El capuchino Giampiero Gambaro, el canonista que reconoció ante las víctimas de Chiclayo las negligencias del expediente instruido bajo Robert Prevost —hoy León XIV— y que después les comunicó el cierre del caso mediante la dispensa del estado clerical, asume ahora la Procuraduría General del Instituto del Verbo Encarnado por designación del delegado pontificio, monseñor José Antonio Satué. Un movimiento que reactiva las preguntas nunca respondidas sobre cómo llegó Gambaro al caso más delicado del actual pontificado.
El pasado 20 de agosto se hizo pública la nueva estructura de gobierno del Instituto del Verbo Encarnado (IVE), intervenido por la Santa Sede y bajo la autoridad plena del delegado pontificio, monseñor José Antonio Satué, obispo de Málaga. Mediante dos decretos, fechados el 25 de julio y el 18 de agosto y ratificados por el Dicasterio para los Institutos de Vida Consagrada, Satué ha configurado un consejo general de mayoría externa al instituto. Entre los nombres, uno resulta especialmente familiar para los lectores de InfoVaticana: el padre Giampiero Gambaro, OFM Cap., que asume como consejero general la responsabilidad del área de Procuraduría, es decir, precisamente el área que gestiona las relaciones jurídicas del instituto con la Santa Sede, según consta en el documento oficial del gobierno general del IVE y en su página institucional.
No es un instituto cualquiera. El IVE, fundado en Argentina, es una de las congregaciones más numerosas y jóvenes de la Iglesia, con presencia misionera en escenarios tan sensibles como la parroquia latina de la Sagrada Familia en Gaza, y arrastra un proceso de intervención romana con denuncias pendientes que —como ha señalado la propia prensa religiosa al analizar los decretos— los documentos oficiales del nuevo gobierno no abordan: ni la atención a las víctimas, ni el estado de las investigaciones, ni sus resultados.
¿Quién es Giampiero Gambaro?
Según la biografía oficial publicada por el propio IVE, Gambaro nació en Génova en 1959, es capuchino, licenciado en Administración de Empresas y en Derecho Canónico, y ha sido ecónomo general y ministro provincial de su orden en Génova. Su carrera reciente se ha desarrollado en Perú: prorrector de la Universidad Católica Sedes Sapientiae de Lima, decano de su Facultad de Derecho, miembro de la comisión jurídico-canónica de la Conferencia Episcopal Peruana y juez del Tribunal Diocesano de Carabayllo (Lima Norte).
Conviene subrayarlo: Gambaro no era un hombre de Chiclayo. Su base era Lima, a 770 kilómetros de la diócesis que gobernó Robert Prevost. Y sin embargo, fue él —un capuchino genovés afincado en la capital— quien recibió del obispo de Chiclayo, monseñor Edinson Farfán, el encargo de instruir como delegado el proceso penal administrativo contra Eleuterio Vásquez González, el «padre Lute», en el expediente de abusos a menores que salpica directamente la gestión del hoy Papa León XIV.
El instructor que confirmó las negligencias
Los audios revelados por InfoVaticana en noviembre de 2025 mostraron a un Gambaro sorprendentemente franco con las víctimas. En la reunión del 23 de abril de 2025 en el obispado de Carabayllo —dos días después de la muerte de Francisco— el instructor calificó la investigación previa ordenada por Prevost en 2022 de «tomadura de pelo»: «Muy mal hecha. Muchos errores. Mucha superficialidad». Reconoció que al acusado «prácticamente no se le preguntó nada» y que «no contestó nada»; admitió errores «incluso en la Santa Sede»; calificó de «extrañísimo» el archivo del Dicasterio para la Doctrina de la Fe por una supuesta prescripción civil peruana que el derecho canónico no contempla; y leyó íntegro el decreto cautelar de Prevost del 3 de abril de 2022, demostrando que Lute nunca fue suspendido del ministerio público, en contra de la versión oficial difundida por la diócesis, por la biografía papal de Elise Ann Allen y por el propio Prevost. En otro pasaje, Gambaro llegó a admitir que el propio Lute reconocía los hechos aunque «no los considera un delito».
Esa franqueza, dicho sea de paso, no encaja con el perfil de un hombre próximo a Prevost. Quien reconoce ante las víctimas —grabadora mediante, aunque él lo ignorase— que el expediente instruido por el actual Papa fue una «tomadura de pelo» no parece estar protegiendo a nadie por afinidad personal. La pregunta, entonces, es otra: si no era un hombre del entorno de Prevost ni de la diócesis de Chiclayo, ¿quién propuso a Gambaro y por qué?
La salida en falso: la dispensa como cierre del caso
Porque la franqueza de Gambaro tuvo un límite muy preciso. En aquella misma reunión de abril presentó a las víctimas como «buena noticia» que Lute hubiera solicitado la dispensa voluntaria del estado clerical, y les transmitió que esa gracia pondría fin al caso: no habría más investigación, según recogió también la organización SNAP en su análisis de las grabaciones. El 11 de noviembre de 2025 comunicó por carta que la dispensa había sido concedida por León XIV el 15 de septiembre, pese a que las víctimas habían pedido formalmente al Papa que no la concediera hasta que hubiera investigación y sentencia. En su escrito —difundido también entre religiosas de la diócesis y recogido por la prensa peruana— Gambaro sostuvo que la recepción y tratamiento de las denuncias se habían desarrollado «conforme al Derecho Canónico». El mismo hombre que había llamado «tomadura de pelo» a la instrucción certificaba ahora su regularidad.
La tesis de fondo —que la dispensa del estado clerical extingue la causa— no es una ocurrencia de Gambaro. Tiene autor y doctrina: monseñor Jordi Bertomeu, oficial del Dicasterio para la Doctrina de la Fe y comisario en el caso del Sodalicio, la teorizó por escrito en la revista Ius Canonicum de la Universidad de Navarra, en un artículo académico de 2021 titulado «La praxis de la CDF sobre la dispensa de las obligaciones clericales: El n. 157 del «Vademécum»» (Ius Canonicum, 61/122, pp. 733-765). Allí Bertomeu defiende como «praxis consolidada» ofrecer al reo la posibilidad de pedir la dispensa, reconociendo expresamente que esta vía «interrumpe las diligencias investigativas o el proceso en curso sin que se llegue a una conclusión del mismo acerca de la culpabilidad o no del imputado», y la legitima invocando el bonum commune. Es decir: el cierre sin verdad ni sentencia, elevado a método.
Pero esa construcción es jurídicamente insostenible como excusa para no investigar. Altos responsables judiciales vaticanos han confirmado a InfoVaticana que la dispensa del estado clerical no exime de la investigación ni del proceso a los efectos de las responsabilidades institucionales de la Iglesia: la gracia afecta al estatuto personal del clérigo, no al deber de la Iglesia de esclarecer los hechos, reparar a las víctimas y depurar las responsabilidades de quienes gestionaron —o desgestionaron— el expediente. El propio Vademécum del Dicasterio para la Doctrina de la Fe regula en su n. 157 la dispensa como un derecho del acusado, no como un mecanismo de archivo. Decirles a tres mujeres que denunciaron abusos sufridos entre los 9 y los 14 años que «el caso ha terminado» porque su agresor ha vuelto voluntariamente al estado laical es, sencillamente, falso.
Las preguntas que abre el nombramiento
¿Cómo se eligió al instructor del caso Lute? Formalmente lo nombró el obispo Farfán. Pero Farfán fue a buscar a un capuchino de Lima, sin vínculo aparente con Chiclayo, en el momento más delicado: con SNAP presentando su denuncia Vos estis en vísperas del cónclave y con el nombre de Prevost en todas las quinielas. ¿Fue una elección autónoma de la diócesis o vino sugerida desde Roma?
¿Qué relación existe entre Gambaro y Satué? Ambos son canonistas de perfil curial-disciplinar. Satué fue oficial de la Congregación para el Clero entre 2015 y 2021 —el dicasterio que tramita buena parte de las cuestiones relativas al estado clerical— y desde el 10 de enero de 2025, por nombramiento de Francisco, delegado pontificio del IVE con plenos poderes. Como ha destacado la prensa religiosa, Satué ha formado su equipo con «personas de su total confianza». Que Gambaro figure entre ellas apenas unos meses después de pilotar el cierre del caso Lute indica, como mínimo, que Roma conoce bien a este capuchino y confía en él para expedientes de máxima sensibilidad. ¿Se conocían ya cuando Gambaro asumió la instrucción de Chiclayo? ¿Pidió Francisco a sus hombres de confianza en materia disciplinar un nombre seguro para un caso que amenazaba a un cardenal papable?
¿Es la Procuraduría del IVE la recompensa o la continuación? El área que asume Gambaro es justamente la que articula la relación jurídica del instituto intervenido con la Santa Sede, en un proceso donde también hay denuncias de abusos pendientes de respuesta. El patrón preocupa: el canonista que gestionó el cierre sin juicio del caso Lute pasa a gestionar el frente jurídico de otro expediente mayúsculo.
No se trata de presumir mala fe de nadie. Se trata de constatar que la Iglesia sigue sin explicar quién decidió qué en el caso Lute: quién eligió al instructor, quién impulsó la vía de la dispensa, quién decidió no practicar las pruebas pendientes y quién comunicó a las víctimas —mediante un folio sin sello ni número de expediente— que todo había terminado. Mientras esas preguntas sigan sin respuesta, cada nuevo nombramiento de los protagonistas del expediente será leído, inevitablemente, a la luz de aquel cierre en falso. Las víctimas, mientras tanto, siguen sin poder ver siquiera los documentos de su propio caso.
Las víctimas de Chiclayo siguen esperando verdad, justicia y reparación. Y la Iglesia sigue debiéndoselas.