Desobedecer a Roma: ¿cuáles son las consecuencias?

|

(CWR)- Los llamamientos subliminales o manifiestos a desobedecer la reciente prohibición de la Congregación para la Doctrina de la Fe (CDF) plantean algunas preguntas sobre las posibles consecuencias que tal conducta contra la unidad de la Iglesia podría tener.

Las reacciones rebeldes de los obispos y otros responsables de la Iglesia en las regiones de habla alemana ante el responsum (decisión) de la Congregación para la Doctrina de la Fe contra la bendición de las parejas homosexuales plantean muchas preguntas: ¿qué le puede pasar a un obispo que llama públicamente a la desobediencia a Roma o la tolera? ¿Puede un católico que se sienta no representado por su propio obispo en este asunto recurrir directamente a Roma? El padre Gero Weishaupt, abogado canónico y juez del tribunal de la diócesis de Colonia, ha respondido a estas y otras preguntas en una entrevista con kath.net.

Weishaupt*, ¿qué puede suceder canónicamente a un obispo que, en contra del Responsum, realiza personalmente bendiciones a parejas del mismo sexo, las convoca o las fomenta explícitamente en su diócesis, o tolera a sabiendas dichas bendiciones?

Si a pesar del responsum de la Congregación para la Doctrina de la Fe -que fue publicado por orden del papa Francisco, quien así dejó claro que lo reclama como propio-, un obispo permite que se realicen tales bendiciones en su diócesis, las fomenta o incluso simplemente las tolera, eso es claramente un acto de desobediencia del obispo al papa, cuyos funcionarios curiales actúan en su nombre en cuestiones de fe y moral. La desobediencia, por tanto, afecta directamente al papa, e indirectamente a la CDF.

Con esta desobediencia el obispo rompe el juramento de fidelidad que hizo al tomar posesión de su cargo. Además de esta promesa de fidelidad al papa, el obispo se compromete a proteger la unidad de la Iglesia universal y, por consiguiente, a hacer todo lo posible «para conservar pura e inalterada la fe transmitida por los Apóstoles». Por lo tanto, está «obligado a promover el orden común de toda la Iglesia y, por lo tanto, a insistir en que se obedezcan todas las leyes eclesiásticas».

La desobediencia manifestada por la negativa a llevar a cabo el responsum papal rompe, por tanto, la unidad con el papa. Es un acto cismático, por supuesto con una herejía subyacente, ya que la bendición de las relaciones homosexuales expresa como mínimo la opinión de que, además del matrimonio entre un hombre y una mujer, puede haber otras relaciones ordenadas a la unión sexual. Esto contradice de manera flagrante la verdad revelada sobre el matrimonio (Gén 1,27: «Dios creó al hombre a su imagen, a imagen de Dios lo creó; varón y mujer los creó») y la naturaleza esencial del ser humano, de la que se deriva la ley moral natural por la razón humana.

Además, la bendición de parejas homosexuales es un abuso de la bendición, que es un sacramento. Tal bendición es una violación del orden litúrgico. Dado que, según el orden eclesiástico vigente, solo la Sede Apostólica puede instituir nuevos sacramentales, y abolir o modificar los existentes, una ceremonia de bendición de parejas del mismo sexo sería, en sentido estricto, la simulación de un sacramento (inexistente), es decir, una bendición simulada.

Y ahora, en cuanto a las consecuencias canónicas: un obispo que ignore la prohibición papal de bendecir a las parejas del mismo sexo y actúe en contra de ella incurre en excomunión automáticamente, como pena latae sententiae, es decir, se produce en cuanto un obispo apoya públicamente la bendición de las uniones homosexuales, por ese mismo hecho. Esta pena latae sententiae tendría que ser declarada por el papa mediante un decreto, después de una amonestación, para que pudiera tener efecto canónico en el fuero externo.

Si el infractor muestra remordimiento y desiste de la ofensa e intenta reparar, tiene derecho a que se le levante la excomunión. Sin embargo, si no corrige su conducta, la Sede Apostólica puede castigar al obispo también de otras maneras; la deposición (destitución del cargo) está entre las posibilidades.

¿Cuál es la diferencia entre la excomunión propiamente dicha y la declaración externa de la misma, por ejemplo, mediante un decreto papal?

Mientras una excomunión automática no sea declarada por un decreto o impuesta por una sentencia punitiva, permanece en el llamado fuero interno y solo obliga a la parte inmediatamente afectada, la persona excomulgada, pero no puede hacerse efectiva. Al excomulgado se le prohíbe ejercer un ministerio en una celebración litúrgica, administrar sacramentos o sacramentales y recibir sacramentos (puede recibir sacramentales), ejercer cargos, ministerios o funciones eclesiásticas, o realizar actos administrativos. Esos actos son inválidos, por ejemplo, el nombramiento de pastores y la erección de parroquias por parte de un obispo, pero no hasta la declaración externa de la excomunión. Solo entonces también un laico, por ejemplo, tendría que mantenerse alejado de todos los ministerios litúrgicos, y no podría asumir ningún cargo adicional, por ejemplo, en el consejo parroquial o como padrino de bautismo.

¿Qué puede ocurrirle a un sacerdote u otro agente de pastoral («asistente pastoral») que realice tales bendiciones?

Esta pregunta se responde junto con la primera. También él queda automáticamente excomulgado. En este caso, por supuesto, el obispo local sería el responsable de declarar la excomunión del sacerdote en cuestión o de otro agente de pastoral. Si el propio obispo ignora el responsum, probablemente no sancionará al sacerdote o al agente de pastoral en esas circunstancias. En este caso, sin embargo, los fieles laicos pueden dirigirse al Nuncio Apostólico o directamente al papa o a un dicasterio romano (CDF, Congregación para los Obispos, Congregación para el Clero y, dado que la bendición es un abuso litúrgico, incluso a la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos). Canónicamente, los fieles laicos tienen «el derecho y a veces incluso el deber de dar a conocer su opinión a los pastores espirituales en los asuntos que conciernen al bienestar de la Iglesia». Por ejemplo, sé que el nuncio apostólico [en Alemania] transmite a Roma las quejas de los fieles y que Roma también reacciona.

¿Tiene sentido que un católico se dirija directamente al papa o a un dicasterio romano?

Por supuesto. Todo católico puede recurrir directamente a Roma en alemán [o en inglés]. Además, existe la posibilidad de un procedimiento judicial: todo católico puede poner en conocimiento del obispo un delito punible u otra violación de la disciplina de la Iglesia. Si existe la sospecha de un delito punible, el obispo tiene que iniciar una investigación preliminar, al final de la cual puede haber un procedimiento administrativo o punitivo contra el agente pastoral en cuestión. También se puede iniciar un procedimiento contra un obispo. Sin embargo, entonces la autoridad competente no es su tribunal eclesiástico, sino el propio papa.

En esta situación, ¿un sacerdote u obispo desobediente sigue administrando válidamente los sacramentos?

Aquí, como ya se explicó, hay que distinguir entre, por un lado, la excomunión latae sententiae, que se produce automáticamente cuando se realiza el acto punible, y, por otro lado, el hecho oficial de la excomunión, que se declara mediante un decreto. Mientras no se produzca este último, los sacramentos se siguen administrando válidamente. Por supuesto, cuando existe un decreto de una autoridad eclesiástica que declara la excomunión, entonces los sacramentos de la reconciliación -excepto en peligro de muerte-, la confirmación y el matrimonio ya no se administran válidamente. Todos los demás sacramentos (bautismo, eucaristía, orden, unción de enfermos) siguen siendo administrados válidamente, pero ilícitamente, si la excomunión ha sido declarada.

La exhibición de pancartas con el arco iris en los edificios parroquiales, o su representación en las páginas web de las parroquias o asociaciones católicas -como hemos visto en abundancia en las últimas semanas-, ¿es ya un acto de desobediencia al responsum que un católico puede denunciar a Roma?

La presencia de un acto cismático depende de la intención de la persona que ha provocado la exhibición. Según las circunstancias, se le excomulga de iure [es decir, por ley]. Eso tendría consecuencias canónicas externas solo si la pena latae sententiae hubiera sido declarada por un decreto, como se dijo anteriormente.

*El padre Gero P. Weishaupt es sacerdote y canonista. De 2008 a 2013 fue Vicario Judicial/Oficial de la Diócesis de ‘s-Hertogenbosch (Países Bajos), desde 2012 Juez del Tribunal Interdiocesano de la Provincia Eclesiástica de los Países Bajos, desde 2013 juez diocesano principal en la Cancillería Archidiocesana de la Archidiócesis de Colonia, desde 2015 profesor de derecho canónico y documentos de la Iglesia en el Instituto Teológico de la Diócesis de Roermond, con otros puestos de profesor invitado, p.ej., en la Universidad Filosófico-Teológica Papa Benedicto XVI de Heiligenkreuz, cerca de Viena. Ha publicado varios libros y artículos académicos sobre derecho canónico y tiene su propia página web en alemán.

 Publicado en Catholic World Report.

Traducido por Verbum Caro para InfoVaticana.

Ayuda a Infovaticana a seguir informando

Comentarios
34 comentarios en “Desobedecer a Roma: ¿cuáles son las consecuencias?
  1. Creo que bastaría ue Roma procediera contra el caso más flagrante para que los demás reflexionen y se echen para atrás. Los obispos alemanes tienen una vida de sultán y si se les excomulga quedarán mal.

      1. Las normas canónicas son racionales y claras, pero dudo que tengan algún efecto, precisamente porque parte de la crisis de la Iglesia (en mi parecer), pasa por una profunda devaluación del Derecho Canónico.

  2. Llevo años oyendo a sacerdotes decir en los púlpitos lo que les da la gana, incluso que no existe el infierno ni el demonio, aunque Jesucristo lo citó varias veces en el Evangelio. En colegios e instituciones religiosas, organizar charlas más que vergonzosas para el cristianismo, no para el mundo. ¿ha pasado algo?. Y todo esto en tiempos del tan adorado por algunos Juan Pablo II, o sea que no es de ahora. Si en esos tiempos no pasó nada, con este cantamañas ¿que esperais? Pues nada. Que la iglesia romana con el tiempo se convertirá en una oficial como la luterana, llena de pompa y circunstancias y luego pues diversas confesiones al estilo de las evangélicas.

    1. No perdamos la Fe
      Estamos en esta época porque Dios nos ha traído a ella.
      Es un honor servir al Señor, aunque falle Roma entera. Nadie nos quitará su amor

    2. Juan Pablo II un cantamañanas????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????

        1. ACS,no se vaya a pensar que ese comentario,es mío,María con la que tiene amplios debates
          Yo no acostumbro faltar el respeto con apelativos personales a nadie y menos a sacerdotes,Obispos o Papas,aunque alguno que otro no sea de mi agrado.
          El respeto siempre por delante, si están ahí es porque Dios lo permite.
          Lo digo porque en otra entrada usted y Egge le hicieron comentarios haciendo alusión a mi persona a otra «maría» q no era yo,la de mas arriba tampoco soy yo.
          Tenga en cuenta que aquí opina mas gente con el nombre de María a parte de mi.Lo digo para que no haya confusiones.
          Un saludo.

          1. De nada.
            Mi nombre aparece como Maria, con punto en la i sin acento.la otra persona que ha escrito mas arriba tiene acento sobre la í y otra «maria» que he visto pone su nombre todo en minúsculas .
            Pero no sé si pueden repetirse los nombres sólo cambiando alguna característica o es indiferente.
            Saludos.

      1. Que un sujeto como este impresentable,babee por su asquerosa boca gruñidos inescrutables; produce alergia y asco. Insulta gravemente a un gigante de la Historia de la Iglesia Universal, sin tener idea de nada. No creo yo que este sujeto tenga que dar lecciones a nadie de nada, porque es la desvergüenza y la miseria humana

    3. San Juan Pablo II no fue ni es adorado, porque la adoración corresponde solamente a Dios por el conocimiento de Latria. San Juan Juan Pablo II, es el Papa más añorado porque con él se marchó un gigante de la Historia y el conocido como Atleta de Dios. Dejando a un lado a San Pedro por razones obvias, Su Santidad San Juan Pablo II dejó un alegado para la historia y para la hijos de Dios. Si el Papa da unas normas y disposiciones y todo lo que está en su mano y, después de sacarse la fotografía con él, con una sonrisa de oreja a oreja como si estuvieran viendo a Dios y luego le traicionan; ¿también el es culpable? Tiene mucho que aprender y a no ser ordinaria.

  3. Una precisión: la excomunión latae sententiae, en el caso alemán, es non declarata, es decir, no requiere de ningún decreto papal, y es automática, ipso iure e ipso facto, sin necesidad de amonestación previa alguna, porque el obispo tiene conocimientos teológicos y canónicos y, por ello, sabe que hace un acto herético-cismático, y no obstante lo quiere, por lo que hay contumacia-pertinacia (niega la Trinidad, bendice parejas del mismo sexo). Un obispo cismático-herético sólo conserva sus potestades de orden y gobierno ÚNICAMENTE si hay justa causa (canon 1335), hasta que exista el decreto papal (excomunión latae sententiae declarata). Todo catolico es soldado de Cristo en virtud del bautismo y confirmación, y para defender la Fé, tiene el derecho-deber de desobedecer, resistir, oponerse y luchar contra todo obispo, cura o fiel cismáticos desde el minuto 0, segundo 0.

    1. Y si el cisma-herejía alcanza a las verdades divinamente reveladas, como el Credo, los Mandamientos, los Sacramentos y la oración, afecta a la misma esencia de la Fé, por lo que ni la justa causa del canon 1335 le queda al obispo, pues es una conducta que recae sobre materia grave que causa perjuicio grave, habiendo sede impedida por incapacidad y sanción.

      La excomunión latae sententiae NON declarata con sede impedida afecta al Pontífice y al obispo y cardenal en su modalidad OMISIVA: sabiendo por razón del cargo que tiene el derecho-deber inexcusable de emitir la correcta decisión en defensa de la verdadera unidad en la verdadera Fé, LO OMITE (sabe y quiere). Obviamente, es también ipso iure e ipso facto, y la sede episcopal y papal devienen en sedes impedida por incapacidad y sanción, generando un anti Papa. La situación es, pues, muy grave.

  4. El derecho canónico es claro pero desde hace muchos papados hay reticencia en la aplicación del mismo a los casos de disidencias dogmáticas. El único caso que recuerdo, es el de Lefevre. En el caso alemán, hay advertencia del Vaticano -la última matizada por el propio Francisco- y no necesariamente la respuesta papal será inmediata, frontal, definida. Será una buena noticia si se abren instancias de reflexión mutua (vaticano y episcopado alemán). Pero la Iglesia es reacia a reaccionar, tal como lo están haciendo los obispos norteamericanos quienes no se deciden a poner blanco sobre negro respecto del Presidente y la Vicepresidente abortistas y mucho más. Por último, el episcopado alemán es rico y provee fondos a un papado que ha multiplicado el gasto del Vaticano.

  5. La excomunión Latae sententiae en casos de cisma no son tan simples de entender. Cuando se niega una doctrina católica del magisterio ordinario universal o del extraordinario son más claras pues es herejía. Con el tiempo que es cisma se ha tornado más difícil de identificar con fronteras muy liquidas. Sin embargo creo que todo el que haga un rito en contra de las enseñanza de Roma esta en camino del cisma, una bendición es mucho que un sacramento, pero sin embargo ya muestra el deseo de dividir la Iglesia.

  6. Todos los que hacen actos punibles, pueden ser castigados, ¿ pero hay alguna ley que obligue al Papa a ejercer de Papa, en caso de que sea así?.

    1. Perdón, no reconozco nada. Los obispos en las visitas ad limina se fotografiaban con el Papa con una alegría, que parecía que habían visto Dios, pero de vuelta en sus diócesis han hecho o se supone que han hecho y el Papa es Vicario de Cristo y la cabeza visible de Dios en la tierra para confirmar a sus hermanos. No es un policía.

  7. San Juan Pablo II no fue ni es adorado, porque la adoración corresponde solamente a Dios por el conocimiento de Latria. San Juan Juan Pablo II, es el Papa más añorado porque con él se marchó un gigante de la Historia y el conocido como Atleta de Dios. Dejando a un lado a San Pedro por razones obvias, Su Santidad San Juan Pablo II dejó un alegado para la historia y para la hijos de Dios. Si el Papa da unas normas y disposiciones y todo lo que está en su mano y, después de sacarse la fotografía con él, con una sonrisa de oreja a oreja como si estuvieran viendo a Dios y luego le traicionan; ¿también el es culpable?

    1. Noto que en su último párrafo, Ud.mismo reconoce que al Papa San Juan Pablo II le han traicionado y le traicionan.

      Muchos de los que aquí opinan, coinciden con Ud.en eso, que está a la vista.

      1. Perdón, no reconozco nada. Los obispos en las visitas ad limina se fotografiaban con el Papa con una alegría, que parecía que habían visto Dios, pero de vuelta en sus diócesis han hecho o se supone que han hecho y el Papa es Vicario de Cristo y la cabeza visible de Dios en la tierra para confirmar a sus hermanos. No es un policía.

        1. Disiento respetuosamente.

          El Papa no es un policía, sin duda; pero es mucho más que eso: es un pastor y es el supervisor de estos Obispos que ya están designados, es quien les dice que harían bien en renunciar y es quien designa los nuevos.

          Se puede constatar que el proceso de selección y designación de Obispos nuevos fue deficiente, 1) ya sea porque no le decían la verdad respecto a algunos, 2) ya sea porque le pasaban el candidato ya casi decidido por otros y el solo asentía, 3) ya sea porque nunca le informaron de la carta del Superior de los Jesuitas Hans Peter Kolvenbach, suplicando que jamás ordenen de Obispo en el futuro a cierto sacerdote jesuita argentino.

  8. Tanta liberalidad que se convierte en orgia del disparate, del mal gusto, de la falta de educación, del civismo mal elemental, del insulto gratuito, del desconocimiento de las Sagradas Escrituras del mandato divino y del comportamiento que debe un cristiano católico a sus pastores y sacerdotes, siempre del normal comportamiento y cumpliendo con la forma más elemental que debe de reinar en cada forma de actuar en cada uno según el criterio de los sucesos; me asombra que este atril, sea el eco de donde salen todas las voces que no están de acuerdo con nada y que todo lo ignoran. Si esto es INFOVATICANA, lo siento, pero creo que me he equivocado de sitio. Una cosa es la libertad, y libre expresión y otra cosa muy distinta una tertulia barriobajera . Paz y Bien

    1. Víctor,
      no sé si es para tanto, pero Ud.verá.

      He leído todos los comentarios de esta noticia y no me parece que haya ninguno que justifique su afirmación, salvo el de quien firma como «María» (con tilde), que es el que a ud.le ha generado un fuerte rechazo. Y no coincido, al igual que ud. con quien publicó ese mensaje. Tal vez tuvo un mal día, o se pasó de lo que quería decir. No existe posibilidad aquí, de borrar o enmendar lo publicado.

      Tengo la impresión de que no existe una supervisión o censura de mensajes en su semántica, salvo cuando se mencionan ciertas palabras pre-establecidas, que son causa de una censura automática de todo el mensaje, y que es efectuado por algún tipo de algoritmo.

      Paz y Bien

      1. Yo hago una puntualización sobre lo de María. Pero lo que me ha molestado y mucho, es lo de ese Señor de tildar al Papa de ,»cantamañanas». Eso es una ordinariez propia del que carece de recursos para hablar y escribir de ciertos temas. No, no he tenido mal día. Fui a Misa y después en casa y a distraerme con libros y música. Paz y Bien

  9. Victor,
    Lo del mal día no me refería a Ud., sino a quien publicó eso.

    Al firmar con el sobrenombre de «María» se supone que no es un Señor, sino una Señora, pero ciertamente hoy en día nunca se sabe.

    Paz y Bien.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

 caracteres disponibles