Las familias numerosas de Madrid llevaban meses denunciando un criterio municipal que, a su juicio, las perjudicaba de forma directa en el acceso a las escuelas infantiles públicas. En los procesos de admisión, el número de hijos es un elemento clave para obtener puntuación, pero el Ayuntamiento no estaba computando a los hijos concebidos y aún no nacidos, incluso cuando el embarazo estaba acreditado médicamente.
Esta práctica administrativa, aplicada en los baremos municipales, reducía los puntos de las familias que esperaban un nuevo hijo y las situaba en desventaja frente a otros solicitantes. La Asociación de Familias Numerosas de Madrid (AFNM) decidió recurrir la medida ante los tribunales al considerar que vulneraba la normativa vigente y el principio de igualdad.
Según ha informado Europa Press este 11 de febrero, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 22 ha estimado parcialmente el recurso presentado por la asociación y ha dado la razón a las familias en un punto esencial: el hijo concebido debe computar a efectos favorables en los procesos de admisión.
El concebido debe ser tenido por nacido a efectos favorables
El letrado de la AFNM, Íñigo Martínez de Artola Silva, ha explicado que la sentencia considera indebida la exclusión de los hijos concebidos y no nacidos del baremo. El fallo recuerda que la ley establece que al concebido “se le tendrá por nacido a todos los efectos favorables”, y concluye que no computarlo vulnera el principio de igualdad y la protección constitucional de la familia.
En consecuencia, el juzgado reconoce el derecho de las familias numerosas a que el hijo concebido sea tenido en cuenta en la puntuación para acceder a las escuelas infantiles municipales.
Un criterio que reducía puntos y perjudicaba a las familias
La exclusión tenía efectos prácticos inmediatos: al no sumar ese hijo en el cómputo, las familias obtenían menos puntos y podían quedar fuera del proceso de admisión o relegadas a posiciones inferiores en las listas.
Desde la asociación consideran que no se trataba de un simple ajuste técnico, sino de una decisión que afectaba directamente a familias reales y a su derecho a recibir un trato acorde con la normativa vigente.
Exigen la rectificación del Ayuntamiento
Tras conocerse la resolución, la Asociación de Familias Numerosas de Madrid ha celebrado el fallo judicial y ha instado al Ayuntamiento a rectificar de inmediato los baremos para evitar nuevas situaciones que consideran discriminatorias.
La sentencia no solo obliga a revisar el criterio aplicado hasta ahora, sino que sienta un precedente relevante sobre la consideración jurídica del concebido en el ámbito de las políticas familiares municipales.