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Pueden intervenir el seminario de Madrid

Seminario Madrid
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Corría el año 1906, cuando el 23 de octubre tendría lugar en Madrid la bendición e inauguración de nuestro seminario conciliar, construido en los terrenos que adquirió la entonces Diócesis de Madrid tras ser desgajada de la Archidiócesis de Toledo.

Los Osuna habían perdido, al no poder hacer frente a sus elevadas deudas, el que fuese palacio del Duque de Osuna. Lo que permitió a nuestra archidiócesis poder adquirir dicho terreno. Una vez derrumbado el palacio del Duque, emergió pabellón a pabellón nuestro actual seminario conciliar de la Inmaculada y San Dámaso.

Como ya sabrán, esta semana desde Roma ha llegado el decreto de suspender las órdenes presbiteriales y diaconales en la diócesis de Fréjus-Toulon. En un gesto sinodal de transparencia, Roma dictamina y la diócesis de Fréjus-Toulouses obedece sumisa.

Suponemos que ya nuestro rector José Antonio Álvarez, se ha puesto en contacto con el señor rector del seminario francés, el padre Benoît Moradei, para mostrarle la solidaridad del rector de la capital de España.

Es probable, que temeroso de que en nuestra archidiócesis de Madrid pudiera suceder lo mismo que en Francia, José Antonio Álvarez haya llamado inmediatamente al sacerdote jesuita Germán Arana, no deja de ser un «Arana boys», para suplicarle que interceda para que la Santa Sede, mientras él sea rector, no le impida la ordenación de ninguno de nuestros seminaristas.

Teniendo en cuenta que nuestro actual rector, anteriormente había sido director espiritual del seminario, por lo tanto tenía en sus manos la situación de conciencia de aquellos seminaristas a los que él dirigiese espiritualmente y confesase, lo que podría ser un impedimento objetivo para que el cardenal Osoro lo hubiese nombrado rector del seminario, por aquello que se hacía antes de que se implantase la sinodalidad, que no era otra cosa que separar y respetar el fuero interno del fuero externo.

La nueva Ratio Fundamentalis Institutionis Sacerdotalis, del Papa Francisco, nos dice en el número 135, “el rector es un presbítero que se distingue por su prudencia, sabiduría y equilibrio, altamente competente, que coordina la actividad educativa en el gobierno del seminario”

El Derecho Canónico en el canon 985 dice específicamente “se prohíbe al rector del seminario confesar a los alumnos a no ser que lo pidan espontáneamente en casos particulares”. En el canon 984 prohíbe a cualquier superior el uso de conocimientos adquiridos en confesión para la función de gobierno.

La actual Ratio, hace referencia en dos ocasiones al “fuero de la conciencia”, la primera para Indicar cómo debe ser el gobierno del rector respecto del director espiritual indicando que deberá regir “respetando con escrupulosidad el fuero de la conciencia”; la segunda mención es respecto a los informes que el rector debe de recoger previos a los escrutinios donde se indica que se presentarán “guardando siempre escrupulosamente el fuero de la conciencia”

Osoro que fue 20 años rector de seminario, no sabía que un director espiritual no debe ser nombrado rector, o es que nunca leyó el derecho, ni la anterior ratio o lo más probable, que no tenga escrúpulos. Tenemos una joyita de rector, fruto de los criterios de nuestro arzobispo, porque no es que no tenga criterios, el problema es que son estos sus criterios.

El actual rector es bachiller en teología por San Dámaso y tiene un Master en discernimiento vocacional y acompañamiento espiritual en el centro de espiritualidad San Ignacio de la Universidad Pontificia de comillas, de verdad que con la cantidad de sacerdotes que somos en Madrid no encontró otro que destacase por su “prudencia, sabiduría y equilibrio, altamente competente”. ¿Tan mal informado está? ¿Con tan poco criterio nos gobierna? A la vista está.

Estamos en la época de la condena del carrerismo, y está muy bien, pero vemos más carreristas que nunca y aún no han llegado a su meta, nombrados por el carrerista mayor del reino tras el susurro jesuítico.

En Madrid no se ha “guardado escrupulosamente el fuero de la conciencia” de muchos de los sacerdotes ordenados en los últimos años. Pero donde se han prohibido las órdenes es en Francia.

Todavía estamos esperando que nos expliquen qué pasó con ese último formador Andrés García Serrano que tuvo que salir rápidamente, sin dar la cara ni explicación alguna a sus seminaristas, haciéndoles creer lo que no es. Su historial es más que conocido entre nosotros, pero Osoro ha preferido taparlo.

Estaremos ante otro «Arana boys» y por eso se le tapa o es que fue dirigido espiritual del actual rector y ahora sí se respeta el fuero interno.

Lo evidente es que nuestro rector es “altamente competente” por eso estamos como estamos.

Comentarios
9 comentarios en “Pueden intervenir el seminario de Madrid
  1. Hace mucho un cura me dijo que Rouco dejó contratos congelados en el Seminario de Madrid. ¿Será cierto? De ser así, lo que hay ahora seguiría llevando la línea de Rouco.
    En el Seminario «muchos son los llamados y pocos los escogidos» y creo que no los escogidos precisamente por Dios, sino los que cuadran con las ideas e intereses propios de quienes lo llevan. Y utilizar a Dios para dirigir intereses propios, y mucho más por un consagrado, es un pecado muy grave. No es una casa de puertas abiertas que acoge con transparencia, como suplica el Papa.
    Osoro intenta hacer muchas cosas y darle un giro a la archidiócesis desde que llegó, pero, ¿no será que no le dejan?

    1. ¿No será, más bien, que no gobierna? O que elige colaboradores más listos que él, cosa fácil. Para luego la misma cantinela “me engañaron”, “yo no sabía nada”

  2. Se ha retratado usted al no aprobar mi comentario. Como sacerdote (o fiel, pero no tiene pinta) de la diócesis debería pedir perdón al presbiterio por la falta de comunión que está generando en una fraternidad que es sacramental, obra del Espíritu, y que usted no quiere abrazar.
    Vuelvo a decir que, a todo buen sacerdote, el uso del fuero interno es algo que debería saber manejar. Todos, hasta ahora, han sabido guardar los secretos de confesión y dirección espiritual, y a la vez promover la obra del espíritu en los fieles que les son encomendados. ¿Conoce Usted alguna mala praxis del rector en este sentido?¿Pede probar la incompatibilidad desde el derecho? No hay ninguna prohibición al respecto si no se acumulan los cargos, sino que se dan en sucesión. Esta noticia está fuera de lugar y sólo pretende hacer daño. Pida perdón por este pecado de murmuración. Y un apunte… los fueros no se separan, se distinguen. No es lo mismo.

    1. 1° Como ve está publicado, se desautoriza usted sólo.
      2° No hablamos de mala praxis del Sr. rector. Sino de mala elección del Sr. Arzobispado un director espiritual (fuero interno) no debería ser rector (fuero externo) .
      3° No existe pecado de murmuración populista barato.
      4° Los fueros se separan y respetan analfabeto canónico

  3. El señor rector, como todo buen sacerdote sabe que los secretos de confesión y del fuero interno no se usan para el gobierno. Si esto no fuera así, ningún párroco podría confesar en su parroquia, que a la vez debe gobernar. Como todo buen sacerdote y director espiritual sabe que la distinción de fueros no es para meter la porquería de cada uno debajo de la alfombra, sino para ayudar a la persona a darse a conocer sin miedo y con la esperanza de que Dios es más grande y se sirve de nuestras debilidades para dar testimonio de su Misericordia. La cuál, siempre se ríe del juicio (de la Ley).

  4. ¿Pero cómo iba Osoro a leer nada de todo eso,absorto como estaba en sus estudios de las ciencias exactas?
    Seamos comprensivos…

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