| 29 junio, 2014
Objeciones por las que parece que Don no es nombre personal:
1. En Dios todo nombre personal implica alguna distinción. Pero el nombre Don no implica distinción alguna, pues dice Agustín en XV De Trin.: El Espíritu Santo se da como don de Dios para que El también se dé a sí mismo como Dios. Luego Don no es nombre personal.
2. A la esencia divina no le corresponde ningún nombre personal. Pero la esencia divina es el Don que el Padre da al Hijo, como dice Hilario en IX De Trin. Luego Don no es nombre personal.
3. Según el Damasceno, en Dios nada está sometido, ni hay servidumbre. Pero el don implica cierta dependencia tanto para quien lo da como para quien lo recibe. Luego Don no es nombre personal.
4. El Don implica relación con la criatura, y así parece que se dice de Dios desde el tiempo. Pero en Dios los nombres personales, como Padre e Hijo, se dicen desde la eternidad. Luego Don no es nombre personal.
Contra esto: está lo que dice Agustín en XV De Trin.: Así como el cuerpo carnal no es más que carne, así también el don del Espíritu Santo no es más que Espíritu Santo.
Respondo: En el nombre don está implícita la aptitud para ser dado. Y lo que se da implica relación tanto con el que lo da como con aquel a quien se da; pues alguien no lo daría si no fuera suyo, y lo da a alguien para que sea suyo. Se dice que la Persona divina es de alguien, o por el origen, como el Hijo es del Padre, o porque la tiene por otro. Se dice que tenemos algo cuando libremente, tal como queremos, podemos usarlo y disfrutarlo. En este sentido, la Persona divina no puede ser tenida más que por la criatura racional unida a Dios. Otras criaturas pueden ser movidas en cierta manera por la persona divina; sin embargo, no de tal manera que en ellas esté la capacidad para disfrutar la Persona divina o usar sus efectos. A esto, algunas veces llega la criatura racional, como por ejemplo, es hecha partícipe de la Palabra divina o del Amor, a fin que pueda libremente conocer a Dios en verdad y amarle como corresponde. De ahí que sólo la criatura racional pueda tener la Persona divina. Pero el hecho de llegar a tenerla no puede conseguirlo con sus propias fuerzas; siendo necesario que se le conceda desde arriba; pues decimos que nos es dado lo que nos proviene de fuera. Así, a la Persona divina le corresponde darse y ser Don.
A las objeciones:
1. El nombre Don implica distinción personal, en cuanto que, por el origen, se dice que el don es de alguien. Sin embargo, el Espíritu Santo se da a sí mismo, en cuanto que se pertenece pudiéndose usar o, mejor, disfrutar, como también decimos que el hombre libre dispone de sí mismo. Es esto lo que dice Agustín en Super loan., cuando escribe:¿Qué hay más tuyo que tú mismo? O, mejor dicho, es necesario que, de algún modo, el don sea de quien lo da. Pero la frase ser de quien lo da tiene varios sentidos. 1) Uno,sentido de identidad, como dice el mismo Agustín en Super Ioan. En este sentido don y dador no se distinguen, sólo se distinguen de aquel a quien se da. Así es como se dice que el Espíritu Santo se da a sí mismo. 2) Otro, el sentido de pertenencia. Cuando algo es de alguien, como la propiedad o el siervo. En este sentido, es necesario que don y dador se distingan esencialmente. Así es como el don de Dios es algo creado. 3) Eltercer sentido, cuando se dice que algo es de alguien sólo por su origen. Así, el Hijo es del Padre, y el Espíritu Santo es de ambos. En este sentido, don y dador se distinguen personalmente, y, por lo tanto, don es nombre personal.
2. La esencia divina es don del Padre en el primer sentido; porque la esencia es del Padre por identidad.
3. En Dios, Don, en cuanto nombre personal y con respecto al dador, no implica sometimiento, sino sólo origen. Y con respecto a quien lo recibe, implica, como se ha dicho, libre uso y disfrute.
4. No se llama don porque algo sea realmente dado, sino porque algo tiene aptitud para ser dado. Por eso, la Persona divina es llamada Don desde la eternidad, aun cuando el nombre se le dé desde el tiempo. Sin embargo, tampoco por el hecho de implicar relación con la criatura se requiere que sea esencial; sino que en su concepto esté incluido algo esencial, como la esencia está incluida en el concepto de persona, como ya se dijo anteriormente (q.34 a.3 ad 1).
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