Francisco endurece el derecho penal para las Iglesias Orientales

Papa Francisco audiencia

El Papa Francisco ha endurecido el derecho penal eclesiástico para las Iglesias Orientales sometidas a Roma, adaptándolo al que rige para la Iglesia latina, mediante el motu proprio Vocare peccatores.

Con el decreto, el Papa modifica 23 leyes individuales del Código Eclesiástico de las Iglesias Orientales. Entre otras cosas, la parte general estipula que los autores que hayan cometido delitos en estado de ebriedad deben ser castigados con mayor severidad si la intoxicación fue causada para cometer el delito.

Además, se define con mayor precisión el registro de posibles sanciones contra el clero. En el futuro, también se puede revocar el permiso para escuchar confesiones o predicar, y también es posible una reducción o cancelación de salario. La pena máxima sigue siendo la remoción del clero y/o la expulsión de una comunidad religiosa. La excomunión, que puede imponerse en dos etapas en las Iglesias orientales, sigue siendo una forma de castigo.

También se introducen nuevos tipos penales. Esto incluye el intento de apelar al colegio de obispos contra una decisión del Papa. Además, la profanación deliberada de los sacramentos, la administración de los sacramentos a personas a las que no se les permite recibirlos y el intento de ordenar mujeres como sacerdotes. En el caso de una posible violación de la confidencialidad de la confesión, ahora también se menciona como delito el uso de medios técnicos de grabación y la distribución a través de las redes sociales.

El Papa introduce las más amplias novedades en materia de abusos sexuales. En el futuro -como en el resto de la Iglesia católica- los actos sexuales con menores o necesitados de especial protección también serán castigados con mayor severidad en las Iglesias orientales. Esto también incluye el uso o distribución de pornografía infantil. El plazo de prescripción para los delitos que involucren a menores se extenderá hasta 20 años.

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