El pasado 27 de septiembre, les contamos en estas páginas en extraño caso que había ocurrido en la diócesis de Villa de la Concepción del Río Cuarto.
El sacerdote argentino P. Ariel Alberto Príncipi fue objeto en 2021 de varias denuncias por abusos sexuales contra menores, centradas al parecer en el abuso de las llamadas oraciones de sanación, en el contexto de círculos de oración carismáticos.
Tras un proceso canónico que duró años en la diócesis de Villa de la Concepción del Río Cuarto, el sacerdote fue declarado culpable en junio de 2023 de múltiples cargos de abuso sexual de menores por el tribunal interdiocesano local. Esa decisión fue confirmada posteriormente por un tribunal de apelación interdiocesano de la archidiócesis de Buenos Aires en abril, y ambos tribunales actuaron por delegación del Dicasterio para la Doctrina de la Fe.
El obispo de Río Cuarto estaba a la espera de que el Vaticano ratificara la reducción al estado laical de Príncipi. La sorpresa fue cuando la Secretaría de Estado intervino en todo este proceso «como resultado de las ulteriores pruebas presentadas por algunos obispos diocesanos de Argentina, así como por varios fieles en los meses de junio y julio de 2024».
Peña Parra, sustituto de la Secretaría de Estado, obligó a la diócesis argentina a publicar el comunicado en el que seaseguraba que el 5 de julio de 2024 se inició «un procedimiento extraordinario, con suspensión de la decisión recedente, en relación al reverendo Ariel Alberto Príncipi, sacerdote incardinado en la diócesis de Villa de la Concepción del Río Cuarto, acusado en 2021 de delicta graviora contra sextum cum minoribus (art.6, 1° Normae) y dimitido del estado clerical con sentencia del Tribunal Interdiocesano de Córdoba, Argentina, del 2 de junio de 2023, confirmada el 8 de abril de 2024, en apelación, por el Tribunal Interdiocesano de Buenos Aires«.
El resultado de ese “procedimiento extraordinario” fue que Príncipi fue declarado culpable de crímenes canónicos no especificados por haber sido “muy imprudente en el ejercicio de las llamadas ‘oraciones curativas’”, y en su lugar fue puesto bajo el ministerio sacerdotal restringido. Peña Parra no ofreció más detalles sobre la naturaleza del proceso, ni bajo qué autoridad o competencia legal fue convocado.
Doctrina de la Fe da la razón a la diócesis
Nadie acaba de entender muy bien que pinta en todo este proceso la Secretaría de Estado cuando los casos de abusos no suele ser competencia de este departamento vaticano. En un primer momento algunas voces sugerían que Tucho Fernández habría intervenido en la revocación de la condena, un extremo que niegan las fuentes romanas consultadas por este medio.
Lo más extraño de todo, es que ahora el Dicasterio para la Doctrina de la Fe ha desautorizado públicamente a la Secretaría de Estado de la Santa Sede para dar la razón a los procesos canónicos desarrollados en Argentina contra este sacerdote.
A través de un comunicado, el obispo de Villa de la Concepción del Río Cuarto, monseñor Adolfo Uriona FDP, confirmó que quedó firme la expulsión del estado clerical del Ariel Alberto Principi, declarado «culpable de delicta graviora contra el sexto mandamiento del Decálogo cum minoribus (abuso sexual de menores)», tras los procesos canónicos llevados a cabo por el Tribunal Interdiocesano de Córdoba y por el Tribunal Interdiocesano Bonaerense.
Esta notificación del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, fue enviada por monseñor John J. Kennedy, secretario para la Sección Disciplinar. En dicha notificación, la mano derecha del cardenal Víctor Manuel Fernández para cuestiones de abusos de sacerdotes asegura que 2el proceso extraordinario, desarrollado fuera del ámbito de ese Dicasterio, cuyas conclusiones se comunicaron en el pasado 23 de septiembre del corriente, ha sido anulado». Es decir, anula la decisión de Peña Parra de restituir al sacerdote en cuestión.
Además, Kennedy sostiene que «transcurridos los plazos establecidos por el derecho no se ha interpuesto ante esta Sede la restitutio in integrum». En ese sentido, Doctrina de la Fe defiende que «la Secretaría de Estado ha comunicado que la causa queda nuevamente sujeta al proceso ordinario en este Dicasterio, según las normas previstas por la Ley de la Iglesia».
Se trata por tanto de un hecho prácticamente insólito. Se ha producido en público un choque entre ‘ministerios’ vaticanos. Quedará la dudar de saber los motivos que llevaron a Peña Parra a puentear a Doctrina de la Fe para suspender dos sentencias de tribunales canónicos de un país.