El PP no se opone a la totalitaria ley LGTBI de Valencia y Cs vota a favor

El Partido Popular ha decidido abstenerse para la aprobación de una norma que también prohíbe las denominadas en el texto "terapias de aversión".
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El Partido Popular de Pablo Casado, según cuenta ElDebate, continúa traicionando a su cada vez más reducido electorado. Durante la campaña a las primarias del partido, el hoy presidente del PP prometió recuperar los valores tradicionales de la formación y virar sus políticas hacia la familia. Ya no queda ni rastro de aquel discurso y la normalidad ha vuelto a Génova, 13. Lo ocurrido en Valencia es buena prueba de ello.

Las Cortes Valencianas han aprobado este martes una nueva Ley LGTBI con el apoyo del PSPV, Compromís, Podem y Cs, y con la abstención del PP. Esta norma prohíbe las denominadas «terapias de aversión» para modificar la orientación sexual y destinará importantes fondos para las personas con variaciones intersexuales o con diferencias del desarrollo sexual. ¿cambio de sexo?

El PP ha dado luz verde de esta forma a una ley que contempla multas de hasta 120.000 euros para las terapias, también por difundirlas o publicitarlas. Al estilo de la Ley de Memoria Histórica socialista, que el PP de Mariano Rajoy validó con una mayoría absoluta aplastante, la norma crea el Espacio de la Memoria LGTBI, que albergará documentos relacionados con la «represión» sufrida por el colectivo.

También se creará el Consejo Valencio LGTBI, que actuará para «velar» por el cumplimiento de la norma. De hecho, está previsto que los cuerpos policiales de los municipios de más de 50.000 habitantes tengan un grupo especializado en la prevención de delitos de odio.

En el ámbito sanitario, la ley favorecerá el acceso de estas personas a las técnicas de reproducción asistida en la sanidad pública en condiciones de igualdad.

La norma aprobada en Valencia es similar a la que está encallada en el Congreso de los Diputados. La propuesta, presentada por Podemos y tomada en consideración hace más de un año, también recoge la prohibición expresa de las terapias para revertir la orientación sexual.

Desde el PP se han congratulado de la aprobación de la norma. La diputada Blanca Garrigues ha indicado que la postura de su grupo es una “abstención muy positiva”, porque aunque no es la ley que habría hecho su partido, son más las cosas que les unen que las que les separan, y no se oponen a una norma que “debería unir a toda la sociedad y aunar todas las sensibilidades”.

A continuación, algunos de los artículos del proyecto de ley aprobado hoy gracias a Ciudadanos y con la abstención «muy positiva» del Partido Popular:

La presente ley tiene por objeto reconocer el derecho de las personas lesbianas, gais, bisexuales, trans e intersexuales a la igualdad y la no discriminación por razón de orientación sexual, identidad de género, expresión de género, desarrollo sexual o grupo familiar.

La presente ley será de aplicación, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, a cualquier persona física o jurídica, pública o privada, independientemente de la situación administrativa o personal en la que se encuentre.

LGTBIfobia: odio, rechazo, prejuicio o discriminación hacia personas lesbianas, gais, bisexuales, trans o con variaciones intersexuales o a cualquier otra persona por motivo de su orientación sexual, identidad de género, expresión de género, desarrollo sexual o grupo familiar.

Intolerancia por género: forma de violencia que se ejerce contra las personas con comportamiento de género no normativo, especialmente en la infancia y la adolescencia.

14. Discriminación directa: existirá cuando una persona haya sido, sea o pueda ser tratada de modo menos favorable que otra en situación análoga o comparable, por motivos de su orientación sexual, identidad de género, expresión de género, desarrollo sexual o grupo familiar.

15. Discriminación indirecta: existirá cuando una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros, puedan ocasionar una desventaja particular a personas por motivos de su orientación sexual, identidad de género, expresión de género, desarrollo sexual o grupo familiar.

Se prohíbe la práctica de métodos, programas y terapias de aversión, conversión o contracondicionamiento destinadas a modificar la orientación sexual, la identidad de género o la expresión de género de las personas.

La Generalitat implementará las medidas oportunas para contribuir a la visibilidad de las personas LGTBI en todo el territorio de la comunidad autónoma. Para ello, apoyará y promoverá las campañas y acciones necesarias para transmitir a la ciudadanía el valor positivo de la diversidad sexual, familiar y de género, incidiendo en los sectores de población especialmente discriminados.

Se crea el Consejo Valenciano LGTBI como un órgano de participación ciudadana en materia de derechos de las personas LGTBI y como órgano consultivo adscrito a la conselleria con competencias en materia LGTBI.  El Consejo Valenciano LGTBI aprobará y velará por el desarrollo y seguimiento de la Estrategia valenciana para la igualdad LGTBI

. Las víctimas de violencia por LGTBIfobia, tendrán, además, todos los demás derechos reconocidos en el Estatuto de la víctima.

La Generalitat creará un servicio de acogimiento residencial para personas LGTBI en situación de especial vulnerabilidad y situación de exclusión.

Todas las personas tienen derecho al más alto nivel de disfrute de la salud física y mental, incluida la salud sexual y reproductiva, sin discriminación alguna por razón de su orientación sexual, identidad de género, expresión de género, desarrollo sexual o grupo familiar.

Capítulo 3. Medidas en el ámbito de la educación. Artículo 23. Acciones en materia de diversidad sexual, familiar y de género

Toda persona tiene derecho a recibir una educación en condiciones de igualdad, sin exponerse a ninguna discriminación por motivos de orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales o grupo familiar.

Para hacer efectivos estos derechos y garantizar la participación social del alumnado en condiciones igualitarias, la conselleria competente en materia de educación:

  1. Velará porque el sistema educativo sea un espacio seguro, respetuoso, libre de toda presión, agresión o discriminación por motivos de orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales o grupo familiar de todas las personas que conforman la comunidad educativa y aplicará políticas efectivas que garanticen la igualdad en la diversidad.
  2. Incorporará el tratamiento de la diversidad sexual, familiar, de género y de características sexuales en la normativa reguladora del sistema educativo.
  3. Realizará, en colaboración con las universidades valencianas y con las entidades sin ánimo de lucro con experiencia en este ámbito, estudios de diagnóstico sobre la situación de las personas LGTBI en el ámbito educativo. El resultado de estos estudios será la base para implementar políticas educativas que promuevan la igualdad en la diversidad.
  4. Incluirá, en los currículos reglados y en la ordenación académica, contenidos referentes a la diversidad de orientaciones sexuales, de identidades y expresiones de género, familiar y de características sexuales, y los incluirá de forma transversal en todas las asignaturas, áreas y módulos del currículum, para garantizar un mejor conocimiento de esta realidad diversa.
  5. Elaborará programas y guías de educación sexual que traten la diversidad sexual, de género, familiar y de características sexuales. Estos contenidos estarán secuenciados por niveles educativos y elaborados bajo criterios estandarizados, de acuerdo con las recomendaciones de los organismos internacionales, desde un punto de vista científico, objetivo y no doctrinal.

Artículo 24. Acciones de prevención, acompañamiento e intervención

Toda persona tiene derecho a desarrollarse libre e íntegramente, sin exponerse a ninguna discriminación por motivos de  orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales o grupo familiar.

Por eso, la conselleria competente en materia de educación:

  1. Establecerá especificaciones de actuación en los protocolos de prevención, acompañamiento e intervención ante supuestos de acoso o violencia, cuando estén motivados por LGTBIfobia, de forma que se proteja la integridad de las persones víctimas, la protección de los datos, la intimidad de estas personas y se eviten situaciones de victimización secundaria.
  2. Garantizará la coordinación necesaria con las áreas de Sanidad y de Igualdad y Políticas Inclusivas, y con aquellas otras que sea necesario, en la aplicación de todas las actuaciones de prevención, acompañamiento e intervención ante supuestos de acoso o violencia por LGTBIfobia, en orden a actuar de forma rápida y diligente cuando se produzcan acciones discriminatorias o atentatorias contra la integridad de estas personas.
  3. Facilitará la información sobre los mecanismos de denuncia existentes en el ordenamiento jurídico, tanto al alumnado como al personal docente y al personal de administración y servicios, para que cualquiera persona víctima, que sea testigo o tenga indicios de actuaciones discriminatorias por motivos de orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales o grupo familiar, las comunique a los órganos correspondientes por la vía protocolaria.
  4. Asegurará la atención y el apoyo de los equipos directivos y de la inspección de educación a las personas LGTBI pertenecientes a la comunidad educativa que pudieran ser objeto de discriminación en las instalaciones del centro o en el entorno educativo, físico o virtual.

Artículo 26. Actuaciones específicas en los centros educativos

Para garantizar que todas las personas que conforman la comunidad educativa puedan ejercer los derechos fundamentales que ampara la legislación autonómica, estatal e internacional, los centros educativos:

  1. Incluirán, en el proyecto educativo y en todos los documentos que regulan la vida del centro, la promoción de la igualdad en la diversidad y la no-discriminación de las personas LGTBI.
  2. Integrarán en los respectivos planes de igualdad, convivencia, de acción tutorial, de inclusión y de atención a la diversidad, todas las estrategias pedagógicas y psicopedagógicas a su alcance encaminadas a garantizar la igualdad en la diversidad, la no-discriminación hacia las personas LGTBI, así como medidas preventivas, de acompañamiento e intervención que dan respuesta a posibles casos de vulneración de derechos o violencia infringida hacia estas personas.
  3. Determinarán en los reglamentos de régimen interno la catalogación de faltas por LGTBIfobia y las medidas disciplinarias a emprender en cada caso, de acuerdo con la normativa reguladora de los derechos y deberes de las personas que conforman la comunidad educativa.
  4. Comunicarán a través de los registros de incidencias oficiales los casos de acoso o violencia contra las personas LGTBI detectados en el centro educativo o en el entorno escolar, físico o virtual, sin vulnerar el derecho a la intimidad y la confidencialidad de los datos.
  5. Incluirán en los planes de acción tutorial de las etapas de Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional, cuando menos, un programa de educación sexual que incluya la diversidad sexual, familiar y de género.
  6. Organizarán, dentro del plan de formación del centro, cursos de formación sobre diversidad sexual, familiar, de género y de características sexuales impartidos por personas expertas y en colaboración con los colectivos LGTBI y de madres, padres y familiares de LGTBI.

Todas estas acciones incorporadas a los documentos, planes y programas aprobados por los centros educativos, y aquellas otras que incorporan los centros en virtud de su autonomía pedagógica, tendrán que basarse en fuentes de referencia avaladas por la literatura científica sobre la materia y remitir a las normas internacionales que garantizan la protección de los derechos humanos y los principios de igualdad y no discriminación contenidos en los tratados firmados por el estado español.

Artículo 38. Tratamiento igualitario de la información y la comunicación.

  1. La Generalitat fomentará en todos los medios de comunicación de titularidad pública y aquellos que perciban subvenciones o fondos públicos de la administración valenciana, la concienciación, divulgación y transmisión de la inclusión social y el tratamiento igualitario de la información respecto a la diversidad sexual, familiar, de género y de características sexuales, produciendo y emitiendo contenidos que contribuyan a una percepción del colectivo exenta de estereotipos y al conocimiento y difusión de necesidades y realidades de la población LGTBI.
  2. La Generalitat velará para que los medios de comunicación, mediante autorregulación y códigos deontológicos, incorporen el respeto a la igualdad y la prohibición de discriminación por motivos de orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales o grupo familiar, tanto en contenidos informativos y de publicidad, como en el lenguaje empleado. Se aprobarán protocolos de lenguaje inclusivo para llevar a cabo este precepto. Esta disposición afectará a todos los medios, Incluidas las nuevas tecnologías.

Artículo 56. Infracciones.

Las infracciones administrativas se califican como leves, graves y muy graves, en atención a la naturaleza de la obligación incumplida y a la entidad del derecho afectado.

Son infracciones leves:

a) Utilizar o emitir expresiones vejatorias por razón de orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales o grupo familiar contra las personas LGTBI o sus familias, en la prestación de servicios públicos, en cualquier medio de comunicación, en discursos o intervenciones públicas, o en las redes sociales.

b) No facilitar la labor o negarse parcialmente a colaborar con la acción investigadora de los servicios de inspección de la Generalitat en el cumplimiento de los mandatos establecidos en la presente ley.

Son infracciones graves:

a) La reiteración en el uso o emisión de expresiones vejatorias por razón de orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales o grupo familiar en la prestación de servicios públicos, en cualquier medio de comunicación, en discursos o intervenciones públicas, o en las redes sociales.

b) El uso o emisión de expresiones que inciten a la violencia contra las personas LGTBI o personas allegadas, en la prestación de servicios públicos, en cualquier medio de comunicación, en discursos o intervenciones públicas, o en las redes sociales.

c) La no retirada inmediata por parte de la persona prestadora de un servicio de la sociedad de la información, de expresiones vejatorias o de incitación a la violencia por razón de orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales o grupo familiar contenidas en sitios web o redes sociales de las que sea responsable, una vez tenga conocimiento efectivo del uso de esas expresiones.

d) La realización de actos o la imposición de disposiciones o cláusulas en los negocios jurídicos que constituyan o causen discriminación por razón de orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales o grupo familiar.

e) La obstrucción o negativa absoluta a la actuación de los servicios de inspección de la Generalitat en el cumplimiento de los mandatos establecidos en la presente ley.

f) Impedir u obstaculizar la realización de cualquier trámite administrativo o el acceso a un servicio público o establecimiento, por causa de orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales o grupo familiar.

g) Realizar actos que impliquen aislamiento, rechazo o menosprecio público y notorio de personas por causa de orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales o grupo familiar.

h) La implantación, el impulso o la tolerancia de prácticas laborales discriminatorias.

i) La elaboración, utilización o difusión en centros educativos de la Comunitat Valenciana de libros de texto y materiales didácticos que presenten a las personas como superiores o inferiores en dignidad humana en función de su orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales o grupo familiar, o que inciten a la violencia por este motivo.

j) La realización o difusión de métodos, programas o terapias de aversión, conversión o contracondicionamiento destinadas a modificar la orientación sexual, identidad de género o expresión de género de las personas.

Son infracciones muy graves:

a) Adoptar comportamientos agresivos o constitutivos de acoso, realizados en función de la orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales o grupo familiar de una persona, que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra su dignidad, creando un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo para la misma.

b) Cualquier represalia o trato adverso que reciba una persona como consecuencia de haber presentado la misma una queja, reclamación, denuncia, demanda o recurso de cualquier tipo, destinado a impedir su discriminación por orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales o grupo familiar, y a exigir el cumplimiento efectivo del principio de igualdad.

c) La negativa a atender o asistir de manera efectiva a quienes hayan sufrido cualquier tipo de discriminación o abuso por razón de su orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales o grupo familiar cuando por su condición o puesto tenga obligación de atender a la víctima.

d) La negativa a la retirada inmediata de la puesta en marcha o difusión de métodos, programas o terapias de aversión, conversión o contracondicionamiento destinadas a modificar la orientación sexual, identidad de género o expresión de género de las personas.

Respecto de las infracciones leves y graves, la discriminación múltiple incrementará, respecto de cada una de las acciones concurrentes, un grado el tipo infractor previsto en esta ley.

Artículo 58. Sanciones.

Las infracciones leves serán sancionadas con apercibimiento o con multa de 200 a 3.000 euros.

Las infracciones graves serán sancionadas con multa de 3.001 hasta 20.000 euros. Además, podrán imponerse como sanciones accesorias alguna o algunas de las siguientes:

a) Prohibición de acceder a cualquier tipo de ayuda pública de la Generalitat por un periodo de un año.

b) Prohibición de contratar con la Generalitat, sus organismos autónomos o entes públicos por período de un año.

Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa de 20.001 hasta 45.000 euros, y además podrá imponerse alguna o algunas de las sanciones accesorias siguientes:

a) Prohibición de acceder a cualquier tipo de ayuda pública de la Generalitat por un periodo de hasta tres años.

b) Inhabilitación temporal, por un periodo de hasta tres años, para ser titular, la persona física o jurídica, de centros o servicios dedicados a la prestación de servicios públicos.

c) Prohibición de contratar con la Generalitat, sus organismos autónomos o entes públicos por un periodo de hasta tres años.

 

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Comentarios
30 comentarios en “El PP no se opone a la totalitaria ley LGTBI de Valencia y Cs vota a favor
  1. – Buaaaa… ¡¡¡Yo quiero seguir insultando a los homosexuales!!! Buaaaa… buaaa… ¡Tengo derecho a insultarlos todo lo que quiera, que la Biblia dice que es una aberración y merecen que los maten, y de hecho ordena matarlos! Buaaaa…

    «Son infracciones leves: a) Utilizar o emitir expresiones vejatorias por razón de orientación sexual, identidad de género…»

    – BUAAAAA…. NOOOOO… YO QUIERO EMITIR EXPRESIONES VEJATORIAS CONTRA ESOS DEGENERADOS… SI NO ME DEJAN DECIRLES QUE SON DEJENERADOS NO SÉ QUÉ VOY A HACER…. BUAAAAA …. BUAAAA….

    Dejen de llorar. Asuman que los tiempos en que se quemaba a los homosexuales o se les metía en la cárcel han pasado, asuman que también son «criaturas de Dios». Acepten su dignidad. Respétenles (incluso aunque vayan a ir al infierno… es SU elección (de ellos) y no la suya (de ustedes). Y vivan su vida…

  2. – Snif… y al mismo tiempo que les insulto a ellos exijo respeto para mi religión, que me dice que son unos degenerados… sí… mi religión es sagrada, y hay que respetarla, pero yo no tengo por qué respetarlos a ellos… no.

    Señores, si quieren respeto, respeten. Vivan y dejen vivir.

    1. Desidereo,
      tienes un problema muy serio. Ponte en manos de un especialista que con la terapia adecuada, medicación y un poco de paciencia tiene arreglo.

  3. Y se supone que estos partidos forman parte del bloque de la «derecha» que debe frenar el avance de la hoja de ruta para la disolución de nuestra Patria por parte del Gobierno del Frente Popular… ¡Cómo la vais a defender cuando no sois capaces de alzar la voz contra el poder de MATAR A CIEN MIL ESPAÑOLES NO NACIDOS AL AÑO! ¡Cómo vais a defender a la Patria si calláis como tumbas contra la homosexualización de los más pequeños! ¡No amáis la Patria porque no os oponéis a leyes totalitarias que atentan de manera directa contra el mayor tesoro de cualquier pueblo: sus hijos! ¡TRAIDORES, LACAYOS DE SOROS, ESTÁIS ENTREGANDO NUESTRA PATRIA MILENARIA A LOS AMOS DEL MUNDO!

  4. Ya que es imposible apara las personas normales luchar contra esto, yo digo: la madre que parió a esta gentuza!. Hoy hemos llegado a tal nivel de miseria que lo mas inoportuno resulta ser la aparición y aterrizaje del Casado este y compañía. No se entiende. A estos cobardes, o inutiles, o mandados de las logias, o cretinos, o sinvergüenzas, o traidores, o vividores, o lo que sean esta gente del PP, por mi parte, les va a votar su madre.

  5. No te enteras porque no quieres, Desiderea.
    Nadie quiere insultar a nadie. Yo al menos No quiero.
    Lo que quiero es que dejen a mis hijos madurar tranquilos sin que les intenten meter por la fuerza tendencias sexuales que en condiciones libres son absolutamente minoritarias.
    Por otro lado no entiendo que nos corten la libertad de dedicar nuestro dinero a las terapias que nos de la gana. Es totalitarismo puro y duro.

  6. El PP se ha plegado a las directrices del Nuevo Orden Mundial. Cómo todos los partidos del Congreso
    Y no sólo en España. Los valientes como Trump, Soros, Bolsonaro y Abascal son tachados de ultras, de extrema derecha
    Y hay gente que se lo cree y lo repite como un loro.
    Lo que no puedo entender es que alguien se haya hecho ilusiones con Casado con Maroto continuamente a su lado y siendo su segundo de a bordo.

  7. El colectivo LGBT es una minoría dentro de una minoría que usa la homosexualidad para perseguir METAS IDEOLÓGICAS y que actúa como ariete del Nuevo Orden Mundial para la reducción de la población, especialmente en Europa y en todo el Occidente cristiano. Ante este colectivo se pliegan PP y Ciudadanos:
    youtu.be/IuvAGJV5E-w

  8. Las leyes, por naturaleza, cuentan con un componente pedagógico, de formación de la conciencia. Adoctrinar por ley a nuestros hijos desde temprana edad para que consideren la atracción por el mismo sexo igual de buena (o incluso mejor) que la atracción por el sexo opuesto, que abracen la posibilidad de tener «género fluido» o que quizás sean transexuales no es avanzar hacia la «igualdad», es la subversión de la ley para atentar contra el mayor tesoro de un pueblo: los hijos. La persona homosexual no es el problema, el poder del colectivo LGTB modelando leyes nacionales es el problema y los partidos que le dejan el camino libre también son el problema.

  9. El enemigo es revolucionario, con objetivos revolucionarios que busca destruir cualquier cosa que se oponga a sus planes. La derecha conservadora española, si alguna vez en los últimos 40 años fue patriota o nacionalista, hoy no pasa del discurso del patriotismo constitucional. La ventaja recae siempre del lado del contendiente que está dispuesto a tomar la ofensiva más que a mantener constantemente una posición defensiva. Existe en España una mayoría amplia dispuesta a apoyar a una fuerza capaz de movilizar sin complejos el amor por la Patria y nuestras tradiciones, aquello que durante 1500 años nos ha permitido sobrevivir como pueblo, frente a la disolución mundialista.

  10. Para quien quiera informarse acerca de CÓMO NOS DESTRUYEN y qué podemos hacer para combatir:
    «Conferencia Pedro Varela 11.11.2018»
    youtu.be/GJMJYFXpKY

    El Señor te bendiga y nuestra Madre del Cielo te cuide, Pedro.

  11. El antiPP de Rajoy defraudó a sus electores y se hundió. Todas las esperanzas puestas en un NUEVO PP DE P. CASADO!!! Así parecía… Pero los últimos acontecimientos en este partido (recepción y comida con Rajoy en Génova incluidas…) están volviendo a crear mucha confusión en los antiguos y tradicionales votantes… La noticia que nos ocupa es la muestra de que TODO VA A SEGUIR IGUAL que en la nefasta ERA RAJOYSORAYANA!!! Si esto continúa así, y el discurso entusiasmante y valiente de los primeros momentos de Pablo Casado se trasnsforma para diluirse en el «rajoyismo», le pronostico (y no soy profeta) al PP UN TERRIBLE HUNDIMIENTO!!! Pronto sus votantes, HARTOS, se irán a VOX!!!

  12. Los consejeros de las Comunidades Autónomas no tienen ninguna autoridad para legislar sobre asuntos éticos, ni de costumbres, ni ideológicos. En todo caso, eso deberían hacerlo las Cortes Generales después de un gran debate social sobre estos temas en el que se escuche la versión de los padres, los psicólogos, los médicos, representantes de las religiones mayoritarias…
    Ya hay suficientes leyes generales que castigan las ofensas y agresiones a cualquier persona (salvo en defensa propia). Los consejeros autonómicos deben limitarse a administrar los bienes materiales.
    ¿Qué pasaría si en una Comunidad alcanzase la mayoría un partido político que, alegando un bien social superior, por ejemplo subvencionara la creación de centros terapéuticos de reversión de tendencias homosexuales, obligara a las escuelas a que los niños recibieran charlas ensalzando la heterosexualidad y explicando que la homosexualidad es un desarreglo psicológico superable, etc?

  13. ¿Qué se puede esperar de la democracia? Pues eso, basura. Hasta el Concilio Vaticano II la Iglesia juzgaba los regímenes políticos en función del decálogo de Moises. Los regímenes que respetaban, al menos, los diez mandamientos de la Ley de Dios eran aceptables o soportables aunque fueran pganos. Sin embargo, a partir del Vaticano II, el largo influjo de la masonería comienza a notarse. En la Gaudium et Spes se invierten los términos de la doctrina política y se funda la «dignidad del hombre» en «si mismo» (como los personalistas y los existencialistas) y no en su condición de criatura de Dios (como Santo Tomás) con lo cual se desconoce la noción de bien común objetivo. Por tanto la democracia se funda «en la naturaleza humana» Guadium et Spes Cap IV num 75. Con lo que se concede a la democracia lo que en su día se califico de error en la Acción Francesa, o sea el fundar la religión en causas externas a la fe, en este caso, la mayoría.

    1. Hablando claramente y sin eufemismos, esta es de las peores dictaduras padecidas por el género humano. O nos ponemos las pilas y reaccionamos o esto va a acabar en una persecución a toda regla.
      Y lo que están haciendo con nuestros niños en Occidente es pura y llanamente corrupción de menores.
      Y no es que Rajoy fuera indolente y pasivo en la lucha por los valores de la derecha. Su actitud fue totalmente planificada y consciente.

  14. Se trata de una sacralización de facto de la democracia. ¿Qué libertad se reserva la Iglesia frente al Estado si el oponerse al mundo y oponerse a Dios parece ser lo mismo? ¿Cómo defenderá la Iglesia la fe si los cambios sociológicos llegaran a transformar la sociedad, como acabará pasando? ¿Qué testimonio tiene preparado? ¿No estamos ante una sacralización indirecta de un régimen temporal al cual le estamos concediendo un cheque en blanco como jamás concedió la Iglesia al más absoluto de los reyes del Antiguo Régimen? ¿Dónde queda la palabra de Dios que nos dice “No sigas a la mayoría para obrar el mal.” EX 23,2. El CVII fundamenta la libertad religiosa sobre la dignidad de la persona humana con lo cual el CVII no se limita sólo a decir que nadie puede ser obligado a creer, cosa que la Iglesia siempre ha sostenido, sino que, además, pretende que no se puede impedir un falso culto.

  15. Al fundar la libertad religiosa sobre la dignidad de la persona humana se hace derivar la libertad religiosa no del orden civil como siempre ha sostenido la Iglesia católica si no del orden natural. Este pequeño “matiz” tendrá sus propias consecuencias porque si bien se habla de un límite en el “orden público justo” Dignitatis Humanae 2, y más adelante del “orden moral objetivo” en realidad al incluir en el “orden moral objetivo” a la libertad religiosa en realidad la Ley natural del CVII no es la Ley natural de la Iglesia y, en consecuencia, el único freno real a la libertad religiosa sería el “orden público justo” con lo cual la referencia al “orden moral objetivo” se convierte en una concesión literaria a la sensibilidad tradicional, pero completamente vacía de contenido, cuando a lo que se ha asistido es a una modificación sustancial de la doctrina de la Iglesia en un punto en el que la postura “oficial” condena implícitamente la acción de cientos de santos.

  16. Con esta redacción el único freno a libertad religiosa sería el derivado de acciones criminales directas cómo actos terroristas, narcotráfico, pedofilia, etc… pero el núcleo de lo que se aprueba desde el punto de vista meramente teológico es la igualdad natural de las religiones en relación a la conciencia del hombre, punto a través del cual se va a despeñar todo el magisterio post-conciliar que se aparta, en este punto, del Magisterio de la Santa Iglesia. ¿Cómo sorprenderse de que el Estado democrático vaya en contra de la ley natural? El problema es que así como la Iglesia veia la Revolución francesa como plasmación del panteismo spinozista, contra el que había que luchar, hasta el martirio, si fuera preciso. La Iglesia liberal, modernista y apostata de nuestros días ha abdicado, desde hace 50 años, del depósito de la fe, que le ha sido confiado, y eso ha tenido repercusión en la liturgia, la espiritualidad y, por supuesto, en la política.

  17. ¿Y la iglesia se opone? porque me parece que exceptuando dos o tres (Cañizares, Reig Pla y algún otro por ahí suelto) los demás están bastante calladitos, lo cierto y verdad es que el problema no es del PP, el verdadero problema con este asunto es la propia Iglesia. Me hace gracia que desde páginas de religión nos ponemos muy exigentes con el Partido Popular, y somos incapaces de exigir con la misma virulencia o más incluso, al que verdaderamente está llamado al apostolado en la Verdad. ¿Dónde está nuestra Iglesia? ¿Dónde están nuestros pastores?.
    A Dios lo que es de Dios y al césar lo que es del césar.
    Nos estamos equivocando de enemigo.

  18. ¡Dios mío, ten piedad , Cristo , ten piedad , Señor , ten piedad !.
    Te pedimos por los niños , sus padres , por los abuelos , por los preadolescentes , los adolescentes y jóvenes , por todas las personas de buena voluntad en Ti.
    Te pedimos gracia de conversión para nosotros , pobres pecadores , para los sacerdotes y obispos y también para los malvados y perversos , para que nos convirtamos todos a tu santo amor.
    Sabemos que los perversos caerán de forma súbita e imprevista. Ayer por la tarde, en Madrid , tuvimos un precioso arco iris, recordándonos que después de la tormenta viene la calma. ¡ Gracias Señor de la Vida !

  19. Una niña, 5 años, una y otra vez se empeña en decir que es un niño, que se siente un niño… ¿Por qué motivo? Pues no lo sabemos.

    Sí sabemos que hay hermafroditas. De todo tipo: Mujeres con pene, hombres con vulva, mezcla de células XX y XY (hombre y mujer a la vez hasta en su ADN), etc, etc… ¿Por qué motivo? Pues la naturaleza es así…

    Contra esos, como es evidente, no van ustedes, ¿verdad? Si un hermafrodita dice «Yo soy una mujer», o dice «Yo soy un hombre», NADIE aquí diría NADA, ¿verdad? ¿O sí? A cualquiera de esas personas NADIE aquí le negaría operarse, y por la pública, ¿verdad?

    En cambio, si en vez de ser una mujer (ADN con cromosomas XX) que tiene pene, es una mujer (ADN XX) que tiene cerebro de hombre, la cosa ya cambia. Entonces HAY QUE IR A POR ÉL CON TODO LO QUE TENGAMOS A MANO… ¿Verdad?

    Y se obsesionan ustedes como si les fuera algo en ello…

      1. No. ¿Por qué?

        Entiendo que NO tiene usted respuesta a mi argumentación. Repito: ¿Por qué una operación para extirpar el pene de una mujer hermafrotida (cromosoma XX) le parece bien a cualquier católico, y en cambio una operación para extirpar el pene de otra mujer transexual (cerebro XX) le parece mal a cualquier católico? ¿Cuál es la diferencia?

  20. ¿Qué hacemos con la niña de 5 años? (qué hacen sus padre, claro).

    Sabemos, porque lo sabemos, a qué lleva oponerse con todo lo que tengamos a mano a lo que siente la niña. La niña se siente un niño. Es un cerebro de niño atrapado en un cuerpo de niña… ¿Por qué motivo? NO lo sabemos, pero es así. ¿Se pueden imaginar ustedes lo que sentirá esa criatura? Y luchará contra ser una niña.

    Si los padres luchan contra ese sentimiento, a tope, con todo… la cosa acaba con la criatura escapándose de casa con 14-16 años, drogas, prostitución, etc… una familia destrozada.

    Si los padres la aceptan como es, como se siente, y la acompañan en su vida, en sus cambios, los que sean… con ciencia en la mano, con psicología y pedagogía, la niña culminará su transformación (o no…) y vivirá arropada por su familia, más o menos feliz…

    ¿Es pecado eso que siente esa niña? NO sé… igual sí… a saber… Yo no lo veo.

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