La explicación de Gianfranco Ghirlanda sobre las prelaturas personales

Gianfranco Ghirlanda
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El pasado lunes tuvo lugar la presentación de la Constitución Apostólica Praedicate Evangelium sobre la Curia Romana y su servicio a la Iglesia en el mundo, promulgada el 19 de marzo por el Papa Francisco. «El proceso de redacción del documento, la sinodalidad y el rol de los laicos en posiciones de gobierno estuvieron al centro de las reflexiones», afirma Vatican News.

La presentación corrió a cargo del Cardenal Marcello Semeraro, Prefecto de la Congregación para las Causas de los Santos, Mons. Marco Mellino, Secretario del Consejo de Cardenales y Gianfranco Ghirlanda S.J., profesor emérito de la Facultad de Derecho Canónico de la Pontificia Universidad Gregoriana. Durante la rueda de prensa con los periodistas, Ghirlanda fue el encargado de explicar el cambio de Dicasterio de las prelaturas personales, en este caso del Opus Dei.

Rueda de prensa de la presentación de la nueva Constitución Apostólica
Rueda de prensa de la presentación de la nueva Constitución Apostólica (VaticanNews)

Explicación de Ghirlanda, traducido por Verbum Caro para Infovaticana:

«Pero la cuestión es que uno trae la competencia del clero para establecer la coherencia con lo que el Código establece respecto a las prelaturas personales. Porque si tomamos el canon 294, dice: «Con el fin de promover una conveniente distribución de los presbíteros o de llevar a cabo peculiares obras pastorales o misionales en favor de varias regiones o diversos grupos sociales, la Sede Apostólica, oídas las Conferencias Episcopales interesadas, puede erigir prelaturas personales que consten de presbíteros y diáconos del clero secular». Más adelante, en el canon 296, se dice: «Mediante acuerdos establecidos con la prelatura, los laicos pueden dedicarse a las obras apostólicas de la prelatura personal; pero han de determinarse adecuadamente en los estatutos el modo de esta cooperación orgánica y los principales deberes y derechos anejos a ella». Así, en la definición, la prelatura personal, en coherencia con lo que era la Presbiterorum ordinis 10, es una estructura de carácter clerical porque está destinada a la distribución del clero o a obras pastorales específicas. De hecho, Presbiterorum ordinis 10 tenía como apartado «La distribución de los presbíteros». Luego, en 1966, el motu proprio Ecclesiae Sanctae volvió a poner a las prelaturas personales bajo el apartado «La distribución del clero» y prácticamente legisló lo que luego encontramos en el Código.

La cuestión surgió durante la elaboración del Código, porque desde el principio de la elaboración del Código, las prelaturas personales, apartándose de lo que es la Ecclesiae Sanctae, se configuraron en la parte de la estructura jerárquica de la Iglesia local, por tanto, de las Iglesias particulares, como una Iglesia particular, personal. Esto continuó hasta 1980, cuando, bajo la influencia de los esquemas que ya estaban en marcha en 1967, las prelaturas personales, con Regimini Ecclesiae universae, pasaron a ser competencia de la Congregación para los Obispos. Pero luego, en la evolución de la elaboración del Código, en 1982, en el esquema de 1982, después de la Congregación Plenaria, es decir, de la comisión ampliada con otros obispos y cardenales, otros consultores, se volvió a la legislación de Pablo VI, a la Ecclesiae Sanctae.

Así que las prelaturas personales, dejaron de configurarse como iglesias particulares personales. Luego ese texto fue a parar al papa, que lo examinó con un pequeño grupo de obispos y cardenales, y si bien entonces todavía estaban en la parte «De la constitución jerárquica de la Iglesia», en el Código pasaron «De la constitución jerárquica de la Iglesia», a la primera parte del libro segundo, entre los clérigos y las asociaciones [de fieles]. Así que, en efecto, no se pueden asimilar a una iglesia particular y la Congregación de Obispos tiene jurisdicción sobre las iglesias particulares. Por eso se trasladó. Ahora, lo que pasa con el Opus Dei, bueno, efectivamente es la única Prelatura que hay.

El mismo 19 de marzo, el prelado del Opus Dei emitió un comunicado en el que decía: «De esta manera cambia el interlocutor ordinario con la Santa Sede, ya que muchos de los asuntos que la Prelatura trata con la curia romana conciernen a su presbiterio». Ahora bien, cómo regulará luego esta posición con la Congregación del Clero, bueno, es algo que atañe al Opus Dei. No puedo, no puedo saberlo. Sin embargo, lo que ha hecho el papa Francisco es restablecer la coherencia dentro del orden canónico entre la competencia del dicasterio y la acción de la prelatura personal, el modo cómo las prelaturas personales están configuradas en el código, en plena coherencia con el Vaticano II y la legislación de Pablo VI. Esto es lo que puedo decir».

¿Quién es Gianfranco Ghirlanda?

Nacido en Roma, obtuvo en 1966 el Doctorado en Derecho en la Universidad La Sapienza. Siendo jesuita, realiza estudios de Filosofía en el Instituto Filosófico de Gallarate y de Teología en la Universidad Gregoriana. Tras la ordenación sacerdotal, en 1973, cursa en esta misma Universidad los estudios de Derecho Canónico y obtiene el Doctorado en 1978. Su labor docente se ha centrado básicamente en la Universidad Gregoriana, donde enseña Derecho Canónico desde el 1975 en la Facultad de Teología y desde el 1979 en la Facultad de Derecho Canónico, de
la que fue profesor ordinario desde 1986.

Es consultor de diversos dicasterios de la Curia Vaticana: de la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica, del Pontificio Consejo para los Lacios, de la Congregación para la Evangelización, la Congregación para el Clero, el Pontificio Consejo parea los Textos Legislativos, la Congregación para los Obispos y la Congregación para la Doctrina de la Fe. Es también Referendario del Supremo Tribunal de la Signatura Apostólica y miembro de la Comisión de la Congregación para la Educación Católica para el “proceso de Bolonia”. Ghirlanda ha sido el gran ideólogo de esta nueva Constitución Apostólica.

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Comentarios
14 comentarios en “La explicación de Gianfranco Ghirlanda sobre las prelaturas personales
  1. «…Por tanto, Nos, con la plenitud de Nuestra potestad apostólica, después de aceptar el parecer que Nos había dado Nuestro Venerable Hermano el Eminentísimo y Reverendísimo Cardenal Prefecto de la Sagrada Congregación para los Obispos… mandamos y queremos que se lleve a la práctica cuanto sigue:
    I. Queda erigido el Opus Dei como Prelatura personal de ámbito internacional, con el nombre de la Santa Cruz y Opus Dei…
    V. La Prelatura depende de la Sagrada Congregación para los Obispos y, según la materia de que se trate, gestionará los asuntos correspondientes ante los demás Dicasterios de la Curia Romana» (Juan Pablo II, Bula Ut sit). Me parece poco serio cambiar las reglas del juego una vez que éste ha comenzado.

    1. Teniendo en cuenta que las SSCC son coyunturales, me parece que apoyarse en ese texto para cualquier cuestión ontológica o a largo plazo es poco profesional (del pensamiento).

      Soy numerario, por cierto.

      https://pfortuny.net

      para más señas.

    2. Totalmente de acuerdo. Si se siguen haciendo cambios de ese estilo no va a quedar títere con cabeza. Ese emérito profesor no ha dado una explicación muy convincente respecto a lo específico del apostolado del Opus Dei.

      1. Por el Vaticano pululan una serie de personajes de lo más incompetente como en el caso, entre otros, del Pontificio Instituto para la familia y el matrimonio, que actualmente es una caricatura, tal como la instituyó san Juan Pablo II.

      1. Es muy clara para usted que sabe dónde quiere llegar sin necesidad de perder tiempo en razonamientos. Pero si quiere razonar verá que no está tan claro y que se parece, como alguien ha observado, al contrato de los hermanos Marx.

      2. Mientras la masonería, los Testigos de Jehova, sectas diabólicas, y otros grupos obscuros están rodeando a Roma, este «académico» ataca a sus hermanos católicos!!! Que se ponga a trabajar en las *periferias de Roma* o se seguirán perdiendo almas, Que no tiene nada que hacer?….En Roma ha aumentado el número de exorcistas por lo mismo, y este «experto» en «su» Pleito contra la Prelatura Le hace el caldo gordo a los *progress*. Lo que es la falta de vocación APOSTÓLICA VERDADERA.

  2. Es muy clara para usted que sabe dónde quiere llegar sin necesidad de perder tiempo en razonamientos. Pero si quiere razonar verá que no está tan claro y que se parece, como alguien ha observado, al contrato de los hermanos Marx.

  3. Ghirlanda es notoriamente conocido por su tirria al Opus Dei. No me extraña nada que sea el fautor del desaguisado. No ha parado hasta conseguir algo. Aunque en realidad no ha conseguido nada. Siendo ya jubilado se podría dedicar a labores de jardineria.

  4. Mientras se pierden en estas discusiones ge Gianfranco Ghirlanda, las sectas Masonicas, Testigos de Jehova, sectas diabólicas aumentan su número de en Roma, acorralado al Vaticano y este «académico» atacando a sus hermanos católicos y dañando a lo que San Juan Pablo II, había decretado. Que se ponga a trabajar en la Periferia de Roma o las almas condenadas serán su responsabilidad. 🙏🏻🙏🏻🙏🏻🕊️

  5. Quieren hacer un Opus al estilo Jesuíta.
    Los del Opus deberían seguir los SJ con sus Father James. SJ etc. para ser «civilizados» y seguir la linea correcta .
    De momento el Prelado, no puede ordenar sacerdotes con las nuevas reglas y los pobres andan a la caza de obispos -exóticos o no- que quieran ayudar con las ordenaciones
    Eso sí: Su S, ha compensado al Jefe del O. con un hermoso título vacío y una bella chapita honorífica para que se consuele y pueda presumir por ahí . ¡ Es que son como niños !
    Les desborda el cariño.
    ¡Saludos a la Pacha mama !

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