He leído desde hace décadas a Giuseppe Dalla Torre. He estado con él, conversando amablemente y en total sintonía espiritual y doctrinal. Por eso, más allá de las impresiones mediáticas, tengo total confianza en la justicia de su juicio en el caso Vatileaks 2 o como se le quiera llamar. Entre juristas son legítimas las discrepancias, a pesar de una unanimidad incluso en materia de principios. Por eso, admito que al final de cuentas podría discrepar del resultado de este proceso, si pudiera examinarlo de cerca. No creo que tenga esa oportunidad. Sin embargo, discreparía poniendo por delante mi respeto y mi confianza en la buena fe del juez que lleva la causa. Ahora me permito un par de comentarios sobre lo que se ha ido sabiendo (no quiero llamar a Mons. Keine Idee, porque me dice su secretaria que está muy ocupado haciendo fotocopias para otro libro). 1) ¿Es justo que no se permita a los reos nombrar a sus propios abogados de Italia, en lugar de a alguno de los de la lista cerrada del Estado de la Ciudad del Vaticano? Es enteramente justo y práctica normal en los Estados. Incluso en el caso de países con reconocimiento de títulos profesionales, es necesario haber hecho antes el trámite para quedar inscrito entre los abogados autorizados a ejercer la profesión ante los tribunales de país receptor. Y lo mismo se aplica a profesiones de otra naturaleza, como a los médicos. Si Usted va a operarse a EE.UU., su médico de cabecera podría acompañarlo; le podrían tratar con deferencia; pero solamente un médico autorizado a practicar la medicina en EE.UU. podría operarlo. Sí he oído de casos de médicos visitantes a los que les permiten ponerse los guantes y entrar a mirar, pero, como con la Copa del Mundo en fútbol (en el caso chileno: España e Italia son otra cosa): se mira y no se toca. Para ejercer como abogado se necesita estar aprobado, según diversas modalidades, en cada país. El Vaticano es un Estado soberano, dentro de lo que cabe. Obra bien el juez al no admitir la actuación de abogados extranjeros no habilitados. Nada impide, en cambio, que el abogado designado, en reuniones de asesoramiento, se deje ayudar por un abogado italiano, español, chino o argentino. Y bueno, ché, hasta un argentino podría salvar a los acusados en este momento. 2) ¿Es justo que no se otorgue más tiempo a los abogados defensores recién nombrados? Esta cuestión es más difícil. En principio, ya que habrá algunos días de interrogatorios, y tratándose de un caso relativamente simple, dos días son suficientes para familiarizarse con la acusación y las posibles defensas. Tengan en cuenta que se trata de abogados especialistas en delitos cometidos en El Vaticano y en juicios de este tipo. Son gente competente, suponemos. Sin embargo, lo dicho depende de la proporción entre las posibles penas a que se arriesgan los reos y la capacidad que tienen de defenderse. Si no se aplica el artículo que podría llevarlos a penas de cárcel de varios años, hay proporcionalidad: se trata de ir rápido, aplicar las multas, cerrar el caso, y comenzar el Año de la Misericordia con borrón y cuenta nueva. Vallejo podría devolverse a España como párroco de una barriada miserable, lo cual le ayudaría mucho a vivir la pobreza y la alegría del Evangelio. Chaouqui pagaría su multa y durante un tiempo se dedicaría a ayudar a su marido y a cuidar a la guagua (en España: el bebé), en casa, con Facebook y Twitter a máxima velocidad, preparando la siguiente movida de relaciones públicas para una ONG internacional. Perdonen la ironía, pero quiero decir simplemente que una profesional de rápido ascenso, como ella, está en un lío mayor desde el punto de vista de su anterior fortaleza: contactos y confianza. Creo que deberá descansar un tiempo de ese ejercicio profesional riesgoso. Los dos periodistas —que no me merecen ninguna simpatía: lucran con los delitos ajenos— pagarían su multa como parte del costo de la fama y el dinero que han ganado a costa de los chismes (¿Qué son 5000 euros para ellos?). Porque se trata de chismes: no se divulgaron secretos cruciales de la diplomacia vaticana, ni se desveló la identidad de Mons. Keine Idee ni de don Pio Pace (los dos son amigos entre sí), ni se saben las intimidades del lobby gay (nada pornográfico, hasta donde se ha sabido, salió en los libros). Si lo que arriesgaran, en cambio, fuese realmente penas de cárcel, sin indulto papal, el juicio sería demasiado sumario. Pero me cuesta ponerme en una situación así. O hay absolución por falta de pruebas en relación con los cargos, como podría suceder; o se condena a una multa a cada uno; o se los condena a la cárcel, pero inmediatamente se proclama el Indulto del Año de la Misericordia; en fin, en todos estos casos, lo mejor es que el juicio sea rápido y sin tantos abogados. Como se dice entre abogados: mientras menos abogados, mejor. Como en la Unión Soviética, pero al revés. Se juzga no para condenar y aplicar la pena, sino para absolver o, a lo más, para condenar y aplicar la Misericordia. Maravilloso. 3) ¿Son culpables los acusados? No juzgo a nadie. No me corresponde. Yo creo que Vallejo quizás efectivamente perdió la cabeza, en el sentido de que —sin prejuzgarlo, sino atendiendo a lo que él mismo dice— quizás fue engañado o es verdad lo de la presión… En todo caso, está en un lío tremendo, que le hace incluso temer por su seguridad personal. ¿Paranoia en El Vaticano? Me dedico a novelista, mejor. Si yo fuera él, pediría ir de párroco a un lugar de Sudamérica. No sé, a Buenos Aires, por ejemplo. Pero para opinar sobre algo tan delicado como la verdadera culpabilidad o inocencia de cualquiera de los acusados, tendría que leer el expediente. O hablar con Giuseppe. O con Mons. Keine Idee. ___________ P.S.: Algunos lectores podrían pensar, entre tanta ironía, que no me duele que le hagan al Papa una cosa así. Por el contrario, todo esto me apena inmensamente, como todas las barrabasadas que acaecen en la Iglesia de día en día. Y la confusión moral y doctrinal que fluye desde la Jerarquía hacia los fieles, por acción o por omisión. Todo me duele. Pero ante eso, una de las mejores armas conocidas por la historia es mantener el buen humor. Y la ironía.
Será un juicio justo
| 25 noviembre, 2015
Querido Cristóbal, como abogado Argentino le contesto, que:
1) Tiene razón en que la inscripción en la matrícula es necesaria y no sólo es un límite de un país al otro, sino de una jurisdicción a otra, siempre que en ellas exista una colegiación de profesionales propia de la zona y una matriculación obligatoria. Lo cierto es que a veces el proceso dentro de un mismo país, lleva para los propios abogados vernáculos que vienen de otros distritos, a veces más de un mes, e implica pagar una inscripción en la matrícula que cuando se trata de un domiciliado foráneo muchas veces es de muy alto monto.
2) Como abogado Argentino, creo que inscripto en el Vaticano en la matrícula se podría ganar el juicio en la medida de la idoneidad y no de ser nacido en Argentina. Aunque tomo a bien la humorada que creo que hasta la entendería un abogado Chileno. Y lo dicho con fraterno cariño a nuestros hermanos trasandinos, y como otra humorada en ese espíritu. 😉
3) Sobre los tiempos de defensa, son una garantía escencial que no dependen en toda legislación de tradición continental codificada como es la de Italia, Francia, España y países de sudamérica entre otros, como herederos de la tradición del derecho Napoleónico, y a través de este del derecho Romano, sino que son términos fijados claramente en las leyes procesales según el tipo de proceso, desconozco el Código procesal que rije en el estado Vaticano, o ley sucedánea, y sería una gestión para ilustrar a todos los que estamos en igual ignorancia, si con sus amigos puede averiguar si existe tal término legal. Si no lo hubiere, hay gran razón en criticar esto como un gran atraso legislativo en materia de garantías de defensa, más allá de que la consecuencia de esta debilidad procesal, pueda afectar en mayor o menor grado según la consecuencia punitiva prevista en el la tipificación del delito.
Muy buena nota, y un afectuoso saludo en Cristo Jesús!
De momento va ganando Chaouqui en mis simpatías al anunciarles por adelantado que les piensa tirar a la cara el indulto que ya se ve venir. Hacer justicia no consiste en juzgar a la carrera, condenar por un delito serio, mancillando así el honor, para luego dar al reo unas palmaditas en la cabeza y decir: «Venga, no te asustes que te perdonamos. Tú estrenas el Jubileo de la Misericordia». ¿Qué clase de pantomima sería ésta? ¿Lo aprobaría el Señor? Yo no lo creo.
Cristóbal, yo también conozco a Giuseppe Dalla Torre, a Piero Antonio Bonnet y a Giampiero Milano. Y no les envidio el papelón que tienen que hacer, con esta farsa de proceso.
Los abogados vaticanos no son tales. Son abogados rotales, que no tienen ninguna experiencia de causas civiles vaticanas, sencillamente porque no las hay. De lo que saben es de causas de nulidad del matrimonio. En cambio los abogados del foro italiano sí tienen experiencia.
Y entre paréntesis, menuda birria de delito publicar unos documentos en los que el Papa queda como un campeón de la lucha contra la corrupción…
Diría dos cosas:
A lo de los abogados: que el Vaticano no pide licencias para ejercer de médico, ni para ejercer de contable o de auditor. Porque es un estado ridículo en tamaño y cuyo pool de abogados es casi de funcionarios de ese mismo estado. Por otro lado, tampoco han dejado que entre en el juicio el abogado. Podría aceptarse eso, aunque se dirija al juez el dado de alta.
A lo de si es mejor no retrasar porque no se va a condenar: pues entonces que no se acuse de delitos que podrían llevar a la cárcel. El punto del editorial no es decir que se comenten injusticias, sino que no hay garantías con estándares internacionales.
En general, acepto que es todo más cuestión de comunicación y explicación de las reglas vaticanas y sus peculiaridades que de graves injusticias. Pero hay todo un tufillo a que el Papa puede usar la justicia y eso es malo.
«Sé que muchos de vosotros”, dijo el Papa a los miles de fieles, “estáis turbados por las noticias que han circulado en los últimos días a propósito de documentos reservados de la Santa Sede que han sido sustraídos y publicados. Quiero decir, antes que nada, que robar estos documentos es un delito. Es un acto deplorable y que no ayuda”. ( Francisco, publicado el 9 de noviembre ).
Primera garantía vulnerada: derecho a la presunción de inocencia. Si el Jefe del Estado Vaticano califica ya los hechos de delito antes de juicio y sentencia ¿ Qué va a decir el Tribunal eclesiástico ?. ¿ Le llevará la contraria al Sumo Pontífice ?Todo Esto es un paripé . Pero, efectivamente, alguien tendrá que pagar por una actuación que tanto beneficia a Francisco.