de audiencias críticas y en la difusión de los mecanismos de defensa de sus derechos. El derecho a la información veraz se garantiza tanto regulando la oferta como formando el discernimiento de quien la recibe.

Finalmente, el mensaje se dirige a quienes escuchan y ven. El derecho a una información veraz trae consigo una responsabilidad. Ninguna norma librará del deber de discernir lo que se recibe, de verificar antes de compartir y de no propagar aquello que hiere la fama del prójimo o siembra confusión. La calumnia difundida por una red social hace tanto daño como la difundida en el aire. La primera defensa de la verdad no es un reglamento, es una conciencia formada.

En el cierre, los obispos recuerdan el acontecimiento guadalupano: la Palabra se hizo entendible cuando Santa María de Guadalupe habló a Juan Diego en su propia lengua, con sus imágenes y su música, no lo corrigió, sino que lo escuchó y lo envió a hablar ante quien tenía autoridad. Ahí está el modelo de toda comunicación verdadera: la que respeta al destinatario hasta el punto de hablarle en su lengua y la que confía en él hasta el punto de encomendarle un mensaje. A ella, Madre de la Esperanza y Estrella de la Evangelización, encomiendan este proceso de consulta y a quienes en él participen, para que en México la palabra, humana y divina, pueda siempre pronunciarse y escucharse en libertad.

El texto definitivo de los lineamientos se conocerá después del cierre de la consulta. Lo que está en juego no es sólo un conjunto de reglas técnicas sobre radio y televisión, sino el delicado equilibrio entre el legítimo derecho de las audiencias a contenidos responsables y el principio democrático de que el Estado no puede convertirse en árbitro de la verdad de las opiniones y las convicciones. En ese equilibrio se juega, en buena medida, la calidad del debate público y la libertad de quienes comunican y de quienes escuchan.

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