Tan solo dos días después de la reanudación del juicio por la gestión de fondos reservados de la Secretaría de Estado del Vaticano —con el cardenal Angelo Becciu como principal acusado—, el tribunal decidió anular la audiencia prevista y reservarse cualquier pronunciamiento, dejando el proceso en suspenso, según informó la agencia Ansa.
La determinación fue comunicada por el presidente de la Corte de Apelación del Vaticano, monseñor Alejandro Arellano Cedillo, quien cerró de forma inesperada el debate oral tras las contrarréplicas de las defensas y de las partes civiles, entre ellas el Instituto para las Obras de Religión (IOR), la Secretaría de Estado y la Administración del Patrimonio de la Sede Apostólica (APSA).
Cuestiones procesales aún sin resolver
La Corte deberá ahora pronunciarse mediante una ordenanza sobre una serie de cuestiones de carácter procesal que podrían afectar al desarrollo del juicio. Entre ellas figuran la solicitud de nulidad del proceso de primera instancia, la petición de incorporar documentación vinculada al denominado caso Striano y las controversias relacionadas con comunicaciones, omisiones documentales y actuaciones de distintos testigos y funcionarios.
Estas cuestiones han ocupado buena parte de las últimas audiencias y han sido presentadas por las defensas como elementos centrales para valorar la validez del procedimiento judicial seguido hasta ahora.
Posturas enfrentadas entre defensas y acusación
Durante las intervenciones finales, varios abogados defensores cuestionaron la equidad del proceso y denunciaron supuestas vulneraciones del derecho de defensa. Estas objeciones fueron compartidas por representantes legales de distintos imputados, que insistieron en la necesidad de que el tribunal se pronuncie antes de entrar en el fondo de las acusaciones.
Por su parte, los representantes de las partes civiles defendieron la legalidad de los actos adoptados durante la instrucción y sostuvieron que determinadas decisiones, incluidas las adoptadas mediante rescriptos pontificios, tienen valor normativo dentro del ordenamiento jurídico vaticano.
El debate sobre el papel del Ministerio Público
Desde la fiscalía vaticana se rechazaron las peticiones de incorporar actuaciones judiciales procedentes de tribunales italianos, al considerarse ajenas al objeto del proceso en curso. El promotor de justicia subrayó la independencia del Ministerio Público y defendió que no existe conexión jurídica entre procedimientos abiertos fuera del Vaticano y el juicio que se sigue ante la jurisdicción vaticana.
Este punto ha sido uno de los más controvertidos del debate, al plantear la relación entre investigaciones paralelas y la autonomía del sistema judicial del Estado de la Ciudad del Vaticano.
A la espera de una decisión clave
Los abogados del cardenal Becciu reiteraron públicamente la inocencia de su defendido y señalaron que, pese a no haberse entrado aún en el análisis de las acusaciones concretas, consideran imprescindible que la Corte se pronuncie primero sobre las presuntas irregularidades procesales planteadas desde el inicio del caso.
La decisión que adopte ahora el tribunal de apelación será determinante para el futuro del proceso y podría marcar un punto de inflexión en uno de los juicios más relevantes de los últimos años en el Vaticano.
Nota de contexto:
El caso Becciu tiene su origen en un juicio penal iniciado en 2021 contra el cardenal Giovanni Angelo Becciu y otros imputados por presuntos delitos financieros vinculados a una inversión de la Secretaría de Estado en una propiedad inmobiliaria en Londres, que resultó en pérdidas millonarias para la Santa Sede. En diciembre de 2023, el tribunal de primera instancia condenó a Becciu, imponiéndole una pena de prisión, sanciones económicas e inhabilitación para cargos públicos, tras considerarlo responsable de malversación y abuso de poder.
Becciu ha mantenido su inocencia y recurrió la sentencia ante el tribunal de apelación, donde se están revisando tanto cuestiones fácticas como procesales del caso. La apelación ha estado marcada por objeciones sobre la conducción de la instrucción y la admisibilidad de ciertas pruebas, entre ellas comunicaciones internas y omisiones documentales cuya valoración podría influir en la validez del veredicto original.