El demoledor informe de un profesor sobre el ‘Caso Gaztelueta’ que señala que el Papa está siendo manipulado

El demoledor informe de un profesor sobre el ‘Caso Gaztelueta’ que señala que el Papa está siendo manipulado

Hace varios días Fernando Simón Yarza, profesor titular de Derecho Constitucional en la Universidad de Navarra publicó un artículo en El Debate sobre la «mediatización y sobras del Caso Gaztelueta».

Ahora, este mismo profesor ha vuelto a publicar de nuevo un artículo en El Debate. El artículo contiene además un extenso informe de 25 páginas en donde el profesor detalla desde un punto de vista jurídico los problemas y las dudas que arroja este procedimiento por parte de la Santa Sede.

El exhaustivo informe

Fernando Simón analiza en el informe, en primer lugar, los hechos desglosados por orden cronológico desde noviembre de 2011, cuando la Fiscalía de Menores abrió diligencias preliminares de investigación.

En esta parte, el profesor detalla como el propio inspector de Educación mantuvo —y reiteraría posteriormente en el proceso ante la Audiencia Provincial de Vizcaya— que, a su juicio, no es posible realizar los actos delictivos sexuales que se dice que se realizaron en el despacho en que se dice que se realizaron».

El dictamen recuerda también que el 2 de septiembre de 2013, el Fiscal Superior acordó el archivo de las diligencias, nuevamente tras varios meses de investigación, por falta de pruebas.

Primera investigación del Papa

A raíz de una denuncia de los hechos ante la Santa Sede de 15 de diciembre de 2014, el Santo Padre envío al acusador una carta el 29 de diciembre de 2014, en la que le manifestó su cercanía y le anunció la apertura de «un juicio canónico al educador y al colegio».

El 7 de enero de 2015 se encargó a la Congregación para la Doctrina de la Fe investigar, con carácter preliminar, los hechos denunciados por la familia ante la Santa Sede. Se trataba de una investigación canónica previa para determinar si había de abrirse algún procedimiento penal a su conclusión, regulada en el canon 1717 del Código de Derecho Canónico,

Fernando Simón detalla en su informe, que ha llegado a numerosos obispos de España, que «la Congregación para la Doctrina de la Fe, a sabiendas de que la persona de quien se pretendía que había cometido abusos no era un clérigo y de que, por ende, no podía existir en ningún caso delito canónico y el dicasterio era incompetente, inició, pese a todo, la descrita investigación».

Las actuaciones se saldaron con el cierre del caso por falta de pruebas y con el mandato de restablecer «el buen nombre y la fama del acusado». El 9 de octubre de 2015, Mons. Luis Ladaria, entonces Secretario de la Congregación para la Doctrina de la Fe, dio traslado al colegio del archivo de la investigación mediante una carta.

Condena al profesor

El profesor de la Universidad de Navarra cuenta en su informe que «en junio de 2015, la supuesta víctima había iniciado, llegada a la mayoría de edad, un nuevo procedimiento penal, como resultado del cual la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Bizkaia dictó Sentencia condenatoria el 13 de noviembre de 2018. La AP condenaba al acusado a una pena de once años de prisión por un delito continuado de abuso sexual. Es importante subrayar que el único testimonio de cargo que sirvió de base a la condena fue el del acusador.

De cara a esta sentencia, Fernando Simón recrimina a la Audiencia Provincial de Vizcaya que rechazase el testimonio de los numerosos
testigos vinculados al centro que declararon en tal sentido. Algunos de ellos describieron cuidadosamente el lugar donde se dice que se cometió el pretendido delito, y justificaron por qué, a su parecer, era imposible que tales hechos se cometiesen allí.

Rebaja de la condena de 11 a 2 años

Tanto el colegio como el acusado mantuvieron firmemente la inocencia de éste, así como la lesión de la presunción de inocencia en el proceso. Impugnada la Sentencia de la Audiencia Provincial en casación, la Sección 1ª de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo dictó Sentencia el 21 de septiembre de 2020, actuando como ponente el presidente de la Sala de lo Penal del Alto Tribunal, D. Manuel Marchena.

Fernando Simón añade un elemento importante a tener en cuenta: «La Sentencia declaró que se había violado la presunción de inocencia (art. 24.2 CE) por una falta de confrontación rigurosa entre las fuentes probatorias de la defensa y de la acusación, y rebajó la pena de once a dos años».

En cuanto al prevalecimiento del testimonio del alumno frente al profesor del colegio, Simón Yarza detalla lo siguiente: «Se trata de un órgano (Tribunal Supremo) que carece de competencia para sustituir la valoración de la prueba llevada a cabo en instancia. En sus propias palabras, «sólo un entendimiento preciso del concepto y de la significación funcional del recurso de casación, puede explicar las limitaciones de esta Sala a la hora de valorar una impugnación basada en el quebranto del derecho constitucional a la presunción de inocencia»16. El Tribunal Supremo reiteró en varios momentos de la Sentencia el fundamento limitante de su propio pronunciamiento: «nuestro cometido como órgano de casación no nos autoriza a una valoración alternativa de la prueba, no nos permite sustituir la apreciación verificada por el órgano de instancia por la que propugnen las partes».

La nueva investigación canónica y la parcialidad del obispo de Teruel

El día 15 de septiembre de 2022, el obispo de Bilbao, Mons. Joseba Segura Etxezarraga dio a conocer la noticia de la apertura de un proceso canónico ordenado por el Papa Francisco para reabrir el ‘Caso Gaztelueta’.

En este informe, Fernando Simón desvela que José Antonio Satué, obispo de Teruel y encargado de la investigación escribió al exprofesor de Gaztelueta para informarle de la apertura de una investigación canónica contra él, a pesar de su condición laical.

Mons. Satué informó en la carta al investigado acerca de la posibilidad de presentar un procurador y/o abogado «en un plazo de siete días hábiles» a partir de la recepción de la carta, personalmente o a través de correo postal certificado en el Obispado de Teruel y Albarracín. Le advierte igualmente de que, con posterioridad, «recibirá una citación, con la que dará comienzo el proceso».

Además, José Antonio Satué escribió al investigado lo siguiente: «como hermano en la fe, me permito recomendarle con todo respeto
que si, por las circunstancias que fuesen, usted hubiera defendido su inocencia de forma incierta, contemple este procedimiento como una oportunidad para reconocer la verdad y pedir perdón al Sr. Juan Cuatrecasas Cuevas y a su familia».

Fernando Simón detalla, en referencia a las decisiones adoptadas por el Papa Francisco que «algunas actuaciones, sin embargo, no pueden deberse sino a un asesoramiento y una manipulación desleales e indignas respecto a lo que es justo en concreto. Llamar la atención sobre ello sólo puede interpretarse como un humilde intento de servir a la Iglesia y a la justicia».

A pesar de todo, Francisco parece haber tomado ya partido en este asunto. Este verano ya le escribió una carta al padre del ex alumno afirmando que les informaría de primer mano de todo. Además, como también desveló InfoVaticana, durante este pasado verano el Papa se reunió con el demandante a quien le pidió perdón. Esta petición de disculpas fue grabada para un programa de televisión con Jordi Évole que verá la luz próximamente.

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