Parolin aparece con supuestas cartas privadas sin forma legal para intentar excluir a Becciu del Cónclave

Francisco y Becciu

En un episodio que mezcla lo esperpéntico con una preocupante falta de garantías jurídicas, el cardenal ex secretario de Estado, Pietro Parolin, ha filtrado —según informa el diario italiano Domani— dos cartas supuestamente firmadas por el Papa Francisco en las que se expresaría su voluntad de excluir al cardenal Angelo Becciu del próximo Cónclave. Las misivas, una de ellas fechada en marzo de este año mientras el Papa agonizaba, fueron mostradas por Parolin directamente a Becciu, en una maniobra que ha provoca estupor entre canonistas y observadores vaticanos.

Becciu, condenado por su implicación en un escándalo financiero relacionado con la compra fraudulenta de un edificio en Londres, sigue siendo formalmente cardenal y tiene menos de 80 años, por lo que cumple con el requisito canónico para ser elector. Sin embargo, su participación en el Cónclave se pretende bloquear mediante la invocación de estos documentos privados que, en ningún caso, han sido publicados oficialmente ni revestidos de las formas jurídicas exigidas por el Derecho Canónico.

Los actos pontificios que restringen deberes tan esenciales como el acceso al Cónclave deben estar debidamente formalizados y promulgados conforme al procedimiento previsto en la normativa eclesial. Lo contrario es caer en una suerte de «gobierno por carta privada», sin efectos jurídicos, sin publicación en el Acta Apostolicae Sedis, y sin posibilidad de defensa ni claridad para el Colegio Cardenalicio.

Que, en pleno precónclave, el ex secretario de Estado muestre documentos privados a un cardenal para persuadirlo de no ejercer un deber canónico, y que este movimiento se retransmita en la prensa, revela una forma de operar que degrada el principio de legalidad y convierte la sucesión papal en una operación de poder opaca y desconcertante con el sello de Pietro Parolin.

La constitución apostólica Universi Dominici Gregis establece con claridad los criterios para la participación en el Cónclave. No contempla vetos personales ni cartas informales. Solo actos pontificios válidos, públicos y conocidos pueden alterar esa composición. Lo demás es política de pasillo vestida de voluntad pontificia.

Estamos, en definitiva, ante un precedente grave. Si se acepta que un cardenal puede ser excluido de un Cónclave en base a cartas privadas filtradas, sin ninguna formalización jurídica, la Iglesia no sólo se aleja del Derecho Canónico, sino también de su propia tradición de racionalidad institucional. Porque incluso en el corazón de lo espiritual, las formas importan. Y mucho.