Las grabaciones que está desvelando Infovaticana sobre la polémica investigación eclesiástica al sacerdote Eleuterio Vásquez González, conocido como el Padre Lute, demuestran que el entonces obispo de Chiclayo Robert Prevost, nunca lo suspendió del ministerio público. El contenido íntegro del decreto de medidas cautelares de 3 de abril del 2025, leído por el instructor diocesano Giampiero Gambaro ante las víctimas, revela que las restricciones impuestas fueron exclusivamente dos: su retiro de la parroquia de Eten y la limitación de las confesiones. Nada más.
En el nuevo audio, Gambaro lee textualmente el decreto de Prevost, en el que se dispone que el sacerdote “abandone temporalmente la parroquia y se abstenga de escuchar confesiones”. No se menciona en ningún punto una suspensión del ministerio público ni prohibición general de celebrar misa o ejercer funciones sacerdotales. De hecho, el propio delegado aclara a las víctimas que Lute no había sido suspendido y que mantenía las facultades propias del ministerio, con la única excepción mencionada.
Retirar de una parroquia no equivale a prohibir el ministerio público
Ser relevado de una parroquia no implica quedar privado del ministerio sacerdotal público. Muchos sacerdotes no son párrocos y, sin embargo, celebran misa, administran sacramentos y ejercen libremente su ministerio. La figura del párroco es una función pastoral específica, no una condición jurídica necesaria para ejercer el sacerdocio.
El canon 1333 del Código de Derecho Canónico es claro: la suspensión de un clérigo requiere un decreto formal que indique expresamente las facultades retiradas. En este caso, no hubo tal decreto de suspensión, sino medidas cautelares parciales que no afectaron el estatus clerical ni el ejercicio público general del ministerio. Por tanto, es falso afirmar que Lute fue suspendido del ministerio público.
El relato oficial hasta la fecha ha llevado a que desde todos los medios se diera por hecho que el sacerdote fue suspendido, cuando en realidad el decreto solo implicaba su traslado y una restricción puntual. La lectura íntegra del documento por Gambaro pone fin a esa versión y restablece la verdad jurídica de los hechos.
Las pruebas en audio: el decreto leído por Gambaro
Las grabaciones muestran con claridad el contenido real del decreto de Prevost y las explicaciones dadas por el propio instructor eclesial. A continuación, los fragmentos más relevantes:
Giampiero Gambaro:
“El decreto de Prevost del 3 de abril 2022, cuando ustedes ya se habían acercado, primeros contactos con la Iglesia, digamos así, entonces dice: Prohibir al padre Eleuterio administrar el sacramento de la penitencia. Confesión. Segundo, el ejercicio de las funciones inherentes a su oficio de párroco, inherentes a su oficio de párroco, en la parroquia, básicamente lo saca de párroco de la parroquia de Santa María Magdalena en la Ciudad Etén. Nada más. Nada más. No le prohibe de celebrar Misa ni de recibirla ni de nada. Cornejo, ahora acá no lo tengo porque incluso el padre… (incomprensible) donde le impone la prohibición de celebrar Misa. Pero entre el 2022 y el 2023 no tenía prohibición. Entonces lamenteblemente el padre Julio, o no sé quien, te comunicó algo equivocado.”
La lectura literal del decreto por parte de Gambaro demuestra que las únicas restricciones fueron la confesión y el oficio parroquial. El sacerdote no perdió sus facultades ministeriales generales y siguió autorizado para celebrar misa y ejercer públicamente su ministerio.
Abogada: “Lo normal —yo que he seguido por experiencia que tengo en los casos—, lo normal cuando se trata de un caso de abuso de menores, lo primero que se le prohibe es la celebración de misa.”
Gambaro: “No ha sido el caso, eh, qué puedo decir. Contra facto, non valent argumenta, jeje, disculpe el latín.”
Esta segunda conversación confirma de forma rotunda que Prevost no prohibió a Lute celebrar misa ni ejercer públicamente el ministerio. La expresión latina usada por Gambaro —“contra los hechos no valen los argumentos”— resume con ironía la evidencia: los hechos contradicen la versión oficial.
Con estas pruebas, queda definitivamente acreditado que el decreto de Prevost del 3 de abril de 2022 no suspendió al Padre Lute del ministerio público. Las medidas cautelares se limitaron al retiro temporal de la parroquia y a la restricción de administrar el sacramento de la penitencia. El sacerdote mantuvo sus facultades ministeriales ordinarias y no hubo, en ningún momento bajo el episcopado de Prevost, suspensión del ejercicio público sacerdotal o limitación específica para celebrar misas solo privadamente.
La lectura completa del decreto por parte de Gambaro, desmiente la versión difundida por Elise Ann Allen en la biografía oficial del papa, por la diócesis de Chiclayo en un comunicado de septiembre de 2024 y por el propio Robert Prevost, que en julio del 2024 contestó por correo electrónico a Infovaticana sobre las medidas tomadas en ese expediente.
