Cuando los laicos tienen que hacer lo que deberían haber hecho los obispos

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El Alto Tribunal anula el apartado del decreto del Gobierno de
Cantabria que establecía esta restricción y le condena a pagar las
costas del juicio

VIOLETA SANTIAGOSantanderMiércoles, 29 septiembre 2021, 10:48

El Tribunal Supremo ha dado la razón a una asociación de abogados que
recurrió contra el apartado del decreto del Gobierno de Cantabria que
estableció límites de aforo en lugares de culto en Laredo, Colindres,
Polanco y Santa María de Cayón cuando estos cuatro municipios tenían
disparada la tasa de covid (estaban en riesgo extremo de contagio) y
Sanidad estableció para ellos las máximas restricciones de aforos. En
aquel momento se limitó la asistencia a misa de 10 personas como tope
«sin tener en cuenta las diferencias de tamaño de los templos». El
Ejecutivo tendrá que pagar los 2.000 euros en costas del juicio.

Los cuatro municipios citados sufrieron un cierre perimetral de dos
semanas a finales de enero de este año por parte de Sanidad, una
medida con la que se quería rebajar la incidencia del covid que
registraban y que suponía altas restricciones en los aforos de la
hostelería, el comercio y en todo tipo de ceremonias y actos
culturales. En aquel momento, Laredo registraba una incidencia
acumulada de 1.015 casos por cada 100.000 habitantes, Colindres 907
casos, Polanco 678 y Santa María de Cayón 589 casos, lo que era
considerado riesgo extremo.

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