José Rico Pavés, obispo de la diócesis de Asidonia-Jerez ha emitido un decreto en el que autoriza a las Hermandades de Jerez a procesionar el Sábado Santo.
Hasta ahora, la vigente Normativa Diocesana de Hermandades y Cofradías establecía lo siguiente: Según la tradición «durante el Sábado Santo la Iglesia permanece junto al sepulcro del Señor meditando su Pasión y su Muerte, su descenso a los infiernos y esperando en la oración y el ayuno su Resurrección», por lo cual «la piedad popular no puede permanecer ajena al carácter particular del Sábado Santo»; así pues, se ruega encarecidamente a todas las Parroquias, Comunidades de Vida Consagrada, Sociedades de Vida Apostólica y Asociaciones de fieles, que se abstengan ese día de realizar ninguna salida procesional» (cap. 7, art. 3).
En relación al Directorio sobre la piedad popular y la liturgia. Principios y Orientaciones, establece que «la piedad popular no puede permanecer ajena al carácter particular del Sábado Santo; así pues, las costumbres y las tradiciones festivas vinculadas a este día, en el que durante una época se anticipaba la celebración pascual, se deben reservar para la noche y el día de Pascua».
«En realidad, cuando el Directorio recuerda que «la piedad popular no puede permanecer ajena al carácter particular del Sábado Santo», lo hace para que las costumbres y tradiciones festivas de ese día se reserven para la noche y el día de Pascua, y no se adelanten al sábado. No existe, en rigor, una prohibición de expresiones de piedad popular para el Sábado Santo. Lo que la norma litúrgica pide es la adecuación de esas expresiones al carácter particular de ese día», escribe Rico Pavés en el decreto.
Así mismo, el obispo de Jerez sostiene que «cuarenta años después de la entrada en vigor de esta Normativa Diocesana nos encontramos con una situación eclesial y social distinta, marcada por algunas paradojas: a la vez que constatamos la quiebra en la transmisión de la fe, observamos un crecimiento notable en el número de las Hermandades y Cofradías; mientras se percibe una caída de la práctica sacramental y litúrgica, parecen aumentar las expresiones de piedad popular. No son pocos los católicos cuyo único vínculo con la Iglesia y la práctica de la fe se encuentra en el mundo cofrade. Por superficial y débil que a veces nos parezca ese vínculo, debe ser cuidado».
«Sería equivocado quejarse de la superficialidad de algunas expresiones de piedad popular y no ver en ellas una oportunidad para consolidar la vida cristiana. Las Hermandades y Cofradías, cuando están cimentadas en los cuatro pilares que sostienen su identidad eclesial (formación, culto, acción caritativa y compromiso misionero), son un tesoro valiosísimo que debe ser recibido, custodiado y transmitido», argumenta el obispo.
Rico Pavés incide en que «en el actual contexto, marcado interiormente por la fractura en la transmisión de la fe y exteriormente por un laicismo que pretende desterrar del espacio público cualquier manifestación religiosa, no podemos prescindir del potencial evangelizador de las Hermandades y Cofradías.»
Por ello, «teniendo en cuenta que en el actual contexto de secularización creciente hay un grupo no pequeño de personas a las que podemos llevar el Evangelio gracias a las Hermandades y Cofradías, y que es fundamental no ceder ante el laicismo que se empeña en desterrar las manifestaciones de fe de los espacios públicos», agrega el obispo diocesano.
En consecuencia, José Rico Pavés ha decretado la modificación de la norma sobre el Sábado Santo, de modo que el art. 3 del cap. 7 de la Normativa Diocesana de Hermandades y Cofradías tenga en adelante la siguiente redacción:
«Según la tradición, «durante el Sábado Santo la Iglesia permanece junto al sepulcro del Señor meditando su Pasión y su Muerte, su descenso a los infiernos y esperando en la oración y el ayuno su Resurrección». Poniendo la mirada de fe en la Virgen María y sabiendo que «la piedad popular no puede permanecer ajena al carácter particular del Sábado Santo», las expresiones de piedad popular, incluidas las salidas procesionales, se celebrarán de forma que se acomoden al carácter particular de ese día».
Con este decreto se autorizan las salidas procesionales en Sábado Santo y se ordena que, «donde se lleven a cabo, se acomoden al carácter particular de ese día. La coordinación de las Hermandades que procesionen ese día corresponde al Consejo local de Hermandades, o a la Junta de Hermanos Mayores en las localidades donde no exista Consejo. El Consejo local o la Junta someterá a la Delegación Diocesana de Hermandades y Cofradías la revisión y aprobación de la planificación procesional del Sábado Santo».