Las burlas y ofensas contra los cristianos suelen salir muy baratas en España.
Un lector ha puesto en conocimiento de Infovaticana un show al que acudió la semana pasada donde se insultó a los católicos y se perpetraron varias blasfemias.
Lo acontecido ocurrió durante el fin de semana en un local llamado «Teatro las Aguas» situado en la calle de las Aguas (zona de La
Latina) en Madrid.
Durante el show, uno de los que participó fue un «cómico» llamado Juan de Dios. «Durante su «actuación» comenzó a proferir blasfemias contra la Iglesia hasta el punto de sacar una cajita llena de Hostias y comenzó a repartirlas al grito de «quieres muslo o pechuga» y acto seguido lanzó al aire las que le quedaban como si fueran caramelos o algo así», cuenta a Infovaticana este testigo directo.
Además, también afirmó que consiguió las formas por internet. Aún no estando consagradas no deja de ser un burdo ataque contra los sentimientos religiosos de los católicos.
Este testigo que presenció la actuación, cuenta que abandonó el local inmediatamente al ver la provocación de este supuesto humorista. A la salida del teatro expuso al teatro su queja sobre lo que acababa de presenciar. «El humor puede ser incómodo, falto de diplomacia, pero nunca debería ser ofensivo con algo tan sagrado para millones de personas como las Eucaristía tirada por el suelo. Eso traspasa todo límite aceptable y se convierte directamente en un ataque y ultraje a millones de cristianos. NO VOLVERÉ JAMÁS», escribió esta persona al teatro que dio cobijo a esta actuación blasfema.
Lejos de pedir disculpas, la respuesta del teatro fue la siguiente: «El teatro es libre de opinión. Quizá hay que saber elegir la obra que a uno le puede gustar». De este modo los organizadores justifican lo ahí acontecido que podría ser denunciado por un presunto delito contra los sentimientos religiosos.
Ante la respuesta del teatro, el testigo que presenció lo ocurrido les volvió a responder lo siguiente: «Solo recordarle al local mencionado el artículo 16.1 de la Constitución: «Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley».
«En consonancia con este Derecho fundamental el Código Penal tipifica en su artículo 525.1:» Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce
meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o
mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican», agregó en su respuesta.