Libertad de expresión amenazada

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La libertad de expresión implica proteger los derechos de terceros, la seguridad nacional y el orden público.

“Mi libertad se termina donde empieza la de los demás”,
Jean Paul Sartre.

Norma Angélica Trigo González / Arquimedios Guadalajara.-  La libertad de expresión es un derecho protegido por la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuyo artículo 19 señala: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión. Este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.

Por otra parte, la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), en su artículo 13, salvaguarda este derecho y amplía su margen de protección al prohibir expresamente las restricciones indirectas en su ejercicio, y al acotar la censura previa solo para proteger derechos de terceros y por razones de seguridad nacional y orden público.

LIBERTAD ASENTADA EN LA CONSTITUCIÓN MEXICANA
En México, la Constitución también protege la libertad de expresión en los artículos 6o y 7o, que señalan: Artículo 6º. “La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho a la información será garantizado por el Estado”.

Artículo 7o “Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusión, que no tiene más límites que los previstos en el primer párrafo del artículo 6o de esta Constitución”.

En tanto que el gobierno de cada país está obligado a respetar la libertad de expresión, que en México se conmemora el 7 de junio y fue instaurado en 1951 por el entonces presidente Miguel Alemán Valdés, con el objetivo de resaltar a la prensa libre para la democracia del país.

PERIODISTAS MUERTOS POR EJERCER LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN
La Dra. Celia Del Palacio Montiel, coordinadora del Observatorio sobre Libertad de Expresión y Violencia contra Periodistas de la UDG, señaló que en México existe la libertad de expresión; sin embargo, hay algunas limitantes como la censura y la autocensura.

“La libertad de expresión es la opinión que vierte cualquier ciudadano, no solo los periodistas, y se busca que puedan emitir sus pensamientos sin ser molestados por parte de las autoridades. Podemos decir que hay grados de libertad de expresión en los países, componente fundamental de la democracia.

Hay restricciones a esta libertad de expresión por parte de las autoridades y de otros personajes civiles, que podrían ser desde el crimen organizado hasta organizaciones facciosas y otras que impiden que el derecho a la libertad de expresión se ejerza de una manera más extensa”.

“En México si hay manera de expresar las opiniones de forma pública; sin embargo, también hay limitaciones, mecanismos que coartan esa libertad, muchas veces en las manifestaciones los
participantes son reprimidos, ya sea por la policía o grupos paraoficiales que están coludidos
con las autoridades o grupos delincuenciales que evitan que la gente se reúna, y éstas son situaciones en las que podemos decir que no se ejerce completamente la libertad de expresión”

 

AUTOCENSURA LIMITA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN
La doctora Del Palacio explicó que la autocensura es un fenómeno que ha cobrado fuerza entre los periodistas, debido a la inseguridad que se vive en el país.

“Nadie les dice que no escriban sobre determinado hecho, pero ellos saben que no se puede decir, que no se puede escribir ya sea en el periódico, en la radio o en las redes sociales porque de seguro vendrá una reacción de alguien. Esta autocensura es una de las limitantes de la libertad de expresión, y por supuesto, la censura de cualquier tipo, no debería existir, está estipulado en las leyes, pero sabemos que sí existe… La famosa llamada telefónica para que no se publique o que se baje una nota de la publicación, cualquier periodista sabe que eso puede ocurrir”.

La académica explicó que, aun cuando todo ser humano tiene el derecho a expresarse, también se deben cuidar los derechos de terceros, como es la reputación, la protección de la seguridad nacional y el orden público, la salud o moral pública.

“Este tipo de información no se puede difundir, tampoco la que incite al odio, la violencia, al racismo, no se debe propagar en ningún medio, por ninguna persona”.

La periodista Sandra N. dijo que aplicó la autocensura: “Hice una investigación sobre prostitución infantil y mucha información no la publiqué porque tuve miedo de que toda la mafia que está involucrada me hiciera daño, la verdad es que temí por mi integridad”.

Somos lo que comunicamos: Papa Francisco

La ley conocida como “mordaza” es una norma que viene a regular el comportamiento de los ciudadanos. La Corte Interamericana de Derechos Humanos sustenta que un gobierno democrático no puede establecer un garrote jurídico-penal para que se castiguen con pena de prisión o multa a quienes realizan críticas, exigencias o reclamos a las autoridades, porque se trata de manifestaciones amparadas por los derechos constitucionales y convencionales, siempre que no impliquen conductas violentas o que inciten a la violencia o al discurso de odio.

En México, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sostiene una línea jurisprudencial que, en términos generales, ha rechazado los tipos penales que impactan en la libertad de expresión.

En el 2022 se sentó un precedente al declarar inconstitucional la reforma al Código Penal de Veracruz, que pretendía sancionar el delito de “ultrajes a la autoridad”, cuando algún funcionario se sintiera agraviado por una crítica verbal, escrita o cibernética. La corte concluyó que tenía tintes de “Ley Mordaza”.

Por otra parte, en agosto del año pasado, la SCJN también invalidó las reformas hechas a la Ley Federal de Radio y Televisión de 2017, un tipo de “Ley Mordaza”, acusando que existieron violaciones en el proceso legislativo. Con esta reforma se obligaba a los medios de comunicación a distinguir entre contenidos informativos y de opinión.

REDES SOCIALES, FAKE NEWS Y ÉTICA PROFESIONAL

Celia Del Palacio Montiel, licenciada en Letras Hispanoamericanas por la UdeG, señaló que las redes sociales sirven para difundir todo tipo de información, y en algunos casos falsa; sin embargo, son reguladas por los dueños de las mismas redes, quienes deciden si algo es inmoral o quién puede publicar o no, lo que complica que haya una ética general.

“Para contrarrestar las noticias falsas, lo mejor es estar bien informados a través de medios confiables que tengan una buena reputación, aquí entra el prestigio y honorabilidad de un medio reconocido, con información documentada y fidedigna, pero sí es realmente un problema”.

Enfatizó en que se debe cultivar la ética profesional, en tanto que la defensoría de audiencia ha cobrado auge para que haya transparencia y participación ciudadana en un medio de servicio público.
A pesar de la regulación constitucional el periodismo se ha convertido en una actividad peligrosa en México, y en ocasiones reprobado desde el Ejecutivo Federal, lo que aviva las agresiones. El año pasado fueron asesinados 13 periodistas.

PONTIFICIO CONSEJO PARA LAS COMUNICACIONES SOCIALES Y LA ÉTICA
La ética es fundamental para ejercer la libertad de expresión, por eso, el Dicasterio para las Comunicaciones Sociales, aborda los principios éticos importantes.
“El principio ético fundamental consiste en que la persona humana y la comunidad humana son el fin y la medida del uso de los medios de comunicación social; la comunicación debería realizarse de personas a personas, con vistas al desarrollo integral de las mismas”.

Señala que el impacto de la comunicación social es enorme y que la evolución tecnológica está teniendo como consecuencia inmediata que los medios de comunicación resulten cada vez más penetrantes y poderosos.
Enfatiza que los medios de comunicación pueden usarse para el bien o para el mal; es cuestión de elegir.

“Dios creó al hombre libre de sus actos”.
“Quiso Dios dejar al hombre en manos de su propia decisión” (Si 15,14)

“Se dan casos obvios en los que no existe ningún derecho a comunicar, por ejemplo el de la difamación y la calumnia, el de los mensajes que pretenden fomentar el odio y el conflicto entre las personas y los grupos, la obscenidad y la pornografía, y las descripciones morbosas de la violencia. Es evidente también que la libre expresión debería atenerse siempre a principios como la verdad, la honradez y el respeto a la vida privada”.

COMUNICAR SIN DESACREDITAR: PAPA FRANCISCO
“Hablar con el corazón, en la verdad y en el amor (Ef 4,15)”, es el lema del reciente mensaje del Papa Francisco para la 57 Jornada Mundial de las Comunicaciones Sociales y agrega que urge una comunicación sin desacreditar.

“Es necesario vencer la costumbre de desacreditar rápidamente al adversario, aplicándole epítetos humillantes, en lugar de enfrentar un diálogo abierto y respetuoso”.

“Una lengua suave quiebra hasta un hueso”, dice el libro de los Proverbios (25,15). “Hablar con el corazón es hoy muy necesario para promover una cultura de paz allí donde hay guerra; para abrir senderos que permitan el diálogo y la reconciliación allí donde el odio y la enemistad causan estragos. En el dramático contexto del conflicto global que estamos viviendo, es urgente afirmar una comunicación no hostil”.
Su Santidad destacó en su mensaje que “de nuestra boca no deberían salir palabras malas, más bien palabras buenas que resulten edificantes cuando sea necesario y hagan bien a aquellos que las escuchan”.
(Ef 4,29)

Enfatizó que debemos tomar en cuenta lo dicho por el Obispo de Ginebra, San Francisco
de Sales, quien nos recuerda que “somos lo que comunicamos”.

https://arquimediosgdl.org.mx/libertad-de-expresion-amenazada/

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