¿Temporada de caza de religiosos?

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Por Gerald Russello

En Stormans, Inc. contra Wiesman, la Corte Suprema se rehusó a examinar una decisión de un tribunal federal que defendía una norma del estado de Washington la cual prohibía a los farmacéuticos negarse a proporcionar anticonceptivos o abortivos contrarios a sus creencias religiosas.

Esta negativa, en otras palabras, permite que se mantenga la decisión del tribunal federal de apelaciones, la cual permite al estado de Washington forzar la conciencia de los farmacéuticos. El caso es un oscuro precedente en potencia dado que le permite a los estados discriminar a los creyentes, aun cuando la discriminación en contra de ellos es clara, y aun cuando nadie fuera afectado de manera negativa por la reivindicación de la libertad de conciencia religiosa.

Como escribí antes en otro sitio, la norma fue promulgada por medio de la presión de grupos a favor del aborto; y la historia legislativa es bastante clara acerca de que el objetivo principal de su implementación fue impedir que las personas ejerzan su conciencia moral o religiosa.

Los miembros del consejo estatal de farmacias fueron amenazados con responsabilidad civil si aprobaban una medida que protegiera la libertad de conciencia y el gobernador prometió despedir a cualquier miembro del consejo que quisiera proteger la libertad religiosa. Sin embargo, Washington sí permite a los farmacéuticos a rehusarse a reponer o distribuir medicamentos por diversas razones que incluyen pocas ventas y pueden negarse a completar recetas, nuevamente, por distintos motivos, incluida la negativa a aceptar ciertas modalidades de seguros. La doble moral era obvia.

El tribunal federal del distrito falló a favor de los farmacéuticos y determinó que la norma era inconstitucional y que era evidente que el peso de la regulación caería casi por completo sobre los farmacéuticos religiosos. Entonces, el tribunal de apelaciones en esencia descartó toda la evidencia encontrada por el tribunal del distrito e impuso su propio análisis acerca de que la regulación era aceptable.

El Estado trató de argumentar que el objetivo de la norma era «asegurar que sus ciudadanos tengan acceso seguro y oportuno a sus medicamentos legales y con receta legal». No obstante, este admitió que las derivaciones de un farmacéutico a otro, que son comunes en la profesión porque una sola farmacia no puede almacenar todos los miles de medicamentos en existencia, «ayudan a asegurar el acceso a tiempo a medicamentos recetados en forma legal», y no son una amenaza para nadie.

Entonces si alguien no puede pagar, una farmacia puede negarles todo, pero si una farmacéutica cree que vender un medicamento viola sus creencias religiosas, Washington dijo que, básicamente, que la persona no debería trabajar como farmacéutica.

El juez Samuel Alito, al disentir (junto con Roberts, presidente del tribunal, y el juez Thomas) con la negativa del tribunal a escuchar el caso, apunta al problema central aquí. Escribió que «hay fuertes razones para dudar si las regulaciones fueron adoptadas para, o que realmente sirvan, cualquier propósito legítimo; y es muy evidente que el impulso para la aprobación de las normas fue la hostilidad hacia los farmacéuticos cuyas creencias religiosas con respecto del aborto y anticoncepción contradicen la opinión imperante en el Estado».

El argumento del juez Alito aquí se apoya en los hechos. Casi todos los otros estados tienen leyes de libertad de conciencia religiosa. En este, el Estado estipuló que a nadie se le había negado el acceso a los medicamentos porque un farmacéutico tenía objeciones religiosas para completar una receta. Como en muchas jurisdicciones, los farmacéuticos de antemano cuentan con fuentes de derivación para escribir prescripciones ya sea por razones religiosas o no.

Además, como el juez Alito observa, hay un precedente muy acertado. En un fallo, la Corte Suprema menciona que la Primera enmienda prohíbe las leyes que son en apariencia neutrales pero que en verdad fueron aprobadas para prohibir ciertas prácticas religiosas; en un caso del año 1993 que involucraba leyes en las que se prohibía la matanza animal, estaban de hecho dirigidas contra practicantes de Santería.

Aquí, la evidencia parecía mostrar que la regulación había sido promulgada con la intención expresa de prohibir a los farmacéuticos ejercer su libertad de conciencia. El juez Alito mencionó, «en tanto que las normas mismas no señalan en forma expresa a las derivaciones motivadas por temas religiosos, lo hace la guía del Consejo [Estatal de Farmacias] que acompaña las regulaciones: “La regla,” advierte, “no permite que una farmacia derive un paciente a otra farmacia para evitar completar la receta debido a objeciones morales o éticas”».

Es difícil subestimar el peligro que representan a la libertad religiosa, primero, la lógica en la norma de Washington, luego la negativa de la Corte Suprema de defender los derechos constitucionales. No sería frecuente que haya un caso de discriminación tan clara como este: el estado dejó registrado que el propósito de la regulación fue prohibir el ejercicio de la libertad de conciencia religiosa, a ningún cliente se le negó la receta, las normas tienen muchos vacíos seculares que tendrían el mismo efecto que prohibir recetas a los clientes y la aplicación de las regulaciones podrían provocar el cierre de las farmacias y de este modo ahora sí reducir el acceso a los servicios farmacéuticos.

Es básicamente un impuesto al sufragio o la implementación del voto calificado contra los creyentes: parece neutral pero todos sabemos a quiénes apunta.

La lógica imperfecta de la decisión del tribunal de apelaciones no se puede limitar solo a las farmacias, por supuesto. Si hasta el intento explícito de forzar a las personas religiosas a violar su conciencia no es suficiente, no hay límite natural a lo que los estados como Washington pueden imponer, y luego en qué profesiones un estado declarará que los creyentes son personas no gratas.

Acerca del autor:

Gerald J. Russello es abogado y editor de The University Bookman (www.kirkcenter.org).

Comentarios
2 comentarios en “¿Temporada de caza de religiosos?
  1. Por supuesto que hay una persecución religiosa en marcha.
    – “La regla,” advierte, “no permite que una farmacia derive un paciente a otra farmacia para evitar completar la receta debido a objeciones morales o éticas” – lo que presupone que toda farmacia debe disponer de anticonceptivos y píldoras abortivas para dar cumplida cuenta a quien los solicite sin explicar sus razones. ¿Harán lo mismo con los establecimientos kosher o halal? ¿Obligarles a ofrecer alimentos manufacturados en contra de lo que les dicta su conciencia? También la alimentación es un derecho reconocido en los EEUU.

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