Muere el Cardenal Meisner, uno de los cuatro de los dubia

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Según informa la arquidiócesis de Colonia, el purpurado murió anoche mientras dormía pacíficamente. Era uno de los cuatro cardenales que habían pedido ser recibidos por el Papa, sin respuesta. Ha sido duramente atacado en los últimos meses por «los chupamedias de Francisco». 

La archidiócesis de Colonia ha informado hace unos minutos en Facebook del fallecimiento del cardenal Meisner, uno de los cuatro purpurados que han hecho unas preguntas al Papa sobre Amoris Laetitia.

Meisner, que gozaba de buena salud, aunque había sufrido ataques furibundos en los últimos meses, ha fallecido mientras dormía «pacíficamente» en su casa de Colonia.

Sobre Joachim Meisner

Nació el 25 de diciembre de 1933, Breslau, Silesia, Alemania. Estudió en el Seminario de Magdeburgo, en Magdeburgo, (entonces República Democrática de Alemania); en el Seminario de Erfürt, en Erfürt; en la Facultad Teológica de Neuzelle, en Neuzelle; y en la Pontificia Universidad Gregoriana, en Roma (doctorado en teología).

Fue ordenado sacerdote, el 22 de diciembre de 1962. Trabajó pastoralmente en Heiligenstadt, Erfürt; rector en Caritasverband; consejero espiritual de Caritas, de 1963 a 1975.

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Elegido obispo titular de Viba, el 17 de marzo de 1975 y nombrado auxiliar del obispo administrador apostólico de Erfürt-Meiningen. Fue trasladado a la sede de Berlín, el 22 de abril de 1980. Ha sido además presidente de la Conferencia de Obispos de Berlín, 1982-1989.

Fue Creado Cardenal presbítero, el 2 de febrero de 1983; recibió la birreta roja y título de S. Pudenziana.

Promovido a la sede metropolitana de Colonia, el 20 de diciembre de 1988.

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Fue además miembro del Consejo de Cardenales para el Estudio de los Asuntos Organizativos y Económicos de la Santa Sede, el 6 de noviembre de 1995.

En la Curia Romana era miembro de las Congregacioens para el Culto Divino y los Sacramentos, para los Obispos y para el Clero; del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos; de la Oficina de Asuntos Económicos de la Santa Sede y del Consejo de Cardenales para el Estudio y Asuntos Organizativos y Económicos de la Santa Sede.

Las Dubia

Brandmuller, Burke, Caffarra y Meisner, escribieron una carta, hecha pública en noviembre de 2016, en la que le apelan a clarificar ante la evidente confusión generada por algunos puntos de Amoris Laetitia.

 

Las cinco preguntas han sido formuladas como en las interpelaciones clásicas a la Congregación para la Doctrina de la Fe. Es decir, han sido formuladas de tal modo que se pueda responder simplemente a ellas con un sí o con un no.

Normalmente, las respuestas dadas por la Congregación mencionan explícitamente la aprobación satisfactoria del Papa. Y en las audiencias personales concedidas por Francisco al cardenal prefecto luego de la entrega de la carta y de las preguntas, evidentemente los dos no han hablado de ellas.

Pero justamente los cuatro cardenales no han recibido ninguna respuesta a su apelación, ni por parte del cardenal Müller ni por parte del Papa, evidentemente por voluntad de éste último.

1. Una premisa necesaria

El envío de la carta al Santo Padre Francisco por parte de cuatro cardenales nace de una profunda preocupación pastoral.

Hemos constatado un grave desconcierto en muchos fieles y una gran confusión respecto a cuestiones muy importantes para la vida de la Iglesia. Hemos notado que también dentro del colegio episcopal se dan interpretaciones contradictorias del capítulo octavo de “Amoris laetitia”.

La gran Tradición de la Iglesia nos enseña que el camino de salida para situaciones como ésta es recurrir al Santo Padre, pidiendo a la Sede Apostólica que resuelva esas dudas que son causa de desconcierto y confusión.

El nuestro es, pues, un acto de justicia y de caridad.

De justicia: con nuestra iniciativa profesamos que el ministerio petrino es ministerio de unidad, y que a Pedro, al Papa, le compete el servicio de confirmar en la fe.

De caridad: queremos ayudar al Papa a prevenir divisiones y contraposiciones en la Iglesia, pidiéndole que disipe toda ambigüedad.

También hemos cumplido con un deber preciso. Según el Código de Derecho Canónico (can. 349) está confiada a los cardenales, también considerados en forma individual, la tarea de ayudar al Papa en el cuidado de la Iglesia universal.

El Santo Padre ha decidido no responder. Hemos interpretado esta decisión soberana suya como una invitación a continuar la reflexión y la discusión serena y respetuosamente.

Es por eso que informamos de nuestra iniciativa a todo el pueblo de Dios, ofreciendo toda la documentación.

Es nuestro deseo que nadie interprete el hecho según el esquema “progresistas-conservadores”: sería una total malinterpretación. Estamos profundamente preocupados por el verdadero bien de las almas, suprema ley de la Iglesia, y no por hacer progresar en la Iglesia cualquier forma de política.

Es nuestro deseo que nadie nos juzgue, injustamente, como adversarios del Santo Padre y como personas sin misericordia. Lo que hemos hecho y estamos haciendo nace del profundo afecto colegial que nos une al Papa y de la apasionada preocupación por el bien de los fieles.

Card. Walter Brandmüller
Card. Raymond L. Burke
Card. Carlo Caffarra
Card. Joachim Meisner

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2. La carta de los cuatro cardenales al Papa

Al Santo Padre Francisco
y para conocimiento a Su Eminencia Cardenal Gerhard L. Müller

Beatísimo Padre,

Tras la publicación de Su Exhortación Apostólica “Amoris laetitia”, teólogos y eruditos propusieron interpretaciones no sólo divergentes, sino también contradictorias, sobre todo a causa del capítulo VIII. Además, los medios de comunicación enfatizaron esta disputa, provocando incertidumbre, confusión y alarma entre muchos fieles.

Por eso, a quienes suscribimos esta carta, y también a muchos obispos y presbíteros, nos han llegado numerosas peticiones por parte de fieles de distintas clases sociales sobre la correcta interpretación que hay que dar al capítulo VIII de la Exhortación.

Ahora, impulsados en conciencia por nuestra responsabilidad pastoral y deseando hacer realidad cada vez más esa sinodalidad a la cual Su Santidad nos exhorta, con profundo respeto nos permitimos pedirle, Santo Padre, como supremo Maestro de la Fe llamado por el Resucitado a confirmar a sus hermanos en la fe, que dirima las incertidumbres y clarifique, dando benévolamente respuesta a las “Dudas” que nos permitimos adjuntar a la presente.

Quiera Su Santidad bendecirnos, mientras Le prometemos recordarle constantemente en nuestras oraciones.

Card. Walter Brandmüller
Card. Raymond L. Burke
Card. Carlo Caffarra
Card. Joachim Meisner

Roma, 19 de septiembre de 2016

*

3. Las “Dudas”

1.    Se pregunta si, según lo afirmado en “Amoris laetitia” nn. 300-305, es posible ahora conceder la absolución en el sacramento de la Penitencia y, en consecuencia, admitir a la Santa Eucaristía a una persona que, estando unida por un vínculo matrimonial válido, convive “more uxorio” con otra, sin que se hayan cumplido las condiciones previstas por “Familiaris consortio” n. 84 y luego confirmadas por “Reconciliatio et paenitentia” n. 34 y por “Sacramentum caritatis” n. 29. La expresión “en ciertos casos” de la nota 351 (n. 305) de la exhortación “Amoris laetitia”, ¿puede aplicarse a divorciados que están en una nueva unión y siguen viviendo “more uxorio”?

2.    ¿Sigue siendo válida, después de la exhortación post-sinodal “Amoris laetitia” (cfr. n. 304), la enseñanza de la encíclica de San Juan Pablo II, “Veritatis splendor” n. 79, fundamentada en la Sagrada Escritura y en la Tradición de la Iglesia, respecto a la existencia de normas morales absolutas, válidas sin excepción alguna, que prohíben acciones intrínsecamente malas?

3.    Después de “Amoris laetitia” n. 301, ¿es posible afirmar  todavía que una persona que vive habitualmente en contradicción con un mandamiento de la ley de Dios, como por ejemplo el que prohíbe el adulterio (cfr. Mt 19, 3-9), se encuentra en situación objetiva de pecado grave habitual (cfr. Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, Declaración del 24 de junio del 2000)?

4.    Después de las afirmaciones de “Amoris laetitia” n. 302 sobre las “circunstancias que atenúan la responsabilidad moral”, ¿se debe considerar todavía válida la enseñanza de la encíclica de San Juan Pablo II, “Veritatis splendor” n. 81, fundamentada en la Sagrada Escritura y en la Tradición de la Iglesia, según la cual: “las circunstancias o las intenciones nunca podrán transformar un acto intrínsecamente deshonesto por su objeto en un acto subjetivamente honesto o justificable como elección”?

5.    Después de “Amoris laetitia” n. 303, ¿se debe considerar todavía válida la enseñanza de la encíclica de San Juan Pablo II, “Veritatis splendor” n. 56, fundamentada en la Sagrada Escritura y en la Tradición de la Iglesia, que excluye una interpretación creativa del papel de la conciencia y afirma que ésta nunca está autorizada para legitimar excepciones a las normas morales absolutas que prohíben acciones intrínsecamente malas por su objeto?

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4. Nota explicativa de los cuatro cardenales


EL CONTEXTO

Las “dudas” (en latín: “dubia”) son cuestiones formales planteadas al Papa y a la Congregación para la Doctrina de la Fe pidiendo aclaraciones respecto a temas particulares concernientes a la doctrina o la práctica.

Lo que resalta en estas preguntas es que están formuladas de tal manera que requieren “sí” o “no” como respuesta, sin argumentación teológica. No es una invención nuestra esta modalidad de dirigirse a la Sede Apostólica; es una praxis secular.

Vayamos a la puesta en juego concreta.

Tras la publicación de la exhortación apostólica post-sinodal “Amoris laetitia” sobre el amor en la familia surgió un amplio debate, en especial en torno al capítulo octavo. Y, más concretamente, en relación a los párrafos 300-305, que han sido objeto de interpretaciones divergentes.

Para muchos –obispos, párrocos, fieles– estos párrafos aluden, o también enseñan explícitamente, un cambio en la disciplina de la Iglesia respecto a los divorciados que viven en una nueva unión, mientras que otros, admitiendo la falta de claridad o también la ambigüedad de los pasajes en cuestión, argumentan sin embargo que estas mismas páginas pueden ser leídas en continuidad con el magisterio precedente y no contienen una modificación en la práctica y en la enseñanza de la Iglesia.

Animados por una preocupación pastoral por los fieles, cuatro cardenales han enviado una carta al Santo Padre bajo la forma de “dudas”, esperando recibir claridad, dado que la duda y la incertidumbre han sido siempre altamente perjudiciales para la atención pastoral.

El hecho de que los intérpretes lleguen a conclusiones diferentes se debe también a la existencia de caminos divergentes para comprender la vida cristiana. En este sentido, lo que está en juego en “Amoris laetitia” no es sólo la cuestión de si los divorciados que están en una nueva unión –bajo ciertas circunstancias– pueden o no ser readmitidos a los sacramentos.

Más bien, la interpretación del documento implica también enfoques diferentes y contrastantes con el estilo de vida cristiano.

De este modo, mientras la primera cuestión de las “dudas” se refiere a un tema práctico que atañe a los divorciados que se han vuelto a casar civilmente, las otras cuatro cuestiones se refieren a temas fundamentales de la vida cristiana.


LAS PREGUNTAS

Duda número 1:

Se pregunta si, según lo afirmado en “Amoris laetitia” nn. 300-305, es posible ahora conceder la absolución en el sacramento de la Penitencia y, en consecuencia, admitir a la Santa Eucaristía a una persona que, estando unida por un vínculo matrimonial válido, convive “more uxorio” con otra, sin que se hayan cumplido las condiciones previstas por “Familiaris consortio” n. 84 y luego confirmadas por “Reconciliatio et paenitentia” n. 34 y por “Sacramentum caritatis” n. 29. La expresión “en ciertos casos” de la nota 351 (n. 305) de la exhortación “Amoris laetitia”, ¿puede aplicarse a divorciados que están en una nueva unión y siguen viviendo “more uxorio”?

La primera pregunta hace particular referencia a “Amoris laetitia” n. 305 y a la nota 351 al pie de página. La nota 351, mientras habla específicamente de los sacramentos de la penitencia y de la comunión, no menciona en este contexto a los divorciados que se han vuelto a casar civilmente y ni siquiera lo hace el texto principal.

El n. 84 de la exhortación apostólica “Familiaris consortio” del Papa Juan Pablo II ya contemplaba la posibilidad de admitir a los sacramentos a los divorciados que se han vuelto a casar civilmente. En él se mencionan tres condiciones:

– Las personas interesadas no pueden separarse sin cometer una nueva injusticia  (por ejemplo, podrían ser responsables por la educación de sus hijos);

– Asumen el compromiso de vivir según la verdad de su situación, dejando de vivir juntos como si fuesen marido y esposa (“more uxorio”) y absteniéndose de los actos que son propios de los esposos;

– Evitan dar escándalo (es decir, evitan la apariencia de pecado para evitar el riesgo de llevar a otros a pecar).

Las condiciones mencionadas por “Familiaris consortio” n. 84, y por los documentos posteriores citados, parecieron inmediatamente razonables una vez que se recuerda que la unión conyugal no está basada sólo en el afecto mutuo y que los actos sexuales no son sólo una actividad entre otras que la pareja lleva a cabo.

Las relaciones sexuales son para el amor conyugal. Son algo tan importante, tan bueno y tan hermoso que requieren un contexto particular: el contexto del amor conyugal. En consecuencia, no sólo los divorciados que viven en una nueva unión deben abstenerse [de las relaciones sexuales], sino también todo aquél que no está casado. Para la Iglesia, el sexto mandamiento “no cometer adulterio” ha cubierto siempre todo ejercicio de la sexualidad humana que no sea conyugal, es decir, todo tipo de acto sexual más allá de la que se realiza con el cónyuge legítimo.

Parece que si se admitiese a la comunión a los fieles que se han separado, o a los divorciados del cónyuge legítimo que están en una nueva unión en la que viven como si fueran marido y esposa, la Iglesia enseñaría a través de esta práctica de admisión una de las siguientes afirmaciones respecto al matrimonio, la sexualidad humana y la naturaleza de los sacramentos:

– Un divorcio no disuelve el vínculo matrimonial, y las personas que forman la nueva unión no están casadas. Sin embargo, las personas que no están casadas pueden, en ciertas condiciones, realizar legítimamente actos de intimidad sexual.

– Un divorcio disuelve el vínculo matrimonial. Las personas que no están casadas no pueden realizar legítimamente actos sexuales. Los divorciados que se han vuelto a casar son legítimamente esposos y sus actos sexuales son lícitamente actos conyugales.

– Un divorcio no disuelve el vínculo matrimonial, y las personas que forman la nueva unión no están casadas. Las personas que no están casadas no pueden realizar actos sexuales. Por eso, los divorciados que se han vuelto a casar civilmente viven en una situación de pecado habitual, público, objetivo y grave. Sin embargo, admitir personas a la Eucaristía no significa para la Iglesia aprobar su estado de vida público; el fiel puede acercarse a la mesa eucarística también con la conciencia de pecado grave. Para recibir la absolución en el sacramento de la penitencia no siempre es necesario el propósito de cambiar de vida. En consecuencia, los sacramentos se separan de la vida: los ritos cristianos y el culto están en una esfera diferente respecto a la vida moral cristiana.

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Duda número 2:

¿Sigue siendo válida, después de la exhortación post-sinodal “Amoris laetitia” (cfr. n. 304), la enseñanza de la encíclica de san Juan Pablo II, “Veritatis splendor” n. 79, fundamentada en la Sagrada Escritura y en la Tradición de la Iglesia, respecto a la existencia de normas morales absolutas, válidas sin excepción alguna, que prohíben acciones intrínsecamente malas?

La segunda pregunta concierne a la existencia de los llamados actos intrínsecamente malos. El n. 79 de la encíclica “Veritatis Splendor” de Juan Pablo II sostiene que es posible “calificar como moralmente mala según su especie […] la elección deliberada de algunos comportamientos o actos determinados prescindiendo de la intención por la que la elección es hecha o de la totalidad de las consecuencias previsibles de aquel acto para todas las personas interesadas”.

En este caso, la encíclica enseña que hay acciones que son siempre malas, que están prohibidas por las normas morales que obligan sin excepción (“absolutos morales”). Estos absolutos morales son siempre negativos, es decir, nos dicen qué es lo que no debemos hacer: “no matar”, “no cometer adulterio”. Sólo las normas negativas pueden obligar sin excepción alguna.

Según la “Veritatis splendor”, en el caso de acciones intrínsecamente malas no es necesario ningún discernimiento de las circunstancias o de las intenciones. Incluso si un agente secreto pudiera arrebatar informaciones valiosas a la esposa de un terrorista cometiendo adulterio con ella con el fin de salvar a la patria (lo que suena como un ejemplo sacado de una película de James Bond fue contemplado por Santo Tomás de Aquino en el libro “De Malo”, q. 15, a. 1). Juan Pablo II sostiene que la intención (“salvar a la patria”) no cambia la especie de la acción (“cometer adulterio”) y que es suficiente saber o conocer la especie de la acción (“adulterio”) para saber que no se debe hacer.

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Duda número 3:

Después de “Amoris laetitia” n. 301, ¿es posible afirmar  todavía que una persona que vive habitualmente en contradicción con un mandamiento de la ley de Dios, como por ejemplo el que prohíbe el adulterio (cfr. Mt 19, 3-9), se encuentra en situación objetiva de pecado grave habitual (cfr. Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, Declaración del 24 de junio del 2000)?

En el párrafo 301, “Amoris laetitia” recuerda que “la Iglesia posee una sólida reflexión acerca de los condicionamientos y circunstancias atenuantes”. Y concluye diciendo que “por eso ya no es posible decir que todos los que se encuentran en alguna situación así llamada ‘irregular’ viven en una situación de pecado mortal, privados de la gracia santificante”.

En la Declaración del 24 de junio del 2000, el Pontificio Consejo para los Textos Legislativos apuntaba a aclarar el canon 915 del Código de Derecho Canónico, que afirma que “a la sagrada comunión no serán admitidos [… los que] obstinadamente perseveran en un manifiesto pecado grave”. La Declaración del Pontificio Consejo afirma que este canon es aplicable también a los fieles divorciados que se han vuelto a casar civilmente. Aclara que el “pecado grave” debe ser comprendido objetivamente, dado que el ministro de la Eucaristía no tiene los medios para juzgar la imputabilidad subjetiva de la persona.

En este caso, según la Declaración, la cuestión de la admisión a los sacramentos concierne al juicio de la situación de vida objetiva de la persona, y no al juicio de que esta persona se encuentra en estado de pecado mortal. De hecho, subjetivamente podría no ser plenamente imputable, o no serlo para nada.

Siguiendo la misma línea, San Juan Pablo II recuerda en el n. 37 de su encíclica “Ecclesia de Eucharistia” que “el juicio sobre el estado de gracia, obviamente, corresponde solamente al interesado, tratándose de una valoración de conciencia”. En consecuencia, la distinción referida por “Amoris laetitia” entre la situación subjetiva de pecado mortal y la situación objetiva de pecado grave está bien establecida en la enseñanza de la Iglesia.

Sin embargo, Juan Pablo II continúa insistiendo que “en los casos de un comportamiento externo grave, abierto y establemente contrario a la norma moral, la Iglesia, en su cuidado pastoral por el buen orden comunitario y por respeto al Sacramento, no puede mostrarse indiferente”, reafirmando así la enseñanza del canon 915 mencionado anteriormente.

La cuestión 3 de las “dudas” desearía aclarar, de este modo, si también después de “Amoris laetitia” es posible decir que las personas que habitualmente viven en contradicción con el mandamiento de la ley de Dios viven en situación objetiva de pecado grave habitual, aunque, por alguna razón, no sea cierto que sean subjetivamente imputables por su transgresión habitual.

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Duda número 4:

Después de las afirmaciones de “Amoris laetitia” n. 302 sobre las “circunstancias que atenúan la responsabilidad moral”, ¿se debe considerar todavía válida la enseñanza de la encíclica de San Juan Pablo II, “Veritatis splendor” n. 81, fundamentada en la Sagrada Escritura y en la Tradición de la Iglesia, según la cual: “las circunstancias o las intenciones nunca podrán transformar un acto intrínsecamente deshonesto por su objeto en un acto subjetivamente honesto o justificable como elección”?

En el párrafo 302, “Amoris laetitia” subraya que “un juicio negativo sobre una situación objetiva no implica un juicio sobre la imputabilidad o la culpabilidad de la persona involucrada”. Las “dudas” hacen referencia a la enseñanza tal como ha sido expresada por Juan Pablo II en “Veritatis splendor”, según la cual circunstancias o buenas intenciones no cambian nunca un acto intrínsecamente malo en un acto excusable, o incluso bueno.

La cuestión es si “Amoris laetitia” concuerda al decir que todo acto que transgrede los mandamientos de Dios -como el adulterio, el robo, el falso testimonio-, no puede convertirse jamás, consideradas las circunstancias que mitigan la responsabilidad personal, en excusable o incluso bueno.

Estos actos que la Tradición de la Iglesia ha llamado pecados graves y malos en sí, ¿siguen siendo destructivos y dañinos para todo aquél que los cometa, cualquiera que sea el estado subjetivo de responsabilidad moral en el que se encuentre?

¿O pueden estos actos, dependiendo del estado subjetivo de la persona y de las circunstancias y de las intenciones, dejar de ser dañinos y tornarse loables, o al menos excusables?

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Duda número 5:

Después de “Amoris laetitia” n. 303, ¿se debe considerar todavía válida la enseñanza de la encíclica de San Juan Pablo II, “Veritatis splendor” n. 56, fundamentada en la Sagrada Escritura y en la Tradición de la Iglesia, que excluye una interpretación creativa del papel de la conciencia y afirma que ésta nunca está autorizada para legitimar excepciones a las normas morales absolutas que prohíben acciones intrínsecamente malas por su objeto?

El n. 303 de “Amoris laetitia” afirma que “la conciencia puede reconocer no sólo que una situación no responde objetivamente a la propuesta general del Evangelio. También puede reconocer con sinceridad y honestidad aquello que, por ahora, es la respuesta generosa que se puede ofrecer a Dios”. Las “dudas” piden una aclaración de estas afirmaciones, dado que éstas son susceptibles de interpretaciones divergentes.

Para todos los que proponen la idea de la conciencia creativa, los preceptos de la ley de Dios y la norma de la conciencia individual pueden estar en tensión o también en oposición, mientras que la palabra final debería tenerla siempre la conciencia, que en última instancia decide respecto al bien y al mal. Según “Veritatis splendor” n. 56, “con esta base se pretende establecer la legitimidad de las llamadas soluciones pastorales’, contrarias a las enseñanzas del Magisterio, y justificar una hermenéutica creativa, según la cual la conciencia moral no estaría obligada en absoluto, en todos los casos, por un precepto negativo particular”.

En esta perspectiva, nunca será suficiente para la conciencia moral saber que  “esto es adulterio”, “esto es homicidio”, para saber si se trata de algo que no puede y no debe ser hecho.

Más bien se debería mirar también a las circunstancias y a las intenciones para saber si este acto no podría, después de todo, ser excusable o incluso obligatorio (cfr. la pregunta 4 de las “dudas”). Para estas teorías, la conciencia podría, de hecho, decidir legítimamente que, en un determinado caso, la voluntad de Dios para mí consiste en un acto en el que yo quebranto uno de sus mandamientos. “No cometer adulterio” sería visto sólo como una norma general. Aquí y ahora, y dadas mis buenas intenciones, cometer adulterio sería lo que Dios requiere realmente de mi. En estos términos se podrían, como mínimo, elaborar hipótesis de casos de adulterio virtuoso, de homicidio legal y de perjurio obligatorio.

Esto significaría concebir la conciencia como una facultad para decidir autónomamente respecto al bien y al mal, y la ley de Dios como una carga impuesta arbitrariamente y que podría, en un determinado momento, estar en oposición a nuestra verdadera felicidad.

Pero la conciencia no decide sobre el bien y el mal. La idea de “decisión de conciencia” es engañosa. El acto propio de la conciencia es juzgar, no decidir. Ella dice “esto es bueno”, “esto es malo”. Esta bondad o maldad no depende de ella. La conciencia acepta y reconoce la bondad o maldad de una acción y para hacer esto, es decir, para juzgar, la conciencia necesita criterios, depende enteramente de la verdad.

Los mandamientos de Dios son una agradecida ayuda ofrecida a la conciencia para aprehender la verdad y así juzgar según la verdad. Los mandamientos de Dios son expresiones de la verdad acerca del bien, de nuestro ser más profundo, abriendo algo crucial en relación a cómo vivir bien.

También el Papa Francisco se expresa en los mismo términos en “Amoris laetitia” n. 295: “También la ley es don de Dios que indica el camino, don para todos sin excepción”.

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Comentarios
29 comentarios en “Muere el Cardenal Meisner, uno de los cuatro de los dubia
  1. QUE TRISTEZA
    NIS ESTAMOS QUEDANDO HUERFANOS
    EL CARDENAL PELL ES INOCENTE Y NOS HACE FALTA
    MUELLER ERA LA SOMVRA DE BENEDICTO
    BURKE ESTA SIN FUNCIONES
    ANIMO A LIS CARDENALES ESPAÑOLES A QUE HAGAN EL RELEVO Y SEAN VALIENTES ANTES DE QUE DIOS SE LOS LLEVE COMO A ESTE VALIENTE CARDENAL.

  2. Gracias Meisner por no quedarte mudo y plantear cuestiones trascendentales históricas. En el cielo te encontrarás la mejor respuesta a tus/nuestras dubia. Te has ganado el cielo, y un alto cielo, como pocos, como muy pocos. Desde el cielo nos ayudarás. ¿ Quién asumirá tu lugar en la Iglesia peregrina ? Tu vacante no puede durar, no debe durar.

  3. Murió con la satisfacción del deber cumplido como Cardenal y Apostol de N.S Jesucristo en la defensa de la Fé. Que descanse en la paz del Señor.

  4. Es verdad que para morirse solo hace falta estar vivo…pero …pero…
    Dios le dé el descanso y el premio eternos…y esclaresca todotodotodo

  5. Hace poco días un anónimo salía en su defensa y la de los tres restantes. SandroMagister la recoge.
    Ricevo e pubblico, acconsentendo alla richiesta dell’autore di non rendere noto il suo nome.

    *

    «SE FOSSE COSÌ SEMPLICE RISOLVERE I ‘DUBIA’, PERCHÉ IL PAPA NON RISPONDE?»

    di ***

    È stata pubblicata il 27 giugno 2017 su Vatican Insider, alla vigilia del concistoro, una «Lettera aperta ai quattro cardinali dei ‘Dubia'», scritta dal Sig. Stephen Walford. In questa lettera si chiede ai Cardinali di rivedere le loro posizioni e di non alimentare il fuoco del dissenso.

    Le motivazioni addotte sono di due ordini, che potremmo chiamare materiale e formale:

    A) Gli argomenti di ordine materiale iniziano dalla presunta «difficoltà» – rinfacciata ai Cardinali – «ad accettare i due autentici interventi di Papa Francesco nei quali afferma che, in alcuni casi, la disciplina dei sacramenti è stata cambiata» e si sviluppano poi in una lunga serie di considerazioni, anche in forma di domanda, tendenti a dimostrare che in nessuna parte di «Amoris laetitia» il Papa avrebbe cambiato qualcuno degli «insegnamenti oggetto degli ultimi quattro ‘dubia'».

    B) Gli argomenti di ordine formale richiamano alcune affermazioni del Magistero circa il primato petrino e giungono alla conclusione che «Papa Francesco – essendo il beneficiario del carisma dello Spirito Santo che lo assiste anche nel magistero ordinario (come ha insegnato San Giovanni Paolo II) – ha legittimamente reso possibile il ricevimento della Santa Comunione da parte dei divorziati risposati i cui casi sono stati attentamente considerati».

    Provo a rispondere a queste argomentazioni, partendo dalla seconda serie, in quanto logicamente decisiva: infatti, se tutti gli atti di Magistero fossero sempre chiari e perfetti e godessero – per il solo fatto di essere pronunciati dal Pontefice – della infallibilità (senza considerare, ad esempio, il tenore del documento, le circostanze in cui il pronunciamento è svolto, il fatto che un insegnamento sia relativamente nuovo o reiterato, etc. etc.), ovvero se ogni «flatus vocis» del Romano Pontefice dovesse essere considerato dogma e richiedesse sempre e comunque l’assenso interno dei fedeli, la questione sarebbe chiusa in partenza.

    In realtà il Magistero della Chiesa costituisce certamente un unico corpo (contenente ciò che la Chiesa ci propone a credere), di cui tuttavia non tutte le affermazioni hanno lo stesso valore; in altre parole, non tutti i pronunciamenti – sebbene autenticamente proposti – richiedono il medesimo grado di assenso. I «dubia» dei Cardinali servono anche a chiarire che valore possano avere una risposta nel corso di un’intervista su un aereo e una lettera privata ad alcuni Vescovi (indicati dal SIg. Walford quasi come interpretazioni definitive), entrambe non pubblicate sugli «Acta Apostolicae Sedis». Certamente tutte e due sono pronunciamenti del Papa, ma, come afferma «Lumen Gentium» 25, il grado di adesione si deve dedurre «dal carattere dei documenti, o dall’insistenza nel proporre una certa dottrina, o dalla maniera di esprimersi»:

    Chiediamoci, a mo’ di esempio: «Le interviste papali in aereo e le lettere private di un Pontefice esigono – di per sé – lo stesso grado di assenso dell’insegnamento sulla contraccezione proposto da documenti quali ‘Casti Connubii’, ‘Humanae Vitae’, ‘Familiaris Consortio’ etc. oppure si possono nutrire delle perplessità nei confronti delle suddette interviste o lettere»? La risposta ci vien data dal Magistero stesso, a cominciare dall’istruzione «Donum Veritatis» del 1990 «sulla vocazione ecclesaiele del teologo», peraltro citata anche dal Sig. Walford:

    «Può tuttavia accadere che il teologo si ponga degli interrogativi concernenti, a seconda dei casi, l’opportunità, la forma o anche il contenuto di un intervento. II che lo spingerà innanzitutto a verificare accuratamente quale è l’autorevolezza di questi interventi, così come essa risulta dalla natura dei documenti, dall’insistenza nel riproporre una dottrina e dal modo stesso di esprimersi […]. In ogni caso non potrà mai venir meno un atteggiamento di fondo di disponibilità ad accogliere lealmente l’insegnamento del Magistero, come si conviene ad ogni credente nel nome dell’obbedienza della fede. Il teologo si sforzerà pertanto di comprendere questo insegnamento nel suo contenuto, nelle sue ragioni e nei suoi motivi. A ciò egli consacrerà una riflessione approfondita e paziente, pronto a rivedere le sue proprie opinioni ed a esaminare le obiezioni che gli fossero fatte dai suoi colleghi. Se, malgrado un leale sforzo, le difficoltà persistono, è dovere del teologo far conoscere alle autorità magisteriali i problemi suscitati dall’insegnamento in se stesso, nelle giustificazioni che ne sono proposte o ancora nella maniera con cui è presentato. Egli lo farà in uno spirito evangelico, con il profondo desiderio di risolvere le difficoltà. Le sue obiezioni potranno allora contribuire ad un reale progresso, stimolando il Magistero a proporre l’insegnamento della Chiesa in modo più approfondito e meglio argomentato» (sottolineature nostre).

    Inoltre Papa Francesco, al § 2 di «Amoris laetitia», scrive:

    «La complessità delle tematiche proposte ci ha mostrato la necessità di continuare ad approfondire con libertà alcune questioni dottrinali, morali, spirituali e pastorali. La riflessione dei pastori e dei teologi, se è fedele alla Chiesa, onesta, realistica e creativa, ci aiuterà a raggiungere una maggiore chiarezza».

    In base ai testi esaminati possiamo dire che, se è necessario approfondire con libertà alcune questioni dottrinali, e se è possibile ad un semplice teologo far conoscere alle autorità magisteriali i problemi suscitati dall’insegnamento in se stesso, nelle giustificazioni che ne sono proposte o ancora nella maniera con cui è presentato, quanto ciò potrà esser compiuto lecitamente da membri della Chiesa docente, per di più Cardinali, cioè i primi consiglieri del Papa?

    Sempre nell’ambito di questo genere di obiezioni, il Sig. Walford si premura di affermare che non è possibile una «correzione formale» del Papa in materia di fede; egli afferma che «In termini di azioni personali come la correzione di San Paolo verso San Pietro, il cui comportamento, secondo San Paolo, era contrario a quello di un Papa, oppure alla peccaminosità dei Papi medievali, allora sì, è possibile una correzione, ma in relazione a questioni di fede o di morale insegnata come parte del magistero non è possibile».

    Questa affermazione vien confutata dalla storia della Chiesa, che ci offre il caso di due Papi, il primo condannato, il secondo corretto, per motivi esclusivamente dottrinali.

    Il primo Papa pluricondannato fu Onorio I († 638), irreprensibile nella sua vita privata, ma oggettivamente responsabile di aver favorito l’eresia monotelita. Non entriamo nel merito della questione se oggi si possa considerare formalmente eretico o meno; certamente fu scomunicato (post mortem) e ricevette quattro condanne: la prima da parte del Concilio Costantinopolitano III (680–681), la seconda da Papa Leone II (683), la terza dal Concilio di Nicea II (787), la quarta dal Concilio Costantinopolitano IV (869–870).

    Il secondo Papa, che errò in alcuni dei suoi atti di magistero ordinario, fu Giovanni XXII (1249-1334). Egli venne ammonito dal nipote, il Card. Bertrand du Pouget (1280–1352), e così poté ritrattare, poco prima di morire, alcune affermazioni che oggi sarebbero considerate eretiche: Giovanni XXII aveva infatti sostenuto, in tre omelie pronunciate ad Avignone tra il 1 novembre 1331 e il 5 gennaio 1332, che le anime dei giusti non sarebbero ammesse alla visione beatifica subito dopo la morte o dopo aver terminato il Purgatorio, ma solo dopo la Resurrezione e il Giudizio universale. Anche in questo caso il motivo della correzione fu esclusivamente dottrinale.

    Dobbiamo anche dire che il motivo per cui Pietro meritò l’ammonizione da parte di San Paolo, non fu solo «in termini di azione personale»; si trattò di un vero scandalo in materia di fede, in quanto il comportamento del primo Papa – sebbene egli stesso avesse le idee ben chiare (infatti si comportava da ipocrita; cf. Gal 2, 13) – non era secondo la verità del Vangelo (Gal 2, 14): avrebbe potuto indurre a credere che alcuni precetti della legge mosaica detenessero ancora una qualche forza obbligante, e che i pagani dovessero vivere alla maniera dei Giudei.

    In ogni caso, i quattro Cardinali non hanno minimamente accennato, né nei «dubia», né nella ultima lettera e richiesta di udienza, ad una possibile correzione; essa è, almeno per ora, più una preoccupazione di una certa frangia di ultra-allineati, che dei Cardinali stessi.

    È evidente che questi ultimi non hanno certo piacere di andare verso una qualsiasi forma di scontro, ma cercano piuttosto, in tutti i modi, di parlare col Papa, per risolvere nella carità tutta la questione.

    *

    E ora prendiamo in esame gli argomenti del Sig. Walford, secondo i quali le preoccupazioni e i «dubia» dei Cardinali sarebbero infondati. Per far questo, mi limito a rispondere ad una serie di domande che l’autore della lettera pone ai cardinali stessi, verso la fine del suo testo.

    D. 1 – «Era scandaloso il fatto che Dio usasse una prostituta pagana impenitente, Rahab, per aiutare ‘la storia della salvezza’?».

    R. – L’aiuto di Rahab a «la storia della salvezza» non è dovuto al fatto che fosse prostituta. Da questo fatto si può dedurre invece che anche le prostitute (per di più infedeli) possono fare opere buone, con l’aiuto della grazia attuale; ma ciò non implica che Rahab, pur avendo collaborato alla storia della salvezza, avesse avuto in quel momento la grazia santificante (condizione oggi imprescindibile per potere accostarsi all’Eucarestia).

    D. 2 – «Era scandaloso il fatto che Gesù rimanesse in attesa di una donna adultera presso il pozzo di Giacobbe e che le concedesse immediatamente la grazia dell’evangelizzazione? Era scandaloso il fatto che non le dicesse di lasciare l’uomo con cui stava o di vivere come fratello e sorella?».

    R. – Il fatto riportato indica che chi è in stato di peccato può parlar bene di Gesù Cristo, e che non è richiesto essere in stato di grazia per farlo; al contrario è insegnamento costante della Chiesa che bisogna essere in stato di grazia per poter fare la Santa Comunione. Così insegnava San Giovanni Paolo II: «Desidero quindi ribadire che vige e vigerà sempre nella Chiesa la norma con cui il Concilio di Trento ha concretizzato la severa ammonizione dell’apostolo Paolo affermando che, al fine di una degna ricezione dell’Eucaristia, ‘si deve premettere la confessione dei peccati, quando uno è conscio di peccato mortale’ (Ecclesia de Eucharistia 36)».

    D. 3 – «Era scandaloso il fatto che Gesù avesse inserito un nuovo canone nella legge di Mosè per salvare una donna adultera dalla sentenza che meritava? In questo caso, lo spirito della legge ha superato quello della legge scritta per portarla alla salvezza?».

    R. – Lo spirito della legge ha perfezionato l’antica legge scritta, per portare alla salvezza quella donna, non semplicemente sottraendola alla lapidazione, ma liberandola anche dalla morte eterna.

    Per questo Gesù non si è limitato a rimandarla libera, ma le ha anche detto di «non peccare più»; e così le ha garantito che non sarebbe più stata in condizione di non poter far altro che peccare.

    La nuova legge dello Spirito infatti fa compiere tutti gli atti salutari, nonostante la debolezza dell’uomo dopo il peccato originale. Come insegna il Catechismo della Chiesa Cattolica, al § 1972, «la Legge nuova è chiamata […] legge di grazia, perché, per mezzo della fede e dei sacramenti, conferisce la forza della grazia per agire», quindi anche quella di non peccare più e di non commettere adulterio.

    D. 4 – «Che cosa otteniamo spiritualmente nel combattere contro quelle anime piene di grazia appartenenti ai divorziati e risposati che sinceramente desiderano l’unione sacramentale con Gesù? Crediamo che non sia possibile ottenere nulla per loro? Le parole di Gesù: ‘Colui che viene a me, io non lo caccerò fuori’ (Gv 6, 37) non valgono dunque per loro?».

    R. – In primo luogo è da dimostrare che le anime dei divorziati risposati conviventi «more uxorio» siano piene di grazia. Questa affermazione ci fa pensare che il SIg. Walford non abbia ben chiara la distinzione tra grazia attuale (grazia che muove i peccatori a compiere buone azioni, preparandoli alla giustificazione, non necessariamente conseguita per il fatto di compiere i suddetti atti), e grazia santificante.

    Inoltre, ribadire a tutti i cari fratelli che non sono in grazia di Dio che non possono ricevere la Santa Comunione non implica che si combatta contro di essi: come non combatteva contro di loro Benedetto XVI, quando affermava in «Sacramentum Caritatis» che «i divorziati risposati, tuttavia, nonostante la loro situazione, continuano ad appartenere alla Chiesa, che li segue con speciale attenzione, nel desiderio che coltivino, per quanto possibile, uno stile cristiano di vita attraverso la partecipazione alla santa Messa, pur senza ricevere la Comunione, l’ascolto della Parola di Dio, l’Adorazione eucaristica, la preghiera, la partecipazione alla vita comunitaria, il dialogo confidente con un sacerdote o un maestro di vita spirituale, la dedizione alla carità vissuta, le opere di penitenza, l’impegno educativo verso i figli» (sottolineatura nostra) .

    D. 5 – «Che cosa è cambiato dall’affermazione del Santo Papa Pio IX, secondo cui i matrimoni civili per i cattolici sono ‘nient’altro che un disonorevole e letale concubinaggio’ (Allocuzione ‘Acerbissimum vobiscum’), a Papa Benedetto XVI che afferma che le sofferenze di queste persone sono un ‘dono per la Chiesa’ (Incontro Mondiale delle Famiglie, 2 giugno 2012)?».

    R. – Le due affermazioni non sono contraddittorie, ma esprimono concetti diversi: le parole di Benedetto XVI ci insegnano che la sofferenza – data dalla consapevolezza di essere in peccato e di non poter accostarsi alla S. Comunione – può essere unita alle sofferenze di Cristo; da tutte queste sofferenze unite possono scaturire le grazie attuali sufficienti per muovere la volontà del peccatore stesso, in modo che egli possa un giorno vivere in grazia di Dio. Del resto Benedetto XVI, dal cui cuore è sgorgata questa altissima considerazione, non la considerava una premessa per potersi accostare ai Sacramenti in stato di peccato.

    Considerazioni finali

    1 – La lettera del Sig. Walford contiene gravissime imprecisioni e travisamenti, sia nella sua sintesi circa l’obbedienza al Magistero, sia negli argomenti portati a sostegno delle sue obiezioni e domande ai quattro Cardinali.

    2 – Gli errori sono anche di natura logica, in quanto, come abbiamo visto, traggono conclusioni più ampie delle premesse: cosa c’entra, ad esempio, la prostituta Rahab con i divorziati civilmente risposati? Si tratta di un caso completamente diverso.

    3 – Al pari di tutti coloro che vogliono coprire ad oltranza le ambiguità dottrinali presenti in «Amoris laetitia», anche il Sig. Walford ripropone il falso dilemma «Comunione sì – Misericordia / Comunione no – durezza di cuore», quando invece è misericordia spiegare a chi vive in stato di peccato perché non può accostarsi ai Sacramenti dei vivi. «Misericordia e verità s’incontreranno» (Sal 84 (85), 11).

    A meno che non si voglia accusare di esser stato poco misericordioso proprio quel Papa che ha introdotto la festa della Divina Misericordia, che è stato portato in Paradiso ai primi vespri di quella stessa festa – segno di gradimento del Cielo – e che però ha sempre ribadito che chi vive in stato di peccato non può comunicarsi.

    4 – E poi, diciamo la verità, se fosse così semplice risolvere i «dubia» dei Cardinali, perché il Papa non li riceve e non risponde? E se «Amoris laetitia» fosse così chiara come la presenta il Sig Walford, perché abbiamo tante indicazioni pastorali, di intere conferenze episcopali, così contrastanti?

  6. Ya os lo decía, ahora va a por la Veritatis Splendor. ¿ Sólo tienen enfrente a tres ?
    Müller fuori. Ma il vero attacco è contro «Veritatis splendor»
    Domenica 2 luglio, proprio nel giorno in cui papa Francesco ha rimosso il cardinale Gerhard L. Müller da prefetto della congregazione per la dottrina della fede, da tutte le chiese cattoliche di rito romano, all’inizio della messa, è salita a Dio la seguente preghiera, chiamata «colletta» nel messale:

    «Deus, qui, per adoptionem gratiæ, lucis nos esse filios voluisti, præsta, quæsumus, ut errorum non involvamur tenebris, sed in splendore veritatis semper maneamus conspicui. Per Dominum nostrum…».

    In italiano, nella traduzione ufficiale:

    «O Dio, che ci hai reso figli della luce con il tuo Spirito di adozione, fa’ che non ricadiamo nelle tenebre dell’errore, ma restiamo sempre luminosi nello splendore della verità. Per il nostro Signore…».

    La sorte – o la divina provvidenza? – ha quindi voluto che la cacciata del cardinale Müller sia stata accompagnata dalla corale invocazione liturgica che lo «splendore della verità» continui a illuminare la Chiesa.

    «Splendore della verità» è esattamente il titolo della più importante enciclica dottrinale di Giovanni Paolo II, pubblicata nel 1993:

    > Veritatis splendor

    È un’enciclica «circa alcune questioni fondamentali dell’insegnamento morale della Chiesa»: proprio le questioni che oggi sono tornate di nuovo ad essere materia di contrasto, con ampi e influenti settori della Chiesa che ritengono ormai superati – specie dopo la pubblicazione di «Amoris laetitia» – alcuni principi capitali della «Veritatis splendor».

    Basti osservare che ben quattro dei cinque «dubia» sottoposti nel settembre dello scorso anno a papa Francesco dai cardinali Walter Brandmüller, Raymond L. Burke, Carlo Caffarra e Joachim Meisner vertono proprio sulla coerenza o meno di «Amoris laetitia» con «Veritatis splendor». E tali «dubia» continuano ad essere tuttora apertissimi, anche per il rifiuto di papa Francesco di prenderli in considerazione e di incontrare i quattro cardinali.

    Ma quali sono stati la genesi e l’obiettivo di «Veritatis splendor»? Per rispondere a questa domanda c’è un testimone d’eccezione: Joseph Ratzinger.

    Da predecessore di Müller alla testa della congregazione per la dottrina della fede egli contribuì in modo sostanziale alla scrittura di quell’enciclica.

    Ma anche dopo le sue dimissioni da papa continua a giudicare la «Veritatis splendor» di «immutata attualità», da «studiare e assimilare» anche oggi.

    Nel 2014, in un suo meditato capitolo per un libro in onore di Giovanni Paolo II, Ratzinger ha indicato proprio nella «Veritatis splendor» la più importante e attuale delle quattordici encicliche di quel papa.

    Uno capitolo che è tutto da rileggere, con un occhio a ciò che sta accadendo oggi nella Chiesa, regnante il suo successore Francesco.

    Ecco il passaggio dedicato dal «papa emerito» a quell’enciclica.

    *

    SULLA «VERITATIS SPLENDOR»

    L’enciclica sui problemi morali «Veritatis splendor» ha avuto bisogno di lunghi anni di maturazione e rimane di immutata attualità.

    La costituzione del Vaticano II sulla Chiesa nel mondo contemporaneo, di contro all’orientamento all’epoca prevalentemente giusnaturalistico della teologia morale, voleva che la dottrina morale cattolica sulla figura di Gesù e il suo messaggio avesse un fondamento biblico.

    Questo fu tentato attraverso degli accenni solo per un breve periodo. Poi andò affermandosi l’opinione che la Bibbia non avesse alcuna morale propria da annunciare, ma che rimandasse ai modelli morali di volta in volta validi. La morale è questione di ragione, si diceva, non di fede.

    Scomparve così, da una parte, la morale intesa in senso giusnaturalistico, ma al suo posto non venne affermata alcuna concezione cristiana. E siccome non si poteva riconoscere né un fondamento metafisico né uno cristologico della morale, si ricorse a soluzioni pragmatiche: a una morale fondata sul principio del bilanciamento di beni, nella quale non esiste più quel che è veramente male e quel che è veramente bene, ma solo quello che, dal punto di vista dell’efficacia, è meglio o peggio.

    Il grande compito che Giovanni Paolo II si diede in quell’enciclica fu di rintracciare nuovamente un fondamento metafisico nell’antropologia, come anche una concretizzazione cristiana nella nuova immagine di uomo della Sacra Scrittura.

    Studiare e assimilare questa enciclica rimane un grande e importante dovere.

    *

    Vedendo ciò che accade oggi nella Chiesa cattolica, anche ai suoi vertici, le ragioni che motivarono l’enciclica «Veritatis splendor» sono tutte di nuovo presenti, con pari se non maggiore drammaticità.

    E rendono più che mai attuale anche la preghiera per restare «nello spìendore della verità» che si è levata domenica scorsa da tutte le chiese.

  7. Dios se lo lleva en el momento preciso que conviene más, pero nosotros no comprendemos porque con frecuencia nuestros caminos no son los caminos del Señor, aún en el caso de ser cristianos que aman a Jesucristo y quieren obedecer Sus Mandatos. El Señor nos sobrepasa tanto, tanto, que sólo nos queda decirle un Fiat cordial, esperanzado y seguro de que Nuestro Señor Jesucristo ya ha vencido todo mal y todo pecado, una vez para siempre. Sólo es cuestión de tiempo, el que Dios decida, para que todos podamos verlo palpablemente. Como dice la Santa Escritura: «Espera en el Señor, sé valiente, ten ánimo, espera en el Señor» (versículo 14, Salmo 26)

  8. Comparto totalmente lo expresado por Yeison Cano: «Murió con la satisfacción del deber cumplido como Cardenal y Apostol de N.S Jesucristo en la defensa de la Fé. Que descanse en la paz del Señor».

  9. No quisiera estar en el pellejo del Papa Francisco. ¡Qué horribles remordimientos de conciencia debe estar sintiendo! Quisiera que fuera así, porque eso hablaría de su arrepentimiento.

  10. Ha muerto un buenísimo Cardenal, defensor de la religión católica. Dios le ha habrá recibido con los brazos abiertos por haber cumplido como Cardenal y Apostol de N.S. Jesucristo. Qué pena que se mueran los buenos.

  11. Beatriz
    A Livieres tampoco lo recibio en Audiencia..cuando el pobre fue expresamente a Roma para que le aclararan porque lo defestraban y tomaban su seminario.Livieres muriò y le envio al Papa un viacricis…el mismo que Livieres sufrio injustamente..en cambio el Papa no tuvo remordimiento mostrando el viacricis decia cosas horribles sobre la muerte de Jesus..yo vi el video.

  12. Pastor fiel. Ninguneado por el papa Francisco. Vilipendiado por los enemigos de la Iglesia. Tendrá como respuesta y premio la gloria eterna junto a Cristo. QEPD.

  13. Es verdad, no se admiten disidencias… Juan Pablo I debió tener más cuidado, que finalmente llegó el Papa que elevó al OPUS al centro de la Iglesia.

  14. Teresa: Cuando escribía el comentario monseñor Livieres estaba en mi pensamiento. No sé a cuál video te estás refiriendo. Bendiciones.

  15. Que descanse en paz este buen Cardenal. Sus «dudas» no pasaran a la historia como un ejemplo de comunión eclesial pero eso no empaña una trayectoria de vida al servicio de la Iglesia.

  16. Beatriz
    Aqui esta lo que dijo rl Papz en Kenia sobre el fracaso de Cristo y mostró lo que dijo era otro fracaso de Dios…sacò de su bolsillo el viacrucis de Monseñor Livieres que le enviò a lunto de morir.
    pregunta, Manuel, es de un profesor de teología: «¿Cómo entender que Dios es nuestro Padre, cómo ver la mano de Dios en las tragedias de la vida, cómo encontrar la paz de Dios?» Esta pregunta me la hacen los hombres y mujeres de todo el mundo de una u otra manera. Y no encuentran explicación. Más aún, hay preguntas que por más que te rompas la cabeza, no vas a encontrar explicación. «¿Cómo puedo ver la mano de Dios en una tragedia de la vida?» Hay una sola, iba a decir una sola respuesta, no. No, no es respuesta. Hay un solo camino: mirar al Hijo de Dios. Dios lo entregó para salvarnos a todos,Dios mismo se hizo tragedia, Dios mismo se dejó destruir en la Cruz. Y cuando estés que no entendía algo, cuando estés desesperado, cuando se te viene el mundo encima, mira a la Cruz. Ahí está el fracaso de Dios. Ahí está la destrucción de Dios. Pero también ahí está un desafío a nuestra fe. La esperanza, porque la historia no terminó en ese fracaso. Sino en la resurrección que nos renovó a todos. Les voy a contar una confidencia. Son las doce, ¿tienen hambre? ¿No? Les voy a contar una confidencia. Yo en el bolsillo llevo siempre dos cosas: un rosario para rezar y una cosa que parece extraña, que es esto (Bergoglio saca un Vía Crucis de bolsillo). Y esto es la historia del fracaso de Dios. Es un Vía Crucis, pequeño Vía Crucis. Es cómo Jesús fue sufriendo desde que lo condenaron a muerte hasta que fue sepultado. Con estas dos cosas, me arreglo como puedo. Pero gracias a estas dos cosas no pierdo la esperanza.

  17. Ademas de Livieres, ahora Bergoglio llevara en su conciencia la muerte de este fiel cardenal. La santa Iglesia va como barca sin timón, sacudida por los vientos mundanos de su capitán.

  18. Cuando una persona muere en esas condiciones, durante el sueño profundo, puede decirse que se le abren las puertas del Paraíso sin necesidad de purgar sus pecados. No me cabe la menor duda de que con el cardenal Meisner así ha sido. Descanse en paz.

  19. No nos engañemos, es mas que probable que la respuesta que se encontrarian estos cuatro Cardenales seria simple y llanamente «el vacío», detras de quien aparentemente dirije la barca , es mas que probable que solo haya vacío, no solo intelectual, y consiguientemente miedo a confrontar la Verdad .

  20. Desde lo profundo de mi corazón y con admiración especial, mi sentido homenaje es decirte: ! Gracias Cardenal Meisner por tu sincero y valiente amor a Dios y a su Iglesia!!!

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