La reforma a pedazos del Papa Francisco, entrevista a Dom Georg, la ‘Víctima’ Benedicto XVI, munus y ministerium.

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El propio Papa Francisco habló de una «reforma en pedazos» , hoy tenemos otro  Motu Proprio que esta vez cambia el Derecho Canónico, la ley fundamental de la Iglesia Católica. El Motu Proprio es un documento del Papa que no ha sido propuesto por ningún organismo de la Curia Romana. La frase en latín significa «por iniciativa propia». Según el Código de Derecho Canónico, el Papa está dotado de todos los poderes para ejercer la soberanía inmediata sobre toda la Iglesia universal, sobre cada Iglesia particular y en materia de doctrina. Creemos que aquí lo importante no es tanto lo modificado, que también, sino la extraña forma de cambiar el derecho canónico de esta manera. Es una puerta abierta, posible sin duda, nunca recomendable, que puede convertir lo excepcional en ordinario y cambiar por la vía de los hechos toda una estructura jurídica secular. Esta vez se justifica con la  ‘descentralización’ para fomentar el sentido de colegialidad y responsabilidad pastoral de los Obispos y  sustentar los principios de racionalidad, eficacia y eficiencia.

Muchos artículos sobre Fidem servare, del Papa Francisco divide la Congregación para la Doctrina de la Fe en dos secciones autónomas: la Disciplinaria y la Doctrinal. En los sacros palacios circulan rumores  sobre la no prórroga de Ladaria y su sustitución por Scicluna. La competencia sobre los delitos contra la fe y los delitos más graves cometidos contra las costumbres o en la celebración de los Sacramentos quedará así reservada a la Sección Disciplinaria, a la que corresponderá también la preparación de los procedimientos canónicos. La Sección Doctrinal, por su parte, se ocupará de «las materias relativas a la promoción y protección de la doctrina de la fe y las costumbres». El oficio doctrinal se reservará también para el examen de los documentos de los demás Departamentos de la Curia Romana antes de su publicación y también de los escritos y opiniones que «parecen problemáticos para la recta fe» siempre «fomentando el diálogo con sus autores y proponiendo los remedios adecuados».

La Oficina Matrimonial, encargada de las causas de disolución del matrimonio a favor de la fe estará también bajo la jurisdicción de la Sección Doctrinal; así como las cuestiones relativas a los ordinariatos personales,  las solicitudes pendientes de dispensa del celibato y las de reintegración al ejercicio del ministerio sacerdotal de ex sacerdotes casados ​​después de la muerte de su cónyuge o nulidad del matrimonio. Tanto la Sección Doctrinal como la Sección Disciplinaria tendrán su propio secretario, siendo autónomos entre sí.

Entramos en el capítulo de defensas a Benedicto XVI, hoy es Georg Gänswein, su secretario personal,  defenestrado por el Papa Francisco, que ha concedido una entrevista  a EWTN para comentar la ‘carta’. El Papa Benedicto escribió su carta y se la envió al Papa Francisco, antes de que se publicara. Ella le agradeció la llamada en que  le preguntó si estaba bien y dos días después, llegó una hermosa carta del Papa Francisco en la que le aseguraba una vez más, y con palabras realmente conmovedoras, su apoyo, su solidaridad y su apoyo, y diciéndole que, por supuesto, estaba de su lado. Me preguntaron si no sería posible publicar esta carta. Es una carta que el Papa Francisco le escribió a Benedicto, y como tal debe permanecer confidencial y privada. Pero está permitido hablar de ello”.

En Alemania, y en los medios oficiales de la Iglesia Católica, financiados por los obispos, abundan los comentarios negativos a Benedicto XVI, otra prueba más de donde vienen los ataques. En ellos vemos cosas como estas: “Culpa sin responsabilidad personal – Benedicto XVI quiere tener la conciencia tranquila. Pero el emérito sigue siendo vago: en lugar de un examen de conciencia, hay una catequesis «, “La declaración personal de Benedicto no puede satisfacer. Se esperaba con ansias, y ahora ha llegado: pero la declaración personal de Benedicto sobre el informe de abusos de Munich deja preguntas abiertas y no puede satisfacer”.

La Iglesia católica alemana se encuentra en una posición extremadamente débil frente al poder secular. No sólo vive en un ambiente cultural basado en una fuerte matriz protestante-laica, sino que, además, a nivel económico depende del Estado, a través del sistema tributario, único en el mundo que procura a la Iglesia ingresos económicos sustanciales. La opinión pública y el propio Estado se sienten con derecho a exigir que la Iglesia lleve a cabo reformas internas según sus propios criterios. La presión sobre la Iglesia alemana para que cumpla con las llamadas reformas es difícil de contrarrestar y el Papa Emérito Benedicto XVI simboliza una Iglesia diferente a la que exige el poder secular y esto se concreta en el odio mostrado.

Tras el artículo de Fulton J. Sheen, los signos de los tiempos, hoy encontramos otro de Luisella Scrosati sobre Juan Pablo II, Benedicto XVI y los ataques de la Bestia. La historia de los dos papas parece estar descrita en el Libro del Apocalipsis, en el capítulo once donde Juan presenta a los dos misteriosos testigos, grandes perturbadores del nuevo orden secularizado. Benedicto XVI había previsto el advenimiento de un credo anticristiano y llamó a la resistencia en la oración.  La estrategia del ataque cobarde a Benedicto XVI se hace cada vez más evidente: la planificación de la nueva Iglesia, edificada no sobre el fundamento de los Apóstoles, sino sobre el del mundo, no puede alcanzar el fin anhelado sin antes eliminar a quienes pudieran oponérsele.

El Papa Benedicto XVI  es sin duda el obstáculo más conocido y más peligroso. Juan Pablo II  denunciaba el gran choque que se está produciendo en nuestro tiempo, entre la luz y la oscuridad, entre la cultura de la vida y la de la muerte, toda enseñanza fue profanada y subvertida y su «descendencia» dispersada. Benedicto XVI en Ein Leben: “La sociedad moderna pretende formular un credo anticristiano: quien lo desafíe será castigado con la excomunión social. Tener miedo de este poder espiritual del Anticristo es demasiado natural y es realmente necesario que las oraciones de diócesis enteras y de la Iglesia mundial vengan al rescate para resistirlo”.

Especial en el semanal de ‘Tempi’ sobre la pederastia en la Iglesia en el que presenta al Papa Benedicto XVI como víctima, o más bien «La víctima». Víctima  de una campaña mediática que utiliza un dossier ambiguo, encargado por la propia archidiócesis de Munich, para acusarle de negligencia e incluso de encubrimiento en beneficio de unos sacerdotes acosadores en episodios que datan de hace cuarenta años. Víctima de fuertes corrientes que desde hace tiempo trabajan dentro y fuera de la Iglesia para derribar a Joseph Ratzinger y la verdad que él representa y testimonia.

En 1983 vemos un  cambio en el derecho canónico: el oficio papal se dividió en dos entidades, el munus (título divino) y el ministerium (ejercicio del poder). En esto se apoyan algunos para complicar aún más la complicada situación en la que vivimos. El argumento es que si el papa renuncia al munus y lo ratifica, se produce su ABDICACIÓN (canon 332.2). Si renuncia al ministerium y no ratifica, como lo hizo Benedicto XVI,  estamos en el supuesto de SEDE IMPEDITA (canon 412), donde el Papa es un prisionero, confinado, no libre para expresarse, pero sigue siendo Papa en todos los aspectos. Un papa puede ser privado por la fuerza del poder práctico, ministerium, quizás por un golpe de estado o por enemigos externos, pero siempre sigue siendo papa, mientras que quien tiene solo el poder práctico papal no adquiere automáticamente el munus, el título de Papa.

Un largo artículo de hoy descubre que esta distinción entre título y funciones proviene inequívocamente de la ley dinástica de los príncipes alemanes. En el siglo XIX, tenemos varias renuncias al munus firmadas por varios archiduques de la familia imperial austríaca o, parcialmente, a algunos derechos dinásticos. Después de la Gran Guerra, el emperador Carlos I de los Habsburgo nunca renunció a su munus y fue exiliado, para despojarlo realmente de su poder práctico, es decir, de su ministerium.  Umberto II de Saboya nunca abandonó el munus.  Apuntan que Joseph Ratzinger, que conocía este sistema antiusurpación, el que aconsejó prudentemente a Juan Pablo II que lo introdujera en el derecho canónico. Un elemento más que introduce inestabilidad en tiempos de confusión.

«Veo hombres, me parecen árboles, pero andan.»

Buena lectura.

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