LAS TRES VIDAS DE FRAY LOPE DE OLMEDO (XV)
Pilar Abellán OV
Después de unos meses estudiando la vida de Lope de Olmedo y los orígenes de la Orden de San Jerónimo, llegamos al momento en que sus caminos se unen: el año 1415.
Vimos ya en la novena entrega de esta serie cómo el ingreso de Lope de Olmedo a la vida religiosa en el monasterio de Guadalupe, perteneciente a la Orden de San Jerónimo, parece por las fuentes una decisión repentina; en aquella entrega, repasamos la cronología y transcribimos el testamento vital de Lope, fechado el 19 de abril de 1415, fecha de su profesión de votos solemnes (Archivo de Guadalupe, legajo 45). Antes de avanzar en su vida como monje jerónimo, la que consideramos como segunda vida de fray Lope, sin embargo, me pareció muy importante ofrecer una detallada explicación de los complejos orígenes de la Orden de San Jerónimo, con el objetivo de disponer de los datos necesarios para comprender los acontecimientos que se sucederán una vez Lope ingresa en esta orden.
En la presente entrega vamos a explicar la estructura y funcionamiento de la Orden de San Jerónimo, la figura del Capítulo y del Mayor de la Orden y vamos a ver qué ocurrió en el I Capítulo General, celebrado en el monasterio de Guadalupe. Veremos, además, que en este Capítulo también participó fray Lope, quien no sólo hacía escasamente tres meses que era profeso solemne, sino que había ingresado en el monasterio hacía mucho menos de un año. Para la exposición de estos hechos vamos a seguir sobre todo la obra conjunta de Josemaría Revuelta Somalo y José Luis Durán Múzquiz, “La Orden de San Jerónimo”, de la que hablamos en la entrega anterior, la tesis doctoral no publicada de Sophie Coussemacker, “L´Orde de Saint Jêrome en Espagne, 1373- 1516” y el “Libro de los actos de los capítulos generales y privados de la Orden de San Jerónimo (1415 – 1473)”, un valiosísimo trabajo de traducción y transcripción de los mismos llevado a cabo por Fernando Pastor Gómez-Cornejo, auto-editado en 2005.
Me parece de justicia presentar brevemente esta obra que, en palabras de su autor, “corresponde a la transcripción, lo más fiel que ha sido posible, de la primera parte del volumen primero del Libro de los actos de los capítulos generales y privados, texto manuscrito al que se añaden escasas notas a pie de página”. El primer tomo de las actas, según el manuscrito que se conserva en el Archivo General de Palacio (AGP, legajo 1790), está integrado por dos partes; la primera de ellas es la que recoge este libro. Este volumen es de gran ayuda para quien pretenda estudiar este periodo de la Orden de San Jerónimo, tanto por facilitar la lectura de las actas, transcritas y traducidas, como por las explicaciones adicionales que facilita el autor. Fernando Pastor agradece asimismo en este volumen a Josemaría Revuelta Somalo el redescubrimiento de las actas capitulares (además de las constituciones y otros documentos) en el Archivo General del Palacio Real de Madrid (AGP).
Explica Fernando Pastor en la introducción al libro de las actas que en la bula Licet Exigente del 18 de octubre de 1414 (que propiamente fundaba, como ya hemos dicho, la Orden de San Jerónimo, centralizándola y otorgando exención de la autoridad episcopal, pasando a depender directamente del Romano Pontífice), el papa encomendaba al prior de la casa de Guadalupe la convocatoria a todos los priores y a todos los conventos, mediante la designación de un procurador o representante, a un primer Capítulo General, que se habría de celebrar en esa casa. Pastor afirma que poder celebrar capítulos, a la manera de otras órdenes ya constituidas, había sido uno de los propósitos iniciales que movieron a solicitar la unión de los monasterios, con el fin de poder dictar normas (Constituciones) que unificasen los usos y costumbres de los monasterios. La parquedad de las Constituciones y la creciente complejidad de la Orden determinaron que los sucesivos Capítulos fueran interpretando y ampliando las disposiciones regulares, en función de las circunstancias que se iban presentando. Así, el Capítulo General sería la instancia superior de gobierno de la Orden de San Jerónimo, la máxima autoridad, el órgano rector, representativo, en el que se adoptarían las más importantes decisiones que afectaban a los monasterios y los monjes jerónimos. Ningún asunto grave debía poder escapar al conocimiento del Capítulo, que recibiría información regular de los visitadores a las diferentes casas.
Junto a ello, el Capítulo General había de tener una importante función electoral. En los Capítulos, como mandaba la bula, se elegirían a los Visitadores Generales, que deberían velar por el fiel cumplimiento de las Constituciones en todas las casas. Por último, el General de la orden recibiría su autoridad del Capítulo. La bula especificaba también el nombramiento de otros cargos para toda la orden, como definidores y confirmadores.
Dice Fernando Pastor: “Será en abril de 1415 cuando el prior de Guadalupe, fray Pedro de Jerez, enviará la citación a todos los priores de los monasterios jerónimos”. Habiendo recibido la convocatoria, se reunieron los priores y procuradores en el monasterio de Guadalupe el 26 de julio de 1415, dando comienzo el primer Capítulo General con la celebración de una Misa del Espíritu Santo. Únicamente este primer capítulo general se celebró en Santa María de Guadalupe. El siguiente, y ya todos en la historia de la OSH, se celebraron en San Bartolomé de Lupiana (Guadalajara), que había sido la primera fundación y fue establecida como “casa madre” de la orden en el primer Capítulo General.
Revuelta y Durán explican muy bien el desarrollo de acontecimientos del I Capítulo y sus fechas precisas: el viernes 26 de julio de 1415, a la hora de tercia, dio comienzo el primer capítulo general (como indican las actas). Se prolongó hasta finales del mes de septiembre. La duración fue excesivamente larga en comparación con los posteriores capítulos; se debió, afirman los autores, a los muchos trabajos que se llevaron a cabo con el fin de consolidar la orden, que no habrían de repetirse en futuros capítulos (la organización del mismo capítulo, elaboración de gran parte de las Constituciones, etc.). El primer paso que se dio en el Capítulo fue el de nombrar a varios frailes – tres – de los asistentes al capítulo, para que diesen fe por escrito de todo lo que iba a suceder. En los primeros días se realizaron otros actos encaminados a organizar el funcionamiento del capítulo, previos a la elección del general de la orden y a la elaboración de las constituciones, que eran los objetivos primordiales: se comprobó la validez de la procuración; hicieron todos juramento de guardar secreto y se decidió la no participación de frailes legos. El día 5 de agosto se eligió al General; el 12 del mismo mes a los seis definidores. Hasta el 9 de septiembre se trataron temas constitucionales y económicos; ese día se pronunció ante los frailes de Guadalupe todo lo elaborado en el Capítulo, principalmente los estatutos y Constituciones. Desde ese mismo día 9 – seguimos leyendo de Revuelta y Durán –, por acuerdo de todo el Capítulo, el general y los definidores recibieron poder para seguir decidiendo sobre asuntos propuestos e incoados anteriormente. Desde ese momento, el capítulo se deshizo y los definidores continuaron con su labor, tomando medidas acerca de frailes que vivían fuera de sus monasterios, dando poder a los visitadores para decidir sobre ventas y compras de los monasterios, estudiando la posible aceptación de donaciones para la orden, etc.
Reunidos todos los asistentes al Capítulo, como acto inicial se celebraba una Misa del Espíritu Santo, al igual que en todos los monasterios de la Orden, “por la elección de nuestro Padre General y de los negocios de la Orden que ende se han de ordenar”.
En este primer capítulo general, de gran trascendencia para la orden, como afirman Revuelta y Durán, leemos en las actas transcritas por Fernando Pastor cómo se afrontó la tarea propuesta por Benedicto XIII en la bula Licet Exigente de la elección del primer general. Revuelta y Durán consideran que la elección del general fue el acto de mayor importancia del primer Capítulo. Junta a la elección de éste, era fundamental elegir también el monasterio del que el general debería ser siempre prior. El primer General de la OSH fue fray Diego de Alcorcón (y no Alarcón – aclara Fernando Pastor – “como mal transcribió el padre Sigüenza y con él toda la historiografía posterior”), se fijó su residencia en San Bartolomé de Lupiana y se decidió que el prior de Lupiana sería siempre el general de la Orden, lo que constituyó una peculiaridad de la orden jerónima y acabó suscitando problemas siglos después.
En el primer Capítulo General se procedió también a determinar la organización interna de la orden y la elaboración primera de la legislación, mediante la redacción de unas Constituciones que serían aprobadas por el papa Martín V en 1418. Sophie Coussemacker destaca la presencia de dos monjes cartujos en el I Capítulo General, por orden del papa, “para explicar a los jerónimos sus normas de gobierno” (vol I, p. 294). Los jerónimos, neófitos en esta tarea, recibieron pues la asistencia de los cartujos.
Fernando Pastor hace mención a la sensación de desorden que se desprende del documento de las Actas del I Capítulo General, de “mezcolanza de temas y asuntos, de lo que se deduce la inexistencia de un ´orden del día´ o, al menos, un cierto índice de temas sobre los que se debían tratar (…). En las actas se van entremezclando acuerdos de importancia relevante (aprobación de constituciones y extravagantes, fundación de nuevos monasterios, postura a adoptar frente al grave problema de los conversos, etc) con asuntos meramente particulares y triviales, como puede ser la propiedad de determinado libro que se disputaban dos monasterios o quién debía pagar la mula utilizada en determinada gestión”. Pastor afirma que “esta sensación de todo revuelto” permaneció durante un tiempo, a pesar de estar ya en los cargos de relevancia lo que Revuelta Somalo y Durán Múzquiz llamaron “la segunda generación de los jerónimos”, monjes doctos, con sólida formación, muchos de ellos letrados y doctores en leyes. Sólo en el siglo XVI, continúa Pastor, empezó a observarse una estructura ordenada en las actas capitulares.
El Capítulo General había de celebrarse cada tres años, aunque si, entre Capítulo y Capítulo aconteciera alguna razón legítima “como hambre, guerra o pestilencia, o por otra razón grande”, podía ser retrasada su celebración durante un año o más, según las circunstancias. También esta primera época que tratamos supone una excepción a lo que luego habría de ser regla general, pues el número e importancia de los temas a regular hizo necesario que los tres primeros capítulos generales se hubiesen de celebrar consecutivamente en 1415, 1416 y 1418, teniendo ya los siguientes, y hasta la extinción de la orden, carácter trienal.
Es importante que nos detengamos brevemente a describir la composición del Capítulo General, con el fin de comprender la importancia de la participación de fray Lope de Olmedo en los primeros capítulos generales y la confianza que depositaron en él sus hermanos de religión, eligiéndole para ellos. Seguimos aquí a Fernando Pastor: “Todas las casas de la orden se hallaban presentes en el Capítulo General, representadas por su Prior y un Procurador del convento, como delegado de los monjes. Sólo en el caso de que ninguno de los dos acudiera al Capítulo, perdía la casa su voto, sin que pudiera delegase en otro de los asistentes (…). El Prior de cada uno de los conventos era representante nato de ellos, pudiendo, no obstante, delegar su voto en el Procurador, o en otro monje, en el caso de encontrarse imposibilitado para asistir. Los Procuradores eran elegidos por los monjes de los monasterios. En un principio no se exigía más que el cargo recayera en un monje profeso de orden sacro que no estuviera privado de voto. La elección de los Procuradores se realizaba en los capítulos de cada monasterio mediante votación secreta de todos los monjes con derecho a voto (los profesos solemnes ordenados al sacerdocio) y en la que no participara el Prior. En ningún caso podía recaer la elección sobre el Vicario (o segundo del monasterio), que debía permanecer al frente de la casa durante la ausencia del Prior. Éste debía aceptar la elección del Procurador votado por la comunidad; en caso de no hacerlo, debía procederse a una nueva votación.
Además de los Priores y Procuradores, asistirían al Capítulo General quienes hubieran sido Visitadores Generales en el trienio anterior (esto aplica ya para el segundo Capítulo).
El orden de asiento no era una cuestión dejada al azar. El Capítulo General decidió dar asiento a las casas de acuerdo con su antigüedad, si bien la excepción que sería siempre Guadalupe ya se dejó notar en este primer Capítulo, donde se le dio el segundo lugar, “por haber sido como la segunda cabeza de la Orden”, después de san Bartolomé de Lupiana, a pesar de no ser la segunda fundación de la Orden (Lupiana sí fue la primera, como recoge la bula de 1373).
Con la finalidad de asentar por escrito cuantas resoluciones se adoptasen y levantar acta de cuantos acuerdos se tomasen, se procedía lo primero de todo al nombramiento de dos Secretarios o Notarios, uno designado entre los Priores y otro, entre los Procuradores. Pero ya en el primer Capítulo General en Guadalupe se puso de manifiesto que una reunión tan numerosa difícilmente podría ser eficaz. Por ello, acordaron la constitución de un grupo reducido de monjes que, por delegación de los capitulares y presididos por el General, adoptase las decisiones necesarias para el buen gobierno de la Orden. A este grupo reducido de monjes se le llamó Definitorio.
En el primer Capítulo se eligieron seis Definidores, los que obtuvieron más votos, entre quienes se encontraba fray Lope de Olmedo, que se hallaba en el Capítulo, a pesar de su muy reciente profesión monástica, habiendo sido elegido Procurador de su monasterio, Guadalupe. Además, Lope desempeñó también un destacado rol en este capítulo como uno de los tres Escrutadores elegidos para examinar los votos de los asistentes. Según leemos en el Acta de este Capítulo – según transcripción y traducción de Fernando Pastor –, Lope de Olmedo también ostentó cargo de compromisario en la elección del General.
Veamos en orden las ocasiones en que aparece su nombre en dicha acta y a qué se refiere:
- “(…) e fray Lope de Olmedo, profeso y procurador del convento del dicho monasterio”.
- “E después de esto, lunes cinco días del mes de agosto del dicho año (1415) plegó a todos los priores y procuradores que estaban en el Capítulo presentes de proveer a la orden de mayor por la vía mixta de escrutinio y compromiso. E por ende comprometieron todos unánimiter, nemine discrepante, en fray Alonso de Medina, prior de Montamarta, e en fray Gonzalo de Ocaña e en fray Lope de Olmedo, doctor, frailes profesos del monasterio de Guadalupe, que escudriñasen los votos de los que y eran, a quien querían elegir por Mayor de la Orden, y escudriñados que los publicasen ante todos (…) E habiendo comprometido todo el capítulo en los dichos fray Alonso de Medina y fray Gonzalo y fray Lope como dicho es, los dichos compromisarios aceptaron el poderío que les era dado. E ayuntáronse a una parte del lugar donde todos estaban, y viéndoles todos, inquirieron según les era mandado secreta y singularmente los votos de cada uno, de sí primeramente, y después de los otros, sobre el dicho mayor (General) de la Orden. E puestos por escrito vinieron al lugar donde todos estaban y publicáronlos”.
- “E hecha la dicha colación, el dicho fray Alonso de Medina, compromisario susodicho, preguntó a cada uno de los que estaban en el capítulo si daban a los dichos fray Gonzalo de Ocaña y fray Olmedo (sic) e a él cumplido, general e libre poder para que por sí y en nombre del dicho capítulo, pudiesen elegir irrevocabiliter y para siempre jamás el monasterio de San Bartolomé de Lupiana en que comúnmente todos los dichos cuarenta y dos electores habían expresamente consentido y concordado, así que fuese ya para siempre el prior que ahora era y todos los otros priores que por tiempo fuesen en ese monasterio, mayores y cabeza de toda la Orden de nuestro padre San Jerónimo (…). Y luego, el dicho fray Alonso de Medina y los sus compañeros aceptaron el dicho poder y de consentimiento y licencia de los dichos fray Gonzalo y fray Lope, el dicho fray Alonso de Medina pronunció la elección ante todos por esta manera que se sigue: In nomine Patris et filii et spiritus sanctus. Yo, fray Alonso de Medina, prior del monasterio de Santa María de Montamarta, de la Orden de nuestro padre San Jerónimo, compromisario deputado en uno con fray Gonzalo de Ocaña e fray Lope de Olmedo, frailes profesos del monasterio de Santa María de Guadalupe (…)”.
- “E después desto, lunes siguiente, a las vísperas, doce días del mes de agosto, fue acordado por todo el capítulo general que porque mejor y más brevemente se tratasen las cosas que necesariamente en este capítulo de la Orden se habían de tratar e expedir, que eligiesen a seis Definidores, según la forma que tenían acordada para elegir definidores en los capítulos generales (…). E aquellos seis en que en más voces concurriesen, que los eligiesen en nombre suyo e de todo el capítulo por Definidores (…). Determinó todo el capítulo que los que fuesen electos en definidores que hubiesen poderío de ordenar, estatuir e definir todas las cosas que en ese capítulo se discutiesen e no otras (…). E luego en pos de esto, el dicho fray Alonso de Medina, de licencia e encomienda que ante todo el capítulo le dieron los dichos sus compañeros, publicó ante todo el capítulo los votos que cada uno había dado e las personas del dicho capítulo que habían sido nombrados por todos para definidores. E hecha ante todos por el dicho fray Alonso de Medina la colación de las voces que habían dado, hallose que fray Juan de los Barrios, prior de la Sisla, e el dicho fray Alonso, prior de Montamarta, e fray Gonzalo de Ocaña, procurador del prior de Guadalupe (el Prior no asistió por enfermedad), e fray Lope de Olmedo, procurador del convento de Guadalupe, e fray Fernando de Córdoba había habido las más voces entre todos los que habían sido nombrados para el dicho oficio de definidores por todos los del capítulo (…). E luego los dichos (…) e fray Lope de Olmedo, maguer que se sentían por insuficientes para el dicho oficio, pero aceptáronlo e consintieron en la su elección pues a todo el capítulo placía de los elegir”.
- “E después de esto el lunes a la hora de la tercia, nueve días del dicho mes de septiembre, estando ayuntados en su capítulo todos los priores y procuradores de la Orden, e estando ende el vicario fray Alonso de Córdoba e todos los frailes profesos del monasterio de Guadalupe los cuales habían sido llamados allí para que fuesen presentes de la pronunciación de todas las cosas que en el dicho capítulo habían sido ordenadas, los dichos priores y procuradores dieron y otorgaron cumplido y lleno poder al prior de san Bartolomé (…) e a fray Lope de Olmedo (…), definidores del dicho capítulo, para que por sí, e en nombre de todo el capítulo que ende estaba ayuntado, pronunciasen, declarasen e publicasen todas las cosas que en todo el tiempo que ende habían estado habían tratado, ordenado e estatuido para coadunación, reformación e pro común de la Orden e de los que en ella eran profesos”.
Sorprende el destacado rol de Lope de Olmedo en este I Capítulo General, teniendo en cuenta, como hemos dicho, que había ingresado y profesado solemne en el monasterio de Guadalupe en el mes de abril de 1415, sólo tres meses antes de la celebración del Capítulo. Sophie Coussemacker, en su tesis doctoral no publicada de 1994 sobre los dos primeros siglos de la OSH – de la cual puede leerse una copia depositada en la biblioteca del Monasterio de Guadalupe -, es del parecer que la meteórica (sic) ascensión de fray Lope en la Orden de San Jerónimo (como veremos en la siguiente entrega, tres años después era elegido General) se debía al deseo de la Orden de aprovechar los contactos de Lope en las cortes reales de Castilla y Aragón y en la corte pontificia de Benedicto XIII. De hecho, Coussemacker aventura incluso que, “aunque las fuentes jerónimas no lo especifican, es posible que Lope de Olmedo utilizara su influencia ante Benedicto XIII para obtener el auto de unión de la Orden”. Sin pruebas documentales, me parece arriesgada esta afirmación de Coussemacker (quien, en otra ocasión, como veremos en la próxima entrega, se refiere, también sin pruebas, a la ambición de fray Lope por medrar en la OSH) porque, además, es anacrónica: la bula está fechada, como hemos dicho, en octubre de 1414, mientras que fray Lope ingresó en la orden de san Jerónimo en abril de 1415. En cualquier caso, si pudo intervenir de alguna manera en la promulgación de esta bula, fue desde su puesto de auditor de cuentas del palacio apostólico. Sin documentos que prueben otra cosa, la hipótesis de Coussemacker queda en el campo de la conjetura.
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