El Tribunal Constitucional de Polonia ha dictaminado por unanimidad que los «matrimonios» entre personas del mismo sexo celebrados en el extranjero no pueden ser reconocidos en el país, al considerar que la Constitución polaca define el matrimonio exclusivamente como la unión entre un hombre y una mujer.
La sentencia, emitida el pasado 28 de julio, supone un nuevo respaldo al artículo 18 de la Constitución y frena el intento del Gobierno del primer ministro Donald Tusk de introducir por vía administrativa el reconocimiento de este tipo de uniones celebradas fuera de Polonia.
El artículo 18 de la Constitución, eje de la decisión
El fallo se fundamenta en el artículo 18 de la Constitución polaca, que establece que «el matrimonio, como unión entre un hombre y una mujer, así como la familia, la maternidad y la paternidad, estarán bajo la protección y el cuidado de la República de Polonia».
El caso se originó después de que una pareja de ciudadanos polacos contrajera «matrimonio» en Berlín y solicitara la inscripción de su certificado en el registro civil de Polonia. Las autoridades rechazaron la petición porque la legislación nacional no reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo.
La pareja recurrió la decisión y, el 25 de noviembre de 2025, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) resolvió que Polonia debía reconocer estos «matrimonios» celebrados en otros Estados miembros de la Unión Europea.
El Gobierno de Tusk trató de aplicar la sentencia europea
El Ejecutivo del primer ministro Donald Tusk, de orientación liberal y favorable a un mayor alineamiento con las instituciones de la Unión Europea, respaldó la resolución del TJUE y comenzó a preparar su aplicación.
Aunque sostuvo públicamente que la Constitución polaca seguiría siendo respetada y que Bruselas no podía modificar directamente la definición legal del matrimonio, en mayo aprobó una regulación administrativa destinada a reconocer los «matrimonios» entre personas del mismo sexo celebrados en otros Estados miembros.
La medida debía entrar en vigor el próximo 23 de agosto. Sin embargo, el partido conservador Ley y Justicia (PiS) recurrió la decisión ante el Tribunal Constitucional, lo que paralizó su aplicación hasta la resolución definitiva.
La sentencia refuerza el bloque conservador
El fallo del Tribunal Constitucional supone un importante revés para el Gobierno de Donald Tusk y refuerza la posición del presidente de la República, Karol Nawrocki, de perfil conservador y respaldado por el PiS, quien apenas once días antes había vetado dos proyectos de ley impulsados por el Ejecutivo para introducir contratos de convivencia entre parejas que viven juntas.
Con esta decisión, tanto el presidente como el Tribunal Constitucional cierran, por el momento, las principales vías utilizadas por el Gobierno para avanzar en el reconocimiento legal de las uniones entre personas del mismo sexo sin una reforma de la Constitución.
Los magistrados concluyeron que únicamente pueden inscribirse en el registro civil polaco aquellos matrimonios que se ajusten a la definición recogida en el artículo 18 de la Constitución.
Según la sentencia, cualquier modificación que permitiera reconocer los «matrimonios» entre personas del mismo sexo exigiría una reforma constitucional y una amplia revisión del Código de Familia y del resto de la legislación relacionada con el matrimonio.
La resolución reafirma así que ninguna disposición administrativa puede alterar el contenido del artículo 18 mientras este permanezca vigente.
El Ejecutivo carga contra el Tribunal
Tras conocerse la sentencia, el Gobierno de Donald Tusk reaccionó cuestionando la legitimidad del Tribunal Constitucional.
El viceprimer ministro y ministro de Digitalización, Krzysztof Gawkowski, criticó la decisión y aseguró que el órgano presidido por Bogdan Święczkowski pretende «privar a cientos, quizá miles de personas en el futuro, del derecho a la felicidad».
Con esta resolución, el Tribunal Constitucional vuelve a reafirmar la definición del matrimonio recogida en la Constitución polaca y cierra, al menos por ahora, la puerta al reconocimiento en Polonia de los «matrimonios» entre personas del mismo sexo celebrados en el extranjero.