El juez vuelve a descartar imputar a Pérez de Leza en el caso de las fundaciones

Pérez de Leza
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El pasado 4 de octubre de 2021, se procedió a la toma de declaración como testigo de Jorge Pérez de Leza como representante de METROVACESA, empresa que intermedió en la venta de una parcela en Valdebebas, a la Fundación FUSARA como compradora por un precio de 47.676.000 €.

Tras responder a las preguntas de la Fiscalía de Delitos Económicos y la Acusación Popular, ejercida por de Fusara, en el turno de preguntas de la acusación particular de FUSARA, el abogado de esta acusación, solicitó la suspensión de la declaración de Pérez de Leza para que declare como investigado.

El juez del juzgado de Instrucción número 28 de Madrid accedió a la petición y suspendió la sesión y pidió a la acusación popular que formalizara su acusación en el plazo de 10 días. Finalmente, el  19 de octubre el juez acordó denegar la imputación como investigado de Jorge Pérez de Leza, como representante legal de la entidad Metrovacesa, formulada por la acusación particular de Fusara.

Tras este auto del juez, el pasado 25 de octubre la acusación particular de FUSARA y FSVSC, pidieron la aclaración al Auto en relación con la omisión sobre la imputación de la entidad Metrovacesa como persona jurídica. Fusara solicitó la imputación de Pérez de Leza, y de la entidad Metrovacesa como persona jurídica, como autores ambos de un posible delito de estafa y otro delito de corrupción entre particulares.

El juez descarta indicios de delito en la venta de la parcela a Fusara

El Magistrado argumenta que el fundamento de la estafa, “es la existencia de un engaño bastante: estos es una ardid, una puesta en escena, para realizar una manipulación de la realidad objetiva para llevar a error al sujeto pasivo”. El juez vuelve a insistir en que “No se aprecia engaño alguno en la venta de METROVACESA a FUSARA de la parcela por 47 millones de euros; puesto que el precio de un objeto o servicio en una compraventa está libremente fijado por las partes en una negociación. Al fijar un precio, no hay una “manipulación de la realidad”, hay una estimación del valor de un objeto fruto de una negociación”.

Por otro lado, el juez sostiene que tampoco concurren los elementos objetivos de cohecho pasivo o activo entre particulares del artículo 286 bis CP. “Ni METROVACESA ha recibido una contraprestación injustificada (ha recibido el precio), ni ha concedido un beneficio injustificado como contraprestación por la venta de la parcela. Solo ha pagado la comisión correspondiente al intermediario: esto es el precio de una labor de intermediación”.

Por todo ello, el juez vuelve a denegar la imputación como investigado de Metrovacesa, como persona jurídica, formulada por la acusación particular de Fusara. De este modo, Pérez de Leza volverá a declarar en calidad de testigo y no como imputado tal y como pedía Fusara.

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Comentarios
1 comentarios en “El juez vuelve a descartar imputar a Pérez de Leza en el caso de las fundaciones
  1. Con tanto voluntario preparado para trabajar gratis et amore en favor de la Iglesia ¿tienen que crear fundaciones y más fundaciones para colocar a los amiguitos y parientes? La delincuencia no es siempre fácil probarla, pero a la mujer del Cesar no le basta con ser buena; tiene que parecerlo y todos estos no lo parecen. ¿Porqué la Iglesia, cada vez que se mete en negocios, sale perdiendo dinero y prestigio? Oro y Osoro riman.

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