El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso en el que la Iglesia Evangélica pedía que la declaración del IRPF contase con una casilla para que los contribuyentes puedan destinar el 0,7% de la cuota íntegra a la Iglesia Evangélica o Protestante. La Sala de lo Contencioso-Administrativo considera que la negativa del Gobierno a adoptar esa medida no vulnera derechos fundamentales de la Iglesia Evangélica, que alegaba discriminación y esgrimía la vulneración de, entre otros, el derecho a la libertad religiosa.
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