La reforma litúrgica que quiso el Concilio Vaticano II

Reforma misa Concilio Vaticano II
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La publicación del Motu Proprio Traditionis Custodes ha levantado una polémica que parecía felizmente superada con Summorum Pontificum. Se ha puesto el foco sobre un pequeño grupo dentro de la Iglesia, muy minoritario, volviendo a los debates de los años setenta, los inmediatamente posteriores a la reforma litúrgica.

Pero, ¿qué ocurrió en el Concilio Vaticano II? ¿Por qué tras más de cinco décadas no se han superado las resistencias a la nueva misa? ¿La misa reformada fue aprobada por el Concilio Vaticano II? ¿Pablo VI fue más allá de las reformas queridas por los padres conciliares?

La misa que se celebra hoy en la inmensa mayoría del orbe católico es la misa reformada por Pablo VI a finales de los años sesenta. Ésta ponía fin a la conocida como misa tridentina, cuyo misal aprobó el Papa Pío V en el siglo XVI, siguiendo las directrices del Concilio de Trento. Se podría decir que la misa actual, la misa de Pablo VI, es la misa del Concilio Vaticano II en la misma medida en que decimos que la de san Pío V es la misa tridentina.

¿Y qué dijo el Concilio Vaticano II sobre la liturgia? Los padres conciliares instaron a una reforma litúrgica mediante la constitución conciliar Sacrosanctum Concilium, dedicada a la Sagrada Liturgia.

Para que en la sagrada Liturgia el pueblo cristiano obtenga con mayor seguridad gracias abundantes, la santa madre Iglesia desea proveer con solicitud a una reforma general de la misma Liturgia. Porque la Liturgia consta de una parte que es inmutable por ser la institución divina, y de otras partes sujetas a cambio, que en el decurso del tiempo pueden y aún deben variar, si es que en ellas se han introducido elementos que no responden bien a la naturaleza íntima de la misma Liturgia o han llegado a ser menos apropiados”, se lee en el importante escrito conciliar.

Los padres conciliares exhortaban a ordenar, a través de la futura reforma, “los textos y los ritos” de manera que expresaran “con mayor claridad las cosas santas que significan y, en lo posible, el pueblo cristiano pueda comprenderlas fácilmente y participar en ellas por medio de una celebración plena, activa y comunitaria”.

El Concilio Vaticano II estableció para ello unas normas generales, como el que sólo la jerarquía puede introducir cambios en la Liturgia. “La reglamentación de la sagrada Liturgia es de competencia exclusiva de la autoridad eclesiástica; ésta reside en la Sede Apostólica y, en la medida que determine la ley, en el Obispo”, se lee en la constitución conciliar.

“Por lo mismo, nadie, aunque sea sacerdote, añada, quite o cambie cosa alguna por iniciativa propia en la Liturgia”. En fin, si esto se cumpliera. Ya saben, ahora cuando vean a un sacerdote saltándose partes de la misa o añadiendo algún numerito original, pueden ir con el Concilio Vaticano II en la mano a decirle que no esta siendo fiel al concilio. Así no parecerán carcas.

Para conservar la sana tradición y abrir, con todo, el camino a un progreso legítimo, debe preceder siempre una concienzuda investigación teológica, histórica y pastoral, acerca de cada una de las partes que se han de revisar”, continúa el escrito.

Los padres conciliares ordenaron no introducir innovaciones si no lo exigía “una utilidad verdadera y cierta de la Iglesia, y sólo después de haber tenido la precaución de que las nuevas formas se desarrollen, por decirlo así, orgánicamente a partir de las ya existentes”.

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El concilio quería que se diese más peso a la Sagrada Escritura en la Liturgia. “Para procurar la reforma, el progreso y la adaptación de la sagrada Liturgia, hay que fomentar aquel amor suave y vivo hacia la Sagrada Escritura que atestigua la venerable tradición de los ritos, tanto orientales como occidentales”, se lee en Sacrosanctum Concilium. “En las celebraciones sagradas debe haber lectura de la Sagrada Escritura más abundante, más variada y más apropiada”, dicen los padres conciliares.

Una cuestión que impulsaron los padres conciliares fue la cuestión de la primacía de las celebraciones comunitarias: “Siempre que los ritos, cada cual según su naturaleza propia, admitan una celebración comunitaria, con asistencia y participación activa de los fieles, incúlquese que hay que preferirla, en cuanto sea posible, a una celebración individual y casi privada”.

También querían fomentar la participación activa de los fieles en la liturgia. “Para promover la participación activa se fomentarán las aclamaciones del pueblo, las respuestas, la salmodia, las antífonas, los cantos y también las acciones o gestos y posturas corporales. Guárdese, además, a su debido tiempo, un silencio sagrado”, se lee en el punto número 30 de la constitución.

“Los ritos deben resplandecer con noble sencillez; deben ser breves, claros, evitando las repeticiones inútiles, adaptados a la capacidad de los fieles y, en general, no deben tener necesidad de muchas explicaciones”, prescriben los padres conciliares.

El Concilio Vaticano II exhorta a que, en la reforma, se conserve el uso del latín en los ritos latinos, “salvo derecho particular”. “Sin embargo, como el uso de la lengua vulgar es muy útil para el pueblo en no pocas ocasiones, tanto en la Misa como en la administración de los Sacramentos y en otras partes de la Liturgia, se le podrá dar mayor cabida, ante todo, en las lecturas y moniciones, en algunas oraciones y cantos”, se lee en la constitución.

Para que el sacrificio de la Misa “alcance plena eficacia pastoral”, el Concilio Vaticano II, decretó lo siguiente:

  • Que se revisara el ordinario de la misa, de modo que se manifestara “con mayor claridad el sentido propio de cada una de las partes y su mutua conexión” y se hiciera “más fácil la piadosa y activa participación de los fieles”.
  • Que se simplificaran los ritos, conservando “con cuidado la sustancia”; se suprimieran “aquellas cosas menos útiles que, con el correr del tiempo, se han duplicado o añadido”; se restablecieran “algunas cosas que han desaparecido con el tiempo”, según se estimara “conveniente o necesario”.
  • Que se abriera “con mayor amplitud los tesoros de la Biblia, de modo que, en un período determinado de años, se lean al pueblo las partes más significativas de la Sagrada Escritura”.
  • Se recomendaba “encarecidamente, como parte de la misma Liturgia”, la homilía, “en la cual se exponen durante el ciclo del año litúrgico, a partir de los textos sagrados, los misterios de la fe y las normas de la vida cristiana”. En los domingos y fiestas de precepto “nunca se omita si no es por causa grave”.
  • Que se restableciera la ‘oración de los fieles’ después del Evangelio y la homilía, principalmente los domingos y fiestas de precepto.
  • Que en las Misas celebradas con asistencia del pueblo pudiera darse “el lugar debido” a la lengua vernácula, principalmente en las lecturas y en la oración de los fieles y, según las circunstancias del lugar, también en las partes que corresponden al pueblo”
  • Que se procurara, sin embargo, “que los fieles sean capaces también de recitar o cantar juntos en latín las partes del ordinario de la Misa que les corresponde”.
  • Se recomienda especialmente la participación “más perfecta” en la misa, la cual consiste en que los fieles, después de la comunión del sacerdote, reciban del mismo sacrificio el Cuerpo del Señor. También comentan que la comunión bajo ambas especies puede concederse en los casos que la Sede Apostólica determine.
  • Los padres exhortan a la participación en las dos partes de la Misa: la liturgia de la palabra y la eucarística. El Concilio Vaticano II “exhorta vehemente a los pastores de almas para que en la catequesis instruyan cuidadosamente a los fieles acerca de la participación en toda la misa, sobre todo los domingos y fiestas de precepto”.
  • Amplían la facultad de concelebrar. El Jueves Santo, tanto en la Misa crismal como en la Misa vespertina; en las Misas de los concilios, conferencias episcopales y sínodos y en la misa de la bendición de un abad. Además, con permiso del ordinario: en la Misa conventual y en la Misa principal de las iglesias, “cuando la utilidad de los fieles no exija que todos los sacerdotes presentes celebren por separado”, y en las Misas celebradas con ocasión de cualquier clase de reuniones de sacerdotes. “Sin embargo, quede siempre a salvo para cada sacerdote la facultad de celebrar la Misa individualmente, pero no al mismo tiempo ni en la misma Iglesia, ni el Jueves de la Cena del Señor”, se lee en la constitución.

Después, los padres conciliares ordenan revisar prácticamente todos los sacramentos y sacramentales: el bautismo de adultos, el de niños, bendición del agua bautismal, el rito de la Confirmación, el de la Penitencia, el de la Unción de los enfermos, el de ordenación, el del matrimonio, la profesión religiosa, el rito de la exequias… en fin, no quedó nada que el concilio no instara a revisar.

¿Se cumplieron los deseos del Concilio Vaticano II en los años posteriores, o se fue más allá con las reformas posconciliares?

Mañana hablaremos más sobre la reforma litúrgica.

Pueden leer aquí Sacrosanctum Concilium.