El sacerdote y artista acusado de abusos por parte de varias mujeres ha sido despedido de la Compañía de Jesús, decisión que se tomó «por su obstinada negativa a observar el voto de obediencia», se lee en una carta enviada por el consejero general, Johan Verschueren, a las victimas. Rupnik también rechazó la «última oportunidad» concedida para entrar en un «camino de la verdad».
Marko Ivan Rupnik fue expulsado el 9 de junio de la orden por decreto “debido a la testaruda negación a cumplir el voto de obediencia”, según un comunicado de la Compañía de Jesús al que tuvo acceso The Associated Press.
En su carta, Verschueren explica que la decisión de despedir a Rupnik se tomó «debido a su obstinada negativa a observar el voto de obediencia». A Rupnik se le habían impuesto restricciones en celebraciones, actividades artísticas y movimientos que el ahora exjesuita ha violado reiteradamente en los últimos meses, según cuenta Domani.
Rupnik tiene 30 días para apelar la orden de expulsión, según el comunicado de la orden. Sigue siendo sacerdote, aunque no jesuita.
El ‘caso Rupnik’
El famoso jesuita ha estado en el punto de mira estos últimos meses tras ser acusado de abusos sexuales, de poder y de conciencia por varias religiosas.
El líder de la Compañía de Jesús, Arturo Sosa, confirmó el pasado mes de diciembre que el sacerdote y artista jesuita Marko Rupnik, acusado de abusar sexualmente de al menos nueve religiosas, fue excomulgado por confesar a una de sus víctimas.
El Superior de los jesuitas indicó que el Dicasterio para la Doctrina de la Fe, que investigó las denuncias contra el P. Rupnik, “dijo que sucedió, hubo la absolución de una cómplice”. Esta sanción del Vaticano, de acuerdo a AP, habría ocurrido en 2019 aunque la pena de la excomunión se le fue retirada posteriormente.
Cronología de lo ocurrido
Arturo Sosa aclaró que casos como el del P. Rupnik son de la exclusiva competencia del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, «que se vale de los Superiores religiosos para realizar tanto las investigaciones previas como los eventuales procesos administrativos-penales, quedando siempre la decisión final en el DDF».
En este caso, la DDF recibió directamente una denuncia de extra-limitación en las relaciones entre el P. Rupnik y personas adultas consagradas de la Comunidad Loyola, en Eslovenia, mientras ejercía labores pastorales vinculados al ministerio sacramental. Hechos que sucedieron en los primeros años de la década de los 90 del siglo XX.
Según contó el Superior de los jesuitas, la DDF solicitó a la Compañía de Jesús la investigación previa. Al recibir la información y el encargo, se tomaron las medidas cautelares proporcionales al caso. La investigación previa fue realizada por personas competentes, fuera de la Compañía de Jesús, y entregada al Dicasterio.
Tras el estudió del dossier por parte del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, éste comunicó que las denuncias recibidas estaban legalmente prescritas. «Queremos pasar del nivel jurídico al de atender el sufrimiento causado y sanar las heridas abiertas. Mantener en vigor las medidas de restricción del ministerio del P. Rupnik es uno de los elementos de un complejo proceso que, sabemos, toma tiempo y para el cual no hay recetas predeterminadas. Forma parte del aprendizaje que vamos haciendo tratando de no equivocarnos», zanjó Sosa.
¿Bloqueó Francisco la excomunión de Rupnik?
Las pocas veces que el Pontífice ha hecho mención a este asunto ha sido para decir que él no sabía nada de nada. A pesar de eso, el blog Messa in Latino aseguró que el Papa habría bloqueado la excomunión de su colega jesuita.
La fuentes del blog confirmaron la información, especificando que hubo una sentencia canónica a principios del año 2022. La sentencia, se refiere a un juicio por la absolución del cómplice en confesión, un gravísimo delito canónico reservado a los Tribunales de la Congregación para la Doctrina de la Fe.
La sentencia, dictada por unanimidad por el Tribunal Eclesiástico, relata cómo el jesuita supuestamente absolvió en confesión a una mujer (mayor de edad y consentida) con la que había mantenido relaciones «de sexto». Este delito canónico está estipulado en el canon 977 del Código de Derecho Canónico. El delito se castiga con excomunión latae sententiae. El Tribunal, habiendo constatado el hecho, reconoció que el P. Rupnik fue excomulgado de conformidad con los cánones 977 y 1378, primer párrafo.
Sin embargo, pocas horas después de la notificación de la sentencia, debido a la presión del p. Rupnik el Santo Padre levantó la excomunión, en contraste con las decisiones de la corte.
Los abusos de Rupnik datarían de hace más de 30 años, sin embargo, aunque estaba prescrito (las víctimas eran mayores de edad), el fiscal general jesuita aún habría pedido que lo remitiera a juicio ya que fueron definidos como «espantosos». A pesar de ello, parece que, por la intervención del Santo Padre, el proceso no se llevó a cabo precisamente porque estaba «prescrito».