El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto-ley que declara exentas de tributación en el IRPF las indemnizaciones destinadas a víctimas de abusos sexuales en el ámbito de la Iglesia católica. La medida garantiza que las compensaciones económicas se perciban íntegramente, sin deducciones fiscales, dentro del sistema de reparación acordado entre el Ejecutivo, el Defensor del Pueblo y la propia Iglesia.
Según ha informado el Gobierno, la decisión da cumplimiento al convenio suscrito con la Conferencia Episcopal Española (CEE) para articular un mecanismo de reconocimiento y reparación a las víctimas, evitando que estas tengan que hacer frente a obligaciones tributarias por las cantidades recibidas.
La medida corrige una situación previa que había generado incertidumbre. En la mayoría de los casos, los delitos de abusos han prescrito, lo que ha impedido la existencia de resoluciones judiciales. Como consecuencia, las indemnizaciones concedidas fuera de los tribunales no encajaban en los supuestos habituales de exención fiscal, obligando a las víctimas a tributar por ellas.
Con el nuevo decreto, el Ejecutivo establece un marco que permite que estas compensaciones, vinculadas a daños personales de carácter físico, psicológico o moral, no se vean reducidas por la carga impositiva.
Esta exención se integra en el sistema mixto de reparación diseñado entre el Estado y la Iglesia, en el que las indemnizaciones son determinadas a partir de las propuestas del Defensor del Pueblo y asumidas por las instituciones eclesiales.