El Arzobispo de Santiago de Compostela, Mons. Francisco José Prieto, ha invitado formalmente al Papa León XIV a participar en los actos del próximo Año Santo Compostelano, previsto para 2027. La invitación se realizó al término de la Audiencia General del pasado miércoles en Roma, en el marco de la peregrinación diocesana con motivo del Jubileo Ordinario de la Esperanza de 2025, según informó Aciprensa.
En el breve saludo protocolario tras la audiencia, Mons. Prieto transmitió al Pontífice “la esperanza y la ilusión de toda la Iglesia diocesana ante la gran cita jubilar que ya se vislumbra en el horizonte”. Desde el Arzobispado compostelano señalaron que León XIV agradeció cordialmente el gesto, si bien la confirmación de una eventual visita deberá concretarse a través de los cauces oficiales habituales.
El privilegio jubilar de Santiago de Compostela
La ciudad que custodia los restos del Apóstol Santiago el Mayor, hermano del evangelista San Juan, es una de las cinco urbes del mundo con derecho a celebrar Años Jubilares a perpetuidad. Comparte este privilegio con Jerusalén, Roma, Santo Toribio de Liébana y Caravaca de la Cruz.
En el caso compostelano, el Año Santo tiene lugar cada vez que el 25 de julio, fiesta del martirio del Apóstol, coincide en domingo. Este fenómeno se repite con la secuencia 11, 6, 5 y 6 años. Durante el siglo XXI ya se han celebrado Años Santos en 2004, 2010 y 2021. El último fue prorrogado excepcionalmente hasta 2022 por decisión del Papa Francisco debido a la pandemia de covid-19.
Próximos Años Jacobeos y condiciones para la indulgencia
El calendario litúrgico marca que los próximos Años Jacobeos tendrán lugar en 2027, 2032, 2038 y 2049. Cada celebración jubilar atrae a millones de peregrinos a Compostela, convirtiendo la ciudad en epicentro espiritual de Europa.
Las condiciones establecidas por la Iglesia para lucrar la indulgencia plenaria del Año Santo son tres: visitar la tumba del Apóstol en la Catedral de Santiago y rezar allí una oración; confesarse dentro de los quince días previos o posteriores a la visita; y comulgar. La indulgencia puede aplicarse también en sufragio por los difuntos.
