Francisco recuerda que los homosexuales no pueden ser admitidos al Seminario y a las Órdenes Sagradas

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«La Iglesia, respetando profundamente a las personas en cuestión, no puede admitir al Seminario y a las Órdenes Sagradas a quienes practican la homosexualidad, presentan tendencias homosexuales profundamente arraigadas o sostienen la así llamada cultura gay», se afirma en el documento El Don de la vocación presbiteral – Ratio Fundamentalis Institutionis Sacerdotalis.

La Congregación para el Clero ha publicado el documento El Don de la vocación presbiteral – Ratio Fundamentalis Institutionis Sacerdotalis, sobre la formación de los presbíteros (Lea-aquí-el-don-de-la-vocación-presbiteral).

Han pasado ya treinta años desde que, el 19 de marzo de 1985, la Congregación para la Educación Católica, entonces competente en esta materia, actualizó la Ratio fundamentalis institutionis sacerdotalispromulgada el 6 de enero de 1970.

La nueva Ratio fundamentalis, aprobada por el Papa Francisco, describe el proceso formativo de los sacerdotes desde los años del Seminario y presenta la formación como única, integral, comunitaria y misionera. La formación inicial y permanente, comprendida en una visión integral, deberá tener en cuenta las cuatro dimensiones propuestas por la exhortación apostólica post-sinodal Pastores dabo vobis de San Juan Pablo II.

En el nuevo documento la formación inicial se articula en cuatro etapas: propedéutica, de los estudios filosóficos o discipular, de los estudios teológicos o configuradora, pastoral o de síntesis vocacional. Respecto a la Ratio fundamentalis de 1970, el proceso formativo presenta algunos avances: después de la fase experimental, iniciada con el Sínodo de los Obispos de 1990, la «etapa propedéutica» es presentada como necesaria y obligatoria.

En relación a las personas con tendencias homosexuales que se acercan a los Seminarios, o que descubren durante la formación esta situación, la presente Ratio fundamentalis recoge que, en coherencia con el Magisterio, «la Iglesia, respetando profundamente a las personas en cuestión, no puede admitir al Seminario y a las Órdenes Sagradas a quienes practican la homosexualidad, presentan tendencias homosexuales profundamente arraigadas o sostienen la así llamada cultura gay».

«Dichas personas se encuentran, efectivamente, en una situación que obstaculiza gravemente una correcta relación con hombres y mujeres. De ningún modo pueden ignorarse las consecuencias negativas que se pueden derivar de la Ordenación de personas con tendencias homosexuales profundamente arraigadas», se recoge en el documento.

Asimismo, en nota a pie de página se hace referencia a la Instrucción sobre los criterios de discernimiento vocacional en relación con las personas de tendencias homosexuales antes de su admisión al seminario y a las órdenes sagradas de 2005.

En el documento se recuerda que, como signo de la entrega total a Dios y al prójimo, la Iglesia Latina considera especialmente conveniente para el sacerdocio «la continencia perfecta en el celibato por el Reino de los Cielos». De esta forma, consagrados al servicio del Pueblo de Dios en el celibato, los presbíteros se «unen más fácilmente a Cristo con un corazón no dividido, se dedican más libremente al servicio de Dios y de los hombres y así se hacen más aptos para aceptar en Cristo una paternidad más amplia».

«Sería gravemente imprudente admitir al sacramento del Orden a un seminarista que no hubiese madurado una afectividad serena y libre, fiel en la castidad celibataria, a través del ejercicio de las virtudes humanas y sacerdotales, entendida como apertura a la acción de la gracia y no sólo como esfuerzo de la voluntad», se señala.

El decreto indica también la importancia del conocimiento y la familiaridad con la «la realidad femenina» y que las redes sociales formen parte de la vida cotidiana del Seminario a través de un uso vigilante, sereno y positivo.