San Juan Bosco, la iglesia y la pandemia

|

(Cristina Siccardi/CR)- Imágenes simbólicas vinculadas a una Iglesia cada vez más afectada por una crisis no solo doctrinal sino resultante de la creciente insatisfacción de estratos cada vez más amplios de la opinión pública católica y, más aún, están impresas en la mente de todos: el rayo que golpeó la cúpula de San Pedro en la tarde del 11 de febrero de 2013, cuando Benedicto XVI anunció su renuncia; la catedral de Notre-Dame de París en llamas la noche del 15 de abril del año pasado; la oración solitaria del Papa Francisco en una desolada plaza de San Pedro, enmudecida por la pandemia, en la noche de Cuaresma del 27 de marzo, cuando dio su bendición en presencia del crucifijo milagroso de la iglesia romana de San Marcello al Corso, con la cara y el cuerpo mojados por una lluvia torrencial. Para quienes tienen fe, leer las señales es algo normal, dado que el católico sabe que lo sobrenatural se relaciona con lo natural en unidad, sin divisiones; ha habido diferentes advertencias marianas, desde Nuestra Señora del Laus hasta La Salette y Fátima como también diversos avisos en nuestra época exhortando a un auténtico retorno, a través de la conversión al Cristo auténtico y a las leyes del Señor, leyes que son guías seguras para la existencia terrena y eterna de los hombres. La pandemia causada por el Coronavirus no es más que otro llamado de atención…

El hombre de fe cree en Dios y no en los hombres, por eso no vive de ilusiones, como, en cambio, desafortunadamente les ha sucedido a muchos pastores de la Iglesia desde hace cincuenta años, que creen en un diálogo fructífero con el mundo, el cual en su esencia desde siempre se ha opuesto a los principios divinos. Autocensurada, en las últimas décadas la Iglesia se ha despojado de su identidad como defensora de la Verdad traída por Jesucristo, para alinearse con los fuertes poderes e ideologías del sistema imperante. La Iglesia del Papa Bergoglio se sorprende, en estos días, de no haber sido tomada en cuenta por el Gobierno Conte a propósito de las nuevas directivas para la reapertura en Italia de la llamada fase dos. Como un ardid llegó a la alta jerarquía eclesiástica pro-gobierno, el anuncio del decreto del Poder Ejecutivo y entonces, con una comunicación ya no más servil, atacó las decisiones de la autoridad civil como puede verse en el comunicado de la Conferencia Episcopal italiana elaborada después de la conferencia del Presidente del Consejo el 26 de abril ppdo.: «Los obispos italianos no podemos aceptar ver comprometido el ejercicio de la libertad de culto […] Después de semanas de negociaciones en las que la CEI presentó las Directrices y Protocolos para enfrentar una fase transitoria en el pleno respeto de todas las normas sanitarias, el Decreto del Presidente del Consejo de Ministros publicado esta tarde excluye arbitrariamente la posibilidad de celebrar la Misa con el pueblo. Recordamos a la Presidencia del Consejo y al Comité Técnico Científico el deber de distinguir entre su responsabilidad, dando indicaciones precisas de carácter sanitario, y la de la Iglesia, llamada a organizar la vida de la comunidad cristiana, de conformidad con las medidas dispuestas, pero en la plenitud de su propia autonomía».

La autoridad y la credibilidad de la Iglesia, con connotaciones cada vez más relativistas y sociológicas, ha perdido consistencia, tanto respecto a los fieles como en las relaciones con el mundo mismo. Abandonando los derechos divinos por los supuestos derechos humanos, los hombres, autores de leyes contra el hombre, como el aborto y contra Dios, y de virus ideológicos contagiosos, miran hacia abajo y no hacia el Cielo, por lo que muchos pastores ya no pueden discernir entre lo que es malo y lo que es bueno. Desconcentrados y perdidos, gran parte de los ministros de cosas sagradas han perdido la sobrenaturalidad de la fe y, por lo tanto, se convierten en escrupulosos examinadores de la crónica terrenal, huyendo del admirable horizonte de lo sobrenatural, el único capaz de resolver problemas, contradicciones, falacias, desacuerdos terrenales De esta manera es olvidado lo esencial de la Religión revelada por el Salvador para volver la mirada hacia el mismo pecado, el enemigo por excelencia de las almas.

La Iglesia tiene una gran necesidad de volver sobre sus pasos y de desintoxicarse y las almas, cada vez más cansadas de las palabras de la vida terrenal, lo reclaman a grandes voces. Al respecto nos parece escuchar el mensaje profético que San Juan Bosco comunicó al Papa León XIII en 1878, transcripto en el texto «Exordio de las cosas más necesarias para la Iglesia»: «Era una noche oscura, los hombres ya no podían discernir cuál era el camino […] cuando una luz espléndida apareció en el cielo iluminando los pasos de los viajeros como al mediodía. En ese momento, se vio una multitud de hombres, mujeres, ancianos, niños, monjes, monjas y sacerdotes, con el Pontífice a la cabeza, dejando al Vaticano como en una procesión. Pero he aquí que se desata un furioso temporal; oscureciendo un poco esa luz parecía desatar una batalla entre la luz y la tinieblas. Mientras tanto, se llegó a una pequeña plaza cubierta de muertos y heridos, muchos de los cuales muchos pedían consuelo en alta voz. […] todos se dieron cuenta que ya no estaban en Roma. […] fueron vistos dos ángeles llevando un estandarte e iban a presentarlo al Pontífice diciendo: ‘Recibe el estandarte de Aquella que lucha y disipa a los ejércitos más fuertes de la tierra. Tus enemigos han desaparecido, tus hijos con lágrimas y suspiros invocan tu regreso’. Luego, llevando la mirada al estandarte, vi escrito en un lado: Regina sine labe Concepta; y en el otro: Auxilium Christianorum. El Pontífice tomó la pancarta con alegría, pero contemplando el pequeño número de quienes permanecieron a su alrededor se puso afligidísimo. Los dos ángeles añadieron: “Ve pronto a consolar a tus hijos. Escriba a tus hermanos dispersos en varias partes del mundo que es necesaria una reforma en las costumbres de los hombres. Esto no puede lograrse sino partiendo el pan de la Palabra Divina para los pueblos. Catequiza a los niños, predica el desapego de las cosas de la tierra […] Los levitas [sacerdotes, n. d. r.] serán buscados entre la azada, la pala y el martillo, para que se cumplan las palabras de David: Dios levantó a los pobres de la tierra para colocarlos en el trono de los príncipes de su pueblo». La tierra «estaba pisoteada como por un huracán» y muchas personas habían perecido.

El Papa, dice Don Bosco, regresó a Roma con nuevas y fervientes palancas, se echó a llorar por la desolación en la que se encontraban los pocos ciudadanos restantes. Ya en San Pedro, entonó el Te Deum, al que un coro de ángeles que cantaban respondió: «Gloria in Excelsis Deo, et in terra pax hominibus bonæ voluntatis«.

Publicado por Cristina Siccardi en Correspondencia Romana.

Ayuda a Infovaticana a seguir informando

Comentarios
131 comentarios en “San Juan Bosco, la iglesia y la pandemia
  1. Magnífico artículo de Cristina Siccardi, a la que leo con sumo placer, quien siempre se remonta de la anécdota más anecdótica a la categoría más trascendente. Gracias, Cristina, como una hija mía.

    1. Me alegro mucho Belzunegui. Es una satisfacción muy grande para un padre q sus hijos caminen responsablemente en la buena dirección. Muy de valorar la actutud cristiana de su hija. No me extraña q esté conyento.

      Enhorabuena

        1. Es una alegría que los hijos reciban la fe de sus padres, y fructifique.

          Y si aparentemente no lo hace, también es una alegría tener la confianza de que, a su tiempo, llegará.

    2. Cristina Siccardi es autora de una biografía del arzobispo Marcel Lefebvre: «Mons. Marcel Lefebvre, nel nome della verità» (2010).

      1. Un libro muy interesante. Para entenderlo y disculparlo. Pero no para adherirse a lo que hizo.

        Para comprender su inmenso dolor y el que causó al Santo Padre.

        1. Fue un sufrimiento purificador para que pudiera salvarse cosa que parcia imposible con todas las barbaridades que estaba haciendo

          1. Solo juzga Dios. Y si se equivocó pero siguió su conciencia, ese error es su mayor descargo. Dios no solo perdona, se adelanta y disculpa: perdónalos por que no saben lo que hacen.

  2. Requiem per il rapporto incestuoso Bergoglio-Scalfari. Una coppia innaturale è prossima alla per circostanze “capitalistiche”…

    Caro dott. Tosatti, l’ineluttabile svolta strategica di Repubblica priverà probabilmente il nostro amatissimo Papa Bergoglio di un supporto fino a ieri per lui fondamentale.

    L’aiuto opportunistico dell’asse Obama-Clinton-Scalfari è crollato.

    Da domani Bergoglio potrà contare solo sull’Avvenire, Famiglia Cristiana e Topolino. La nuova proprietà di Repubblica (John Elkann) e il nuovo super direttore (Maurizio Molinari) si stanno avvicinando agli ambienti di Trump (che verrà molto probabilmente rieletto Presidente) e ne vedremo delle belle.

    La prima cosa bella sarà la fine del flirt con il grande Papa che non crede tanto in Dio, secondo Eugenio Scalfari.

    1. La svolta di Repubblica verso la destra neocon non sarà certo la conversione ai valori cattolici cui ci riferiamo noi (non ci illudiamo), senza alcun dubbio, ma rappresenterà una nuova “indicazione “ strategica per l’attuale pontificato.

      Chissà che fine farà Melloni?

      Il nonno di Elkann era rabbino di Parigi e Molinari è filo ebraico, e ha solidi legami con Israele. Direi che appare ben probabile che verso un papa filo-musulmano e per niente amante degli ambienti sionisti (men che meno), la nuova Repubblica cambierà atteggiamento.

      Negli ultimi tempi il mondo ebraico aveva cominciato a preoccuparsi della confusione dottrinale creatasi intorno a Bergoglio, soprattutto sul valore del bene e del male. E ben sappiamo che il mondo ebraico comincia a temere questa confusione, la sua sofferta storia è anche il frutto – e la prova concreta e drammatica – di questa confusione fra bene e male…

    2. noltre l’atteggiamento sincretistico preso da quello che era il dialogo interreligioso di matrice cattolica, gli accordi con la Cina, la posizione sulle migrazioni, la sudditanza ad un certo potere temporale, la sua teologia pauperistica, ecc. direi che hanno prima messo in allarme, e poi stancato un po’ i nostri “fratelli maggiori”.

      Ciò detto, come dicevo sopra oggi la politica di Bergoglio non sarà più apprezzata come prima dal primo combinato assoluto quotidiano italiano (Repubblica–La Stampa ) e satelliti. Bergoglio non è mai stato apprezzato dai giornali indipendenti e liberi (La Verità, Il Giornale, Libero, Il Foglio e persino Il Fatto Quotidiano ).

    3. Il Corriere (ormai con Cairo non si sa che bestia sia) verso il pontificato ha opinioni piuttosto variate (opportunisticamente ), a seconda che se ne occupi Galli della Loggia o Massimo Franco; Andrea Riccardi o il vaticanista Gian Guido Vecchi (su cui influisce e suggerisce, pare, Antonio Spadaro…). Povero Tornielli, obbligato a dover riciclarsi ad interloquire d’ora in avanti con Topolino per far elogiare il Papa! Non sarà facile. Austen Ivereigh magari potrà dare suggerimenti per farlo con Metro, The Sun o qualche Yellow Journal americano.

      1. El abuelo de Elkann era un rabino de París y Molinari es pro judío y tiene fuertes lazos con Israel y parece muy probable que no se vea con muy buenos ojos un papa pro-musulmán y al que no le gusten los círculos sionistas. El sincretismo en que ha terminado el diálogo interreligioso de origen católico, los acuerdos con China, la posición sobre la migración, la sujeción a un cierto poder temporal, su teología pauperística, etc. Tenemos la impresión de que nuestros ‘hermanos mayores’ de han casando.

      2. La política de Bergoglio ya no será apreciada como antes por el primer diario italiano, Repubblica – La Stampa, y sus satélites. Bergoglio nunca ha sido apreciado por los periódicos independientes y gratuitos: La Verità, Il Giornale, Libero, Il Foglio e incluso Il Fatto Quotidiano. Veremos a Tornielli reciclarse porque su función queda sin sentido. Un cambio que deja más aislado al Papa Francisco en el peor momento del pontificado. El Papa Francisco vive un encierro en el Vaticano como el anterior a los pactos lateranenses, de costosas reformas mejor ni nombrarlas y las proclamas vacías que han llenado el pontificado mejor dejarlas morir.

    4. El imprescindible blog de Marco Tosati, al que felicitamos al llegar a los 16 millones de lectores, nos pone al día de cómo están las cosas con el diario de cabecera del Papa Francisco, ‘repubblica’ y con su fundador y director Sclafari. Algunos ya lo definen como el requiem de esta relación incestuosa y antinatural. El diario cambia de propiedad a John Elkann y tenemos nuevo súper director, Maurizio Molinari, y se está acercando a los círculos de Trump. Los coqueteos de Scalfari con el Papa Francisco tienen los días contados. Las declaraciones recientes del ‘vaticanista’ de plantilla apuntando la importancia de las corrientes opositoras al régimen se entienden en este sentido.

      Specola se ha hecho eco. Gracias Specola. Coincidimos en el olfato para seleccionar noticias relevantes.

  3. Oigo decir; Todos los acontecimientos desagradables que ocurren en el mundo,, se deben a nuestros pecados,, la misma tierra era distinta,, era mucho más bonita, pero una vez que pecaron Adán y Eva, cambió,, éso si viene en las visiones de Catalina Emerick. Ahora el pecado se regodea a sus anchas,, a ver cómo nos va.

  4. Por supuesto que en caída pero menos acusada que en otras órdenes y congregaciones. Secularizados igual que las demás. Pero los números no les eran tan adversos. Había incluso superado a los franciscanos para ocupar el número dos en el ranking por el número de miembros.

  5. Si son ciertos sus datos, yo no lo sé respecto a los fallecimientos, están en la misma deriva que los otros aunque se haya acentuado más tarde. Si es cierto que han fallecido más de cuarenta en este año, dato que no he podido comprobar, que profesaron dos y ha entrado un novicio pues ya me dirán cuál es el futuro. La desaparición de los salesianos de España. A no muy largo plazo. Salvo que llenen sus casas de inmigrantes de otros países tercermundistas. Esto dice nuestro comentarista: «El otro día me enteré de la situación de los salesianos en España. En lo que va de año han enterrado a unos cuarenta, han profesado dos novicios y ha comenzado UNO el noviciado el presente curso. Como se ve caminan hacia la extinción por vía biológica.

    Esto nos contaba La Cigüeña el 13 de octubre de 2015. ¿ Cómo están hoy ? Me temo que bastante peor y no sólo en España.

    1. En todo caso no sería de inmigrantes tercermundistas de lo que llenarían sus casas, sino de vocaciones de hijos De Dios provenientes de países mucho menos materializados que el nuestro. Dios llama donde quiere, pero suele querer más frecuentemente donde ve predisposición.

  6. Un gran santo. La masonería lo odiaba. Un obispo amigo suyo al inicio, luego se volvió contra él. Pedagogía y santidad van de la mano en San Giovanni Bosco, admirable, un santo que me recuerda mucho a San Josemaría Escrivá y su don de lenguas.

  7. Cristina Siccardi es autora de una biografía del arzobispo Marcel Lefebvre: “Mons. Marcel Lefebvre, nel nome della verità” (2010). No hay versión española, pero se lo señalo porque lee usted italiano.

    1. Grazie mille. No tengo ninguna duda que Marcel Lefebvre es mucho más católico que el 99% del episcopado actual, en su inmensa mayoría apóstata.

        1. No hay por qué hacer uso de los puntos suspensivos … murió víctima de una excomunión injusta. También Juana de Arco murió injustamente excomulgado, y ella quemada en la hoguera, pero a los 25 años fue rehabilitada. La excomunión de los cuatro obispos consagrados en 1988 fue levantada por Benedicto XVI en 2009. Gracias al venerado arzobispo Marcel Lefebvre se salvó el inmemorial rito romano, que Pablo VI de hecho había querido suprimir y persiguió. Aunque en derecho no fue nunca abrogado, como Benedicto XVI reconoció y declaró en 2007. Igual reconocimiento y declaración llegarán algún día, cuando Dios quiera, en relación con los errores y ambigüedades imputados al concilio Vaticano II. Es cuestión de tiempo, y los tiempos de Dios y de la Iglesia no son los del mundo.

          1. Juana de Arco, excomulgada y quemada en el siglo XV, rehabilitada 25 años después de su muerte, no fue beatificada por San Pío X y canonizada por Benedicto
            XV hasta comienzos del siglo XX. Para Dios mil años son como un día y un día como mil años.

          2. Juana de Arco no fue excomulgada por el Romano Pontífice. No fue ni llamada al orden ni contumaz. Fue una presa a la que se juzgó. A Lefevre no se le condenó previa prisión, ni en su Proceso influyeron cuestiones políticas y temporales.

            Todo mi cariño por Lefevre, pero su situación es la que es. Y no dudo que su buena voluntad, aunque equivocada, son tendrá en la misericordia de Dios el tratamiento que merece el que ha querido ser un buen hijo De la Iglesia. Y reiteró, quiso ser. No puedo afirmar que lo fuera, porque aunque no debo juzgar, si se es reprendido por la Iglesia y llamado al buen camino, uno debe recapacitar, pero de las cuestiones de conciencia, solo Dios.

            Los puntos suspensivos son de respeto. Y porque le hubiera deseado que Dios le diera una vida más larga para poder recapacitar.

            Las ordenaciones episcopales, gravemente ilegitimas. Y eso no se puede obviar. Una cuestión es no hacer lo que se piensa que no se debe hacer, y otra es HACER lo que está prohibido.

          3. Juana de Arco no fue excomulgada por el Romano Pontífice y fue excomulgada en el ambiente de una guerra civil.

          4. Lefevre fue excomulgado por su reacción a un Concilio Universal De la Iglesia, por el Romano Pontífice y reiterada y pacientemente advertido con anterioridad.

          5. Las ordenaciones episcopales que realizo son gravemente ilegítimas, y el motivo de realizarlas únicamente fue perpetuar su acción. Ninguna duda tenía de su ilegitimidad.

          6. Los puntos suspensivos son de cariño.

            No dudo que su voluntad fue buena. Incluso que siguió su conciencia aunque se equivocara. Que Dios lo tendrá en cuenta. Y que de cuestiones de conciencia, solo juzga Dios

          7. Entre causar un cisma por un problema de moral sexual, como puede calificarse el inglés, y otro por incomprensión de las medidas que adoptaba la Iglesia, no tengo la más mínima duda de cuál tiene para mi, el juicio más Benigno

          8. Pero debemos aprender y escarmentar en cabeza ajena: con cabezonadas personales contra la Iglesia, solo se acaba fuera de ella.

  8. En Inglaterra San Juan Fisher fue el único obispo inglés que hizo frente al cisma de Enrique VIII, y como Santo Tomás Moro fue por ello martirizado. Uno y otro fueron canonizados por Pío XI cuatrocientos años después. ¿Quién se acuerda hoy del nombre de todos los obispos ingleses, todos salvo San Juan Fisher obispo de Rochester, que guardaron silencio y se plegaron al cisma anglicano? El arzobispo Lefebvre tampoco guardó silencio, no se limitó como otros a campanadas sin badajo, y por ello su nombre será siempre recordado cuando se escriba la verdadera historia de la hecatombe posconciliar. Y elevado a los altares cuando Dios quiera, no enmedio del barullo de las devaluadas canonizaciones en masa que hoy padecemos, sino cuando Dios quiera, quizá dentro de varios siglos, como Juan de Arco y el obispo Fisher.

        1. Un conjunto de inexactitudes. La excomunión de 1988 no estuvo fundada en ningún error doctrinal por rechazo del concilio Vaticano II. Estuvo exclusivamente fundada en la ordenación de obispos sin mandato pontificio. Ni entonces se produjo ningún cisma ni nunca se ha considerado por la Santa Sede que existiera cisma, a lo más «acto cismático». Los sacerdotes de la Hermandad que son regularizados únicamente regularizan una situación canónica irregular, sin que se les exija abjurar de ningún error.

          1. La excomunión declara la separación de la comunión con la Iglesia. Quien sigue a un excomulgado se sitúa fuera De la Iglesia. Igiual que recibir la ordenación sacerdotal en esa condiciones es completamente irregular.

            El cisma no precisa una declaración formal. Sustituir la jerarquía De la Iglesia, no reconocida, por otra propia, es un acto cismático, de separación. El cisma no necesariamente precisa la herejía.

  9. El tiempo coloca a cada cual en su sitio. Marcel lefebvre vió como pocos el precipicio al que se dirigía la Iglesia. Juan Pablo II no supo o no quiso hacer el esfuerzo que haría después Benedicto XVI. El diálogo con todos, menos con los católicos de verdad es infumable.

    1. CONGREGACIÓN PARA LOS OBISPOS
      DECRETO DE LEVANTAMIENTO
      DE LA EXCOMUNIÓN LATAE SENTENTIAE
      A LOS CUATRO OBISPOS
      DE LA FRATERNIDAD SACERDOTAL SAN PÍO X

      Con una carta del 15 de diciembre de 2008 enviada a su Eminencia el señor cardenal Darío Castrillón Hoyos, presidente de la Comisión pontificia «Ecclesia Dei», monseñor Bernard Fellay, en su nombre y en el de los otros tres obispos consagrados el 30 de junio de 1988, volvía a solicitar el levantamiento de la excomunión latae sententiae declarada formalmente con un decreto del prefecto de esta Congregación para los Obispos que lleva fecha del 1 de julio de 1988. En la mencionada carta, monseñor Fellay afirma, entre otras cosas: «Estamos siempre firmemente determinados en la voluntad de permanecer católicos y de poner todas nuestras fuerzas al servicio de la Iglesia de nuestro Señor Jesucristo, que es la Iglesia católica romana.

    2. Aceptamos sus enseñanzas con espíritu filial. Creemos firmemente en el primado de Pedro y en sus prerrogativas, y por ello nos hace sufrir mucho la situación actual».

      Su Santidad Benedicto XVI, paternalmente sensible al malestar espiritual manifestado por los interesados a causa de la sanción de excomunión y confiando en el compromiso, expresado por ellos en la citada carta, de no escatimar esfuerzo alguno para profundizar en las cuestiones aún abiertas en las necesarias conversaciones con las autoridades de la Santa Sede, a fin de llegar rápidamente a una solución plena y satisfactoria del problema planteado en un principio, ha decidido reconsiderar la situación canónica de los obispos Bernard Fellay, Bernard Tissier de Mallerais, Richard Williamson y Alfonso de Galarreta, que se produjo con su consagración episcopal.

    3. Con este acto se desea consolidar las relaciones recíprocas de confianza, así como intensificar y hacer estables las relaciones de la Fraternidad San Pío X con la Sede apostólica. Este don de paz, al final de las celebraciones de Navidad, quiere ser también un signo para promover la unidad en la caridad de la Iglesia universal y llegar a poner fin al escándalo de la división.

      Es de desear que tras este paso se realice solícitamente la plena comunión de toda la Fraternidad San Pío X con la Iglesia, testimoniando así auténtica fidelidad y un verdadero reconocimiento del Magisterio y de la autoridad del Papa, con la prueba de la unidad visible.

    4. Por las facultades que me han sido concedidas expresamente por el Santo Padre Benedicto XVI, en virtud del presente Decreto, levanto a los obispos Bernard Fellay, Bernard Tissier de Mallerais, Richard Williamson y Alfonso de Galarreta la censura de excomunión latae sententiae declarada por esta Congregación el 1 de julio de 1988, y declaro sin efectos jurídicos a partir del día de hoy el Decreto entonces publicado.

      Roma, Congregación para los Obispos, 21 de enero de 2009

      Cardenal Giovanni Battista Re
      Prefecto de la Congregación para los Obispos

      1. Lo que no se puede obviar es el regreso de muchos sacerdotes de Lefevre a la Iglesia Catolica. En concreto en Burdeos, la Iglesia de San Eloy es una Parroquia de carácter personal para mantener la antigua liturgia y acoger a los sacerdotes y fieles que han querido regresar a la Iglesia Católica. Y su liturgia es una maravilla.
        Como lo es La educación que dan en sus dos colegios.
        Y todo, en comunión con la Iglesia y respetando la autoridad del Obispo de Burdeos.

        1. El la única PARROQUIA PERSONAL que conozco, a la que se pertenece ni por la adscripción territorial ni por la pertenencia a una profesión (militares, circo) sino por el regreso a la comunión De la Iglesia. Y es una parroquia fantástica.

          1. Cuando el otro día Belzunegui se hacía reflejo de las manifestaciones de Aspe ola que la Parroquia tradicional, basada en el territorio sería superada por la crisis sanitaria, no pudiendo ser más contrario a esa afirmación, debo decir que se basa en el desconocimiento de ciertas realidades eclesiales ya existentes.

          2. La Santa Sede no considera que los sacerdotes de la Hermandad de San Pío X sean cismaticos ni herejes, únicamente que se encuentran en situación canónica irregular. Por lo tanto, no necesitan abjurar de ningún error ni «volver a la Iglesia». Cuando se integran en una diócesis o congregación religiosa en situación canónica regular, simplemente regularizan esa situación. La parroquia personal de San Eloy en Burdeos está a cargo del Instituto del Buen Pastor, cuyos sacerdotes proceden todos de la Hermandad de San Pío X , salvo los jóvenes ordenados en los últimos años. Si esto es así para los sacerdotes, los fieles que frecuentan las iglesias de la Hermandad de San Pío X ni siquiera están en situación canónica irregular, cuanto menos son herejes ni cismáticos.

          3. Cisma es separarse por no reconocer la jerarquía o sus decisiones.

            El hereje es excomulgado por el error mantenido, condenado y contumaz.

    5. Benedicto XVI fue el encargado de tratar todas las cuestiones con el Obispo cismático y reiteradamente le pidió que no realizase tan grave accion.

      No fue Juan Pablo II, fue el Cardenal Ratzinger.

  10. Es desesperante la arbitrariedad de la censura de comentarios, sobre todo en unas páginas como estas donde se toleran todos los días insultos y exabruptos. A la paz de Dios,

  11. He intentado responder al cúmulo de errores en los comentarios de Joaquín, pero soy continuamente censurado. En fin, a la paz de Dios,

  12. He intentado responder al cúmulo de errores en los comentarios de Joaquín, pero soy continuamente censurado. En fin, a la paz de Dios,

  13. De golpe se han publicado esta mañana algunos de mis comentarios censurados ayer. Habría más que responder sobre las excomuniones, Juana de Arco, Juan Fisher etc. pero supongo que a estas alturas es inútil o subsiste el riesgo de censura. Demasiado trabajo inútil escribir comentarios respetuosos y documentados para que sean censurados, mientras que se publican insultos y vómitos adornados con emoticones.

  14. ¡Válgame Dios, qué empanada o gazpacho! ¡Excomunión igual a error doctrinal! Repase usted el vigente Código de Derecho Canónico y compruebe la variedad de delitos ajenos a la herejía o cisma que se sancionan con esa pena, por ejemplo el atentado contra el Papa (c. 1370), o la absolución del cómplice en un pecado de impureza (c. 977 y c. 1378) ¡o precisamente la consagración episcopal sin mandato pontificio (c. 1382)! En fin, buenas noches.

      1. Por cierto ut supra Dice que para la Iglesia los sacerdotes de la Hermandad de San Pio X no son cismaticos. Pues bien, la excomunion tanto de Monseñor Lefevre como de todos los obispos ordenados por el, fue por delito grave de CISMA!!! Si quiere se lo remito.

        Y los seguidores de un cismático son cismáticos. Aunque no sean herméticos y no tengan de que retractarse. Léase el decreto de excomunión.

        Roma locuta, causa finita!

        Yo no soy Roma, tranquilo. Es el decreto de excomunión!

          1. Y un último detalle, tal
            como se aclaró una vez levantada la excomunión a los obispos consagrados por la fraternidad, expresamente se recordó que los mismos están y siguen suspendidos a divinis (Nota de la Conferencia Episcopal Suiza de 21 de enero de 2009).

          2. Y precisó y reiteró que la excomunión no fue por la ilicitud de la consagración episcopal, sino porque ella tenía una voluntad cismatica.

          3. Expresamente se cita en el Decreto que la excomunión está motivada por la vulneración de los cánones 1364 (ordenación de obispos sin permiso del Papa) y 1382 (Cisma) del Código de derecho canónico. Y expresamente se advierte a Todos sus seguidores de que pueden incurrir en excomunión de persistir en esa obediencia (por cisma).

          4. Por precisar, la advertencia a los Seguidores de Mons. Lefevre de que podían incurrir en delito de Cisma se hizo en el Observatore Romano que publicaba la excomunión. Como advertencia.

  15. Si para empezar dice usted que el delito de cisma se sanciona con excomunión en el canon 1382, que es donde se sanciona con esa pena el delito de consagración episcopal sin mandato pontificio, entenderá usted el crédito que merecen sus afirmaciones perentorias. Desde hace ya casi cincuenta años, nunca la Iglesia ha definido, condenado y anatemizado los pretendidos errores doctrinales que usted invoca. Nunca ha requerido ninguna abjuración de los sacerdotes de la Hermandad cuya situación canónica regularizaba. Nunca les ha sancionado por cisma ni herejía, ni con excomunión ni con suspensión a divinis, siempre fundadas en otros delitos. Advertencias, declaraciones, amenazas a los sacerdotes y fieles, ha habido muchas, pero nunca sanciones fundadas en cisma ni herejía.

    1. El decreto de la Congregación para los Obispos dice textualmente:
      «Monseñor Marcel Lefebvre, arzobispo emérito de Tulle, habiendo (pese a la admonición formal del pasado 17 de junio y a las repetidas intervenciones para que desistiera de su intento) cumplido un acto de naturaleza cismática mediante la consagración episcopal de cuatro presbíteros, sin mandato pontificio y contra la voluntad del Sumo Pontífice, incurrió en la pena prevista por el canon 1364, párrafo 1 [«El apóstata de la fe, el hereje o el cismático incurren en excomunión latae sententiae»] y por el canon 1382 [«El obispo que confiere a alguien la consagración episcopal sin mandato pontificio, así como el que recibe de él la consagración, incurren en excomunión latae sententiae»] del códico de derecho canónico»

      1. «Declaro a todos los efectos jurídicos que tanto Monseñor Marçel Lefebvre, como Bernardo Fellay, Bernard Tissier de Mallerais, Richard Wiliamson y Alfonso de Galarreta incurrieron ipso facto, por el mismo hecho, en la excomunión latae sententiae reservada a la sede apostólica. Declaro además que monseñor Antonio de Castro Mayer, obispo emérito de Campos, habiendo participado directamente en la celebración litúrgica como coconsagrante y habiendose públicamente adherido al acto cismático, incurrió en la excomunión latae sententiae prevista por el canon 1364. Párrafo 1».

        Sobre la naturaleza cismatica del acto, hay poco que discutir.

      1. Cierto, nunca lo he negado, en ese canon 1364 se establece la excomunión late sententiae por esa causa, como por otras causas se establece la misma sanción para otros delitos, así por ejemplo en el 1382 por consagración episcopal sin mandato pontificio. Pero únicamente el 1382 sirvió de base a la monición previa a la excomunión, sin cita alguna del 1364, que después se añadió precipitadamente al decreto. Si la consagración episcopal sin mandato pontificio fuera de suyo un «acto cismático» (¿concepto distinto de cisma? en todo caso concepto novedoso inventado para el caso), ya castigado por el 1364 ¿qué necesidad habría del 1382? En fin, hace mucho que Roma ha echado tierra sobre todo aquel abuso canónico. Hoy las excomuniones están levantadas y, por mucho que rabien obispos como los suizos, los sacerdotes pretendidamente cismáticos han recibido facultades ordinarias (de suplencia siempre las tuvieron) para los sacramentos que como la penitencia y el matrimonio requieren jurisdicción.

          1. Me temo que respecto de los obispos y sacerdotes de la FSSPX no es esa su situación,… y debería leer una carta al respecto de S.S: Benedicto XVI, muy explicita.

          2. No soy yo quien ha introducido esa distinción. Fue la Santa Sede la que en 1988 hizo por primera vez uso del «acto cismático» ¿quizá para no declarar el cisma y verse obligada a actuar en consecuencia con los fieles que frecuentan las iglesias de la Hermandad, algo que nunca ha querido hacer? Las consagraciones de 1988 no dieron origen a una nueva jerarquía. Los obispos consagrados lo fueron como auxiliares de la Hermandad para la administración de los sacramentos de orden y confirmación, sin ninguna jurisdicción ni territorial ni personal. Desobediencia, sí, pero no cisma.

  16. Ninguna sanción por cisma ni herejía. Advertencias, declaraciones obiter dicta, amenazas incluso, pero nunca sanciones fundadas en esos delitos. Y el canon 1382 que usted cita erróneamente tiene precisamente por objeto las consagraciones sin mandato pontificio.

  17. Por otro lado, saliendo de la cuestión canónica, cuando ni los protestantes son ya llamados here jes, ni los focianos cis más ticos, sino todos ellos hermanos, llama la atención tanta obcecación en seguir utilizando esos términos de tiempos católicos para denigrar única y precisamente a quienes siguen creyendo y haciendo lo que la Iglesia hizo y enseñó siempre.

    1. Yo no tengo ninguna objeccion. Creo que a Monseñor Marcel Lefevre lo trate con bastante cariño, y simplemente con unos puntos suspensivos.
      Sin mas.

  18. La monición o advertencia de la excomunión fue emitida con base exclusivamente en el canon 1382 (consagración episcopal sin mandato pontificio), sin mención ninguna del canon 1364 (cisma). Cierto que en el decreto de excomunión se añadió la referencia al canon 1364, pero sin validez alguna por omisión de la previa monición por ese motivo. Probablemente consciente la Santa Sede de ese error, en el motu proprio Ecclesia Dei se afirma que la excomunión en que se ha incurrido es la del canon 1382 (ver nota 8 del motu proprio), de nuevo sin mención del canon 1364. Cierto que más adelante en el mismo motu proprio se advierte sobre la eventual excomunión en que podrían incurrir quienes adhirieran a un cisma, pero ni ese cisma fue declarado ni esa eventual excomunión fue entonces decretada, ni lo han sido después.

    1. Mis disculpas, la nota 8 citada por error es en realidad la nota 4 del motu proprio. La nota 8 es la que se refiere a la advertencia de eventual cisma. Cierto que la necesidad estricta de monición previa se pone en duda en los casos de excomunión late sententiae pero ¿qué sentido canónico tiene dirigir una monición previa en base al único canon 1382, y añadir precipitadamente en el decreto la referencia al canon 1364 que antes se omitió?

    2. La Fraternidad niega la existencia de la excomunion en sus publicaciones en la Webb. Simplemente hablan de amenaza, advertencia pero NUNCA excomunión. La defensa que hace Vd de ellos diverge sustancialmente de su explicación.

      Tambien debe tener en cuenta la situación canónica de los presbiteros ilegitimamente ordenados, en situación de suspensión a divinis y la ilegitimidad de la practica de los sacramentos por su parte.

      Asi mismo, aunque los sacramentos por ellos administrados son válidos son una actuación gravemente ilegitima.

      Participar en los mismos, dándoles validez, teniendo conocimiento de la situación de los referidos sacedotes, es un acto cismático advertido por la autoridad eclesiástica.

      Todo, URBEL, no vale. Todo no da igual.

      1. La fraternidad sacerdotal de San pio X niega la existencia de la excomunión, calificándola de ilegal:
        Ilegalidad de la excomunión
        Ahora bien, no se pudo incurrir en la excomunión anunciada el 17 de junio por abuso de los poderes episcopales (can. 1382), porque:
        1) una persona que viola la ley por necesidad no está sujeto a pena (canon 1323.4). Incluso si no hay estado de necesidad, pero alguien inculpablemente pensaba que lo había, tampoco incurriría en la pena (can. 1323.7), y si alguien culpablemente pensaba que lo había, aun así no incurriría en penas automáticas (cáns. 1324.3 y 1324.1.8).
        2) tampoco se incurre en ninguna pena sin cometer un pecado mortal subjetivamente imputable (cáns. 1321.1 y 1323.7). Ahora bien, Mons. Lefebvre dejó muy claro que él creía estar obligado en conciencia a hacer cuanto pudiese para continuar con el sa­cer­do­cio católico, y que estaba obedeciendo a Dios llevando a cabo las consagraciones.

        1. 3) más importante aún, la ley positiva está al servicio de la ley natural y eterna, y la ley eclesiástica al servicio de la ley divina. Ninguna “autoridad” puede forzar a un obispo a transigir en su enseñanza de la fe católica o en su administración de los sacramentos católicos; ninguna “ley” puede obligarle a cooperar en la destrucción de la Iglesia. Puesto que Roma no dio ninguna garantía de la preservación de la Tradición católica (es decir, del “catolicismo”), el arzobispo tenía que hacer lo que pudiese con los poderes episcopales dados por Dios para garantizar su preservación.
          4) la Iglesia, al aprobar la Fraternidad San Pío X, le permite todo lo necesario para su propia preservación. Esto incluye en primer lugar, como en realidad para toda la Iglesia, el servicio de obispos que ciertamente mantengan la Tradición católica.

          1. Ninguna de las cuatro razones son atendible.

            Respecto de la primera: la necesidad no hace buena la acción, la acción es inimputable. Pero robar es objetivamente malo aun cuando se haga por necesidad. la excomunión preserva del ESCANDALO que se produce ante la falta de reacción, sea imputable o no la acción, por su estricta naturaleza perniciosa para la totalidad del cuerpo mistico de Cristo.

            Respecto dela segunda, recordar que de internis, solamente Dios, lo que impediría con esa afirmación siempre imponer la pena. Una persona que abortase o que participase en un aborto, con este argumento nunca quedaría excomulgado.

            Respecto de la tercera, se plantea la comunión con el Romano Pontífice, el subjetivismo normativo y la negación tanto de la norma como de su supremo interprete, lo que adolece nuevamente de situarse fuera de la Iglesia y al margen de su suprema autoridad, esencia de la actividad cismática.

            Respecto de la cuarta, La Iglesia católica aprobó la Fraternidad ab initio,

          2. pero no su deriva posterior. La propia preservación de la organización no se puede realizar por medios esencialmente inmorales y antijuridicos.

    3. El derecho canónico establece unas medidas de cautela que llevan a agotar los posibles remedios, antes de llegar a la excomunión. Entre ellos, se cuenta una institución de tanta tradición en el derecho canónico como es la contumacia. De acuerdo con el canon 1347, no se puede imponer una censura -entre las que se cuenta la excomunión- si no se ha amonestado antes al delincuente al menos una vez para que cese en su contumacia. Si no cesa en ella, se puede imponer válidamente la censura. Por lo tanto, en ningún caso ocurrirá que se le impone a un fiel una censura de excomunión sin su conocimiento, y sin que se le haya dado la oportunidad de enmendarse. Esta institución se aplica plenamente a la excomunión ferendae sententiae.

      1. Con peculiaridades también se aplica si se trata de una excomunión latae sententiae: el canon 1324 § 1, 1, en combinación con el canon 1324 § 3 exime de la pena a los que sin culpa ignoraba que la ley o el precepto llevan aneja una pena latae sententiae. Ningún fiel, por lo tanto, va a quedar excomulgado latae sententiae “por sorpresa”, pues para incurrir en delito debe conocer que su conducta está castigada con excomunión latae sententiae. En las excomuniones latae sententiae no es necesaria la monición o advertencia, la contumacia, siendo suficiente para incurrir en la misma tener conocimiento que la conducta esta penada con la excomunión. Y en el caso de dos obispos y cuatro candidatos al episcopado, es manifiesto que su conocimiento del derecho canónico es suficiente sobre las consecuencias de sus actos. Por lo que incurren sin que fuera necesaria la advertencia, admonición, ni la contumacia.

        1. Es peculiar que los obispos excomulgados, que no reconocen tal excomunión, acepten que la misma sea alzada, sin recurso ya que su alzamiento supone su existencia y su legitimidad.

  19. Desde luego que la invalidez o inexistencia (ambos conceptos jurídicos diferentes) de las excomuniones se pueden defender con argumentos variados, es frecuente en derecho. Lo esencial es que la cuestión canónica de esas excomuniones, hoy levantadas, fue siempre muy compleja y disputada, nada que ver con las simplificaciones habituales. Hace años que Roma echó tierra sobre aquellos abusos jurídicos, y hoy los sacerdotes pretendidamente en cisma hasta reciben facultades ordinarias (de suplencia siempre laa tuvieron) para los sacramentos que como la penitencia y el matrimonio requieren jurisdicción.

  20. 1) La situación actual ha sido planteada por el Papa Benedicto en su Carta a todos los obispos, escrita en marzo de 2009 que indica sustancialmente los siguientes tres puntos:

    a) Los 4 obispos lefebvristas no tienen la excomunión en que incurrieron al ser ordenados, pero no ejercen ningún oficio legítimo dentro de la Iglesia.

    b) El grupo de personas que se considera ligado al movimiento lefebvrista no tiene ningún estatus jurídico en la Iglesia católica mientras no se dé un acto de unión plena (que debe ser declarado tal por la autoridad del Papa, al igual que cuando entra al seno de la Iglesia una iglesia cismática)

    c) La unión plena depende de cuestiones doctrinales y no tanto disciplinares, es decir, el problema no es la desobediencia sino un problema que afecta a la doctrina y a la fe: la aceptación íntegra del magisterio del Concilio Vaticano II y de los pontífices posteriores al Concilio hasta la actualidad.

    1. 2) De todos modos, aunque la Carta de Su Santidad no aluda a este punto, es obvio que el levantamiento de la censura a los cuatro obispos, realizado como un acto de delicada caridad por Su Santidad, no anula la ley canónica que pena con excomunión latae sententiae a cualquier persona que incurra en un cisma formal.

      Por tanto, lo que se dira a continuación respecto del cisma sigue siendo válido: sería una actitud cismática el que una persona:

      a) adhiera a la posición lefebvrista optando por los discípulos de Mons. Lefebvre de tal modo que esta elección esté por encima de la obediencia al Papa; y

      b) exterioriza de esta opción, por ejemplo, participando exclusivamente a las funciones eclesiásticas lefebvristas, sin tomar parte en las funciones de la Iglesia Católica (se entiende en celebraciones celebradas por sacerdotes que no se han reconciliado formalmente con el Papa, no si asiste a Misas celebradas según la forma extraordinaria por sacerdotes unidos al Papa).

      1. Sigue siendo vigente la consulta de Mons. Brunner, obispo de Sion, sobre el estado canónico actual de la Fraternidad y de quienes asisten a sus Misas, la Sagrada Congregación para los Obispos respondió el 31 de octubre de 1996 adjuntando una puesta a punto del Consejo Pontificio para la Interpretación de los Textos Legislativos. Según esto hay que establecer lo siguiente:

        1) Mons. Lefebvre (ya fallecido), Mons. De Castro Mayer (obispo co-consagrante) y los cuatro sacerdotes ordenados obispos el 30 de junio de 1988, incurrieron en pena de excomunión ‘latae sententiae’ (c. 1382); estas censuras pasaron a ser luego ‘declaradas’ por el decreto de la Congregación para los obispos (1 de julio de 1988). Los cuatro sacerdotes ordenados obispos, fueron ordenados válidamente, pero con un acto cismático.

        1. 2) Los presbíteros ilícitamente ordenados por Mons. Lefebvre no están excomulgados por este hecho sino suspendidos ‘a divinis’. Se les aplica el canon 265, y al ser presbíteros acéfalos, tienen prohibido cualquier oficio eclesiástico o el ejercicio del sacro ministerio, mientras no queden incardinados en alguna institución eclesiástica. Los sacramentos de Bautismo, Eucaristía y Unción de los enfermos administrados por estos presbíteros son válidos, pero ilícitos. Sin embargo, si adhieren formalmente al cisma de Mons. Lefebvre pasan a ser cismáticos y por tanto quedan excomulgados por este otro motivo (no por el hecho de haber sido ordenados).

          Para que se considere que hay ‘adhesión formal’ a un cisma deben darse dos condiciones:

        2. -Una de naturaleza interior: aceptar libre y conscientemente lo esencial del cisma, es decir, optar por los discípulos de Mons. Lefebvre de tal modo que esta elección esté por encima de la obediencia al Papa (habitualmente, tal actitud está en la raíz de las tomas de posición contrarias al Magisterio de la Iglesia).

          -Otra de naturaleza exterior: es la exteriorización de esta opción. El signo más evidente de esto es la participación exclusiva a las funciones eclesiásticas lefebvristas, sin tomar parte en las funciones de la Iglesia Católica.

          Teniendo en cuenta estas condiciones, parece ser indudable que los presbíteros y diáconos lefebvristas cuya actividad se desarrolla dentro del movimiento cismático, dan prueba exterior de cumplir las dos condiciones y, por tanto, de estar excomulgados por adherirse formalmente al cisma.

          1. 3) La participación a las ceremonias oficiadas por estos presbíteros es objetivamente ilícita, porque no se realizan en comunión total con la Iglesia y son fuente de gran escándalo y división de la comunidad eclesial. Por tanto, la asistencia de los fieles no está autorizada más que en caso de verdadera necesidad. Por esta razón, los que participan ocasionalmente, sin intención de adherirse formalmente a las posiciones de la comunidad lefebvrista respecto del Santo Padre, no incurren en pena de excomunión. Para juzgar si un fiel incurre en excomunión por delito de cisma, habrá que ver si cumple las dos antedichas condiciones. Evidentemente, en contraposición con los presbíteros y diáconos que ofician los ritos cismáticos, no basta para juzgar como cismático a un fiel su sola asistencia ocasional a estas funciones; sobre todo teniendo en cuenta que puede estar legitimado por encontrarse en caso de ‘verdadera necesidad’ (si no tiene otra Misa, por ejemplo).

  21. ¿Peculiar que los obispos no rechazasen el levantamiento de excomuniones cuya validez no reconocían? En la vida jurídica es frecuente que convenga conformarse con la satisfacción de un derecho, en este caso la desaparición ante otros del estigma de la excomunión, aunque no sea con justicia plena ni por los motivos invocados. Por ejemplo, conformarse con la declaración de caducidad o prescripción de una sanción, aunque el sancionado no acepte la existencia de la infracción ni la validez de la sanción. Máxime cuando del levantamiento de las excomuniones se han seguido otros bienes, como la ya mencionada concesión de facultades ordinarias para sacramentos que requieren jurisdicción, de manera que hoy, a falta todavía de regularización canónica plena, paso a paso se ha llegado a una situación próxima.

    1. En derecho no solamente es trascendente el fallo, sino tambien los fundamentos facticos y jurídicos en los que se fundamenta.

      Desarrollando lo anterior, si yo no estoy excomulgado, no admitiré, en forma alguna que se me levante la excomunión, al igual, que no permitiré que la vecina del quinto me perdone una violación que no hubiere cometido. Y tal hecho, no sería una satisfacción del derecho, sino muy contrariamente una confirmación del acto difamatorio.

      Las instituciones de la caducidad o la prescripción extinguen el delito, la pena, o la institución jurídica a la que afecten. En forma alguna entran a contradecirla. Niegan su virtualidad. El alzamiento de una excomunión presupone la existencia y la legitimidad de la misma, como sanción de un delito grave, cometido, acreditado, juzgado y sancionado. La institución jurídica aplicable sería la del indulto que precisa, el arrepentimiento por el delito cometido. En tal sentido el alzamiento viene precedido de unas declaraciones

        1. realizadas por los referidos obispos en su nombre y en el de la (inexistente actualmente a los ojos de la Iglesia) Fraternidad Sacerdotal de San Pio X.

      1. Muy interesantes precisiones jurídicas, pero lo claro y definitivo es el interés de beneficiarse del levantamiento formal de una excomunión, por mucho que se la repute injusta. Al precio de unas declaraciones previas en cuyo tenor usted no ha querido entrar.

    2. Hay un comentario pendiente de moderación,… sobre la validez de la excomunión.

      Respecto de las facultades de los presbiteros de la FSSPX me debo remitir a lo que ya he manifestado. Estan suspendidos a divinis hasta el momento en el que, con las exigencias que se consideren oportunas, de forma individual o colectiva se incorporen a una diócesis, cuyo obispo benigno, los quiera acoger.

      La Fraternidad hoy por hoy carece de personalidad jurídica en la Iglesia y no la tendrá hasta el momento en el que precias las retractaciones necesarias, le sea reconocido por la Santa madre Iglesia.

      1. Retractaciones necesarias, dice usted, igual que las declaraciones de los cuatro obispos previas al levantamiento de las excomuniones en que usted no ha querido entrar. La Iglesia está acostumbrada a hacer uso de estos arreglos a la hora de reparar discretamente errores e injusticias. También en 1939 Pío XII, al levantar en uno de los primeros actos de su pontificado la condena que pesaba sobre el diario L’Action française, la hizo preceder de una carta de sus dirigentes cuidadosamente ponderada. No tengo duda de que, llegado el momento, las retractaciones necesarias se podrán formular en términos igualmente ponderados, por la Santa Sede y por la Hermandad. Por ejemplo, al corregir a Pablo VI , quien de hecho quiso suprimir en los años 70 el rito romano tradicional, en 2007 Benedicto XVI se limitó a reconocer que ese rito no había sido nunca abrogado ¡ninguna necesidad de confesar expresamente que así se reparaba una terrible injusticia!

  22. ¿Peculiar que los obispos no rechazasen el levantamiento de excomuniones cuya validez no reconocían? En la vida jurídica es frecuente que convenga conformarse con la satisfacción de un derecho, aunque no sea con justicia plena ni por los motivos invocados. Por ejemplo, conformarse con la declaración de caducidad o prescripción de una sanción, aunque el sancionado no acepte la existencia de la infracción ni la validez de la sanción.

  23. Máxime cuando se han seguido otros bienes, como la ya mencionada concesión de facultades ordinarias para sacramentos que requieren jurisdicción, de manera que hoy, a falta todavía de regularización canónica plena, paso a paso se ha llegado a una situación próxima. La situación no es ya exactamente la descrita por Benedicto XVI en 2009 sino, gracias a varios actos de Francisco, incluso más favorable canónicamente para la Hermandad.

  24. La situación no es ya exactamente la descrita por Benedicto XVI en 2009 sino, gracias a varios actos de Francisco como los mencionados sobre penitencia y matrimonio, incluso más favorable canónicamente para la Hermandad.

    1. Le agradecería que nos ilustrara sobre esos actos del Papa francisco gracias a los cuales los sacerdotes ya no estan suspendidos a divinis por acefalia, y sus celebraciones no son gravemente ilícitas.

      A Belzunegui, tal apertura del Papa Francisco le será de gran alegría!!

      1. Salvo error u omisión, en 2015, el Papa Francisco autorizó a los sacerdotes de la FSSPX a confesar y a dar la absolución, válida y lícitamente, a cualquier fiel católico durante el Año Jubilar de Misericordia que comenzó en diciembre de 2015 y, al finalizar el Año Jubilar de la Misericordia, el 20 de noviembre de 2016, el papa Francisco decidió que esta facultad se extendiera más allá del período jubilar, hasta nueva disposición.​ Esta autorización se amplió luego a la extrema unción. No tienen ninguna otra licencia, y estas, son de carácter extraordinario.

      2. He intentado ilustrarle sobre mi visión del asunto, pero por el momento mis comentarios al respecto están retenidos por la censura.

  25. Usted mismo se responde sobre los sacramentos de penitencia y extrema unción. Al parecer usted considera poca cosa esos actos de Francisco favorables a la Hermandad, pero yo no. Posteriormente por una instrucción del prefecto de la Congregación para la doctrina de la fe, se invitó a los obispos para que, con arreglo a modalidades diversas (delegaciones generales o singulares), facilitaran la celebración de matrimonios ante sacerdotes de la Hermandad. En países como Francia muchos obispos han actuado en consecuencia y hoy los matrimonios que se celebran ante sacerdotes de la Hermandad se inscriben en los registros diocesanos.

    1. Y la Eucaristía? Y la Unción de enfermos? Y el bautismo?

      La cuestión es dolorosa, e incluso este cruce de opiniones es contraproducente. Todos los que quieren ser buenos hijos de la Iglesia queremos que esta situación pase. Lo que se llamó el «cisma desde la derecha» debe concluir. Al igual que San juan Pablo II expresa y personalmente pidió a Monseñor Lefebre por la llagas de Cristo que no realizara la ordenación episcopal porque la misma sería un punto de no retorno, desde ese mismo momento en el que la Iglesia para evitar el escándalo no tubo otro remedio que aplicar la extrema medida de la excomunión de seis sucesores de los apóstoles, en todo momento la Iglesia que es madre ha intentado atraer a los mismos y a sus seguidores de nuevo al seno de la Iglesia. Con actos de gran prudencia y generosidad, pero así mismo preservando los principios de autoridad y exigiendo el reconocimiento en su totalidad del Concilio Vaticano II.

      Por eso, y solo por eso, puse unos puntos suspensivos.

      1. Y estoy seguro que Vd, como yo, la mayor alegría que podemos recibir es la vuelta de la FSSPX a la plena comunión con la Iglesia.

        Pero quiero que me comprenda, y es el motivo de esta disputa, en el sentido mas universitario-medieval de la palabra, que esta situación no puede ser ocasión de la que algunos se aprovechen para mancillar a la Esposa de Cristo. Comparando, denigrando e incluso afirmando que existe mas fidelidad a Cristo fuera de su Iglesia, que dentro de la misma, como si esta no pasara de ser considerada por tales comentaristas como la gran meretriz. Eso no lo consentiré. Y creo sinceramente, por lo que he podido atisbar de sus escritos, que Vd tampoco.

        Si en algún momento me he excedido o le he podido faltar, mis mas sinceras disculpas, porque sinceramente creo que ambos tenemos los mismos anhelos.

  26. Si después de tantos actos de regularización canónica gradual usted prefiere seguir viendo la botella medio vacía en lugar de medio llena, y seguir poniendo el acento en lo que llama acefalia (pero la Santa Sede delega a menudo en el Superior General de la Hermandad para procesos canónicos respecto de sus sacerdotes) y suspensión a divinis de sacerdotes que sin embargo reciben facultades para la administración de sacramentos que requieren jurisdicción, no tengo inconveniente. ¡Pero se trataría entonces de un cisma bastante peculiar, tendrá usted que concederme!

    1. Es un cisma muy peculiar efectivamente: ninguna de las dos partes lo ha querido. Y todo se produjo por la impaciencia de una ordenación episcopal que el Santo Padre en la persona de un miembro de la fraternidad están previsto que se concediera. Por desconfianza, impaciencia o simplemente como reacción a la actuación de algunos que debiendo haber estado quietos, se dedicaron a malmeter, se produjo un desastre muy delimitado en el tiempo, pero que transcurridos 45 años no se ha podido subsanar. Y después una evolución paralela pero parcialmente divergente. Tal como se calificó en su dia como Efecto de un gran pecado de soberbia, hoy se precisará por todos mucha humildad, visión sobrenatural, y deseo de superarlo. Y creo que tanto Vd como yo tenemos una visión muy benigna con la fraternidad. Porque sus deseos siempre, han sido de fidelidad.

  27. ¿Y eucaristía, bautismo, unción de enfermos? igualmente sacramentos válidos. Extraño cisma en el que hasta los matrimonios se inscriben ya en registros parroquiales. Pero coincido con usted en que hemos tenido un debate documentado y cortés, algo raro por aquí, y en que lo que usted llama vuelta a la Iglesia, en expresión que yo rechazo, y yo llamo plena regularización canónica, ya esbozada gradualmente, es un objetivo deseable. Paz y bien,

  28. Coincido con usted en que hemos tenido un debate documentado y cortés, algo raro por aquí, y en que lo que usted llama vuelta a la Iglesia, expresión cuya exactitud en este caso yo rechazo, y yo llamo plena regularización canónica, ya esbozada gradualmente, es un objetivo deseable. Paz y bien,

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

 caracteres disponibles