El Supremo rebaja de once a dos años la pena del profesor de Gaztelueta

ARABA PRESS/PATXI CORRA
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El Tribunal Supremo ha estimado en buena medida el recurso de casación formulado por la defensa del profesor del colegio del Opus Dei Gaztelueta. El numerario José María Martínez Sanz ha visto rebajada la condena que había dictado la Audiencia Provincial de Vizkaya de 11 a 2 años por abusos sexuales a uno de sus estudiantes.

El Supremo entiende que los hechos más graves descritos por la víctima -prácticas sexuales explícitas- no están probados. El condenado no tendrá que ingresar en prisión.

«Nos vemos obligados a insistir, una vez más, en que para la fundamentación del juicio de autoría no es suficiente un acto de fe del órgano de enjuiciamiento. No basta con que la versión de la víctima inspire credibilidad. La realidad de los hechos imputados y su atribución al acusado tienen que ser el resultado de un proceso de valoración probatoria que no reserva espacio para intuiciones voluntaristas. Cuando el Tribunal reconoce que falta el detalle de la vivencia traumática, cuando afirma que ello es así porque el impacto emocional hace explicable hasta que se carezca del recuerdo de esa vivencia y cuando, en fin, los hechos de especial gravedad son narrados muchos años después de la fecha en la que se sitúa su acaecimiento, proclamar sin fisuras que existe persistencia en la incriminación y aceptar la íntegra verosimilitud del relato, es un ejercicio de voluntarismo incompatible con el canon constitucional de valoración probatoria», se puede leer en la resolución judicial según recoge eldiario.

El Tribunal Supremo da la razón a la defensa del profesor que planteó que las garantías procesales y constitucionales exigen una mayor carga de prueba para una condena tan elevada.

A la pena de cárcel se le añade una orden de alejamiento de la víctima de cuatro años. Fuentes de la familia posponen cualquier valoración hasta leer «con calma» la sentencia y conocer a fondo la fundamentación jurídica, recoge el mismo medio.

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Comentarios
36 comentarios en “El Supremo rebaja de once a dos años la pena del profesor de Gaztelueta
  1. No quiero entrar en los hechos, pues no he seguido el asunto.
    Ayer, como abogado, al conocer la sentencia, me llamó la atención el motivo de la rebaja de condena, y es el principio de aplicación de lay penal más favorable, en este caso la vigente cuando ocurrieron los hechos.
    Y me llamó nos atención porque bes algo tan básico en derecho penal que cuesta entender porque la Audiencia Provincial en su primera sentencia no lo tuvo en cuenta

    1. Ésa es la explicación de los Vidal-Bastantes, máximos activistas para la condena de éste y otros inocentes que consideran presa jugosa. Pero, como todo en ellos, es falso.

  2. La Congregación para la Doctrina de la Fe investiga estas denuncias de forma muy estricta, y archivó el caso al no ver indicios probatorios. El director del centro manifestó su confianza en la inocencia del profesor. Un informe psiquiátrico explicó que el denunciante padecía transtornos alucinatorios que ponían en duda su declaración. Considerando todas estas circunstancias, da la impresión que debería haber sido declarado inocente, absuelto de cualquier cargo, y libre de toda pena.

      1. La CDF pudo derivar el caso a otra instancia, pero no lo hizo, porque no apreció delito, sinó que creyó probada su inocencia. Esto para mí es la mayor garantía de la inocencia del profesor, pues la jerarquía vaticana es enormemente estricta en estos asuntos.

        1. ¿Qué instancia vaticana o no vaticana tiene atribuída canónicamente la competencia para enjuiciar estos delitos cuando el acusado no es un clérigo sino un seglar?

          Actualmente, ninguna.

      1. Éste es el gran tema. Al ser numerario el abusador, no es clérigo ni religioso, por lo que la CDF no tenía competencias para juzgarlo. Este es un vacío legal que debe ser solucionado, y he aquí el porqué del empeño del Opus Dei por derivar esta causa al mundo civil. Si lo hubiera podido juzgar la CDF… supondría que este señor es algo más que un laico para la Iglesia

  3. A ver… pero el profesor ES CULPABLE, ¿no? Le han rebajado la condena de 11 años a 2 años… eso es SER CULPABLE.

    ¿Le van a seguir defendiendo aquí?

    Mi pregunta, para el director o cualquiera que le defienda, es: ¿Por qué motivo creen al profesor y no al chaval? ¿Por qué motivo ponerse de parte de un católico, y no de parte de otro católico?

    El profesor, está DEMOSTRADO, tenía PORNOGRAFÍA en su ordenador. Paginas web como «www . violaraenmawatson . com».

    El motivo por el que aquí le defienden se me escapa. No lo entiendo.

    1. Se consideran HECHOS PROBADOS los tocamientos, etc…

      ¿Pruebas? A ver… el alumno dice que el profesor le mostró páginas web en su ordenador mientras le tocaba y se masturbaba. Llega el perito informático, y ENCUENTRA esas páginas web. ¿Hace falta más, señores?

      ¡De verdad…! ¿Qué hace falta para que unos católicos CONDENEN con contundencia a otro católico pedófilo?

      Es ALUCINANTE que defiendan ustedes al profesor pedófilo… que se pongan ustedes del lado del pedófilo… así está la Iglesia.

      1. Tranquilo. Dios juzgará con su infinita sabiduía a todos. Y dará a cada uno lo que le correspoda,
        Pero, en todo caso, lo que queda patente es que la justicia humana no deja de ser un mero intento para lograrla, pues no está en su mano conocer la verdad total y absoluta, cosa que ocurre aquí.Y con esto me refiero tanto al alumno como al profesor. Hasta ahora el principio «in dubio pro reo» es lo más cercano a la posibilidad de impartirla, a la vista de los hechos probados, lo más objetivamente posible, esto es con imparcialidad. sin la influencia de las emociones que la desvirtúan.
        Que Dios se apiada de todos nosotros.

    2. Ay, Desi, Desi…

      En la Sentencia de la Audiencia Provincial de Vizcaya 79/2018, de 13 de noviembre, en el fundamento de derecho tercero se dice, al respecto de lo que comentas:

      «Consta documentada la serie de incidentes surgidos entre las citadas partes a propósito de ambas pruebas documentales aportadas por la defensa, y sin embargo a nuestro juicio carecen de relevancia en términos de valoración de la prueba»

      »no entendemos que se trate de una prueba relevante desde el momento en que cualquier consulta relativa a, por ejemplo, lugares de veraneo o de secciones de moda de páginas Web de grandes establecimientos comerciales, permite igualmente la visualización de este tipo de imágenes sin mayor esfuerzo, y superando la existencia de cualquier filtro por riguroso que sea. Por ello no hemos considerado que ese listado sea la prueba definitiva de que al alumno le fueron exhibidas este tipo de imágenes».

  4. NO, Belzunegui. Efectivamente. La presunción de inocencia NO se destruye sólo con el relato de la víctima.

    SI se destruye cuando la víctima DICE que el profesor le enseñó páginas porno en su ordenador, y el perito informático ENCUENTRA esas páginas porno. Ahí se acaba la presunción de inocencia, ¿verdad?

    Basta de católicos que defienden a otros católicos pedófilos, en lugar de defender a las víctimas.

    El profe dice una cosa, el chaval dice otra. ¿A quién creo? Pues así, sin más, ni a uno ni a otro… ¿no? Pues no. Hay que apoyar al profesor.

    ¿Y si las preceptuaciones duraban 50 minutos, según dicen los compañeros? Apoyar al profesor.
    ¿Y si el perito encuentra las páginas porno que dice el chaval? Apoyar al profesor.
    ¿Y si los compañeros le llamaban «la novia del profesor»? Apoyar al profesor.

    Asco siento… la verdad.

    Y ahora le rebajan la condena a 2 años… ¿Y ya es inocente?

    1. Hay algo que no cuadra. La denuncia fue muchos años después de los supuestos hechos. ¿Cómo el perito puede encontrar tantos años después paginas porno en el PC del profesor?
      Por otro lado, todas las cuestiones que planteas son hechos circunstanciales, en ningún caso probatorias. Teniendo en cuenta que las paginas porno son las páginas más visitadas en internet, ¿esto supone que todos los que entran son pedófilos? La justicia no se puede basar en indicios, sino en pruebas, de lo contrario se vulnera la presunción de inocencia.
      No se trata de defender pedófilos, sino de defender la justicia. Si existieran hechos probados nadie defendería a este profesor.

    2. Desidereo, las preceptuaciones podían durar mucho porque era un alumno difícil que requería una atención mayor que otros, y el profesor, movido por su vocación, en las tutorías con el alumno denunciante,
      dedicaba con generosidad su tiempo, para el único bien de su educación. No es posible colegir que hubiera comportamientos ilegales, a partir de una simple declaración, llena de contradicciones, por parte de un joven que se ha confirmado que ha padecido o padece problemas psiquiátricos.
      Y si años después en el ordenador presuntamente fueron hallados restos de consultas a páginas deshonestas, eso sería un asunto de confesión sacramental que todo lo absuelve si está arrepentido, pero no constituye indicio de comportamiento criminal.
      Desidereo, usted protesta porque haya católicos que defiendan a pedófilos, pero aquí no he leído ningún comentario de ningún católico defendiendo a ningún pedófilo, pues nuestra tesis niega precisamente que sea pedófilo.

    3. Como recoge europapress, el «condenado» pretende un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional para que se le declare inocente. Según su abogado, el Tribunal Supremo no puede entrar a valorar las pruebas que ya habían sido valoradas por la Audiencia Provincial de Bizkaia y esto porque según la ley de enjuiciamiento criminal del año 2015 no se pueden valorar dos veces las mismas pruebas. Esta ley, como recoge ese artículo cambió para los procesos posteriores a Julio del 2015, como este se había iniciado antes no se puede revisar, pero como señala el abogado si el tribunal Supremo hubiera podido valorarlas entonces le habrían declarado inocente. Como Jurista, en este caso hay muchas cosas que no cuadran, como por ejemplo que uno de los psiquiatras que le trató al principio conociera todo y no dijera nada a los padres. En este caso dicho psiquiatra se habría convertido en complice del condenado. Resulta que luego lo dice. Me sorprende bastante.

    4. Buenos días Desidereo. Entiendo y comparto el objetivo de su crítica: hay que extirpar de raíz la monstruosidad de la pederastía. Creo que en eso coincidimos todos.
      Pero creo que ud se puede estar excediendo en este caso, que es muy raro y que creo que tienen muchos vestigios de que al profesor le están imputando crímenes que posiblemente no haya cometido. Si los ha cometido, soy el primero que espero que se pudra en la cárcel para el resto de su vida. Comento los ejemplos que ud. pone:
      1. Tutorías largas: no es raro cuando un chaval tiene problemas.
      2. El perito encuentra páginas porno: esto no es cierto. El perito no encontro pornografía, encontró en el caché (la memoria del ordenador de las imágenes que se han visto) fotos de mujeres en bikini y ropa interior. Esto suena muy truculento, pero cualquier ordenador que haya abierto páginas con publicidad (incluída esta misma página!) tiene ese contenido. Abra ABC o el Mundo y ya tiene el ordenador lleno de estas imágenes.
      (continuo)

      1. 3. Que los niños le llamaran «la novia del profesor» no es una prueba de nada. Si los chavales de verdad hubieran supuesto que se daban casos de relaciones sexuales, con seguridad lo habrían denunciado entonces o, al menos, en el juicio. Con la hipersexualización actual, en cualquier colegio se ataca a niños diciendo cosas así o «éste aprueba porque XXX con el profe», «ésta tiene trato preferencial porque se ha ligado a tal profesor», «la madre de éste tal», etc etc. Argumentar esto como prueba de pederastía no es sostenible.

        Por el contrario me parece muy significativo que el profesor no haya sido acusado de nada ligeramente similar por nadie más que este chico, que claramente tienen problemas muy serios y cuya familia tiene comportamientos extrañísimos (el padre tenía un blog de erotismo en el cine, ha dado a la prensa documentos durante todo el caso, participado en un documental de Netflix, etc etc.).

        La única prueba «sustancial» es el testimonio del chico, no hay nada más.

  5. DESIDEREO piensa un poco. Que el profesor haya entrado en internet a ver esas páginas y el perito informático lo pruebe, no implica para nada que sea culpable. No confundas el tocino con la velocidad. Chema es inocente por falta de pruebas y punto. Está probado que le enseñó al alumno esas páginas, pero no toda la confabulación que cuenta el alumno, osea que la condena de 11 años era injusta de la a, a la z.

    Es punible meterse a ver esas páginas web? Acaso la OMS y todas las consejerias de Igualdad de este País no animan a que los niños desde su mas tierna infancia se exploren y hagan juegos de chicos y jueguen a ser chocas y elijan su sexo. Desidereo estás muy a la derecha extrema, evoluciona, es sano según nuetras autoridades que los profes vean esas páginas y se masturben para explorarse y conocerse. Luego que el profesor entre a esas páginas para él no hay ningún problema.

  6. No estoy conforme porque ni hubo testigoS ni pruebaS. Y sí tuvo mucho tiempo después de salir del colegio, durante siete ¡siete años! un psiquiatra que no lo curó pero que parece más fiable que nadie. La mejor época del alumno, en todos los sentidos, fue en la que el profesor Martínez fue su tutor y en la que gratis et amore le estuvo poniendo al día porque el muchacho faltó mucho a clase. El chico ya había tenido problemas antes por lo que le fueron recetados medicamentos psiquiátricos…

    Espero que se recurra al tribunal pertinente y salga la verdad.

  7. Los profesores abusadores suelen abusar, a lo largo de su historial académico, de varios alumnos. ¿ Cómo es que ningún otro alumno denunció al profesor ? ¿ Cómo es que ningún compañero testificó a favor del supuesto abusado ?

  8. Mi comentario estará visible cuando lo aprueben… en mi comentario únicamente aporto INFORMACIÓN.

    ¿Por qué motivo me lo van a censurar? Sólo el censurador lo sabe… ¿verdad?

  9. Claramente hay «comentratrolles» que dicen que los Tribunales solo tienen razón cuando se la dan a ellos. No se han acabado de rascar con el Caso Pell.

    Pues nada, povidona y algodón en rama….

    1. «Diga lo que diga la sentencia»

      No hay más preguntas. A confesión de parte, relevo de prueba.

      Diga lo que diga, digas lo que diagas, erre con erre guitarra….. povidona y algodón en rama….

      1. ¿La sentencia dice que es culpable o que es inocente?

        Pues eso. Al margen de que sea culpable o inocente, que según el Tribunal Supremo ES CULPABLE, el simple HECHO de que tenga PORNOGRAFÍA en su ordenador (que no es delito, oiga usted…) como SABEMOS que la tenía, me hace preguntarme POR QUÉ motivo le defienden ustedes.

        ¿Por qué defienden a un profesor del Opus que SABEMOS, porque LO ADMITE el director del colegio en el juicio, SABEMOS que tenía pornografía en su ordenador DEL COLEGIO?

        El tío se dedicaba a ver PORNO en su ordenador, y aquí todos los católicos a defenderlo. ¿Por qué motivo? No lo entiendo…

  10. A ver… que parece que no sabemos leer:

    «El Supremo entiende que los hechos más graves descritos por la víctima -prácticas sexuales explícitas- no están probados.»

    Los hechos más graves no están probados. Los menos graves SI, y es por ello que:

    «A la pena de cárcel se le añade una orden de alejamiento de la víctima de cuatro años.»

    Están ustedes defendiendo a un PEDÓFILO, juzgado y condenado por PEDÓFILO.

  11. A los comentatrolles varios: el card. Pelle fue condenado Unánimemente en primera instancia. Condena confirmada en segunda instancia. (Ojo, confirmada, sin rebaja, no como ahora que lo han absuelto de los delitos que podrían tener confirmación objetiva.)

    Pues en la tercera instancia fue COMPLETAMENTE ABSUELTO, y con crítica a los tribunales anteriores.

    Erre con erre guitarra….. Povidona y algodón en rama.

  12. El del cardenal Pell fue un caso muy distinto. Al cardenal no se le encontró pornografía en su ordenador, ¿verdad?

    En el caso del cardenal Pell había muchas menos pruebas. Y ya sabe, «in dubio pro reo». Y salió absuelto. Por lo pelos… como usted dice dos tribunales le consideraron culpable. La verdad no la sabremos nunca. ¿Inocente? ¿culpable? Lo que me sorprende es que, tratándose de la palabra de la supuesta víctima frente al supuesto pedófilo, siendo ambos católicos, ustedes tomen partido por uno frente al otro. Parece que el cardenal es inocente. Ok. Yo no tengo ganas de que sea culpable.

    El caso del profesor es muy distinto. Los alumnos le llamaban «la novia del profesor» por algo, ¿verdad? ¿O eso no quiere decir nada? Y tenía pornografía en su ordenador por algo, ¿verdad? ¿O niega usted que tuviera pornografía en su ordenador?

    Si fuera inocente

  13. yo no sentiría ni frío ni calor. Como no lo siento si es culpable. Lo que no entiendo es que un católico defienda a capa y espada a otro católico (el profesor) cuando es la palabra de un católico (el chaval) frente a otro católico (el profesor).

    No lo entiendo.

    Yo ante la duda no defendería ni a uno ni a otro. Y yo entiendo que cuando el chico habla de pornografía en el ordenador del profesor, de unos desnudos muy concretos, y el perito encuentra esa pornografía… en fin: Game over. ¿O no?

    ¿Se leyó usted la sentencia? El director tiene las narices de decir que igual «fue el perito informático» el que consultó páginas pornográficas… o algo así.

    1. Porque NO ES INOCENTE. Porque NO HAY DUDA razonable.

      ¿Cómo sabía el chico que el profesor, en un colegio del Opus, tenía pornografía en su ordenador, y EL TIPO DE PORNOGRAFÍA que tenía (no era porno duro, no era lésbico, ni sado, no… era JUSTO lo que dijo el chico).

      Para responder a esa pregunta hay que inventarse algo descabellado. Siempre hay la duda. Es posible que lo del Holocausto nazi sea un invento, que no pasase en realidad. No estábamos allí, ¿verdad? Por ser posible… cualquier cosa es posible. Es posible que vivamos en Matrix.

      Inventarse una respuesta a esa pregunta sobre la pornografía del ordenador no la hace cierta ni razonable.

      ¿Cuál es su respuesta, José? ¿Por qué el chaval sabía que había pornografía en el ordenador del profesor?

      Que «el chaval necesitaba más preceptuaciones», que el resto es también un invento.

  14. Bravo Galván… casi no se ha notado.

    La sentencia dice que ES CULPABLE. Pero «diga lo que diga» (que dice que es culpable) el chico sabía el tipo de pornografía que HABÍA en el ordenador del profesor. Lo sabemos. Usted también lo sabe.

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