La verdadera obediencia: Una consideración clave para nuestro tiempo

La verdadera obediencia: Una consideración clave para nuestro tiempo

A lo que debemos aspirar [los Masones](…) es a un Papa que nos sea útil (…) si queréis fundar el reino de los elegidos sobre el Trono de la Prostituta de Babilonia , hacedlo de modo que el clero marche tras vuestra bandera creyendo que sigue la de la fe apostólica (…) en un plazo de cien años (…) los obispos y sacerdotes creerán que estarán marchando detrás de las llaves de Pedro, cuando en realidad estarán siguiendo nuestra bandera (…) las reformas tendrán que ser introducidas en nombre de la obediencia.; este espeluznante extracto proviene de la infame Instrucción Permanente de la Alta Vendita, una serie de ordenanzas proferidas por los Carbonarios, que es una rama de la secta Masónica en Italia, para la infiltración de la Iglesia Católica.

Estas instrucciones fueron expuestas por diferentes Papas de tal forma que su difusión fue hecha a través de toda la Cristiandad para que la grey de Dios supiera las estratagemas de los enemigos de la Iglesia. Tomemos un momento para releer la última oración que dice “…las reformas tendrán que ser introducidas en nombre de la obediencia”, justo este tema, el de la obediencia, es una lucha frecuente que se mantiene en la mente de Católicos prudentes, es una temática que sale a modo de escrúpulo para varias personas que desean tomar acción concreta para mantener la Tradición de la Iglesia. Se saca la carta demoledora de la “obediencia” ante todo argumento legítimo en defensa de la verdad profesada fielmente por dos mil años pero eclipsada por este coup de etat liderado por los Revolucionarios.

Los mismos enemigos están diciendo que van a utilizar la obediencia, no como virtud, sino como un vicio (como bien explica Santo Tomás de Aquino que la obediencia puede convertirse en vicio), para hacer que nosotros nos veamos forzados a tragar todo lo que provenga de la autoridad jerárquica, por más envenenado que esté el plato de comida que nos están convidando a consumir. Existe un principio legal que se enuncia así: “No requieren prueba los hechos afirmados por una parte”; solo con esta cita previamente provista se puede elevar la pregunta retórica: ¿Que más evidencia necesitamos de ver la inversión diabólica que se ha hecho de tan noble virtud para ser un arma de sumisión para todos los Católicos?

En orden a subsanar las dudas, apaciguar las inquietudes, y -de cierta forma- hacer lo que la jerarquía ha dejado de hacer, que es confirmar la grey de Dios en la verdad, el eminente Dr. Peter Kwasniewski nos viene a iluminar con un extracto prolongado de su libro dedicado únicamente a la cuestión de la obediencia que se llama La Verdadera Obediencia en la Iglesia: Guía de discernimiento para tiempos recios. Este libro es definitivo en la materia de la virtud de la obediencia, a qué corresponden, sus matices, y todas sus consecuencias en la aplicación concreta. Sin más que añadir, leemos con atención y detenimiento.

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Dr. Peter Kwasniewski: La verdadera obediencia: Una consideración clave para nuestro tiempo 

Los hombres modernos, herederos de un liberalismo totalitario incoherente, oscilan habitualmente entre el desprecio de toda autoridad y la sumisión ciega a cualquier autoridad que aún reconozcan. Ya no existe una rica red de autoridades a diversos niveles que formen una constelación de puntos de referencia dentro de la cual el cristiano individual rinde su obediencia a Dios y a la jerarquía que procede de Dios. La autoridad se tergiversa con demasiada frecuencia hasta convertirse en una caricatura voluntarista y arbitraria de sí misma, y la obediencia que se presta a tal sustituto es a su vez una caricatura. No es ninguna virtud someterse a falsedades conocidas; no hay ningún mérito en obedecer a un sistema erigido sobre errores y mentiras.

Lo que debemos entender es que la virtud de la obediencia, bien entendida, es hermosa porque es siempre una obediencia a DIOS, ya sea inmediata o mediata. Por ejemplo, cuando adoro a Dios en el día del Señor, lo hago por obediencia directa a Él, porque es Él quien ha dado la ley divina de que debemos reservar un día de la semana para adorarle. Cuando obedezco a los pastores de la Iglesia asistiendo a Misa los domingos, también estoy obedeciendo a Dios, pero indirectamente, porque los pastores que gobiernan en Su Nombre son los que establecieron esa determinación particular del precepto. Del mismo modo, cuando obedezco a la autoridad civil legítimamente constituida, es porque su autoridad proviene de Dios, no del pueblo. Según el Papa León XIII, a quien debemos obedecer siempre -al único a quien debemos obedecer en última instancia- es a Dios mismo. Sería indigno de la dignidad humana, dice, que un hombre tuviera que someterse a otro hombre igual a él en naturaleza, a menos que el gobernante gobierne en nombre de Dios y por Su autoridad, porque entonces estamos dando nuestro asentimiento a lo que Dios quiere a través de Su ministro.

Las implicaciones de este punto son asombrosas. Inmediatamente comprendemos por qué cualquier ser humano, no importa cuál sea su posición en la Iglesia o en el Estado, debe ser obedecido sólo en tanto y en cuanto lo que ordena esté en armonía con la ley de Dios, o al menos no se oponga evidentemente a ella. Si una ley civil o una ley eclesiástica está en desacuerdo con la ley divina o la ley natural (que es la participación de la criatura racional en la ley eterna de la mente de Dios), entonces toma fuerza el principio memorablemente enunciado en los Hechos de los Apóstoles: «Hay que obedecer a Dios antes que a los hombres». Si uno tiene una duda seria y fundada sobre si el mandato humano es compatible con la ley divina o natural, no debe obedecerlo. Decir lo contrario equivaldría a afirmar que en un caso en el que tememos estar cometiendo un pecado mortal, o incluso venial, debemos seguir adelante y hacerlo no sea que ofendamos a nuestro superior.

Así pues, la obediencia a cualquiera, excepto a Dios, no es un absoluto y no existe en el vacío. Tiene condiciones de existencia, niveles de actuación y límites. Un análisis sólido y sobrio de esta cuestión lo ofrece Santo Tomás de Aquino en su Summa Theologiae. Según el Aquinate, pertenece al Orden Divino que el gobierno sea ejercido no sólo por Dios, cuya voluntad está siempre de acuerdo con la sabiduría, sino también por sus representantes, cuya voluntad puede no ser siempre la correcta: “Está escrito (Hch 5,29): Debemos obedecer a Dios antes que a los hombres. Ahora bien, a veces las cosas mandadas por un superior son contrarias a Dios. Por eso no hay que obedecer a los superiores en todo”:

“Hay dos razones por las que un súbdito puede no estar obligado a obedecer a su superior en todas las cosas. Primero, a causa del mandato de un poder superior. Porque como dice una glosa sobre Romanos 13:2, ‘Los que resisten al poder, resisten a la ordenanza de Dios’: ‘Si un comisario emite una orden, ¿debes acatarla, si es contraria a lo ordenado por el procónsul? Y si el procónsul manda una cosa y el emperador otra, ¿dudaréis en desobedecer al primero y servir al segundo? Por lo tanto, si el emperador ordena una cosa y Dios otra, debes hacer caso omiso de la primera y obedecer a Dios» (cf. San Agustín, De Verb. Dom. viii). En segundo lugar, un súbdito no está obligado a obedecer a su superior si éste le manda hacer algo en lo que no está sujeto a él.” (ST II-II, Q. 104, art. 5)

Para aclarar más, el Doctor Angélico escribe:

“El hombre está sujeto a Dios simplemente en cuanto a todas las cosas, tanto internas como externas, por lo que está obligado a obedecerle en todo. En cambio, los inferiores no están sujetos a sus superiores en todas las cosas, sino sólo en ciertas cosas y de un modo particular, respecto de las cuales el superior se interpone entre Dios y sus súbditos, mientras que en las demás materias el súbdito está inmediatamente bajo Dios, por Quien es enseñado ya sea por la ley natural o por la escrita.” (Ibid., ad 2.)

Es importante señalar que los teólogos Católicos sostienen unánimemente que una autoridad puede actuar realmente contra el bien común, cuya búsqueda y protección es la base misma de toda autoridad legítima, y, lo que es aún más importante, que los Católicos de a pie somos capaces de reconocer cuándo está sucediendo. Si no pudiéramos, estaríamos indefensos para responder a cualquier desviación moral o intelectual por parte de nuestros pastores y maestros. Por lo demás, si los fieles carecieran de esta capacidad de discernimiento, gran parte de la historia de la Iglesia sería ininteligible.

Tomemos como ejemplo el rechazo firme y público de muchos Católicos en Inglaterra a asistir al nuevo rito protestante de la Misa del arzobispo Cranmer, incluso cuando eran animados a hacerlo por el clero, que prefería la estrategia del compromiso con las fuerzas heréticas que estaban llegando al poder allí en el siglo XVI. Incluso a costa de molestias, acoso, multas y penas peores, los devotos Católicos ingleses se negaron a asistir a lo que más tarde se llamaría el rito anglicano, mucho antes de que ninguna directiva de Roma afirmara que el nuevo servicio era «el vástago del cisma, la insignia del odio a la Iglesia» y «gravemente pecaminoso».

Si comprendemos, pues, cómo actúan tanto la conciencia como la virtud, veremos que no puede existir la «obediencia ciega» en la vida cristiana. Para hacer el bien y evitar el mal, debemos hacer un juicio sobre el bien que hay que hacer o el mal que hay que evitar; debemos hacer un razonamiento práctico sobre cualquier curso de acción propuesto; debemos querer interiormente la conformidad con la verdad y rechazar la falsedad. Aunque existen reglas generales de acción y normas sin excepciones, sólo el individuo puede, en el momento de actuar, saber y elegir lo que es correcto hacer o no hacer; esta responsabilidad sobre uno mismo no puede «externalizarse» a otra persona que piense y elija por él. Ésta es, bien entendida, la primacía de la conciencia de la que da testimonio la Tradición Católica.

Por supuesto, habrá ocasiones en las que se dé una orden a alguien que está bajo la autoridad de otro y el subordinado no vea ninguna dificultad moral en ello; en esa situación, la falta de algo objetable en la orden le liberaría para cumplirla sin más. No se trata de que el razonamiento moral deba ser complicado y lento -a una persona virtuosa con la conciencia iluminada le resultará muy fácil tomar ciertas decisiones, aunque la consecuencia sea el sufrimiento-, sino de que el razonamiento moral siempre está en marcha y no puede eludirse, ni debe intentarse hacerlo en nombre de una forma de obediencia supuestamente «más santa».

Si estamos convencidos de que algo esencial, algo decisivo en la Fe, está siendo atacado por el Papa o por cualquier otro jerarca, no sólo se nos permite negarnos a hacer lo que se nos pide o manda, no sólo se nos permite negarnos a renunciar a lo que se nos quita o prohíbe injustamente; estamos obligados a negarnos, por el amor que profesamos a Nuestro Señor mismo, nuestro amor a Su Cuerpo Místico y el amor propio a nuestras propias almas.

Porque esto es verdad, cualquier pena o castigo impuesto por «desobediencia» a los revolucionarios sería ilícito. Si un castigo se da sobre premisas teológicas o canónicas falsas, es nulo e inválido, al igual que el juicio canónico y la excomunión de Juana de Arco fueron reconocidos como ilegítimos veinticinco años después de su ejecución a manos de un clero corrupto y políticamente motivado.

Imaginemos a un jerarca que destituye, suspende, excomulga o intenta laicizar a un sacerdote Católico porque éste ama y se adhiere a la tradición litúrgica y el jerarca la desprecia y rechaza. La suspensión o excomunión, o incluso la destitución del estado clerical, serían nulas y sin efecto: es una contradicción en sí misma que se use la autoridad contra alguien cuyo único «delito» es que «lucha ardientemente por la fe que ha sido una vez dada a los santos» (cf. Judas 3). El sacerdote puede seguir administrando los sacramentos como antes; sus facultades permanecen intactas.

Permítanme insistir: Estoy hablando de un sacerdote que es castigado por nada más que la «falta» de adherirse a la tradición litúrgica, que no es una falta sino una virtud resplandeciente -por ejemplo, un sacerdote que es suspendido sólo por continuar diciendo la Misa tradicional en latín después de que el Ordinario local se haya atrevido a prohibirlo; o un sacerdote que es apartado de su pastorado y de cualquier deber parroquial porque ya no puede, en buena conciencia, distribuir la Sagrada Comunión en la mano. Invariablemente, en casos como éste, la mayoría de los superiores inventan acusaciones falsas para distraer la atención de la cuestión real.

Alguien podría objetar que, en esencia, estoy negando que la autoridad eclesiástica legítima siga existiendo, porque si existiera, cualquier sanción que impusiera contra un sacerdote, fuera culpable o inocente, seguiría siendo efectiva pro tempore: un sacerdote al que se le retiraran las facultades carecería de facultades. Después de todo, el Derecho Canónico asume la validez de las acciones en el foro externo.

Mi respuesta es que este razonamiento sería cierto en tiempos ordinarios, pero no en nuestros tiempos extraordinarios, cuando la autoridad eclesiástica, por su asalto a la Tradición Litúrgica y teológica, se ha vuelto contra el bien común de la Iglesia, subvirtiendo su propio propósito y, en esa medida, su autoridad. Los Católicos reconocen una ley más fundamental que los dictados canónicos, que los condiciona necesaria y profundamente: salus animarum suprema lex, la salvación de las almas es la ley suprema. Es para la salvación de las almas que existe toda la estructura de la ley eclesiástica; no tiene otro propósito que, en última instancia, proteger y promover el compartir la vida de Cristo con la humanidad.

En circunstancias normales, las leyes eclesiásticas crean una estructura dentro de la cual la misión de la Iglesia puede desarrollarse de manera ordenada y pacífica. Pero puede haber situaciones de anarquía o de ruptura, de corrupción o de apostasía, en las que las estructuras ordinarias se convierten en impedimentos, y no en facilitadores, de la misión de la Iglesia. En estos casos, la voz de la conciencia dicta que hay que hacer lo necesario, con prudencia y caridad, para la realización de la ley soberana. Por ejemplo, San Atanasio el Grande fue oficialmente excomulgado, pero a pesar de ello no dudó en continuar con su labor (incluida la celebración pública de la liturgia), y muchos sacerdotes que permanecieron fieles en medio de la extinción de la jerarquía Católica en la Inglaterra Isabelina ejercieron su ministerio violando las normas canónicas ordinarias, incluso a lo largo de múltiples generaciones.

La línea convencional de argumentación sería que si a un sacerdote se le han retirado sus facultades, puede seguir ofreciendo válidamente (pero ilícitamente) la Santa Misa, bautizando, confiriendo la extremaunción y confirmando (si lo hace en el momento del bautismo o de la recepción en la Iglesia), pero no podría dar la absolución sacramental válida salvo en caso de emergencia y no podría servir como testigo de un matrimonio sacramental válido. Sin querer negar que hay complicadas cuestiones canónicas implicadas, no debemos dejar de reconocer el elefante en la habitación: la Fe Católica Tradicional está bajo un asalto sin precedentes por parte de los mismos que deberían ser sus principales sostenedores y defensores. Esto ya crea una emergencia generalizada que no necesita ser «declarada» como tal. (¿Quién la declararía? Seguramente no los «Modernistas de lavanda» que ocupan puestos de máxima autoridad y que se benefician, o al menos aprueban, la disolución de la fe y la moral Católicas). El derecho fundamental de los bautizados a una vida sacramental tradicional, siendo de ley divina, nunca puede verse comprometido por ninguna apelación o aplicación de leyes humanas, por muy autorizadas que sean en sí mismas. La ley no prevé todas las situaciones, y sin duda deben entrar en juego los principios canónicos de equidad y Epiqueya. El derecho canónico existe para facilitar la glorificación de Dios y la santificación de su pueblo, no para crearles impedimentos y obstáculos.

Cuando se incendia un edificio, se intenta apagar el fuego y rescatar a las víctimas con cualquier medio a mano, en lugar de esperar a que lleguen los bomberos, sobre todo si se sabe por amarga experiencia que el jefe de bomberos está ausente de su puesto, o durmiendo, o intoxicado, o convencido de que los incendios son beneficiosos, y la mayoría de los bomberos son vagos cuyos métodos no funcionan, o, peor aún, están pagados por saboteadores para rociar gasolina sobre el fuego. No hay que culpar de la crisis de la Iglesia a quienes, conscientes de una obligación ante Dios y de un deber para con los hermanos que sufren, han respondido a ella lo mejor que han podido, con las brillantes armas de la obediencia a la ley suprema que rige todas las demás.

(Nota del autor: El libro sobre el tema llamado: La Verdadera Obediencia en la Iglesia: Guía de discernimiento para tiempos recios; se puede obtener en Amazon en el siguiente enlace: https://www.amazon.es/Verdadera-Obediencia-Iglesia-discernimiento-tiempos/dp/1960711180)

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