Los obispos de Ecuador expresan preocupación por fallo que permite cambio de género en adolescentes

Los obispos de Ecuador expresan preocupación por fallo que permite cambio de género en adolescentes

La Conferencia Episcopal Ecuatoriana ha manifestado su “profunda preocupación” por una reciente sentencia de la Corte Constitucional que abre la posibilidad de que adolescentes soliciten el cambio de género en su documento de identidad desde los 12 años. Los obispos consideran que la decisión plantea interrogantes jurídicos y humanos relevantes y advierten sobre sus posibles consecuencias para el desarrollo integral de los menores.

La sentencia que abre la puerta al cambio de género en adolescentes

La reacción del episcopado ecuatoriano se produce tras la sentencia 4-24-CN/26, emitida por la Corte Constitucional el 5 de febrero de 2026. El fallo examina la constitucionalidad del artículo 94 de la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles, que establecía que la rectificación del género en la cédula solo podía realizarse al alcanzar la mayoría de edad.

La decisión del tribunal concluyó que no se puede negar automáticamente ese trámite a los menores de 18 años, ya que una prohibición absoluta podría afectar derechos constitucionales como el libre desarrollo de la personalidad y el derecho a la identidad.

A partir de esta interpretación, los adolescentes —generalmente entre 12 y 18 años— podrán solicitar la rectificación del género en su documento de identidad en determinados casos. La Corte no eliminó completamente la normativa existente, pero determinó que la exigencia de mayoría de edad resulta inconstitucional cuando se aplica de forma automática sin considerar las circunstancias individuales.

El fallo se originó en el caso de un adolescente cuyo pedido de cambio de nombre y género fue rechazado por el Registro Civil debido a la norma vigente. La familia acudió entonces a la justicia y el proceso llegó a la Corte Constitucional mediante una consulta de constitucionalidad.

Requisitos establecidos por el tribunal

Aunque el fallo abre la posibilidad del cambio registral para adolescentes, la Corte estableció ciertas condiciones. Entre ellas se encuentra que la solicitud sea presentada con el acompañamiento de los representantes legales y respaldada por evaluaciones psicosociales que acrediten que el adolescente cuenta con suficiente «madurez» para tomar una decisión informada sobre su identidad de género.

La sentencia fue aprobada por cinco votos a favor y cuatro en contra, lo que refleja el debate existente dentro del propio tribunal constitucional.

La preocupación expresada por la Conferencia Episcopal

Ante esta decisión, la Conferencia Episcopal Ecuatoriana difundió un comunicado dirigido a la sociedad del país en el que expresa inquietud por el alcance del fallo. En su mensaje, los obispos señalan que la sentencia introduce una interpretación jurídica que permite a adolescentes adoptar una decisión que consideran de carácter permanente en una etapa de la vida marcada por la formación de la identidad personal.

El episcopado recuerda que la normativa vigente establece que la rectificación del género en la cédula solo puede realizarse una vez, lo que convierte este acto en una determinación con efectos duraderos en la vida jurídica de la persona.

Desde esta perspectiva, advierten que permitir decisiones legales permanentes durante esta fase del desarrollo puede implicar riesgos para el futuro de los menores, incluso cuando exista acompañamiento familiar o asesoramiento profesional.

Debate jurídico y papel del legislador

El comunicado episcopal también señala que la sentencia se adoptó por una mayoría estrecha dentro de la Corte Constitucional y recuerda que varios magistrados presentaron votos salvados, en los que plantearon dudas sobre la interpretación jurídica adoptada por el tribunal.

Además, los obispos consideran que el cambio en el alcance de la normativa debería ser discutido principalmente en el ámbito legislativo. En su opinión, corresponde a la Asamblea Nacional definir mediante un debate amplio y técnico los límites y condiciones de este tipo de decisiones jurídicas relacionadas con la identidad en documentos oficiales.

Un llamado a la prudencia en la protección de los menores

En su comunicado, la Conferencia Episcopal hace un llamado a las autoridades públicas, a las instituciones del Estado y a la sociedad ecuatoriana para que reflexionen con prudencia sobre las consecuencias jurídicas, sociales y humanas que pueden derivarse de este tipo de decisiones.

Los obispos exhortan especialmente a reforzar la protección integral de la infancia y la adolescencia, recordando que las decisiones que afectan a la identidad personal de los menores pueden tener efectos profundos y duraderos en su vida futura.

La protección de los niños y adolescentes requiere responsabilidad, prudencia y un compromiso firme con la dignidad de cada persona.

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