Burke explica la verdad sobre el Sínodo de la Familia

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«El Sínodo no podía abrir una puerta que no existe y no puede existir», responde el cardenal en relación a la comunión de los divorciados vueltos a casar civilmente. 

El cardenal Burke ha publicado un artículo en National Catholic Register que recoge la web Secretum Meum Mihi. El artículo titulado «¿La Verdad Sobre la 14ª Asamblea Ordinaria del Sínodo de los Obispos?» pretende ser una respuesta a un documento publicado por el jesuita Antonio Spadaro, en el que se afirma que el Sínodo de la Familia ha abierto la puerta al acceso a los sacramentos de los divorciados vueltos a casar civilmente.

A continuación, la respuesta del cardenal Burke a esta afirmación de Spadaro:

En la edición de 28 de noviembre de La Civiltà Cattolica, el padre jesuita Antonio Spadaro, director de la revista y Padre sinodal, presenta un resumen de los trabajos de la 14ª Asamblea Ordinaria del Sínodo de los Obispos, dedicada a la vocación y la misión de la familia (pp. 372 a 391). Aunque el autor hace varias afirmaciones sobre la naturaleza y el trabajo del Sínodo de los Obispos, que las cuales demandan comentario crítico en un estudio más largo, una afirmación que requiere comentario inmediato se resume de este modo por el autor:

El Sínodo también ha querido tocar a las personas heridas y a las parejas para acompañarlas y sanarlas en un proceso de integración y reconciliación sin barreras. En cuanto al acceso a los sacramentos de los divorciados vueltos a casar civilmente, el Sínodo ha formulado la vía del discernimiento y del “fuero interno”, sentando las bases y abriendo una puerta que, por el contrario, había permanecido cerrada en el Sínodo anterior.

Dejo aparte el hecho de las declaraciones públicas de varios padres sinodales que afirman lo contrario, es decir, Ellos afirman que el Sínodo confirmó la práctica constante de la Iglesia con respecto a los que están viviendo en una unión irregular. A pesar de que el texto de los párrafos 84 a 86 del informe final del sínodo carecen de claridad respecto a verdades fundamentales de la fe, la Santa Eucaristía y el Santo Matrimonio, la misma falta de claridad ahora ha surgido en las declaraciones públicas de los Padres sinodales. El hecho es que el Sínodo no podía abrir una puerta que no existe y no puede existir, nominalmente, un discernimiento en conciencia el cual contradiga la verdad acerca de la suprema santidad de la Santísima Eucaristía y la indisolubilidad del vínculo matrimonial. El sínodo, como la Iglesia siempre ha enseñado y practicado, ha querido mostrar amor hacia la persona que se encuentra a sí mismo en una situación que no es coherente con la enseñanza de Cristo y de Su Iglesia. El amor cristiano a la persona, sin embargo, no es “la integración y la reconciliación sin barreras”, porque está fundado sobre las verdades insustituibles de la naturaleza y la gracia, y se ordena en consecuencia al bien de la persona y de toda la comunidad. El amor cristiano acompaña al individuo en el camino al arrepentimiento y la reparación, para que él una vez más pueda disponerse a encontrar a Cristo en los sacramentos. La vía de discernimiento sobre la cual el sacerdote acompaña al penitente que está viviendo en una unión irregular ayuda al penitente para conformar su conciencia una vez más a la verdad de la Santa Eucaristía y de la verdad del matrimonio a la que está ligado. Como la Iglesia ha consistentemente enseñado y practicado, el penitente es guiado en el “fuero interno” para que viva castamente en la fidelidad al vínculo matrimonial existente, aunque parezca estar viviendo con otro de una forma marital, y así poder tener acceso a los sacramentos de una manera que no dé escándalo. El Papa San Juan Pablo II describió la práctica de la Iglesia en el “fuero interno” en el número 84 de la Familiaris Consortio. La Declaración del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, del 24 de junio de 2000, ilustra la enseñanza del número 84 de la Familiaris consortio. Ambos documentos están referenciados en el reporte final del sínodo, pero lamentablemente de una manera engañosa. Dar la impresión de que hay otra práctica en el “fuero interno”, que permitiría a una persona en una unión irregular tener acceso a los sacramentos, es sugerir que la conciencia puede estar en conflicto con la verdad de la fe. Tal sugerencia coloca claramente a los sacerdotes en una situación imposible, la expectativa de que ellos pueden “abrir una puerta” para el penitente que, de hecho, no existe y no puede existir. En última instancia y con el más grave daño de la Iglesia universal, ello crea la expectativa de que el Romano Pontífice puede sancionar una práctica que está en conflicto con las verdades de la fe. El Sínodo de los Obispos, de acuerdo con su naturaleza y propósito, no puede ser instrumento de tal expectativa.