Una propuesta pastoral: laicización, internamiento psiquiátrico y asistencia espiritual para sacerdotes con parafilias sexuales probadas
El caso del sacerdote Carlo Alberto Capella, condenado por posesión y distribución de pornografía infantil y actualmente reincorporado a la Secretaría de Estado del Vaticano, ha vuelto a poner sobre la mesa una cuestión delicada y urgente: ¿cómo debe actuar la Iglesia con aquellos clérigos que han incurrido en delitos sexuales —o incluso en consumos parafílicos graves— y cuya conducta, aunque no necesariamente criminal en términos civiles, evidencia una grave incompatibilidad con el ministerio sacerdotal?
No basta con “un trabajo de oficina”
Los distintos informes —de InfoVaticana, The Pillar y Red ABUSO— coinciden en que Capella, tras cumplir condena en el Vaticano, volvió discretamente a trabajar en el cuerpo diplomático, con funciones internas y, finalmente, con cargo oficial y remuneración. Su abogado confirma que fue el papa Francisco quien aprobó su reubicación. Aunque se han impuesto ciertas restricciones (uso monitorizado del ordenador, sin tareas pastorales), Capella continúa siendo sacerdote, con su identidad clerical intacta, y bajo el mismo sistema que falló en detectar o detener su conducta original.
¿Es esto suficiente? ¿Es aceptable que un sacerdote condenado por parafilias sexuales se mantenga dentro del estado clerical, por más que se le retiren ciertos privilegios?
La respuesta debe ser pastoral, pero también firme
La Iglesia no puede renunciar a la misericordia, pero tampoco puede abdicar de su responsabilidad. La propuesta que planteamos es clara, evangélica y estructurada:
- Reducción inmediata al estado laical de cualquier clérigo cuya culpabilidad haya sido demostrada, no solo por abuso sexual directo, sino también por posesión, distribución o consumo activo de pornografía infantil o materiales afines.
- Internamiento psiquiátrico permanente o de largo plazo, con apoyo terapéutico especializado, fuera de estructuras eclesiásticas, que garantice protección a terceros y acompañamiento clínico serio.
- Atención espiritual constante: asistencia sacramental, acompañamiento pastoral, acceso a la confesión, dirección espiritual, Eucaristía, en la medida en que el individuo lo solicite y en contextos no públicos.
- Prohibición absoluta de reintegración institucional: ningún cargo, ningún despacho, ningún tipo de presencia visible dentro de la vida eclesial ordinaria, ni en diócesis, ni en congregaciones, ni en organismos de la Curia, ni de capellán de hospital.
La dignidad del sacerdocio exige claridad
Un sacerdote es, por definición, alter Christus, hombre puesto al servicio de Dios y del pueblo cristiano. La misma estructura sacramental que da sentido a su vocación exige coherencia. No se trata de venganza ni de cancelación. La Iglesia no puede permitir que clérigos con parafilias probadas sigan usando el alzacuello, aunque sea en la sombra de un archivo vaticano.
A esos hombres, quebrados, enfermos, se les puede —y se les debe— ofrecer atención. Pero no ministerio. No púlpito. No representación pública. Y, por supuesto, no sueldo ni despacho institucional.
La misericordia no es complicidad
Ofrecerles los sacramentos, sí. Rezar por ellos, también. Pero exigirles la renuncia definitiva a su condición clerical y ponerlos bajo tratamiento clínico y pastoral estricto es un acto de caridad hacia ellos y, sobre todo, hacia las víctimas, hacia el pueblo de Dios, y hacia el sacerdocio como institución divina.
Es hora de una reforma pastoral verdadera. No cosmética. No diplomática. Una reforma que ponga al Evangelio por delante de la lógica institucional.
Pueden cumplir su pena, o pueden absolverles en la jurisdiccion civil porque consideren que las fotos de desnudos infantiles que almacenaba no eran lo suficientemente sexuales. Pero un sacerdote es un pastor de almas. Tiene que confesar niños, tiene que sacramentarles, es inherente. No es un ministerio compatible. Piedad, perdón, misericordia y reducción a estado laical