¿Cómo funciona la Congregación para la Doctrina de la Fe?

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Infovaticana en Roma visita la Congregación para la Doctrina de la Fe, en el Palacio del Santo Oficio. Repasamos su historia, los miembros de la misma y sus principales funciones.

La historia de la CDF

En 1542, Pablo III instituyó una comisión de seis cardenales con la misión de vigilar sobre las cuestiones de la fe, al fin de que «por todas partes la fe católica florezca y se desarrolle y toda la perversión herética sea expulsada lejos de los fieles cristianos». Tal comisión, conocida con el nombre de Santa Romana y Universal Inquisición, dotada de los necesarios funcionarios e inquisidores delegados en las distintas ciudades, tenía al inicio exclusivamente carácter de Tribunal para las causas de herejía y cisma.

En 1571, San Pío V creó la Congregación para la Reforma del Indice de los libros prohibidos, para revisar en elenco de libros prohibidos elaborados por la Inquisición. Tal competencia fue ejercida por este nuevo Dicasterio durante algo más de tres siglos, hasta su supresión en 1917.

Tras la reforma de a Curia en 1588 por Sixto V, la actividad de la Inquisición, también conocida con el nombre de Santo Oficio, se extendió a todo aquello que podía afectar directa o indirectamente a la fe y la moral, convirtiéndose así el Dicasterio en custodio del orden y principal instrumento de la autoridad pontificia.

En 1908, San Pío X reorganizó de nuevo la Congregación, cambiando su antiguo nombre por el de Sagrada Congregación del Santo Oficio. Más tarde, en 1917, Benedicto XV al suprimir la Sagrada Congregación del Índice, atribuyó nuevamente la relativa competencia al Santo Oficio, al tiempo que privaba a este Dicasterio de la que tenía sobre las indulgencias.

En 1965, Pablo VI operó la más reciente reforma de la Congregación. Cambió su nombre por el de Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe y actualizó los métodos usados en el examen de las doctrinas: sobre el carácter punitivo de la condena prevaleció el carácter positivo de corrección de los errores, juntamente con la custodia, preservación y promoción de la fe, a partir del principio de que «la fe se defiende mejor promoviendo la doctrina». En el marco de esta misma reforma del Dicasterio, fue de hecho abolido el Indice de Libros Prohibidos, cuya última edición había sido publicada en 1948, bajo la autoridad e Pío XII.

Finalmente, en 1988, Juan Pablo II decidió una nueva reorganización de la entera Curia Romana, que precisaba ulteriormente la función, competencias y normas de la Congregación para la Doctrina de la Fe (Constitución Pastor Bonus del 28 de junio).

¿Cómo se organiza?

La Congregación comprende tres secciones:

– La Sección doctrinal: Se ocupa de la materia relacionada con la promoción de la doctrina de la fe y las costumbres, con la finalidad de preparar documentos para promover la doctrina; intervenir contra las posiciones disconformes con la enseñanza del Magisterio; examinar los escritos y las opiniones contrarias a la recta fe; examinar bajo el aspecto doctrinal los documentos de otros Dicasterios y considerar las peticiones de nihil abstar para los nombramientos y títulos honoríficos.

-La sección Disciplinar: Se ocupa de los delitos contra la fe y de aquellos delitos más graves cometidos contra la moral y en la celebración de los sacramentos. Examina los casos de seudo-misticismo, supuestas apariciones y visiones atribuidos a un origen sobrenatural. Se ocupa también de la admisión al sacerdocio de ex ministros no católicos y de la rehabilitación al ejercicio de Ordenes Sagradas así como de la absolución de los casos de excomunión reservados a la Santa Sede. Examina las peticiones nihil obstat para la introducción de las causas de canonización.

-La sección Matrimonial se ocupa de lo concerniente al Privilegium Fidei. Se encarga de las causas de disolución del matrimonio in Favorem Fidei y de otros aspectos del vínculo matrimonial ligados a la validez del Sacramento.

Además, la CDF cuenta con el archivo histórico, abierto a la consulta de los investigadores. En la Congregación tienen su sede también la Pontificia Comisión Bíblica y la Comisión Teológica Internacional, las cuales, bajo la presidencia del Cardenal Prefecto de la misma Congregación, actúan según sus normas.

Superiores actuales del Dicasterio:

Prefecto: Card. Luis Francisco Ladaria Ferrer, S.I.

Secretario: S.E. Mons. Giacomo Morandi

Secretario Adjunto: S.E. Mons. Joseph Augustine Di Noia, O.P.
Secretario Adjunto: S.E. Mons. Charles Jude Scicluna

Subsecretario: Rev. Matteo Visioli

Promotor de Justicia: Rev. P. Robert Joseph Geisinger, S.I.

La Congregación está constituida por un Colegio de Cardenales y Obispos, a la cabeza del cual está el Cardenal Prefecto. Este es asistido por el Secretario y, subordinadamente, por el Subsecretario. La plantilla está compuesta por algunos Oficiales de los cuales, bajo la coordinación del Jefe de cada Sección, se ocupan de las diversas cuestiones según la propia competencia y las exigencias de la congregación.

¿Cómo trabaja?

En consideración a las cuestiones que debe discutir y de los asuntos que debe tratar, la Congregación suele proceder con mayor o menor solemnidad en los Congresos, en las Consultas, en las Sesiones ordinarias o en las Sesiones plenarias respectivamente.

En las reuniones del Congreso participan el Prefecto, el Secretario, el Subsecretario, el Promotor de justicia, para las cuestiones de su competencia, y el jefe del departamento interesado, además de los oficiales encargados de las cuestiones a tratar y otro oficial que redacta las decisiones. El Congreso delibera acerca de las concesiones de licencias, dispensas y absoluciones; decide sobre las cuestiones que le son sometidas por los diferentes departamentos; indica los procedimientos a norma de la Agendi ratio, para el examen de los escritos; designa los peritos para la constitución de posibles comisiones de estudio y a quien deberá desarrollar la función de relator en favor del autor; establece las preguntas que deben someterse a la Consulta, a la Sesión ordinaria o a posibles comisiones especiales y propone a la Sesión ordinaria la convocatoria de simposios o seminarios científicos para favorecer los estudios orientados al incremento de la inteligencia de la fe.

La Consulta es convocada y presidida por el Secretario del Dicasterio. Forman parte de ella los consultores de la Congregación o algunos de ellos, el Subsecretario, el Promotor de justicia para las cuestiones de su competencia, y un oficial para la redacción del acta. Toca a los miembros de la Consulta examinar colegialmente las cuestiones propuestas –acompañadas de la documentación necesaria y de la relación de la oficina– y expresar por escrito el propio parecer con las motivaciones respectivas. La Consulta puede ser general o restringida, asegurando en todo caso la interdisciplinariedad de los consultores convocados y las diferentes perspectivas de las escuelas teológicas; pueden también ser convocados expertos sin derecho a voto.

Cuando la índole específica de una materia reclame un estudio especial, la Congregación puede solicitar el parecer, con carácter reservado, a algunas personas de reconocido prestigio, quines por lo general, darán su voto por escrito, pudiendo constituirse también una Comisión especial de estudio, compuesta por especialistas designados por el Congreso.

A la Sesión ordinaria –que normalmente tiene lugar los miércoles (feria quarta) con la participación de por lo menos cinco de los miembros residentes en Roma; entre otros, del Secretario con derecho a voto, además del Subsecretario, que escribe el acta y no tiene derecho a voto, y del Promotor de justicia para las cuestiones de su competencia– le compete juzgar colegialmente sobre las nuevas doctrinas y opiniones, generalmente difundidas, cuya divulgación pueda generar peligros para la fe y las costumbres, reservándose igualmente todas las causas o cuestiones que, con motivo de la dignidad de las personas o de la importancia de los asuntos tratados, exijan un secreto especial o un consejo muy importante. La Sesión ordinaria decide, además, sobre las cuestiones o dudas sometidas al Congreso, así como también sobre la posibilidad de un nuevo examen del asunto que ha de completarse por otras personas, si fuese necesario; favorece estudios orientados a aumentar la inteligencia de la fe; propone al Papa la concesión de gracias; juzga de derecho y de hecho las cuestiones sobre el privilegium fidei y los graviora delicia.

La Sesión plenaria, como regla general, se convoca cada dos años para tratar los asuntos de mayor importancia de la Congregación y otras cuestiones específicas, a juicio del Cardenal Prefecto. Forman parte de ella todos los miembros (Cardenales y Obispos) y el Secretario del Dicasterio y participan también, aunque sin derecho a voto, el Subsecretario y el Promotor de justicia para las cuestiones de su competencia.

La mayor parte de los asuntos tratados por la Congregación para la doctrina de la fe están sometidos, por razón de su naturaleza especialmente delicada, al secreto pontificio. Instituido para sustituir al antiguo secreto del Santo Oficio, el secreto pontificio es una forma de secreto, confirmado con juramento, que se hace necesario para la tutela de las causas y de las grandes decisiones que tengan mucha importancia para la vida de la Iglesia, así como para custodiar a las personas obligadas a conservarlo.

Las decisiones emanadas por la Congregación de la doctrina de la fe pueden ser, según la materia tratada, doctrinales o disciplinares y, puesto que son de gran importancia, en algunos casos deben ser aprobadas por el Papa. Los documentos doctrinales, siempre aprobados por el Santo Padre, forman parte del magisterio ordinario del Sumo Pontífice.

¿Cuál es su función?

La función desarrollada por la Congregación para la Doctrina de la Fe se especifica en la Constitución Apostólica Pastor Bonus de Juan Pablo II.

Es función propia de la Congregación para la doctrina de la Fe promover y tutelar la doctrina sobre la fe y las costumbres en todo el orbe católico; por lo tanto, es competencia suya lo que de cualquier modo se refiere a esa materia.

En cumplimiento de su función de promover la doctrina, fomenta los estudios dirigidos a aumentar la comprensión de la fe y a que se pueda dar una respuesta, a la luz de la fe, a los nuevos problemas surgidos del progreso de las ciencias o de la cultura humana.

Ayuda a los Obispos, tanto individualmente como reunidos en asamblea, en el ejercicio de la función por la que están constituidos maestros auténticos de la fe y doctores,  oficio por el cual están obligados a guardar y a promover la integridad de la misma fe.

En particular, son competencia de la CFF:

-Todas las cuestiones concernientes a la doctrina de la fe y las costumbres

-El examen de las nuevas teorías en materia dogmática y moral

-La reaprobación y eventual condena de las doctrinas contrarias a los principios de la Fe

-El juicio previo, en el ámbito de la propia competencia de los documentos que hayan de publicar otros Dicasterios de la curia romana.

-El examen de los delitos contra la fe, la moral, o en la celebración de los sacramentos. Le corresponde también juzgar lo concerniente al privilegium fidei.

-La promoción y organización de estudios y congresos

 

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Comentarios
6 comentarios en “¿Cómo funciona la Congregación para la Doctrina de la Fe?
  1. ¿ Que cómo funciona o no funciona ? ¡ Como le diga Francisco que funcione o no funcione ! ¡ No se te ocurra contestar a las Dubia ! ¡ Dí que la pena de muerte es inaceptable y que todos los papas anteriores eran unos asesinos por aprobarla !

  2. Muchas gracias Almudena por tus informes desde la ciudad eterna, son coherentes, rigurosos y claros en contenido. Da gusto leerte!! Un saludo desde Colombia y de nuevo muchas gracias por tu labor.

  3. Arcangel San Miguel defienden os en la batalla,se nuestro amparo contra las acechanzas del demonio reprimale Dios pedimos suplicantes ,y tú príncipe de la Celestial milicia,arroja al infierno a Satanás y a todos los espíritus malignos,que pululan por el mundo para la perdición de las almas.Amen.

  4. Gracias por este artículo esclarecedor e informavo de tan importante instituto de nuestra Sta. Madre Iglesia. El Espíritu Santo la dirija para que cumpla a cabalidad la función para la cual ha sido creada y no sea manipulada.

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