La Fiscalía General del Estado ha planteado la necesidad de «revisar» la solicitud de responsabilidad civil subsidiaria de las congregaciones religiosas, colegios religiosos o cualquier otra institución religiosa ante casos de abusos sexuales a menores.
Así lo refleja la Memoria presentada al inicio del año judicial por el Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, y consultada por Europa Press. Fuentes de la Fiscalía han precisado que lo que propone la FGE es que se pida la responsabilidad civil en los casos de abusos sexuales a menores perpetrados por personas de una orden religiosa, un colegio religioso o cualquier otra institución religiosa, algo que hasta ahora no era habitual para estos casos.
«Necesidad de revisar la posible solicitud de responsabilidad civil subsidiaria de la Institución religiosa donde han tenido lugar los hechos constitutivos de delitos contra la libertad sexual a menores, conforme a lo dispuesto en el artículo 120.4 del Código Penal», señala el documento.
Según el artículo 120.4 del Código Penal «son también responsables civilmente, en defecto de los que lo sean criminalmente: Las personas naturales o jurídicas dedicadas a cualquier género de industria o comercio, por los delitos que hayan cometido sus empleados o dependientes, representantes o gestores en el desempeño de sus obligaciones o servicios».
Asimismo, la Fiscalía propone «valorar, cuando se den los elementos incriminadores necesarios, la extensión de la acusación a las posibles conductas encubridoras por parte de los representantes de las instituciones religiosas» y «de las que pueden dimanar tanto responsabilidades penales como civiles»; la solicitud de la inhabilitación profesional del acusado y «la determinación concreta de la indemnización» para la víctima «que ha de integrar los daños morales y las lesiones psíquicas».
La FGE solicitó a las fiscalías superiores, mediante oficio de 31 de enero de 2022, la identificación de los procedimientos penales en tramitación por delitos contra la libertad sexual cometidos contra menores de edad en el seno de congregaciones, colegios o cualquier otra institución religiosa. Además, el 17 de junio de 2022 recibió un escrito presentado en nombre de la Conferencia Episcopal Española, mediante el que se daba traslado de dos informes realizados por el periódico El País sobre casos de pederastia.
En este marco y por decreto de fecha 11 de julio de 2022, la FGE procedió a la incoación de un expediente de seguimiento en la Secretaría Técnica, para tomar conocimiento pleno del alcance de las investigaciones penales, para mantener la debida coordinación y unificar la actuación de la fiscalía en esta materia en todo el territorio nacional.
A la vista de los testimonios remitidos por las fiscalías territoriales, la Fiscalía concluye que se dispone de «datos muy parciales», una situación que achaca a «la dificultad de detectar estos procedimientos al no constar registro específico para estos supuestos en las aplicaciones de gestión procesal de los órganos judiciales» y al «acotado espacio temporal al que pertenece la documentación remitida», puesto que la mayor parte de los testimonios se refieren a procedimientos que tuvieron su origen en el año 2021 y 2022.
61 DILIGENCIAS DE INVESTIGACIÓN Y 86 DILIGENCIAS PREVIAS
En concreto, según los datos recopilados por la Fiscalía, de las 61 diligencias de investigación que constan registradas en las fiscalías territoriales, un 44% se incoaron en 2022, un 26% en 2021 y el 30% restante en años anteriores; mientras que, de las 86 diligencias previas remitidas, un 18% fueron incoadas en 2022, un 29% en 2021 y el 53% restante en años anteriores.
Además, los hechos tuvieron lugar en el 67% de los casos con posterioridad al año 2000 y en el 33% con anterioridad a 1990; y de las 20 sentencias remitidas de procedimientos judiciales finalizados, son condenatorias 19 de ellas, dos con conformidad del acusado y una, revocada en apelación. Por tanto, hay un 95% de condenas frente al 5% de absoluciones.
66 CASOS ARCHIVADOS
Por otro lado, de los datos se desprende que 66 asuntos fueron archivados, de los cuales el 32% fue archivado al haberse extinguido la responsabilidad penal por prescripción. De ese porcentaje, el 80% lo acordó la fiscalía y el 20% el juzgado. Mientras, el 5% fue archivado por la fiscalía al haberse extinguido la responsabilidad penal por fallecimiento del autor.
El 29% fue archivado por no resultar acreditados los hechos –de ese porcentaje, el 21% lo acordó la fiscalía y el 79% el juzgado–; y el 27% de las diligencias de investigación fueron archivadas por interposición de denuncia o querella ante el Juzgado. Además, una diligencia de investigación fue archivada por falta de denuncia del interesado en la fiscalía y otra por remisión a la Audiencia Nacional.
Por tipos delictivos, se constata el delito de abuso y agresión sexual a menores de 16 años, en su mayoría; de tenencia de pornografía; de descubrimiento y revelación de secretos; de exhibicionismo y provocación sexual; de acoso a menores de 16 y de prostitución y corrupción de menores, y se han calificado en su mayoría como delitos continuados.
Del análisis de toda la documentación remitida por las fiscalías territoriales, la Fiscalía concluye que es necesario dar audiencia a las víctimas, y notificarles, en su caso, «de forma directa y comprensible» el decreto de archivo de las diligencias con la posibilidad de interponer denuncia ante el juzgado de instrucción.
RELACIÓN DE SUPERIORIDAD ESPIRITUAL
También sugiere, dada la singularidad de la relación que en estos casos ostenta el acusado con la víctima, recoger «de forma clara y precisa» en el relato de hechos de los escritos de acusación, «la relación de superioridad espiritual» de la que se vale el agresor.
Del seguimiento realizado, la Fiscalía también ha constatado que las denuncias de este tipo de delitos no se realizan únicamente en las fiscalías territoriales o en los juzgados, sino también en las oficinas de asistencia a la víctima de las diócesis españolas.
Por ese motivo, la Secretaría Técnica envió sendos oficios a la CEE en junio y a las 70 diócesis de toda España en diciembre, con el objeto de que remitieran toda la información sobre los testimonios recibidos y con el recordatorio acerca de la obligación de poner en conocimiento del Ministerio Fiscal, cualquier hecho delictivo cometido sobre menores de edad.
En esa misma línea de comunicación institucional, la Fiscalía ha establecido cauces de comunicación y de colaboración con el Defensor del Pueblo, en el marco de su investigación sobre los abusos sexuales en la Iglesia, un encargo que le han hecho desde el Parlamento. De hecho, se designó a una fiscal de la Secretaría Técnica para que formara parte de la Comisión de Expertos, que se constituyó el 5 de julio de 2022.
Esta comisión de expertos creada se ha reunido en cuatro ocasiones en el año 2022, con el objetivo de elaborar un informe que determine los hechos y responsabilidades, proponga procedimientos de reparación a las víctimas y planifique políticas de prevención y atención a las víctimas.
PENDIENTES DEL INFORME CREMADES Y DEL DEFENSOR DEL PUEBLO
Mientras la Fiscalía General del Estado, controlada por el PSOE, da su parecer sobre esta cuestión, aún está pendiente que se publique la auditoría encargada por los obispos españoles al despacho Cremades.
Tal y como dijo el secretario general de la CEE, monseñor César García Magán, está previsto que a mediados de septiembre tenga lugar la presentación de este informe que -dicho sea de paso- llega con retraso. Además, según ha podido saber InfoVaticana, el malestar en la cúpula de la Conferencia Episcopal Española es notable con el trabajo realizado por Cremades.
Por otro lado, desde el Defensor del Pueblo han trasladado a este medio que todavía no tienen fecha prevista para presentar su informe sobre los casos de abusos en el seno de la Iglesia española. A estas tres investigaciones (Fiscalía, Cremades y el Defensor del Pueblo) hay que sumarle la comisión en el Congreso de los diputados que también pedalea sobre lo mismo. Existen, por tanto, cuatro investigaciones distintas sobre el 0,2% de los casos de abusos que ocurren en España. El otro 99,8% parece no importar a nadie.
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A las víctimas de los «abusos» tendrán que indemnizarles las personas que cometen los «abusos», ellos son los sujetos penales, no la institución a la que pertenecen. Así es como opera el derecho penal en cualquier sociedad civilizada. Se destapa el verdadero propósito del poder político y mediático, que no es que se haga justicia, sino el de intentar empobrecer a la Esposa de Cristo para hacerla dependiente del estado. Con independencia de que la mayoría de esos «abusos» no son tales.
Que la nueva presidenta del Congreso – o directamente el PSOE-PP – respondan con su patrimonio personal de las indemnizaciones por los abusos sexuales a menores tuteladas por el gobierno después de haber sido raptadas a sus padres. Que, además, en este caso los delitos son ciertos y comprobados.
Todas las órdenes y congregaciones que han abusado son progresistas y separatistas. Según las investigaciones de «El País», el tenebroso ránking lo encabezan los jesuitas, seguidos por salesianos, maristas, escolapios, Montserrat…
En esas mismas gráficas del horror, el Opus Dei –que también regenta colegios y centros juveniles por toda España– aparece en un puesto bajísimo.
«Todas las órdenes y congregaciones que han abusado…»
Las órdenes y congregaciones no abusan ni cometen pecados, que son actos individuales. Es evidente que cuando los miembros de un grupo se vuelven laxos moralmente, es más fácil que cometan pecados; pero nadie les obliga a hacerlo: eso es una decisión personal, fruto del libre albedrío y la voluntad individual, y ni sirve de excusa en los tribunales civiles, ni tampoco ante el tribunal de Dios. En cuanto a citar órdenes, no lleva a nada salvo a la eterna pregunta de «¿qué fue antes, el huevo o la gallina?». Por ejemplo: ¿uno se vuelve heterodoxo y laxo si ingresa en los jesuitas, o ingresa en los jesuitas porque previamente es heterodoxo y laxo? Tiene más visos de ser lo segundo que lo primero.
Intelligenti pauca.
Efectivamente: a buen entendedor, pocas palabras bastan. Se nos entiende perfectamente a ambos.
Esas pretendidas indemnizaciones tendrán que realizarse, digo yo, como resultado de hechos juzgados y probados y no por simples denuncias. Y además, digo yo, los presuntos delitos tendrán que haber sido realizados dentro de “dependencias” de la Iglesia y donde sea evidente que los dirigentes de esas dependencias han sido responsables de ocultación y/o de omisión de vigilancia pues de lo contrario solo debe pagar penal y/o civilmente el que ha cometido el delito.
Los enemigos de la Iglesia pretenden, una vez más, arruinarla económicamente para intentar destruir su labor evangelizadora y social (que a esos enemigos les pone frente al espejo de su necedad).
Ni diócesis ni congregaciones no deben indemnizar a nadie. Que indemnice, si cabe, el autor del delito.
Lo que prooone la Fiscalía es como si el Ministerio de Educación tuviera que indemnizar a las víctimas de profesores que hayan cometido abusos. Es absurdo.
Pero otra cosa es el ENCUBRIMIENTO del malhechor y el NINGUNEO de la victima por parte de responsables y representantes de la Institución para no ensuciar su imagen pública….Y parece que de eso ha habido mucho en la Iglesia. ¿O no?
«Y parece que de eso ha habido mucho en la Iglesia. ¿O no?»
No: abusos cometidos por sacerdotes (no por la Iglesia) ha habido poquísimos. Seguramente usted se debe de estar confundiendo con algún partido de ultraizquierda o con la secta masónica y sus terminales |como «Europa Laica», etc.), donde seguramente hay más abusadores y probablemente habrán encubierto los abusos cometidos por usted (presuntamente). Así que, que se rascan ellos el bolsillo.
La Fiscalía simplemente propone que a la Iglesia (entiendo que como «persona jurídica» que debe ser) se le aplique, si procede, lo que se aplica a todo el resto de la sociedad (y que es el concepto jurídico de» resposabilidad civil subsidiaria»), tal y como lo expresa el artículo 120.4 del Código Penal (que está bien clarito en el párrafo 4 del «post»). Desde que a la Iglesia le explotó esta bomba (la de los encubrimientos) hace ya varios años se han dado muchos casos (considerando los muchos paises en que han sucedido) en que las sentencias judiciales han sido favorables a cuantiosas indemnizaciones a las victimas por ese concepto de «responsabilidad civi subsidiaria».
«lo que se aplica a todo el resto de la sociedad»
Al fiscal general del Estado lo ha elegido el Partido Socialista, y éste, como persona jurídica que es, jamás ha pagado ni un céntimo por sus afiliados abusadores, que por estadística serán unos cuantos más que pertenecientes a la Iglesia. Así que, no, como al resto de la sociedad no.
«Desde que a la Iglesia le explotó esta bomba (la de los encubrimientos) hace ya varios años se han dado muchos casos»
Muchos casos de denuncias, no muchas condenas después de demostrarse en un juzgado. De esas hay muy poquitas; y no abusaban por curas, sino por homosexuales (en más del 80% de los casos). Así que, que retengan las subvenciones al lobby gay para sufragar las indemnizaciones.
«las sentencias judiciales han sido favorables a cuantiosas indemnizaciones a las victimas»
¿A qué víctimas? En la mayoría de los casos no ha habido juicio, sino que se ha pagado para no ir y evitar el escándalo.
Según el artículo 120.4 del Código Penal «son también responsables civilmente, en defecto de los que lo sean criminalmente: Las personas naturales o jurídicas dedicadas a cualquier género de industria o comercio, por los delitos que hayan cometido sus empleados o dependientes, representantes o gestores en el desempeño de sus obligaciones o servicios».
Asimismo, la Fiscalía propone «valorar, cuando se den los elementos incriminadores necesarios, la extensión de la acusación a las posibles conductas encubridoras por parte de los representantes de las instituciones religiosas» y «de las que pueden dimanar tanto responsabilidades penales como civiles»; la solicitud de la inhabilitación profesional del acusado y «la determinación concreta de la indemnización» para la víctima «que ha de integrar los daños morales y las lesiones psíquicas».
«…en el desempeño de sus obligaciones o servicios»
Los abusadores no abusan durante el desempeño de sus obligaciones o servicios en una empresa o institución, salvo quizás los del ramo sanitario/cuidadores (o los sindicalistas, que le sobra mucho tiempo y nadie sabe exactamente a qué lo dedican). Desde luego, no se conoce ningún cura que haya abusado de nadie mientras oficia misa, administra los sacramentos o imparte clases (en el caso de que también sea profesor). Lo que la gente hace en su tiempo libre o durante sus vacaciones, que es cuando cualquier tipo de delincuente comete sus delitos, no es responsabilidad de la empresa, sindicato, partido de ultraizquierda o logia masónica a la que pertenezca, por lo que la Iglesia tampoco (en el remotísimo caso en que se produzca alguna vez).
¿Porqué solo la Iglesia y no los colegios públicos y privados laicos?.
¿Porqué no se aplica la misma ley a partidos y sindicatos cuando roban o malversan dineros pública cosa o provocan daños por su gestión?.
Parece que está fiscalía, al dictado del narcisista, felón, autócrata, falsario, mentiroso patológico, poltronero, traidor, falconeti, Sanchijuela y Pedronocho, solo busca destruir a la iglesia y asociarla al PP , diciendo que por no atacarla, son culpables y así quitarles votos en su inmensa ambición de poder para destruir este país.