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Separados y desiguales: contra el mito de las tres culturas

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Si hemos de recibir íntegramente todos los documentos de todos los concilios, como dicen algunos neocones, debería aplicarse hoy, por ejemplo, el olvidado Cuarto Concilio de Letrán, que estableció en sus cánones sobre los judíos la prohibición de practicar la usura, la obligación de llevar una ropa especial, su exclusión de los cargos públicos y, tras su conversión al cristianismo, la imposibilidad de practicar los antiguos ritos. Las consecuencias sociales de esta disciplina conciliar, que dan por tierra con el mito «buenista» de las tres culturas, las describe el historiador Joseph Pérez:

 “Los judíos de España constituían una comunidad separada, desde el punto de vista jurídico, al lado de otras dos, la cristiana y la musulmana. Eran una microsociedad paralela a la sociedad cristiana, escribe Luis Suárez Fernández. La fórmula es muy acertada; da cuenta de lo que fue la realidad histórica: lo mismo que los mudéjares -o sea, los musulmanes que vivían en tierras cristianas, sometidos a señores-, los judíos formaban en efecto una microsociedad, con sus logros y sus defectos, al fin y al cabo una comunidad distinta de las demás y relativamente autónoma. Estas tres comunidades -cristianos, moros y judíos- no estaban en plano de igualdad, ni mucho menos: la cristiana era la dominante en todos los conceptos; las otras dos siempre fueron consideradas y tratadas como minorías toleradas, en el sentido negativo que, como hemos visto, ya tenía aquella palabra en la España musulmana: tolerar, entonces, era permitir algo que no era lícito, sin castigo del delincuente. Esta es la posición que la reina Isabel reafirmaba dos años antes del decreto de expulsión, en una carta fechada en 12 de agosto de 1490: «De derecho canónico y según las leyes de estos nuestros reinos, los judíos son tolerados y sufridos, y Nos les mandamos tolerar y sufrir que vivan en nuestros reinos, como nuestros súbditos y vasallos». En esta frase, las voces tolerados y sufridos vienen a ser equivalentes. Ello suponía una situación de inferioridad con respecto a los cristianos y dicha inferioridad justificaba los impuestos que recaían sobre sus miembros, muchísimo más elevados que los que debían pagar los cristianos.” (Cfr. Pérez, J. Los judíos en España, Ed. Marcial Pons, Madrid, 2005, ps. 65-66).



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