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Cismanía neocon

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Una vez publicamos una entrada sobre la torquemaditis, un defecto en virtud del cual se pretende hallar herejías por todas partes. Un error que resulta frecuente en algunos tradicionalistas.
En el universo del neoconservadurismo eclesial nos encontramos con la cismanía, por la cual se tiende a calificar de cismáticos actos o personas que en verdad no lo son.
En primer lugar, existe la resistencia que es moralmente legítima y debida. El resistente se niega a obedecer un mandato inmoral por lo que, en apariencia, desobedece a la autoridad civil o eclesiástica. Sin embargo, en la resistencia no hay desobediencia a la autoridad humana sino obediencia a la autoridad divina. La conducta del resistente puede parecer desobediente, e incluso cismática, pero en rigor no es tal.
En segundo lugar, hay una conducta que es desobedienciay no ya resistencia. El desobediente no acata un mandato que es honesto. Objetivamente, la desobediencia es una falta moral. Sin embargo, “se deja de estar en comunión con la Iglesia por el cisma, y no por disensiones menos radicales” (Thils). Vale decir que hay un espectro de conductas que son desobediencias no cismáticas. La Iglesia es santa pero está compuesta de pecadores y en toda su historia ha habido desobedientes, así como otras clases de pecadores, que no por ello dejan de pertenecer a la Iglesia visible.
En tercer lugar, el cisma es una separación de la unidad de la Iglesia universal, manteniendo la verdadera a fe. La unidad de la Iglesia ofrece dos aspectos: la unión de los fieles entre sí (vinculo de caridad) y la unión de los miembros con su cabeza (vínculo de obediencia); la falta de uno de estos aspectos constituye el pecado de cisma, pero prácticamente superado el momento inicial los dos elementos coinciden, por lo que los teólogos, a ejemplo de Santo Tomás, ponen el cisma entre los pecados contra la caridad como infracción de la paz entre los fieles. El cisma de suyo puede existir sin herejía, siendo una mera separación de hecho por rebelión, sin negar la autoridad del Papa, pero en la práctica entra también la herejía cuando se llega a negar de derecho el dogma de la supremacía y de la infalibilidad del Papa.
Es necesario distinguir el cisma como pecado del cisma como delito, que requiere precisos elementos objetivos y subjetivos (cfr. CIC, c. 751). Si no se dan esos elementos, no puede hablarse de cisma en sentido propio. Es de resaltar que el hecho de que la legislación canónica no prevea sanción por la violación de alguna norma, no significa que la violación de la norma no sea moralmente responsable. Pues el orden moral es mucho más amplio que el orden jurídico penal. Por lo demás, la Iglesia sanciona con penas muy cautelosamente. De hecho la Iglesia sólo recurre a la pena como a un remedio extremo.
La cismanía de los neoconservadores eclesiales tiende cebarse con la FSSPX. Porque ignoran o no quieren saber que la remisión de las excomuniones realizada por Benedicto XVI canceló el débito en beneficio de los reos. Además, se olvidan que por su naturaleza intrínseca de pena canónica la excomunión, más que crear una situación de ruptura, la constata; y exige un restablecimiento cuando la situación de autoexclusión ha cambiado. Vale decir que si el Papa decidió remitir unas excomuniones, ello implica que a su juicio hubo un cambio de la situación que motivó las sanciones. Diferentes aspectos presenta la suspensión, porque ésta se refiere no a una función inmediatamente salvífica para el individuo, sino a una responsabilidad social activa y a un ministerio que no es inherente a la constatación de una buena disposición subjetiva sino a la habilidad para el ministerio. El restablecimiento en la función ministerial específica de los obispos, sacerdotes y diáconos de la FSSPX (hoy, suspensos y acéfalos) no es consiguiente a su mera conversión, sino a la positiva existencia de un complejo de circunstancias sociales que a juicio de la autoridad hagan aconsejable restablecerlos en el pleno ejercicio del ministerio. Por lo que resulta claro que la existencia actual de las suspensiones de los clérigos de la FSSPX no significa, como parecen suponer algunos neoconservadores, que para la autoridad su situación de hecho respecto de la comunión eclesial es idéntica a la anterior a la remisión de las excomuniones.
Es difícil conocer las motivaciones de este encarnizamiento. Tal vez una sea el puritanismo eclesial, de raíces heterodoxas, fundado en doctrinas rigoristas que pretenden excluir a los pecadores de la Iglesia. Otro motivo puede ser la creencia inconsciente en una superioridad moral que habilita a levantar el dedo acusador de parte de católicos que se jactan de su profundo sentire cum Ecclesia y que sin embargo es poco coherente con una aceptación íntegra de los criterios ecuménicos del Vaticano II. Se “tiene la impresión de que nuestra sociedad tenga necesidad de un grupo al menos con el cual no tener tolerancia alguna; contra el cual pueda tranquilamente arremeter con odio.” (Benedicto XVI). Por último, en algunos casos, pocos, cabe conjeturar sobre una disposición psíquica cuasi infantil, que los impulsa querer distanciarse de esa “chusma” tradicionalista.
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