Queríamos justamente un «Vademecum» como éste, para señalar el camino en la torre de Babel de las interpretaciones opuestas de «Amoris laetitia» y sobre todo de su controvertido capítulo octavo, el de la comunión a los divorciados que se han vuelto a casar:
Claro, fundamentado, autorizado, este «Vademecum» ha sido pensado y escrito justamente en el pontificio instituto que Juan Pablo II quiso crear para apoyar la pastoral de la familia, con sede central en Roma, en la Pontificia Universidad Lateranense, con sedes periféricas en todo el mundo y con Carlo Caffarra como su primer animador y decano, luego arzobispo de Boloña y cardenal.
Son autores de este “Vademecum” tres docentes de este instituto: los españoles José Granados y Juan-José Pérez-Soba, teólogos, y el alemán Stephan Kampowski, filósofo.
La versión italiana del libro salió a la venta en estos días. Al igual que la española. La alemana, publicada por Christiana-Verlag, estará en librerías en febrero. Y pronto aparecerá también la versión en inglés.
Por eso Livio Melina, hasta hace pocos meses decano del Pontificio Instituto Juan Pablo II para los Estudios sobre el Matrimonio y la Familia, presentó los contenidos de este «Vademecum» en la revista «Tempi»:
> «Amoris laetitia». Una interpretazione legittima, coerente, feconda
A continuación se reproduce la parte central de su presentación, la cual va al corazón de la controversia.
Si se interpretara y aplicara «Amoris laetitia» tal como se indica aquí, no tendrían más razón de ser las «dubia» presentadas al papa Francisco por cuatro cardenales y que hasta ahora no han recibido ninguna respuesta.
Un motivo más para reflexionar con seriedad sobre los argumentos de este «Vademecum». Si tantos obispos que hasta ahora han permanecido en silencio lo hicieran suyo y lo ofrecieran como lineamientos a sus propios sacerdotes y fieles, la controversia que desgarra a la Iglesia mutaría saludablemente de signo.
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NI SIQUIERA SAN IGNACIO ADMITÍA AQUÍ EXCEPCIONES
por Livio Melina
La integración en una comunión plena de esas personas que viven signadas por un amor extraviado (AL 291) no puede confundirse de ninguna manera con una mera inclusión social. Si se confunde la dinámica eclesial de la que habla «Amoris laetitia» (que la entiende como participación en el misterio de comunión) con una lógica sociológica, entonces se tenderá a concebir todo obstáculo a la inclusión como una discriminación injusta que viola derechos fundamentales y se buscará la solución no en la llamada y en la ayuda a la conversión, sino en el cambio de las normas injustas.
La integración deberá apuntar a una regeneración de las personas para que, como en el caso de los divorciados que han ingresado a una nueva unión, se restablezca una conducta de vida en armonía con el vínculo indisoluble del matrimonio válidamente celebrado. Es por eso que nunca se deberá hablar de «situaciones irreversibles».
Contra la idea individualista y espiritualista de una “Iglesia invisible” en la que todo se resuelve en el fuero incuestionable de la conciencia privada, los autores recuerdan los criterios objetivos de pertenencia al Cuerpo de Cristo: la confesión pública de la misma fe, la comunión visible con la Iglesia, la conducta de vida en armonía con los sacramentos.
En este sentido, lo que en los divorciados que han ingresado a una segunda unión se opone a la integración plena, también eucarística, no es tanto el “fracaso” del matrimonio válidamente celebrado, sino la segunda unión establecida en contradicción con el vínculo sacramental indisoluble. […] Precisamente por esto el propósito serio de salir de la situación objetivamente contradictoria con el vínculo conyugal válidamente contraído es condición necesaria para la validez de la absolución sacramental.
En efecto, el fuero sacramental no puede ser la simple legitimación de la conciencia individual, tal vez errónea, sino una ayuda a la conversión para una auténtica integración al Cuerpo visible de la Iglesia, según las exigencias de coherencia entre la proclamación de la fe y la conducta de vida.
En este sentido, se proponen también propuestas de explicación de las notas 336 y 351, respectivamente de los nn. 300 y 305 de AL, las que muestran la continuidad con el magisterio anterior de la Iglesia, en particular de «Familiaris consortio» n. 84 y de «Sacramentum Caritatis» n. 29. Ésta es la novedad que el documento del papa Francisco lleva a la pastoral eclesial: la misericordia no es simple compasión emotiva, ni puede confundirse con la tolerancia cómplice del mal, sino que es ofrecida – siempre propuesta a la libertad en forma gratuita y generosa – como una posibilidad de retorno a Dios, retorno que tiene la naturaleza de un itinerario sacramental y eclesial.
En cuanto al discernimiento, éste no puede tener como objeto ni el estado de gracia de las personas, sobre la cual la Iglesia sabe que debe dejar el juicio solamente a Dios (cfr. Concilio de Trento, DH n. 1534), ni puede depender de la posibilidad de observar los mandamientos de Dios, para los cuales siempre se da la gracia suficiente a quien la pide (Concilio de Trento, DH n. 1536). El juicio de la Iglesia de no admitir a la Eucaristía a los divorciados que se han vuelto a casar civilmente o conviven de hecho no equivale al juicio que ellos vivan en pecado mortal: es más bien un juicio sobre su estado de vida, que está en contradicción objetiva con el misterio de la unión fiel entre Cristo y su Iglesia.
Contra todo individualismo y espiritualismo, la tradición magisterial de la Iglesia ha proclamado la realidad pública y sacramental del matrimonio y de la eucaristía: para acceder a ellos no tener conciencia de pecados mortales es condición subjetiva necesaria, pero no suficiente.
Los autores recuerdan oportunamente cómo san Ignacio de Loyola, maestro del discernimiento de los espíritus, afirmaba que había dos cosas sobre las que no podía ejercitar el discernimiento: sobre la posibilidad de llevar a cabo actos malos, ya condenados por los mandamientos de Dios, o sobre la fidelidad a una elección de vida ya efectuada y rubricada por un sacramento o por una promesa pública. El mandamiento de «no cometer adulterio» jamás ha sido considerado por la Iglesia como un consejo, sino como un precepto de Dios que no admite excepciones.
El objeto del discernimiento puede entonces remitir a tres factores de la vida.
En primer lugar, el propio deseo respecto a la Eucaristía: ¿deseo verdaderamente la comunión con Cristo, de la que es inseparable el compromiso de una vida conforme a su enseñanza, o más bien deseo otra cosa? En efecto, la Eucaristía no es jamás un derecho para nadie y al ser un sacramento de la Iglesia no es una mera cuestión privada “entre yo y Jesús”.
En segundo lugar, objeto del discernimiento es el vínculo matrimonial, el cual debe ser también él objeto de una declaración jurídica pública, incluyendo un acto sacramental de unión entre dos personas.
Por último y sobre todo, el discernimiento esperado por «Amoris laetitia» debe remitir a los pasos concretos para un camino de retorno a una forma de vida conforme al Evangelio: ¿la reconciliación es posible? Al defender el vínculo la Iglesia no es sólo fiel a la palabra de Jesús, sino que también es paladín de los más débiles e indefensos. La comprobación puede referirse también a la obligación de dejar la unión no conyugal, con la que se está comprometido, y si subsisten las «razones graves» para eventualmente permanecer en ella. Por último, el discernimiento puede referirse a los modos para llegar a vivir en abstinencia y para recuperarse después de eventuales caídas.
El objetivo del discernimiento no es entonces desobedecer las leyes fundándose en excepciones, sino encontrar los modos de un camino de conversión realista, con la ayuda de la gracia de Dios.
(Traducción en español de José Arturo Quarracino, Temperley, Buenos Aires, Argentina)
¿Habrá creído Sandro Magister que solucionaba los problemas del capítulo VIII de Amoris Laetitia con este artículo como parecería que creyeron solucionarlos los autores del Vademecum? Un poco más de realismo sobre la situación actual de la Iglesia y un poco de información sobre cómo se aplica la exhortación en el mundo no les vendría mal a estos católicos. Nada puede suplantar la dubia, la dubia se escribió porque los cardenales entendieron que no podían hacer otra cosa para intentar seguir siendo católicos ellos mismos, ésta es la gravedad de la situación y conviene tenerla presente.
Excelente idea..
La confusion es tal incluso para los sacerdotes ortodoxos que no son filosofos..que este Vademecum les ofrece una salida sin entrar en problemas de conciencia respecto a la Unidad de la Iglesia.
El Vademecum aclara la situacion sobre culpabilidad o inculpabilidad…normas morales objetivas..posibilidad de exigir continencia o jo y entra a valorar el vinculo matrimonial aunque el individuo se haye en otra union
Muy buena opcion por via de mientras para ofrecer a nuestros conocidos sacerdotes!
¿A quién sirves Sandro?
A mí esto de la Amoris y la brújula me recuerda a aquellos exploradores que querían alcanzar el Polo Norte. Por mucho que seguían la dirección de la brújula hacia el norte resultaba que se encontraban más y más al sur, hasta que descubrieron que caminaban sobre un inmenso iceberg que se desplazaba hacia el sur a mayor velocidad que ellos hacia el norte. Pues eso, para llevar una vida matrimonial sana lo mejor es dejar el iceberg de la Amoris, que nos lleva al precipicio a mucha mayor velocidad que la que queremos hacia Dios.
Esto, con todo respeto, no es una brújula, es la Doctrina de la Iglesia de siempre, dicha con otras palabras, pero la misma. Para llegar a esta conclusión no hacían falta ni AL ni la brújula, ya estaba antes. Pero bueno…..Destaco los párrafos finales del comentario, dicen: «Por último, el discernimiento puede referirse a los modos para llegar a vivir en abstinencia y para recuperarse después de eventuales caídas. El objetivo del discernimiento no es entonces desobedecer las leyes fundándose en excepciones, sino encontrar los modos de un camino de conversión realista, con la ayuda de la gracia de Dios.» Esto es nuevo ?, dónde quedaron la contrición y la atrición ? Olviraron al aquinate por el camino. El tremendo lío actual es el resultado de una tremenda impericia teológica, una verdadera imprudencia. AL debe ser uno de los documentos más largos que se han escrito, salió tan rápido que no ha habido tiempo real de ser escrito con posterioridad al Sínodo, es por lo menos raro. Por qué no se conocen las observaciones que efectuó Doctrina de la Fe sobre el texto ?. Se ha convertido a la Iglesia en un supermercado donde algunas sucursales venden un producto y en otras no, qué sentido tiene todo esto ?, Recemos…..
¿ Brújula para no perderse en la Amoris y encontrar la Verdad en medio de la ambigüedad, cuando no errores, calculados ? La Verdad sólo se puede encontrar fuera de la torticera Amoris.