Algunas diócesis españolas han decidido dispensar del cumplimiento del ayuno y la abstinencia el Viernes Santo, una de las jornadas penitenciales más importantes del calendario litúrgico, debido a las circunstancias particulares que rodean la celebración de la Semana Santa en determinadas regiones. La medida, recogida por Aciprensa y comunicada oficialmente por la Archidiócesis de Sevilla, se justifica por la dificultad que encuentran muchos fieles para cumplir estas prácticas mientras participan en las procesiones.
En el caso de Sevilla, el arzobispo, monseñor José Ángel Saiz Meneses, ha promulgado un decreto en el que concede esta dispensa, teniendo en cuenta “el modo de celebrar la Semana Santa en nuestra tierra”, así como la práctica de años anteriores y la de otras diócesis del entorno.
Dispensa con invitación a mantener la penitencia
A pesar de la dispensa, el prelado ha pedido expresamente a los fieles que mantengan, en la medida de lo posible, el ayuno y la abstinencia propios del Viernes Santo. En caso de no poder hacerlo, se les invita a sustituir estas prácticas por obras de caridad, especialmente dirigidas a los pobres, o por otras obras de misericordia.
El decreto recuerda además el sentido de estas prácticas, que la Iglesia ha conservado durante siglos como expresión de penitencia y como forma de unirse espiritualmente a la Pasión y Muerte de Jesucristo.
Otras diócesis se suman a la medida
Una decisión similar ha sido adoptada en la diócesis de Córdoba. Su obispo, monseñor Jesús Fernández, ha exhortado a los fieles a mantener el ayuno y la abstinencia siempre que no supongan una grave dificultad. En caso contrario, también propone sustituirlos por otras formas de penitencia, como obras de caridad o prácticas de piedad.
Estas disposiciones reflejan una adaptación pastoral ante una realidad concreta: la intensa participación de los fieles en las celebraciones externas de la Semana Santa, especialmente en el sur de España.
El marco del Derecho Canónico
El Código de Derecho Canónico establece que todos los fieles están obligados a hacer penitencia, fijando como días principales los viernes del año y el tiempo de Cuaresma. En particular, el Miércoles de Ceniza y el Viernes Santo son jornadas en las que se exige tanto el ayuno como la abstinencia.
La abstinencia obliga a partir de los 14 años, mientras que el ayuno se exige desde la mayoría de edad hasta los 59 años. No obstante, el propio Código permite a las conferencias episcopales concretar la forma de observar estas prácticas e incluso sustituirlas, en todo o en parte, por otras expresiones de penitencia, especialmente obras de caridad.
En este contexto, las dispensas concedidas por algunas diócesis se enmarcan dentro de la potestad de la Iglesia para adaptar la disciplina penitencial a las circunstancias pastorales concretas, sin perder de vista el sentido espiritual de estos días.