Ataque global contra el secreto de confesión: O cárcel o excomunión

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El último ataque se desencadenó hace pocos días en California. El 13 de julio el comité estatal para la seguridad pública indujo a retirar la propuesta de ley SB 360 presentada por el senador Jerry Hill – ya aprobada por el Senado – para abolir el secreto del sacramento de la confesión.

Al dar la noticia, “Vatican News” destacó que “se necesitaron 140 mil cartas, 17 mil correos electrónicos y centenares de llamadas telefónicas” para obtener el retiro de esa “amenaza para la conciencia de todo estadounidense”, como la había definido el arzobispo de Los Ángeles, monseñor Peter Gómez, quien dirigió la movilización.

Ya en el 2000 la Corte Penal Internacional había impulsado, en el debate sobre las “Reglas de Procedimiento y Evidencia”, el pedido de Canadá y Francia que no se reconocería más a los ministros religiosos el derecho de abstenerse de dar testimonio sobre cuestiones conocidas a través del secreto de la confesión.

Y también en el 2016 la Corte Suprema del Estado de Luisiana había confirmado que “un sacerdote, un rabino o un ministro debidamente ordenado” no podía ser calificado como “mandatory reporter”, es decir, como obligado a denunciar todo lo “conocido durante una confesión u otra comunicación sagrada”.

Pero entre tanto, sobre la ola del escándalo de los abusos sexuales llevados a cabo por ministros sagrados, los ataques al secreto de la confesión sacramental se iban multiplicando. Por ejemplo, en el 2011 en Irlanda, por obra de la entonces primer ministro Enda Kenny. O bien en el 2014 en Ginebra, por parte del comité de la ONU para la Convención de los Derechos del Niño. Otra vez con la Iglesia Católica en el banco de los acusados.

Hasta que el 7 de junio de 2018 el secreto de la confesión capituló en Australia, en el territorio de la capital, Camberra, donde fue aprobada con el consenso de todos los partidos una ley que impone a los sacerdotes católicos – y análogamente a los ministros de otras confesiones – violar el sigilo sacramental cuando llegan a su conocimiento abusos sexuales llevados a cabo contra menores. La ley entró en vigor el 31 de marzo de 2019.

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Hasta aquí se trata de hechos relativamente conocidos. Lo que pocos saben es que el secreto de confesión está seriamente en peligro también donde menos se lo espera.

Italia es uno de estos casos que hasta ahora ha pasado en silencio, también por parte de las autoridades de la Iglesia. Aquí una sentencia de la Suprema Corte de Casación, la n. n. 6912 del 14 de enero de 2017, ha establecido que el sacerdote llamado a testimoniar en un proceso penal por abuso sexual incurre en el delito de falso testimonio si se niega a decir lo que supo en confesión más allá de los pecados cometidos por el penitente, por ejemplo, si éste le ha dicho que ha sufrido un abuso, no que lo ha cometido.

Ahora bien, es precisamente de esta sentencia italiana que ha tomado la iniciativa Andrea Bettetini, docente de Derecho Canónico en la Universidad Católica de Milán y “profesor visitante” en varios ateneos de Europa y de América, en un artículo publicado en el último número de “Vita e Pensiero”, la revista de su Universidad, dedicado a los ataques al secreto de la confesión.

Bettetini compara la sentencia italiana con la nueva ley que ha entrado en vigor en Australia, para mostrar que son mucho más cercanas de lo que parece, porque ambas están a favor de la obligación de denunciar y a expensas de ese “derecho jurídico y moral fundamental” que es “la tutela de la conciencia de la persona que abre su alma a un ministro del culto”.

En la parte central de su escrito Bettetini expone la tutela del sigilo sacramental en la Iglesia Católica, en el Derecho Canónico y en el Magisterio, mostrando cómo esa tutela abarca todo lo que el sacerdote se entera en la confesión y no sólo los pecados del penitente.

No cita, porque fue publicada cuando el artículo ya estaba en prensa, la “Nota de la Penitenciaría Apostólica sobre la importancia del fuero interno y la inviolabilidad del sigilo sacramental”, promulgada el 29 de junio pasado con la aprobación del papa Francisco. Pero ésta ha llegado precisamente a propósito, visto el creciente “prejuicio negativo” de tantos poderes civiles contra el fundamento y el alcance de tal secreto.

Además, Bettetini muestra cómo también en el derecho italiano el secreto de la confesión estaría bien tutelado, si no hubiese intervenido en el 2017 esa sentencia de la Corte de Casación.

A continuación presentamos las dramáticas conclusiones que él extrae en la parte final de su artículo. Cuando se le impone al ministro de culto elegir entre la cárcel y la excomunión.

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ABUSOS SEXUALES Y SECRETO CONFESIONAL

por Andrea Bettetini

[…]

Al querer extraer conclusiones de cuanto se ha argumentado hasta aquí, podemos afirmar que los dos ejemplos [de Italia y de Australia] citados en la apertura de nuestro artículo son paradigmas de un nuevo jurisdiccionalismo de resultado dudoso, que se está insinuando en varios ordenamientos políticos por obra de una legislación y de una interpretación legislativa que, con poco clamor pero con grandes efectos, está modificando de hecho el ordenamiento de los equilibrios (y de las respectivas competencias) entre el orden temporal y el orden espiritual. Entendiendo con esto último no sólo el ámbito de autonomía de la Iglesia Católica, sino además el de acción de las confesiones religiosas diferentes de la católica, y más en general, el de la religión.

Christopher Prowse, arzobispo de Camberra y Goulburn, criticó ásperamente en el “Canberra Times” la nueva ley australiana, poniendo en evidencia la razón última de su incoherencia: “Sin ese sigilo, ¿quien estaría dispuesto a liberarse de los propios pecados, buscar el sabio consejo de un sacerdote y a recibir el misericordioso perdón de Dios?”. El Derecho de la Iglesia y en la Iglesia sirve precisamente para salvar la naturaleza como instrumento de salvación para cada hombre, cuya vida y cuya experiencia se mueven en una dimensión de derecho y de justicia, comprometiéndose a dar visibilidad y contenido a normas que respondan, en los límites de la mediación lingüística humana, a la verdad y a la justicia.

He aquí entonces que en el equilibrio entre dos valores capitales como la libertad de conciencia y de religión por un lado, y el ejercicio de la acción penal para castigar un delito humano por el otro lado, en la tradición jurídica occidental prevalece el primero, tanto porque constituye el núcleo más profundo de la libertad y de la responsabilidad del hombre como porque es la realidad que, después del bien de la vida, en modo más originario e inamovible pertenece a la persona humana y se debe a ella en justicia.

Y esto otro no es más que el reflejo de lo que es la contribución más preciosa del mundo occidental al ordenamiento jurídico de la civilización universal: el concepto de persona y de su dignidad, en la tutela de sus derechos inalienables, el primero de los cuales es precisamente el de la libertad religiosa. Si se obrara de otra manera, se tendría un retroceso de la civilización jurídica, y en consecuencia, humana, que además era lo que temió siempre el arzobispo de Camberra, cuando en vísperas de la entrada en vigor de la ley que impone al confesor, si es necesario, la violación del secreto sacramental, afirmaba: “Ahora los sacerdotes, con la ACT [Australian Capital Territory] nos encontramos en el umbral de una elección imposible: debemos respetar el secreto de la confesión y, en consecuencia, someternos al procedimiento penal, o debemos respetar la ley e incurrir en la excomunión automática”.

Comentarios
11 comentarios en “Ataque global contra el secreto de confesión: O cárcel o excomunión
  1. Supongamos que en un país se decide democráticamente elegir un rey y aparecen distintos partidos, a saber, comunista, liberal, budista, mahometano, etc. pero no aparece ningún candidato a rey católico ¿por qué? Porque según la filosofía política católica actual y la decisión de la Iglesia no puede haber partidos políticos que usen la denominación de “católico“. Alguno con dos dedos de frente dirá: “Bueno, entonces es casi imposible que exista un gobernante católico porque cómo puede llegar al poder un gobernante católico con una propuesta católica si no se le permite al partido denominarse “católico“, sólo por casualidad podríamos tener un gobernante católico en esas condiciones como lo demuestra la historia reciente“. Si la Iglesia no incultura la democracia nadie lo hará, porque es la Iglesia la que incultura de Cristo y para los tomistas y para la Iglesia son formas válidas de gobierno la monarquía, la aristocracia y la democracia. Hay escuelas católicas, universidades católicas, hospitales católicos porque la Iglesia se ocupa de ellos, no hay partidos políticos católicos porque la Iglesia los prohibe, independientemente, de sus razones en cuanto a qué es un partido y por qué los católicos no pueden pertenecer a distintos partidos políticos católicos y sí a distintos partidos políticos no católicos. Antes no era así, los primeros cristianos trataban de evangelizar a los reyes, los reyes como duraban años en sus cargos la Iglesia tenía tiempo para convencerlos y lograr establecer la cristiandad con una espada espiritual sobre la terrenal. Pero la Iglesia después de la Revolución Francesa impidió que existan partidos católicos y, con ello, gobernantes católicos, quiero señalar el daño que esa política eclesiástica y filosofía política generó a la misma Iglesia y a la Humanidad. ¿Es que la democracia podía ser inculturada de Cristo de otra forma que la monarquía? Porque la monarquía católica por medio de leyes construía el bien común político y educaba al pueblo en la religión pero para que un gobierno democrático fuera católico era necesario un partido que llevara la propuesta de un gobierno católico y que, por lo tanto, se denominara católico, no había otra forma de continuar con la cristiandad en democracia. Cuando se presente un contraargumento a estas afirmaciones tengan a bien informar si lo que se ha perdido y lo que se perderá se han tenido en cuenta o contabilizado al argumentar. Como consecuencia de ello durante más de trescientos años la Iglesia católica ha sido atacada desde el poder no católico y el pueblo educado en la impiedad y como consecuencia hace más de cien años la Iglesia ha sido atacada desde el interior como nunca antes había ocurrido. Podrán decir que hace trescientos años que nos comportamos así en materia política, pero que alguien se haya comportado en el pasado como necio no le da derecho a hacer lo mismo en el futuro. Así, la Iglesia ha favorecido la presencia en la democracia de partidos no católicos y de candidatos y gobernantes no católicos. Ahora, intentar trasladar a los votantes y al pueblo las culpas de que no haya candidatos católicos y que todos sean abortistas, de otras religiones, divorciados, partidarios de la ideología de género, etc. es tentar al pueblo. Les dicen que deben participar en política pero en partidos no católicos, los mandan como ovejas entre lobos pero no con el apoyo de la Iglesia como mandaban a los evangelistas, sino que le retiran el nombre de católicos a los partidos que deben apoyar sus candidaturas. ¿Cómo con partidos no católicos que terminan siendo laicistas van a lograr mantener la cristiandad? Y se quejan de gobiernos laicistas y ni siquiera le permiten a la gente que entre candidatos abortistas voten por el mal menor. Se comportan mal y cuándo alguien se los dice se enojan con él y siguen repitiendo la misma teoría que los llevó al momento actual, a saber, que con partidos no católicos se puede construir un bien común político y tener un gobierno católico. Estoy pidiendo que me expliquen cómo van a aplicar las ideas de la relación Iglesia Estado o de las dos espadas, espiritual y terrenal, en una democracia que es una de las formas de gobierno aceptada por la Iglesia si no permiten que existan partidos políticos católicos, seguramente, es tarde para esta crítica, pero hay que dejar de cargar sobre los votantes culpas que no son de ellos. Sino los votantes católicos podrían acusarlos de que al no haber aplicado las relaciones Iglesia Estado a la democracia han destruído la cristiandad, dificultado los buenos gobiernos y favorecido la proliferación de partidos y gobiernos no católicos y han favorecido la destrucción de la fe del pueblo. Sería razonable ya que se quiere ser católico sostener no solamente es pecado grave vota a un candidato abortista, sino pro ideología de género, pro divorcio, pro matrimonio igualitario, y que sostenga cualquier postura de partido político no católico o aconsejar directamente votar en blanco. Ni entran Ustedes ni permiten que entren ellos, no pongan cargas tan pesadas sobre la gente. Pero toda esta situación no la generó la Iglesia sino la ContraIglesia como demostraré mañana salvo que alguien quiera corregirme y demostrar mi error lo que sería muy útil para todos. Trataré mañana de explicar “por qué la Iglesia es santa y, también, es santa y pecadora“ como expliqué en su oportunidad como un papa puede ser y no ser hereje cumpliendo con el principio de no contradicción.

  2. Cuando un sacerdote, médico, abogado, y familiar tiene conocimiento de abusos sexuales a menores, debe comunicarlo a la fiscalía o policía. Una cosa es la confesión para obtener el perdón de Dios y otra transformarse en cómplice al no proteger a personas vulnerables. Lo mismo la confesión de actos terroristas y otros. Hay que proteger a las posibles víctimas. Me parece bien que se regule el secreto. La confesión ante Dios no debe ocultar el delito.

    1. Supongo que usted es católico, pero lo que manifiesta su comentario es que se ha subido al carro del demonio al proponer que la Iglesia ha de permitir que se roma el siglo de la confesión. En vez de comentar aquí, póngase a estudiar lo que son los sacramentos de la Iglesia y no venga aquí a escribir chorradas. Además, este tipo de ley es absolutamente inútil porque estoy seguro que la práctica totalidad de los sacerdotes irían a la cárcel antes de hacer lo que usted propone. Por otro lado, una cosa es el fuero de la justicia civil que poder tiene para investigar y acusar de delitos y otro es el fuero de la conciencia que no corresponde a los poderes del Estado.

    2. La complicidad o cooperación requiere participar de alguna manera en la ejecución del delito; El encubrimiento tampoco se da en el caso de los sacerdotes.
      La figura que se daría es la conocida como «testigo de referencia»; su testimonio es inútil si no va acompañado de otras pruebas.
      No obstante el hecho de que el culpable confiese confiando en que su confesión quede en secreto, haría ineficaz la prueba por vulnerar el derecho a no declarar contra si mismo, y a no confesarse culpables; estos derechos estan en la Carta Europea de Derechos Humanos, y en las Constituciones de los países occidentales.

  3. el papa francisco es culpable de oue metan en la carcel a los sacerdotes,se puede confesar uno en el altar en silencio por los crimenes penados y asi no perjudica a una iglesia perseguida,pero no el papa ouiere oue se confiesen con el cura con sangre,hay oue pensar en los sacerdotes y facilitar su vida asi oue no estoy deacuerdo con el papa

  4. No lo veo esto tan claro….desde el punto de vista legal y de derechos humanos, existe el Derecho a no declarar, a no confesarse culpable y a no declarar contra si mismo; si un Tribunal tuviera en cuenta el testimonio de un sacerdote católico, relatando datos obtenidos a través de la Confesión, en mi opinión, se estarían vulnerando esas garantías constitucionales y legales; el delincuente habría confesado su crimen solo porque piensa que el sacerdote cumplirá con el secreto de confesión, no es una declaración casual.
    Habia una Sentencia del TEDH cuyo nombre no recuerdo, pero condenaba al UK porque teniendo en prisión a un Señor pendiente de Juicio, la Policía se valió de otro preso para que se ganase su confianza y le confesase su crimen, introduciendo micrófonos en la celda donde se encontraban. En este caso el TEDH dijo que esa prueba vulneraba tales garantías del acusado porque el Estado había realizado una injerencia ilegitima.

    Otro problema es ¿como puede saber el Estado que a un Sacerdote le han confesado un crimen?¿Como le exigirá responsabilidades a ese Sacerdote si no lo sabe?

    1. Las posibilidades son muchas primero el derecho a no declarar lo tiene el acusado pero no un testigo, si el sacerdote fuera citado como testigo de acuerdo con esta ley debería declarar la verdad, no decir la verdad es un pecado además de un delito, segundo figuras como el arrepentido que confiesa que había mencionado su delito a un sacerdote y el sacerdote no hizo nada, luego se agregarían indicios para formar la plena prueba, si fueron varios los que confesaron por el sacramento haber sufrido un delito y el sacerdote no hizo nada. En algunos casos no se necesitan testigos, basta la afirmación de la víctima de haber confesado determinados delitos y que el sacerdote no hizo nada con la información, por ejemplo, una violación sufrida por un tercero que la persona no se atrevía por miedo o vergüenza a denunciar y el sacerdote no hace la denuncia. Hay mucho peligro de persecución y de formación de falsas causas y de sanciones solamente por escuchar un delito y no denunciar ante la policía. ¿Usted si fuera sacerdote en esas circunstancias qué haría para que no lo metan el día de mañana en un problema? Cerrar los confesionarios. En Argentina hay militares que fueron sentenciados con la simple manifestación de la supuesta víctima. Además, no es lo mismo atrapar a un ladrón o a un asesino que hacerlo con un sacerdote hay mucha gente que se sumaría a esta caza de brujas contra la Iglesia. La Iglesia quedaría muy expuesta y los ejemplos pueden multiplicarse con un poco de conocimiento y de tiempo para pensar.

  5. Aunque sea declarado por cualquier Ley humana, el secreto de confesión permanecerá inviolable. Estoy seguro de que ningún Sacerdote violará ese Secreto, aunque sea encarcelado y castigado.
    Hay límites para la Justicia Ordinaria de los Estados y Tribunales Internacionales, y éste es efectivamente uno de esos límites.

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